Las Palmas de GC, 17 de junio de 2010 | Politica | Gabinete de Prensa del PSC-PSOE.
José Fernández, hasta ahora Gerente del Consorcio de Turismo, ha tomado una difícil decisión que ratifica su valía profesional y ejemplifica su voluntad de trabajar por el interés general mediante la reactivación del sector terciario y la creación de empleo. Su renuncia como Gerente del Consorcio merece todo el respeto del Partido Socialista de Gran Canaria, organización que reitera el apoyo a su gestión al frente del Consorcio de Turismo.
El Secretario General de los socialistas grancanarios, Ángel Víctor Torres, afirma que este acto de “responsabilidad” de Fernández “avala su entrega profesional y la acertada dirección del Consorcio” de los últimos meses. “Su determinación debe servir de ejemplo a quienes han encontrado en este organismo un campo de batalla político y partidista que tanto daño innecesario está causando a la economía de nuestra isla”, agrega.
La “irresponsabilidad” mostrada por algunos dirigentes políticos en esta materia queda zanjada con la renuncia de José Fernández como Gerente del Consorcio de Turismo. “Ya no hay excusas para quienes juegan a la política del regate a corto plazo y ponen en peligro el empleo y la reactivación económica; ya no hay excusas para desbloquear una inversión de diez millones de euros en infraestructuras para San Bartolomé de Tirajana”, señala el Secretario General del PSC-PSOE de Gran Canaria.
Asimismo, los socialistas grancanarios confían en que la renuncia del Gerente del Consorcio de Turismo haga reflexionar a quienes la han provocado para que el trabajo realizado hasta ahora se continúe con la misma profesionalidad y la misma determinación, ya que están en juego la calidad de vida de muchos vecinos y vecinas del sur de la isla y la supervivencia de muchas empresas que dependen del turismo.
jueves, 17 de junio de 2010
Carta abierta a los jugadores de la Unión Deportiva Las Palmas
Las Palmas de GC, 17 de junio de 2010 | Opinión | UnionDeportivaLasPalmas.net
Nos hemos cansado de tanto conformismo. De tantas opiniones post partido justificando insuficientes empates y más que dolorosas derrotas. Nos hemos cansado de reiterados errores infantiles, de partidos regalados al contrario y actuaciones vergonzantes en el terreno de juego.
Hemos dicho basta. Hastiados de tanta mediocridad hemos desertado de nuestra fe amarilla hasta despoblar las gradas del Gran Canaria. Nuestra fidelidad ha pasado a convertirse en pura indiferencia. Un sufrimiento agónico que se ha instalado en nuestras almas de manera permanente.
Siempre fuimos conscientes de la dificultad del compromiso. También llevábamos las pinturas de guerra y dibujamos un rostro bélico en nuestra mirada. Pero no fue un anuncio. Ni una campaña publicitaria. Era nuestro compromiso.
Es por ello por lo que estamos nuevamente aquí. Hemos vuelto conscientes de lo que hay en juego. Los más viejos del lugar tirando del recuerdo para hacer de tripas corazón y ponerse otra vez en primera fila. Los más jóvenes ilusionándose con otro reto mediocre que les garantice una permanencia que ya daban por hecha hace muchas jornadas.
El sábado seremos muchos. Más de los que ustedes puedan imaginar. Desde el propio estadio y desde miles de hogares estaremos todos pendientes de ustedes. Aunaremos esfuerzos para llegar a ese balón que se pierde por la línea de fondo o meter esa pierna antes que el contrario. Cerraremos los ojos anhelando rematar ese balón que siempre pasa de largo y nunca encuentra el gol. Juntaremos nuestras voces para renovar las fuerzas cuando sus piernas flaqueen.
Ya no caben más errores. Salir derrotados es perder nuestro último partido. El de la esperanza en unos futbolistas que pueden terminar de enterrar la ilusión de una isla. La victoria debe ser la única meta. La única posibilidad de redimirse y ser capaces de mirar a los ojos a cualquier aficionado el día de mañana.
Victoria o victoria. No hay más.
Nos hemos cansado de tanto conformismo. De tantas opiniones post partido justificando insuficientes empates y más que dolorosas derrotas. Nos hemos cansado de reiterados errores infantiles, de partidos regalados al contrario y actuaciones vergonzantes en el terreno de juego.
Hemos dicho basta. Hastiados de tanta mediocridad hemos desertado de nuestra fe amarilla hasta despoblar las gradas del Gran Canaria. Nuestra fidelidad ha pasado a convertirse en pura indiferencia. Un sufrimiento agónico que se ha instalado en nuestras almas de manera permanente.
Siempre fuimos conscientes de la dificultad del compromiso. También llevábamos las pinturas de guerra y dibujamos un rostro bélico en nuestra mirada. Pero no fue un anuncio. Ni una campaña publicitaria. Era nuestro compromiso.
Es por ello por lo que estamos nuevamente aquí. Hemos vuelto conscientes de lo que hay en juego. Los más viejos del lugar tirando del recuerdo para hacer de tripas corazón y ponerse otra vez en primera fila. Los más jóvenes ilusionándose con otro reto mediocre que les garantice una permanencia que ya daban por hecha hace muchas jornadas.
El sábado seremos muchos. Más de los que ustedes puedan imaginar. Desde el propio estadio y desde miles de hogares estaremos todos pendientes de ustedes. Aunaremos esfuerzos para llegar a ese balón que se pierde por la línea de fondo o meter esa pierna antes que el contrario. Cerraremos los ojos anhelando rematar ese balón que siempre pasa de largo y nunca encuentra el gol. Juntaremos nuestras voces para renovar las fuerzas cuando sus piernas flaqueen.
Ya no caben más errores. Salir derrotados es perder nuestro último partido. El de la esperanza en unos futbolistas que pueden terminar de enterrar la ilusión de una isla. La victoria debe ser la única meta. La única posibilidad de redimirse y ser capaces de mirar a los ojos a cualquier aficionado el día de mañana.
Victoria o victoria. No hay más.
“Teror Patea” cierra su 13ª temporada con un viaje a Las Merindades de Burgos
• Un grupo de 22 senderistas se desplazan hoy 17 de junio hasta el domingo 20 al Valle de Valdivielso, donde realizarán tres rutas.
Teror, 17 de junio de 2010 | Gabinete de Prensa Local.
El programa municipal de senderismo “Teror Patea” cerrará su 13ª edición en el Valle de Valdivielso (Burgos), a donde se desplazarán desde el 17 al 20 de junio 22 senderistas para realizar tres grandes rutas por los caminos del Valle de Valdivielso, en la norteña comarca burgalesa de Las Merindades.
Allí se encontrarán con los senderistas castellanos de Radio Valdivielso, una asociación cultural empeñada en recuperar las antiguas y olvidadas tradiciones de los cada vez más despoblados pueblos del interior de la Península Ibérica.
La Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Teror ha ofrecido desde el pasado mes de octubre 21 pateos por la isla, con dos rutas mensuales de diferente dificultad, en las que han participado unas 650 personas de diferentes edades.
Desde al Concejalía de Deportes se ha promovido en los últimos años el senderismo como una actividad deportiva y medio ambiental, que además ha fomentado las buenas relaciones entre un gran número de personas de diferentes edades. La próxima temporada de “Teror patea Gran Canaria” se iniciará en el mes de octubre.
Teror, 17 de junio de 2010 | Gabinete de Prensa Local.
El programa municipal de senderismo “Teror Patea” cerrará su 13ª edición en el Valle de Valdivielso (Burgos), a donde se desplazarán desde el 17 al 20 de junio 22 senderistas para realizar tres grandes rutas por los caminos del Valle de Valdivielso, en la norteña comarca burgalesa de Las Merindades.
Allí se encontrarán con los senderistas castellanos de Radio Valdivielso, una asociación cultural empeñada en recuperar las antiguas y olvidadas tradiciones de los cada vez más despoblados pueblos del interior de la Península Ibérica.
La Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Teror ha ofrecido desde el pasado mes de octubre 21 pateos por la isla, con dos rutas mensuales de diferente dificultad, en las que han participado unas 650 personas de diferentes edades.
Desde al Concejalía de Deportes se ha promovido en los últimos años el senderismo como una actividad deportiva y medio ambiental, que además ha fomentado las buenas relaciones entre un gran número de personas de diferentes edades. La próxima temporada de “Teror patea Gran Canaria” se iniciará en el mes de octubre.
La Dirección de Gobierno de Desarrollo Local, PYMES, Comercio e Industria del M.I. Ayuntamiento de Telde que dirige la socialista Mª Jesús Hernández Afonso, pone en marcha el proyecto ECOTELDE, a través de un convenio de colaboración con el Servicio Canario de Empleo.
Telde, 17 de junio de 2010 | Empresas | Gabinete de prensa Local.
Mediante este convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Telde y el Servicio Canario de Empleo, cuyo presupuesto asciende a 323.796,60 €., se ha procedido a la contratación de 66 trabajadores y trabajadores en situación de desempleo procedentes de los sectores agrícolas del cultivo del tomate, flores y plantas ornamentales, que se encuentran con dificultades específicas para la búsqueda de empleo. Este personal desarrollará sus tareas a jornada parcial durante los próximos cinco meses.
Las acciones a realizar durante la ejecución del convenio son la de recogida, seguimiento y control de residuos del municipio, así como la profesionalización agraria. El personal contratado realizará funciones diversas en estas materias, como las de recogida, traslado y clasificación de residuos; limpieza y preparación de terrenos; tareas de poda, transplantes y reforestación de cultivos así como la instalación de redes de regadío.
Mediante este convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Telde y el Servicio Canario de Empleo, cuyo presupuesto asciende a 323.796,60 €., se ha procedido a la contratación de 66 trabajadores y trabajadores en situación de desempleo procedentes de los sectores agrícolas del cultivo del tomate, flores y plantas ornamentales, que se encuentran con dificultades específicas para la búsqueda de empleo. Este personal desarrollará sus tareas a jornada parcial durante los próximos cinco meses.
Las acciones a realizar durante la ejecución del convenio son la de recogida, seguimiento y control de residuos del municipio, así como la profesionalización agraria. El personal contratado realizará funciones diversas en estas materias, como las de recogida, traslado y clasificación de residuos; limpieza y preparación de terrenos; tareas de poda, transplantes y reforestación de cultivos así como la instalación de redes de regadío.
DIAGNÓSTICO DE UN ACCIDENTE
Un taller de valoración médico-legal del daño corporal desentraña el papel esencial de los profesionales de rehabilitación a la hora de dictaminar las secuelas de un accidente casual, laboral, de tráfico o durante la práctica de un deporte
• Tanto la persona afectada como las compañías aseguradoras solicitan a la medicina de rehabilitación una reparación que reduzca, en lo posible, el grado de discapacidad de una persona accidentada.
• El aumento de accidentes de tráfico, laborales y deportivos con secuelas que requieren ser valoradas para reparar el daño sufrido y los perjuicios correspondientes (actividades de la vida corriente, de ocio, de comunicación, laborales, etc.)
• La medicina Física y Rehabilitación tiene como finalidad eliminar o reducir al máximo las secuelas y en su caso, la valoración de las mismas para establecer las compensaciones adecuadas.
Las Palmas, 17 de junio de 2010 | Sanidad |Gabinete de Prensa.
La Ley describe la Valoración de Daño Corporal (VDC) como “una actividad médica que tiene por objetivo evaluar e informar de las lesiones, secuelas, menoscabos, perjuicios, dolores, molestias, incapacidades, invalideces que pueda tener una determinada persona, derivado tanto de accidentes (casuales, laborales, de tráfico, o en el ejercicio de un deporte) como de enfermedades producidas tanto por agentes externos como internos, con objeto de que se pueda producir una reparación adecuada”. Es, por decirlo en plata, el diagnóstico de un accidente.
Al abrigo de esta definición, Lorenzo Jiménez, jefe de Medicina Física y Rehabilitación del Hospital Ramón y Cajal de Madrid, ha organizado un taller, enmarcado en el 48º Congreso Nacional de la Sociedad Española de Rehabilitación y Medicina Física, sobre valoración medico-legal del daño corporal en el que transmitir, a las nuevas generaciones, “el papel esencial que juega la medicina de rehabilitación a la hora de de valorar los daños sufridos por una persona en un accidente y pautar la recuperación de la misma. Hoy en día, la sociedad demanda recuperaciones más completas, tendentes, sobre todo, a evitar la dependencia de la persona afectada.”
La actuación de los médicos de rehabilitación, “quienes ostentan la máxima responsabilidad en este campo, se antoja esencial”, asegura Lorenzo Jiménez, quien asegura que “el daño corporal derivado de un accidente requiere un estudio minucioso, cargado de matices. Hay que valorar el grado de afectación del paciente; el grado de recuperación de las lesiones y las secuelas que quedan y el grado de dependencia resultante de todo el proceso, una secuela extrema de la que rehuye tanto la persona afectada, que pide una rehabilitación más eficaz y completa, como las compañías aseguradoras”.
Los expertos que actúan tanto a nivel judicial (civil, penal, social), administrativo o de la Seguridad Social, en el campo de los Servicios Sociales o en el ámbito privado tanto contractual (pólizas de seguro) como extracontractual (daños a terceros o Responsabilidad Civil) han de valorar “el grado de dependencia y las consecuencias resultantes del accidente en un sinfín de campos tales como la actividad laboral, las tareas domésticas, el aseo corporal, el control de la alimentación o los desplazamientos”, tal y como afirma Lorenzo Jiménez.
El experto también considera que “el aumento de accidentes de tráfico con secuelas y la capacidad de la medicina moderna para salvar vidas comprometidas –con secuelas como hemiplejia o tetraplejia- ha aumentado la demanda de este tipo de valoraciones” y advierte que “a la hora de fijar las indemnizaciones, existe una tendencia a exagerar las consecuencias del accidente; un exceso de picaresca que ha de controlar el propio médico rehabilitador”.
• Tanto la persona afectada como las compañías aseguradoras solicitan a la medicina de rehabilitación una reparación que reduzca, en lo posible, el grado de discapacidad de una persona accidentada.
• El aumento de accidentes de tráfico, laborales y deportivos con secuelas que requieren ser valoradas para reparar el daño sufrido y los perjuicios correspondientes (actividades de la vida corriente, de ocio, de comunicación, laborales, etc.)
• La medicina Física y Rehabilitación tiene como finalidad eliminar o reducir al máximo las secuelas y en su caso, la valoración de las mismas para establecer las compensaciones adecuadas.
Las Palmas, 17 de junio de 2010 | Sanidad |Gabinete de Prensa.
La Ley describe la Valoración de Daño Corporal (VDC) como “una actividad médica que tiene por objetivo evaluar e informar de las lesiones, secuelas, menoscabos, perjuicios, dolores, molestias, incapacidades, invalideces que pueda tener una determinada persona, derivado tanto de accidentes (casuales, laborales, de tráfico, o en el ejercicio de un deporte) como de enfermedades producidas tanto por agentes externos como internos, con objeto de que se pueda producir una reparación adecuada”. Es, por decirlo en plata, el diagnóstico de un accidente.
Al abrigo de esta definición, Lorenzo Jiménez, jefe de Medicina Física y Rehabilitación del Hospital Ramón y Cajal de Madrid, ha organizado un taller, enmarcado en el 48º Congreso Nacional de la Sociedad Española de Rehabilitación y Medicina Física, sobre valoración medico-legal del daño corporal en el que transmitir, a las nuevas generaciones, “el papel esencial que juega la medicina de rehabilitación a la hora de de valorar los daños sufridos por una persona en un accidente y pautar la recuperación de la misma. Hoy en día, la sociedad demanda recuperaciones más completas, tendentes, sobre todo, a evitar la dependencia de la persona afectada.”
La actuación de los médicos de rehabilitación, “quienes ostentan la máxima responsabilidad en este campo, se antoja esencial”, asegura Lorenzo Jiménez, quien asegura que “el daño corporal derivado de un accidente requiere un estudio minucioso, cargado de matices. Hay que valorar el grado de afectación del paciente; el grado de recuperación de las lesiones y las secuelas que quedan y el grado de dependencia resultante de todo el proceso, una secuela extrema de la que rehuye tanto la persona afectada, que pide una rehabilitación más eficaz y completa, como las compañías aseguradoras”.
Los expertos que actúan tanto a nivel judicial (civil, penal, social), administrativo o de la Seguridad Social, en el campo de los Servicios Sociales o en el ámbito privado tanto contractual (pólizas de seguro) como extracontractual (daños a terceros o Responsabilidad Civil) han de valorar “el grado de dependencia y las consecuencias resultantes del accidente en un sinfín de campos tales como la actividad laboral, las tareas domésticas, el aseo corporal, el control de la alimentación o los desplazamientos”, tal y como afirma Lorenzo Jiménez.
El experto también considera que “el aumento de accidentes de tráfico con secuelas y la capacidad de la medicina moderna para salvar vidas comprometidas –con secuelas como hemiplejia o tetraplejia- ha aumentado la demanda de este tipo de valoraciones” y advierte que “a la hora de fijar las indemnizaciones, existe una tendencia a exagerar las consecuencias del accidente; un exceso de picaresca que ha de controlar el propio médico rehabilitador”.
LA REHABILITACIÓN RESPIRATORIA ES ESENCIAL PARA TRATAR LA ENFERMEDAD PULMONAR OBSTRUCTIVA CRÓNICA
XLVIII Congreso Nacional de la Sociedad Española de Rehabilitación y Medicina Física (SERMEF) Las Palmas 2010
• El entrenamiento muscular general y respiratorio es fundamental para mejorar la función y la calidad de vida de los pacientes con EPOC, una enfermedad que puede ocasionar incluso la muerte.
• “Los ejercicios de los músculos inspiratorios mejoran la fuerza y la resistencia muscular. Sabemos que los pacientes con afectación de la fuerza muscular inspiratoria tienen un peor pronóstico y mayor mortalidad”, señala la Dra. Ester Marco, del Servicio de Medicina Física y Rehabilitación del Hospital del Mar i de l’Esperança de Barcelona.
• Los pacientes ejercitan su función respiratoria utilizando unas válvulas que permiten ajustar la intensidad del entrenamiento.
• La doctora Marco participa estos días en el XLVIII Congreso Nacional de la Sociedad Española de Rehabilitación y Medicina Física (SERMEF), que se celebra en Las Palmas entre el 16 y el 18 de junio.
Las Palmas, junio de 2010 | Sanidad |Gabinete de Prensa.
La enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC) es una de las enfermedades que causan una mayor pérdida de calidad de vida en los pacientes, al dificultarles la respiración y, por consiguiente, la realización de muchas de sus tareas cotidianas. Esta patología es, además, la cuarta causa de muerte a nivel mundial. Sin embargo, un tratamiento que incluya la rehabilitación respiratoria ayuda considerablemente a paliar estas dificultades. De hecho, la rehabilitación respiratoria es esencial para mejorar la calidad de vida de los pacientes EPOC.
Sobre el entrenamiento muscular respiratorio y su aplicación en la rehabilitación de los pacientes, no sólo de EPOC, sino también del resto de enfermedades cardiorrespiratorias, hablará la Dra. Ester Marco, del Servicio de Medicina Física y Rehabilitación del Hospital del Mar i l’Esperança de Barcelona, en el XLVIII Congreso Nacional de la Sociedad Española de Rehabilitación y Medicina Física (SERMEF), que se celebra en Las Palmas de Gran Canaria entre el 16 y el 18 de junio.
El entrenamiento al que se someten los pacientes permite mejorar la fuerza de los músculos inspiratorios utilizando unas válvulas que permiten ajustar la intensidad del tratamiento. “Si queremos mejorar la fuerza de, por ejemplo, el músculo bíceps, se debe entrenar con pesos cada vez mayores; estas válvulas de entrenamiento permiten aplicar el mismo principio a los músculos que hacen posible la respiración”, explica la Dra Marco. El entrenamiento se realiza tanto para los músculos inspiratorios, que son los más importantes, como para los espiratorios, que son los que permiten, por ejemplo, toser al paciente.
La intervención sobre los músculos inspiratorios es la que ha demostrado ser más efectiva, sobre todo cuando se proporciona una determinada intensidad. De hecho, el entrenamiento de los músculos inspiratorios “aumenta significativamente la fuerza y la resistencia muscular, y se asocia con mejoras de función muscular inspiratoria como la fuerza, la capacidad general de ejercicio y la disnea”, señala Marco.
A pesar de que todas las guías de práctica clínica recomiendan el uso de estos entrenamientos en los pacientes de enfermedades respiratorias crónicas, existe cierta controversia sobre su aplicación entre los propios médicos rehabilitadores, y cuenta tanto con defensores como con detractores. Según la experta, el origen de esta polémica proviene de que “la escasez de investigación en el entrenamiento como parte del tratamiento de las enfermedades cardiorrespiratorias, por lo que muchos médicos han mantenido sus propias tradiciones clínicas y programas de entrenamiento”. Para la Dra. Marco, la causa de la tardía extensión de la técnica entre los especialistas es que “al no haber medicamentos por medio, no hay ninguna empresa farmacéutica detrás de la investigación en este campo, lo que hace más complicado que surjan nuevas técnicas”, afirma.
La doctora aprovechará el marco del Congreso para presentar entre sus colegas una nueva válvula de entrenamiento elaborada por el grupo de investigación del Institut Municipal d’Investigació Mèdica (IMIM) - Hospital del Mar de Barcelona. Se trata de una válvula que permite titular la intensidad de carga utilizando cargas máximas (las que se utilizan ahora permiten cargas mínimas) y entrenar tanto la musculatura inspiratoria como la espiratoria.
Este es tan sólo uno de los temas que se debatirán en el Congreso Nacional de la Sociedad Española de Rehabilitación y Medicina Física (SERMEF), que reúne del 15 al 18 de junio a los más destacados especialistas en rehabilitación de España en el Palacio de Congresos de Canarias, situado en Las Palmas de Gran Canaria. Durante estos cuatro días, numerosos expertos analizarán y debatirán sobre las últimas noticias y novedades en el mundo de la rehabilitación.
• El entrenamiento muscular general y respiratorio es fundamental para mejorar la función y la calidad de vida de los pacientes con EPOC, una enfermedad que puede ocasionar incluso la muerte.
• “Los ejercicios de los músculos inspiratorios mejoran la fuerza y la resistencia muscular. Sabemos que los pacientes con afectación de la fuerza muscular inspiratoria tienen un peor pronóstico y mayor mortalidad”, señala la Dra. Ester Marco, del Servicio de Medicina Física y Rehabilitación del Hospital del Mar i de l’Esperança de Barcelona.
• Los pacientes ejercitan su función respiratoria utilizando unas válvulas que permiten ajustar la intensidad del entrenamiento.
• La doctora Marco participa estos días en el XLVIII Congreso Nacional de la Sociedad Española de Rehabilitación y Medicina Física (SERMEF), que se celebra en Las Palmas entre el 16 y el 18 de junio.
Las Palmas, junio de 2010 | Sanidad |Gabinete de Prensa.
La enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC) es una de las enfermedades que causan una mayor pérdida de calidad de vida en los pacientes, al dificultarles la respiración y, por consiguiente, la realización de muchas de sus tareas cotidianas. Esta patología es, además, la cuarta causa de muerte a nivel mundial. Sin embargo, un tratamiento que incluya la rehabilitación respiratoria ayuda considerablemente a paliar estas dificultades. De hecho, la rehabilitación respiratoria es esencial para mejorar la calidad de vida de los pacientes EPOC.
Sobre el entrenamiento muscular respiratorio y su aplicación en la rehabilitación de los pacientes, no sólo de EPOC, sino también del resto de enfermedades cardiorrespiratorias, hablará la Dra. Ester Marco, del Servicio de Medicina Física y Rehabilitación del Hospital del Mar i l’Esperança de Barcelona, en el XLVIII Congreso Nacional de la Sociedad Española de Rehabilitación y Medicina Física (SERMEF), que se celebra en Las Palmas de Gran Canaria entre el 16 y el 18 de junio.
El entrenamiento al que se someten los pacientes permite mejorar la fuerza de los músculos inspiratorios utilizando unas válvulas que permiten ajustar la intensidad del tratamiento. “Si queremos mejorar la fuerza de, por ejemplo, el músculo bíceps, se debe entrenar con pesos cada vez mayores; estas válvulas de entrenamiento permiten aplicar el mismo principio a los músculos que hacen posible la respiración”, explica la Dra Marco. El entrenamiento se realiza tanto para los músculos inspiratorios, que son los más importantes, como para los espiratorios, que son los que permiten, por ejemplo, toser al paciente.
La intervención sobre los músculos inspiratorios es la que ha demostrado ser más efectiva, sobre todo cuando se proporciona una determinada intensidad. De hecho, el entrenamiento de los músculos inspiratorios “aumenta significativamente la fuerza y la resistencia muscular, y se asocia con mejoras de función muscular inspiratoria como la fuerza, la capacidad general de ejercicio y la disnea”, señala Marco.
A pesar de que todas las guías de práctica clínica recomiendan el uso de estos entrenamientos en los pacientes de enfermedades respiratorias crónicas, existe cierta controversia sobre su aplicación entre los propios médicos rehabilitadores, y cuenta tanto con defensores como con detractores. Según la experta, el origen de esta polémica proviene de que “la escasez de investigación en el entrenamiento como parte del tratamiento de las enfermedades cardiorrespiratorias, por lo que muchos médicos han mantenido sus propias tradiciones clínicas y programas de entrenamiento”. Para la Dra. Marco, la causa de la tardía extensión de la técnica entre los especialistas es que “al no haber medicamentos por medio, no hay ninguna empresa farmacéutica detrás de la investigación en este campo, lo que hace más complicado que surjan nuevas técnicas”, afirma.
La doctora aprovechará el marco del Congreso para presentar entre sus colegas una nueva válvula de entrenamiento elaborada por el grupo de investigación del Institut Municipal d’Investigació Mèdica (IMIM) - Hospital del Mar de Barcelona. Se trata de una válvula que permite titular la intensidad de carga utilizando cargas máximas (las que se utilizan ahora permiten cargas mínimas) y entrenar tanto la musculatura inspiratoria como la espiratoria.
Este es tan sólo uno de los temas que se debatirán en el Congreso Nacional de la Sociedad Española de Rehabilitación y Medicina Física (SERMEF), que reúne del 15 al 18 de junio a los más destacados especialistas en rehabilitación de España en el Palacio de Congresos de Canarias, situado en Las Palmas de Gran Canaria. Durante estos cuatro días, numerosos expertos analizarán y debatirán sobre las últimas noticias y novedades en el mundo de la rehabilitación.
La marca de agua proporcionará premios, materiales y agua FUENTEALTA COLABORA CON EL AYUNTAMIENTO DE EL SAUZAL EN UN FIN DE SEMANA DE INTENSA ACTIVIDAD DEPORTIVA
Santa Cruz de Tenerife, junio de 2010 | Deporte | Gabinete de Prensa.
La marca de agua Fuentealta (http://www.fuentealta.com/), que este año celebra su 35 aniversario, colabora por séptimo año consecutivo con el Ayuntamiento de El Sauzal en todos los actos deportivos que se celebran este próximo fin de semana.
Las actividades, que han sido organizadas por Fernando Rodríguez con el apoyo del Área de Deportes del Ayuntamiento de El Sauzal, comenzarán el sábado día 19 de junio a las 9:00 horas con la celebración de dos torneos de Baloncesto 3 x 3 y con la quinta edición de la popular Legua Sauzalera, para finalizar el domingo 20 de junio con el I Festival de Bicicleta que se incluye dentro de este calendario deportivo.
Fuentealta entregará premios, materiales de apoyo y animación para todos los participantes, a la vez que proporcionará el agua necesaria para todos los deportistas que asistan este fin de semana a El Sauzal, y que se concentrarán en la Avenida Inmaculada de esta localidad, que espera la llegada de numerosos aficionados de todas las zonas de Tenerife.
Sin embargo, este acuerdo de colaboración entre Fuentealta y el Ayuntamiento de El Sauzal no termina con esta importante cita deportiva, sino que continúa en julio con la celebración de la segunda edición de la Carrera Vertical El Sauzal, en la que participará Martín Fiz, Campeón del Mundo y Europa de Maratón.
La marca de agua Fuentealta (http://www.fuentealta.com/), que este año celebra su 35 aniversario, colabora por séptimo año consecutivo con el Ayuntamiento de El Sauzal en todos los actos deportivos que se celebran este próximo fin de semana.
Las actividades, que han sido organizadas por Fernando Rodríguez con el apoyo del Área de Deportes del Ayuntamiento de El Sauzal, comenzarán el sábado día 19 de junio a las 9:00 horas con la celebración de dos torneos de Baloncesto 3 x 3 y con la quinta edición de la popular Legua Sauzalera, para finalizar el domingo 20 de junio con el I Festival de Bicicleta que se incluye dentro de este calendario deportivo.
Fuentealta entregará premios, materiales de apoyo y animación para todos los participantes, a la vez que proporcionará el agua necesaria para todos los deportistas que asistan este fin de semana a El Sauzal, y que se concentrarán en la Avenida Inmaculada de esta localidad, que espera la llegada de numerosos aficionados de todas las zonas de Tenerife.
Sin embargo, este acuerdo de colaboración entre Fuentealta y el Ayuntamiento de El Sauzal no termina con esta importante cita deportiva, sino que continúa en julio con la celebración de la segunda edición de la Carrera Vertical El Sauzal, en la que participará Martín Fiz, Campeón del Mundo y Europa de Maratón.
IV ENCUENTRO DE ACTIVIDAD FÍSICA PARA MAYORES DE AGÜIMES
Agüimes, 17 de junio de 2010 | Gabinete de Prensa Local.
350 personas participaron en las actividades organizadas con motivo de la celebración del “IV Encuentro de Actividad Física para Mayores de Agüimes” que tuvo lugar ayer en el Parque Urbano de la Playa de Arinaga.
Durante la jornada se realizó un circuito formado por ocho actividades ubicadas en diferentes partes del parque urbano, para finalizar con una coreografía de batuka.
En el evento, organizado por el Programa de Actividad Física para Mayores perteneciente a la Concejalía de Mayores del Ayuntamiento de Agüimes, participaron alumnos y alumnas de los municipios invitados de Mogán, San Bartolomé de Tirajana y Telde; además de Agüimes, municipio anfitrión.
Desde hace años la Concejalía de Mayores del Ayuntamiento de Agüimes lleva a cabo el programa denominado Actividad física para mayores que tiene como objetivo principal mejorar la salud y prevenir las enfermedades de las personas mayores a través del ejercicio físico.
Las clases se imparten en los Polideportivos Municipales, Locales Sociales y Asociaciones Sociales ubicados en los distintos barrios del municipio de Agüimes: Temisas, Agüimes-Casco, La Goleta, el Cruce de Arinaga, Las Rosas y Arinaga.
A lo largo del año se alternan actividades deportivas dentro del aula con actividades puntuales fuera del aula: actividades en el medio natural, actividades acuáticas, talasoterapia y encuentros intergeneracionales deportivos con el alumnado de Institutos de Enseñanza Secundaria; entre otras actividades.
Los beneficios que obtienen las personas que participan en el programa de Actividad Física de Mayores son: mejora de aspectos físicos y fisiológicos; mejora de la sociabilidad; ocupación del tiempo libre y de ocio y mejora del aspecto psicofísico de la persona mayor.
350 personas participaron en las actividades organizadas con motivo de la celebración del “IV Encuentro de Actividad Física para Mayores de Agüimes” que tuvo lugar ayer en el Parque Urbano de la Playa de Arinaga.
Durante la jornada se realizó un circuito formado por ocho actividades ubicadas en diferentes partes del parque urbano, para finalizar con una coreografía de batuka.
En el evento, organizado por el Programa de Actividad Física para Mayores perteneciente a la Concejalía de Mayores del Ayuntamiento de Agüimes, participaron alumnos y alumnas de los municipios invitados de Mogán, San Bartolomé de Tirajana y Telde; además de Agüimes, municipio anfitrión.
Desde hace años la Concejalía de Mayores del Ayuntamiento de Agüimes lleva a cabo el programa denominado Actividad física para mayores que tiene como objetivo principal mejorar la salud y prevenir las enfermedades de las personas mayores a través del ejercicio físico.
Las clases se imparten en los Polideportivos Municipales, Locales Sociales y Asociaciones Sociales ubicados en los distintos barrios del municipio de Agüimes: Temisas, Agüimes-Casco, La Goleta, el Cruce de Arinaga, Las Rosas y Arinaga.
A lo largo del año se alternan actividades deportivas dentro del aula con actividades puntuales fuera del aula: actividades en el medio natural, actividades acuáticas, talasoterapia y encuentros intergeneracionales deportivos con el alumnado de Institutos de Enseñanza Secundaria; entre otras actividades.
Los beneficios que obtienen las personas que participan en el programa de Actividad Física de Mayores son: mejora de aspectos físicos y fisiológicos; mejora de la sociabilidad; ocupación del tiempo libre y de ocio y mejora del aspecto psicofísico de la persona mayor.
SENE CAZORLA BUSCARÁ DE NUEVO LA VICTORIA EN EL II SLALOM CDIC
Se celebrará el próximo domingo 20 de junio en el circuito Ciudad Deportiva Islas Canarias de Telde (Gran Canaria).
Las Palmas de GC, 17 de junio de 2010 |Motor |Gabinete de Prensa.
Sene Cazorla y Víctor Sosa (Subaru Impreza STi) participarán en la segunda prueba de Slalom valedera para el Campeonato de Las Palmas que se celebrará en el Circuito Ciudad Deportiva Islas Canarias.
En el II Slalom CDIC participaran 39 equipos y Cazorla saldrá con el número 1, tras él tomarán la salida Benito Marrero y Gustavo Sosa, ambos con Mitsubishi EVO.
Para este slalom están previstas cuatro mangas con el mismo trazado que en la pasada edición “más largo y espectacular” según informa la organización.
Sene Cazorla está muy motivado para esta prueba tras los buenos resultados conseguidos en las últimas participaciones y espera seguir sumando los puntos necesarios para revalidar el campeonato de slalom.
El II Slalom CDIC se celebrará el próximo domingo 20 de junio a partir de las 10 horas.
Las Palmas de GC, 17 de junio de 2010 |Motor |Gabinete de Prensa.
Sene Cazorla y Víctor Sosa (Subaru Impreza STi) participarán en la segunda prueba de Slalom valedera para el Campeonato de Las Palmas que se celebrará en el Circuito Ciudad Deportiva Islas Canarias.
En el II Slalom CDIC participaran 39 equipos y Cazorla saldrá con el número 1, tras él tomarán la salida Benito Marrero y Gustavo Sosa, ambos con Mitsubishi EVO.
Para este slalom están previstas cuatro mangas con el mismo trazado que en la pasada edición “más largo y espectacular” según informa la organización.
Sene Cazorla está muy motivado para esta prueba tras los buenos resultados conseguidos en las últimas participaciones y espera seguir sumando los puntos necesarios para revalidar el campeonato de slalom.
El II Slalom CDIC se celebrará el próximo domingo 20 de junio a partir de las 10 horas.
El Ayuntamiento de Arucas clausura el Taller de Alfabetización dirigido a las mujeres del municipio
El curso, puesto en marcha desde al año 2007, pretende conseguir una participación activa y dinámica del colectivo femenino en la vida sociocultural de Arucas
Arucas, 17 de junio de 2010 |Gabinete de Prensa Local.
El Ayuntamiento de Arucas, a través de la Concejalía de Políticas de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, que coordina Carolina Ascanio, ha clausurado recientemente el Taller de Alfabetización dirigido a las mujeres del municipio y que se ha venido desarrollando desde el pasado mes de octubre de 2009 (todos los martes de 17.00 a 19.00 horas).
Con este taller, que lleva en marcha desde el año 2007 y que se retoma cada año, se persigue conseguir una participación activa y dinámica del colectivo femenino, con un nivel de estudios básicos o sin ellos, en la vida sociocultural del municipio, así como contribuir al enriquecimiento personal de cada una de las mujeres.
Entre los objetivos del curso también destaca la creación de un espacio de comunicación interpersonal y el desarrollo de habilidades de autonomía personal que les permita la integración dentro del ámbito sociocultural.
El curso, en el que han participado un total de 15 mujeres, ha sido impartido por la Agente de Igualdad y maestra, Silvia Padrón Pérez.
Arucas, 17 de junio de 2010 |Gabinete de Prensa Local.
El Ayuntamiento de Arucas, a través de la Concejalía de Políticas de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, que coordina Carolina Ascanio, ha clausurado recientemente el Taller de Alfabetización dirigido a las mujeres del municipio y que se ha venido desarrollando desde el pasado mes de octubre de 2009 (todos los martes de 17.00 a 19.00 horas).
Con este taller, que lleva en marcha desde el año 2007 y que se retoma cada año, se persigue conseguir una participación activa y dinámica del colectivo femenino, con un nivel de estudios básicos o sin ellos, en la vida sociocultural del municipio, así como contribuir al enriquecimiento personal de cada una de las mujeres.
Entre los objetivos del curso también destaca la creación de un espacio de comunicación interpersonal y el desarrollo de habilidades de autonomía personal que les permita la integración dentro del ámbito sociocultural.
El curso, en el que han participado un total de 15 mujeres, ha sido impartido por la Agente de Igualdad y maestra, Silvia Padrón Pérez.
ATA CELEBRA LA APROBACION DE LA REFORMA DE LA LEY DE MORISIDAD
Las Palmas de GC, 17 de junio de 2010 |Sociedad |Gabinte de Prensa ATA.
La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos – ATA considera que la aprobación de la reforma de la Ley de Morosidad en el Congreso supone un importante paso adelante para combatir uno de los principales problemas que padece el colectivo de autónomos. Lorenzo Amor, Presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos, ATA, considera que “hoy es un día histórico que permitirá poner coto a los morosos”
La reforma establece unos plazos máximos de pago de 60 días en el sector privado y de 30 días en el sector público desde la entrega de la mercancía o la prestación del servicio (no desde la emisión de la factura) con un periodo de adaptación de tres años en los que se establecen para el sector privado 85 días en el 2011, 75 en el 2012 y 60 a partir del 2013. En el sector público el plazo será de 60 días este año, de 45 el que viene y de 30 días a partir del 2011.
“Nos mostramos altamente satisfechos porque la cláusula salvo pacto entre las partes va a quedar, por fin, desterrada para siempre – señala el Presidente Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos, ATA –. También porque los costes del cobro correrán por cuenta del deudor, se cobrará interés de demora, las empresas auditadas deberán publicar en sus memorias anuales los plazos de pago con sus proveedores y porque las asociaciones de autónomos podremos denunciar los abusos que se produzcan así como participar en el Observatorio de la Morosidad”
“La morosidad es, junto con los problemas crediticios y la caída del consumo, uno de los principales problemas que afecta al colectivo - señala Lorenzo Amor. Una de cada cuatro microempresas que se ha visto obligada a cesar en su actividad ha sido por culpa de la morosidad, tanto pública como privada”
Desde ATA esperamos que la morosidad que padecen los autónomos sea contemplada en la tramitación parlamentaria de la Ley de reforma del mercado laboral como causa económica de despido objetivo. “Es ilógico – concluye el presidente de ATA – que haya Administraciones o empresas privadas que tardan más de 240 días en pagar a autónomos, lo que les supone no poder mantener la actividad y que encima tengan que indemnizar con 45 días, cuando, desde luego, las causas de su despido son, en este caso, procedentes”.
La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos – ATA considera que la aprobación de la reforma de la Ley de Morosidad en el Congreso supone un importante paso adelante para combatir uno de los principales problemas que padece el colectivo de autónomos. Lorenzo Amor, Presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos, ATA, considera que “hoy es un día histórico que permitirá poner coto a los morosos”
La reforma establece unos plazos máximos de pago de 60 días en el sector privado y de 30 días en el sector público desde la entrega de la mercancía o la prestación del servicio (no desde la emisión de la factura) con un periodo de adaptación de tres años en los que se establecen para el sector privado 85 días en el 2011, 75 en el 2012 y 60 a partir del 2013. En el sector público el plazo será de 60 días este año, de 45 el que viene y de 30 días a partir del 2011.
“Nos mostramos altamente satisfechos porque la cláusula salvo pacto entre las partes va a quedar, por fin, desterrada para siempre – señala el Presidente Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos, ATA –. También porque los costes del cobro correrán por cuenta del deudor, se cobrará interés de demora, las empresas auditadas deberán publicar en sus memorias anuales los plazos de pago con sus proveedores y porque las asociaciones de autónomos podremos denunciar los abusos que se produzcan así como participar en el Observatorio de la Morosidad”
“La morosidad es, junto con los problemas crediticios y la caída del consumo, uno de los principales problemas que afecta al colectivo - señala Lorenzo Amor. Una de cada cuatro microempresas que se ha visto obligada a cesar en su actividad ha sido por culpa de la morosidad, tanto pública como privada”
Desde ATA esperamos que la morosidad que padecen los autónomos sea contemplada en la tramitación parlamentaria de la Ley de reforma del mercado laboral como causa económica de despido objetivo. “Es ilógico – concluye el presidente de ATA – que haya Administraciones o empresas privadas que tardan más de 240 días en pagar a autónomos, lo que les supone no poder mantener la actividad y que encima tengan que indemnizar con 45 días, cuando, desde luego, las causas de su despido son, en este caso, procedentes”.
ATA CONSIDERA LA REFORMA LABORAL DESCAFEINADA Y POCO VALIENTE
- No clarificar las causas económicas del despido objetivo deja a los autónomos en clara indefensión jurídica
- Lorenzo Amor: “Las expectativas se han desinflado. No se ha cogido al toro por los cuernos, sino más bien por el rabo”.
Las Palmas de GC, 17 de junio de 2010 | Sociedad |Gabinete de Prensa de ATA.
La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos -ATA considera que el texto de la reforma laboral aprobado por el Consejo de Ministros es descafeinado y poco valiente, que no va a servir ni para crear empleo ni tampoco para que los autónomos contraten y mantengan puestos de trabajo.
“Con esta reforma laboral – afirma Lorenzo Amor, Presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos, ATA – flaco favor se le hace a los 4.600.000 parados. Las expectativas puestas en ella se han desinflado. No se ha cogido al toro por los cuernos, sino más bien por el rabo”.
“Del mismo modo, - añade el Presidente de ATA - esta no sirve para el 90% de las empresas españolas, regentadas por autónomos, que necesitan un tratamiento especial en la negociación colectiva y en las relaciones contractuales”.
“El Real Decreto Ley que entrará mañana en vigor continua sin aclarar el despido objetivo por causas económicas dejando a los autónomos en clara indefensión jurídica – señala Lorenzo Amor –. Mejorar este aspecto ha sido siempre una de las principales demandas que nuestro colectivo se ha fijado como prioritaria”.
“Esperamos que los grupos parlamentarios sean sensibles durante el trámite de este Decreto como proyecto de ley – concluye Lorenzo Amor – para que realmente salga del Parlamento la reforma laboral que España necesita, y sobre todo para que cientos de miles de autónomos recobren la confianza a la hora de contratar”.
Respecto a la huelga general, Lorenzo Amor considera que “los sindicatos se alejan aún más de la sociedad, porque no son precisamente manifestaciones ni huelgas lo que reclama la ciudadanía. La huelga es un auténtico disparate, que daña la imagen de exterior”.
- Lorenzo Amor: “Las expectativas se han desinflado. No se ha cogido al toro por los cuernos, sino más bien por el rabo”.
Las Palmas de GC, 17 de junio de 2010 | Sociedad |Gabinete de Prensa de ATA.
La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos -ATA considera que el texto de la reforma laboral aprobado por el Consejo de Ministros es descafeinado y poco valiente, que no va a servir ni para crear empleo ni tampoco para que los autónomos contraten y mantengan puestos de trabajo.
“Con esta reforma laboral – afirma Lorenzo Amor, Presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos, ATA – flaco favor se le hace a los 4.600.000 parados. Las expectativas puestas en ella se han desinflado. No se ha cogido al toro por los cuernos, sino más bien por el rabo”.
“Del mismo modo, - añade el Presidente de ATA - esta no sirve para el 90% de las empresas españolas, regentadas por autónomos, que necesitan un tratamiento especial en la negociación colectiva y en las relaciones contractuales”.
“El Real Decreto Ley que entrará mañana en vigor continua sin aclarar el despido objetivo por causas económicas dejando a los autónomos en clara indefensión jurídica – señala Lorenzo Amor –. Mejorar este aspecto ha sido siempre una de las principales demandas que nuestro colectivo se ha fijado como prioritaria”.
“Esperamos que los grupos parlamentarios sean sensibles durante el trámite de este Decreto como proyecto de ley – concluye Lorenzo Amor – para que realmente salga del Parlamento la reforma laboral que España necesita, y sobre todo para que cientos de miles de autónomos recobren la confianza a la hora de contratar”.
Respecto a la huelga general, Lorenzo Amor considera que “los sindicatos se alejan aún más de la sociedad, porque no son precisamente manifestaciones ni huelgas lo que reclama la ciudadanía. La huelga es un auténtico disparate, que daña la imagen de exterior”.
Concluyen las obras de armonización estética de San Gregorio en las que se han invertido 3 millones de euros
Telde, 17 de junio de 2010 | Gabinete de Prensa Local.
El alcalde de Telde afirma que otras zonas de San Gregorio y el municipio siguen necesitando una "inversión quizá más profunda que la que se ha hecho" y recuerda al Gobierno de Canarias "que el Este también existe"
Después de seis años y una inversión de tres millones de euros hoy se dio por concluido el Plan Director de San Gregorio diseñado por el Ayuntamiento de Telde y financiado por esta institución, el Cabildo de Gran Canaria y el Gobierno regional. El alcalde, Aureliano Francisco Santiago Castellano, la consejera de Industria y Comercio del Cabildo grancanario, Inés Jiménez, y el director general de Comercio, Arturo Cabrera González, destacaron la importante actuación que se ha desarrollado en este barrio teldense y los buenos resultados obtenidos.
El regidor municipal, Francisco Santiago, mostró su satisfacción por los resultados obtenidos si bien matizó que aún “quedan flecos” como la colocación de bolardos con llaves en algunos callejones que se colocarán en cuanto lleguen esos elementos.
Sin embargo, Santiago aseguró que todo el camino no está hecho y aún quedan zonas de San Gregorio “que necesitan una inversión quizá más profunda de lo que se ha hecho” y cuyos proyectos serán consensuados con todas las partes afectadas para intentar aprovechar gran parte de los 50 millones que congeniarán el Cabildo de Gran Canaria y el Gobierno Canario hasta el 2015 para las zonas comerciales abiertas de las Islas.
Santiago apuntó las dificultades del Consistorio a hacer frente al 25% del total de los trabajos, que es la parte que le toca al Ayuntamiento sufragar, pero afirmó que se hará un esfuerzo para poder seguir actuando en un sector tan importante para la economía del municipio. Alabó además las actuaciones que el Gobierno de Canarias está desarrollando en el norte de la Isla, pero se vio en la necesidad de recordar al Ejecutivo canario "que el Este también existe".
Por su parte, Inés Jiménez, consejera de Industria y Comercio del Cabildo de Gran Canaria, destacó el compromiso firme de la institución insular de “seguir apostando por la potencialización y dinamización de las zonas comerciales para que sean más atractivas, más cómodas e imprescindibles para el consumo y el comercio local pueda sostenerse, sobre todo en tiempos tan delicados como éste”. Así, el sector comercial y el Ayuntamiento de Telde encontrarán “nuestra mano tendida, sobre todo si el Ayuntamiento vuelve a presentar proyectos tan bien presentados como este que termina”.
Y este apoyo también se verá reforzado con el Gobierno de Canarias ya que el director general de Comercio que animó a Telde a presentar nuevos proyectos para que se financien a través del convenio plurianual a desarrollar hasta 2015 para zonas comerciales abiertas.
Esta última fase, que ha supuesto una inversión de 1.017.636,01 euros ha consistido en la peatonalización y ampliación de aceras de las calles Juan Diego de la Fuente, Ruiz, Betancor Fabelo, Gago Coutinho y Francisco González Díaz, y en la unificación del pavimento, dotación de mobiliario y luminaria nueva, entre otras actuaciones.
El alcalde de Telde afirma que otras zonas de San Gregorio y el municipio siguen necesitando una "inversión quizá más profunda que la que se ha hecho" y recuerda al Gobierno de Canarias "que el Este también existe"
Después de seis años y una inversión de tres millones de euros hoy se dio por concluido el Plan Director de San Gregorio diseñado por el Ayuntamiento de Telde y financiado por esta institución, el Cabildo de Gran Canaria y el Gobierno regional. El alcalde, Aureliano Francisco Santiago Castellano, la consejera de Industria y Comercio del Cabildo grancanario, Inés Jiménez, y el director general de Comercio, Arturo Cabrera González, destacaron la importante actuación que se ha desarrollado en este barrio teldense y los buenos resultados obtenidos.
El regidor municipal, Francisco Santiago, mostró su satisfacción por los resultados obtenidos si bien matizó que aún “quedan flecos” como la colocación de bolardos con llaves en algunos callejones que se colocarán en cuanto lleguen esos elementos.
Sin embargo, Santiago aseguró que todo el camino no está hecho y aún quedan zonas de San Gregorio “que necesitan una inversión quizá más profunda de lo que se ha hecho” y cuyos proyectos serán consensuados con todas las partes afectadas para intentar aprovechar gran parte de los 50 millones que congeniarán el Cabildo de Gran Canaria y el Gobierno Canario hasta el 2015 para las zonas comerciales abiertas de las Islas.
Santiago apuntó las dificultades del Consistorio a hacer frente al 25% del total de los trabajos, que es la parte que le toca al Ayuntamiento sufragar, pero afirmó que se hará un esfuerzo para poder seguir actuando en un sector tan importante para la economía del municipio. Alabó además las actuaciones que el Gobierno de Canarias está desarrollando en el norte de la Isla, pero se vio en la necesidad de recordar al Ejecutivo canario "que el Este también existe".
Por su parte, Inés Jiménez, consejera de Industria y Comercio del Cabildo de Gran Canaria, destacó el compromiso firme de la institución insular de “seguir apostando por la potencialización y dinamización de las zonas comerciales para que sean más atractivas, más cómodas e imprescindibles para el consumo y el comercio local pueda sostenerse, sobre todo en tiempos tan delicados como éste”. Así, el sector comercial y el Ayuntamiento de Telde encontrarán “nuestra mano tendida, sobre todo si el Ayuntamiento vuelve a presentar proyectos tan bien presentados como este que termina”.
Y este apoyo también se verá reforzado con el Gobierno de Canarias ya que el director general de Comercio que animó a Telde a presentar nuevos proyectos para que se financien a través del convenio plurianual a desarrollar hasta 2015 para zonas comerciales abiertas.
Esta última fase, que ha supuesto una inversión de 1.017.636,01 euros ha consistido en la peatonalización y ampliación de aceras de las calles Juan Diego de la Fuente, Ruiz, Betancor Fabelo, Gago Coutinho y Francisco González Díaz, y en la unificación del pavimento, dotación de mobiliario y luminaria nueva, entre otras actuaciones.
Repugna a la razón y al sentido común
Palafrugell (Girona), 17 de junio de 2010 | Cartas al Director | José Morales Martín.
Hace unos meses Fernández de la Vega afirmó que la nueva ley del aborto contribuirá a "una mejor y más elevada calidad de la convivencia democrática". Pero lo que expresa lo dicho por la Vicepresidenta es el grado de infección demagógica del Ejecutivo. Porque respetamos y creemos de verdad en la democracia, un país maduro no debe permitir que se utilicen este tipo de argumentos que esconden lo contrario de lo que se afirma. Si algo vitaliza y fortifica la democracia, como método de toma de decisiones y como cultura política, es una legislación que permita, al concebido y aún no nacido, desarrollarse en el seno de su madre como condición para un desarrollo posterior en la sociedad. El aborto es siempre la imposición del poder de quien es más fuerte sobre el débil, la antítesis de la democracia y el principio de la dictadura. El futuro de la democracia nunca puede estar en la eliminación de los inocentes. Sólo pensarlo repugna a la razón y al sentido común.
Hace unos meses Fernández de la Vega afirmó que la nueva ley del aborto contribuirá a "una mejor y más elevada calidad de la convivencia democrática". Pero lo que expresa lo dicho por la Vicepresidenta es el grado de infección demagógica del Ejecutivo. Porque respetamos y creemos de verdad en la democracia, un país maduro no debe permitir que se utilicen este tipo de argumentos que esconden lo contrario de lo que se afirma. Si algo vitaliza y fortifica la democracia, como método de toma de decisiones y como cultura política, es una legislación que permita, al concebido y aún no nacido, desarrollarse en el seno de su madre como condición para un desarrollo posterior en la sociedad. El aborto es siempre la imposición del poder de quien es más fuerte sobre el débil, la antítesis de la democracia y el principio de la dictadura. El futuro de la democracia nunca puede estar en la eliminación de los inocentes. Sólo pensarlo repugna a la razón y al sentido común.
Los Vecinos del Valle Los Nueve disfrutaran de un Nuevo parque Infantil y Local Social
Telde 17de junio de 2010 | Gabinete de Prensa Local.
Esta previsto que a la inauguración asista la Delegada del Gobierno en Canarias, Carolina Darias, el alcalde de Telde, Aureliano Francisco Santiago Castellano así como miembros de la Corporación Local
Dicho acto se celebrará el sábado 19 de junio a las 11.00 horas
Esta obra, presupuestada en 981.062,92 euros procedentes del Fondo Estatal de Financiación Local para el Empleo, consta de un edificio y un espacio público en el que los vecinos de Valle de los Nueve puedan desarrollar su actividad social y lúdica.
En el diseño se ha incluido elementos consensuados con los propios vecinos, como la colocación de piedra natural en la fachada, la habilitación de una cancha de pelota canaria en el jardín o una zona pavimentada delante del edificio para la realización de eventos multitudinarios que no se puedan realizar en el salón principal del inmueble.
Además se ha colocado el logo V9 tanto en la fachada como en uno de los accesos al parque y se ensanchó la calle lateral paralela al parque y se dotó de juegos infantiles al recinto.
Finalmente, hay que destacar que el proyecto presentado por Satocan, empresa que ejecutó los trabajos, incluyó el mobiliario del inmueble, algo que no suele ser habitual en este tipo de actuaciones.
Esta previsto que a la inauguración asista la Delegada del Gobierno en Canarias, Carolina Darias, el alcalde de Telde, Aureliano Francisco Santiago Castellano así como miembros de la Corporación Local
Dicho acto se celebrará el sábado 19 de junio a las 11.00 horas
Esta obra, presupuestada en 981.062,92 euros procedentes del Fondo Estatal de Financiación Local para el Empleo, consta de un edificio y un espacio público en el que los vecinos de Valle de los Nueve puedan desarrollar su actividad social y lúdica.
En el diseño se ha incluido elementos consensuados con los propios vecinos, como la colocación de piedra natural en la fachada, la habilitación de una cancha de pelota canaria en el jardín o una zona pavimentada delante del edificio para la realización de eventos multitudinarios que no se puedan realizar en el salón principal del inmueble.
Además se ha colocado el logo V9 tanto en la fachada como en uno de los accesos al parque y se ensanchó la calle lateral paralela al parque y se dotó de juegos infantiles al recinto.
Finalmente, hay que destacar que el proyecto presentado por Satocan, empresa que ejecutó los trabajos, incluyó el mobiliario del inmueble, algo que no suele ser habitual en este tipo de actuaciones.
Campaña belga contra los conejos
Girona, 17 de junio de 2010 | Cartas al Director | Jaume Catalán Díaz.
Aprovechando las fiestas de Semana Santa, en las que en Bélgica son muy populares las figuritas de los conejitos de chocolate, la organización en defensa de los animales Gaia ha iniciado una campaña contra la producción de conejos en jaulas en batería. GAIA denuncia las malas condiciones de bienestar que tienen los conejos dentro de las jaulas, sin espacio para moverse, y lejos del aire y la luz solar, generándoles problemas de estrés, respiratorios y digestivos. Según esta organización, uno de cada cinco conejos muere antes de ser transportado al matadero.
La campaña llevada a cabo por GAIA incluye la recogida de firmas contra las jaulas y la publicación de un video en Youtube sobre el trato recibido por los animales. Como en todos estos casos se nos muestra una concepción neopagana de la vida que lleva a humanizar a los animales al mismo tiempo que animalizan a los humanos. Ante estos hechos solo cabe dos preguntas ¿Creen que realmente los conejos están más sanos si no están en baterías? ¿Estamos dispuestos a pagar los costos adicionales producidos por un sistema de producción más extensivo en una sociedad globalizada altamente competitiva? Tal vez sea conveniente recordar que fue un belga quien trajo la mixomatosis a Europa.
Aprovechando las fiestas de Semana Santa, en las que en Bélgica son muy populares las figuritas de los conejitos de chocolate, la organización en defensa de los animales Gaia ha iniciado una campaña contra la producción de conejos en jaulas en batería. GAIA denuncia las malas condiciones de bienestar que tienen los conejos dentro de las jaulas, sin espacio para moverse, y lejos del aire y la luz solar, generándoles problemas de estrés, respiratorios y digestivos. Según esta organización, uno de cada cinco conejos muere antes de ser transportado al matadero.
La campaña llevada a cabo por GAIA incluye la recogida de firmas contra las jaulas y la publicación de un video en Youtube sobre el trato recibido por los animales. Como en todos estos casos se nos muestra una concepción neopagana de la vida que lleva a humanizar a los animales al mismo tiempo que animalizan a los humanos. Ante estos hechos solo cabe dos preguntas ¿Creen que realmente los conejos están más sanos si no están en baterías? ¿Estamos dispuestos a pagar los costos adicionales producidos por un sistema de producción más extensivo en una sociedad globalizada altamente competitiva? Tal vez sea conveniente recordar que fue un belga quien trajo la mixomatosis a Europa.
El informe 2010 de CEAR llega en un momento de grave preocupación por el estado del asilo en España.
Las Palmas de GC, 17 de junio de 2010 | Sociedad | Gabinete de Prensa.
En 2009, unas 3.000 personas solicitaron asilo en España, un 33’6% menos que en 2008 (2.999 solicitudes según boletines mensuales de la OAR, 3.005 según Eurostat). Ésta es sin duda la cifra más baja en la historia del asilo en nuestro país. Los países de origen de la mayoría de los solicitantes de asilo fueron Nigeria (459), Costa de Marfil (304), Colombia (247), Argelia (181), Guinea (130), R.D. Congo (113) y Camerún (112).
Este descenso del número de solicitudes no se corresponde con las cifras de asilo en el mundo. Según ACNUR, en los países industrializados han pedido asilo durante 2009 unas 377.000 personas, la misma cantidad que en 2008. Los 27 países de la UE registraron 260.730 solicitudes el año pasado, un 10% más que las 238.080 solicitudes de 2008. Además, el bajo número de solicitantes de asilo en España tampoco se corresponde con el de los países de nuestro entorno. Francia recibió 47.625 solicitudes, un 35% más que en 2008. Grecia tramitó 15.925 peticiones de asilo, e Italia 17.470.
¿Por qué no llegan refugiados a España? Ésta es una pregunta que las organizaciones sociales que defienden el derecho de asilo deben estudiar en profundidad, y que seguramente tiene varias respuestas. Una de ellas se desprende de manera evidente de las políticas aplicadas en los últimos años: la lucha contra la inmigración clandestina, que los Estados de la Unión Europea han convertido en prioridad y casi obsesión, tiene como una de sus víctimas al derecho de asilo.
Porque, como bien ha señalado Naciones Unidas, las personas que necesitan protección internacional huyen de la persecución mezcladas con aquellas que emigran en búsqueda de trabajo. Y juntas llegan a territorio europeo, si es que pueden llegar en medio de los crecientes controles de fronteras. Las acciones de Frontex y los convenios bilaterales que han hecho de los países de origen y tránsito de migrantes enormes cárceles donde éstos quedan atrapados, impiden que lleguen a territorio europeo inmigrantes y también solicitantes de asilo
Las consecuencias de este control de fronteras se hacen especialmente evidentes en el sur de Europa, en territorio de operaciones de Frontex, donde han descendido en un 33% las peticiones de asilo (en Italia un -42%, en España -33,5%, Grecia -20% y Turquía -40%). Según ACNUR, los refugiados “no tienen oportunidad de pedir asilo en la UE porque las patrulleras los devuelven a la costa sin preguntarles si son refugiados”.
Ante esta realidad, que se analiza en esta nueva edición del informe, CEAR y otras organizaciones piden que, independientemente de dónde y quién controle las fronteras, las prácticas de control fronterizo tengan en cuenta la identificación de personas que necesitan protección, y que se garantice la protección en los países de tránsito.
Sólo 179 personas han obtenido estatuto de refugiado durante 2009. En el mismo periodo, pedían asilo 3.005 personas. Además de esos 179 reconocimientos de estatuto, 162 personas recibían protección complementaria, y 8 protección por razones humanitarias. El ministro del Interior firmó la denegación de la protección internacional a 2.288 personas. Si se comparan estos datos con los de otros países europeos se hace evidente que España se mantiene a la cola de Europa en la protección de las personas refugiadas:
Durante 2009, Bélgica reconoció 2.425 estatutos y 480 protecciones subsidiarias.
Francia, por su parte, concedió 3.910 permisos de residencia para personas refugiadas y 1.145 de protección subsidiaria. Italia otorgó protección a 8.440 personas (2.115 estatutos de asilo, 4.845 protecciones subsidiarias y 1.480 por razones humanitarias); Holanda protegió a 7.905 personas (695 estatutos de asilo, 3.270 protecciones subsidiarias y 3.940 por razones humanitarias); Suecia ha reconocido como refugiadas a 1.480 personas, concedido 4.970 protecciones subsidiarias y 640 por razones humanitarias; Alemania contaba con 8.155 estatutos concedidos, 405 protecciones complementarias y 1.205 por razones humanitarias; y Gran Bretaña había protegido a 8.350 personas (5.545 estatutos de asilo, 2.685 protecciones subsidiarias y 125 por razones humanitarias). Mientras, España deniega el asilo a más del 90% de las personas que lo solicitan.
Los datos muestran que el acceso al derecho de asilo sigue siendo una asignatura pendiente. No sólo por el control de fronteras, sino por la ausencia de información adecuada en el aeropuerto del Prat; por la dificultad para entrar en Melilla y contar con intérpretes cualificados en idiomas asiáticos en esta ciudad (332 personas de origen asiático llegaron a Melilla en el 2009); o por el cierre de Ceuta basado en la colaboración de Marruecos y la vigilancia. De hecho, en septiembre de 2005 se entregó a Marruecos a varias personas que intentaron entrar en España. El país les expulsó a la frontera con Argelia dejándolos a su suerte en el desierto sin agua ni comida, como ya se había hecho anteriormente. En Ceuta hay que destacar la presión ejercida por la policía en el Centro de Estancia Temporal para Inmigrantes (CETI), con redadas de madrugada para proceder a expulsiones colectivas hacía países como Eritrea, Sudán o Somalia, donde las violaciones sistemáticas de los derechos humanos tendrían que disuadir de la posibilidad de expulsar personas hacía estos países.
Al hablar de dificultades para acceder al derecho de asilo, no se puede olvidar a los polizones. En 2009 CEAR intervino en cinco casos. Continúa siendo preocupante el oscurantismo de los puertos y las dificultades para atender a polizones, tanto en Barcelona como en Valencia. La Comisión Catalana de Ayuda al Refugiado realizó gestiones para que dos polizones kurdos pudieran solicitar asilo en el puerto de Barcelona, aunque se les negó la posibilidad de bajar del barco y finalmente lo pudieron solicitar en Italia. Desde CEAR-Euskadi se presentó un recurso ante el juzgado de Pontevedra por haber denegado el derecho a asistencia letrada y de atención a dos presuntos menores de edad procedentes de Ghana que viajaban en el buque el Virana.
También en los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) debe trabajarse para garantizar el acceso al derecho de asilo. Según una investigación realizada por CEAR durante 2009, alrededor de una de cada cuatro personas internas en los CIE tendría uno o más motivos para pedir asilo, una cifra veinte veces superior a la del número de personas que lo hacen. Lo que deriva en una conclusión sin duda preocupante: frente al discurso que dice que hay abuso del derecho de asilo por los extranjeros en situación de internamiento, discurso que se plasma en el reducido número de solicitudes admitidas a trámite, la investigación demostró lo contrario: la existencia de personas que habían sufrido graves violaciones de derechos y que expresaron un riesgo potencial para su vida en el caso de una devolución o expulsión a su país de origen, pero a quienes no se había informado de la posibilidad de solicitar protección internacional.
En el 2009 solicitaron asilo ante embajadas españolas sólo 83 personas. Cada vez con mayor frecuencia nuestras representaciones en el extranjero se están convirtiendo en fortalezas, en numerosas ocasiones imposibles de franquear, especialmente en determinados países de África Subsahariana y de América del Sur. También se han dado casos en los que el propio personal de la representación desconocía el procedimiento para la tramitación de una petición de asilo. Con la aprobación de la nueva ley de asilo, el derecho de acceder al procedimiento de asilo en las embajadas desaparece para pasar a convertirse en posibilidad en manos del embajador o cónsul
En 2009 el porcentaje de solicitudes de asilo admitidas a trámite, un 49,22%, ha disminuido ligeramente con respecto al año anterior, cuando el porcentaje de admisiones a trámite fue del 49,22%. De 581 solicitudes de mujeres y hombres nigerianos, fueron admitidas 155 e inadmitidas 426, es decir, un 73,32%. De las 345 solicitudes de Costa de Marfil, 176 fueron admitidas frente a las 169 inadmitidas (48,99% de inadmisiones). Y de las 280 solicitudes de ciudadanos de Colombia, 147 fueron admitidas y 133 inadmitidas a trámite (47,5% de solicitudes inadmitidas a trámite). Las personas procedentes de Nigeria y Marruecos tuvieron más dificultades para que sus solicitudes de asilo superaran la primera fase del procedimiento con un 73,32% y 72,15%, respectivamente, de solicitudes inadmitidas a trámite; al contrario que los residentes de los Territorios Ocupados de Palestina, con un 7,14% de solicitudes inadmitidas (4 de 56).
La mayoría de las inadmisiones se producen al considerar las autoridades que el solicitante no alega ninguno de los motivos que dan lugar al reconocimiento de la condición de refugiado, o porque la solicitud se basa en hechos, datos o alegaciones inverosímiles o falsas. Ante esta realidad, la vía judicial se convierte en una importante salida. Durante el año 2009, se presentaron 779 recursos judiciales contra las resoluciones desfavorables de asilo. En 2009 se presentaron 1.036 recursos contra las resoluciones de inadmisión a trámite del Ministerio de Interior, inadmisiones que en varias ocasiones se producen en contra del criterio de ACNUR. El siguiente párrafo es un extracto de una sentencia de la Audiencia Nacional que estima el recurso de un kurdo de nacionalidad siria:
En el caso que examinamos no podemos afirmar que el relato sea manifiestamente inverosímil, y que no merezca un estudio en profundidad. En efecto el interesado relata de forma pormenorizada en el expediente su origen, su forma de vida y el hecho de haber sufrido una detención tras la celebración del año lunar; tras lo cual habría quedado en libertad a cambio de convertirse en informante de los servicios secretos kurdos. Ante el temor de ser perseguido abandonó el país, a través de Turquía con la ayuda de un traficante al que pagó una suma de dinero[…] El interesado aportó documento de identidad y un relato que no resulta manifiestamente inverosímil, dado que se corresponde con una situación real, que apoya CEAR a través de los informes que cita. En tales condiciones debemos entender que el relato no era manifiestamente inverosímil, y que consecuentemente procedía la admisión, lo que nos lleva a la estimación del recurso de apelación.
El informe analiza el divorcio que entre el discurso y la práctica se sufre respecto a la persecución por motivos de género. Si bien la nueva ley de asilo recoge la protección en este caso, subordina el reconocimiento del estatuto de refugiado a un concepto jurídico indeterminado, las “circunstancias imperantes en país de origen” (artículo 7.1.e), lo que supone no reconocer plenamente que esa persecución constituya por sí misma una violación de derechos.
¿Qué pasa con los solicitantes de asilo que se quedan sin protección? Después de haber realizado una petición de asilo reviviendo todo lo que han sufrido; de haber accedido, en una gran mayoría, a los programas de acogida de solicitantes de asilo de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes del Ministerio de Trabajo e Inmigración (centros o pisos de acogida, itinerarios de formación e inserción laboral, etc.). O, tras recibir la autorización de trabajo seis meses después de formalizar su petición de asilo, estar trabajando, haber alquilado un piso o una habitación, llevar una vida totalmente normalizada…Un día reciben la resolución del Ministerio de Interior comunicándoles que no merecen la protección que el Estado español otorga a los refugiados e instándoles a salir del país. Son los solicitantes ‘denegados’. A ellos hay que sumar las personas que ven inadmitida su solicitud tanto en territorio como en frontera. El informe analiza casos especialmente graves, como el de los solicitantes colombianos inadmitidos en el aeropuerto de Barajas, que algunos casos, según información facilitada por los propios solicitantes, a su llegada a Bogotá son entrevistados por las autoridades colombianas respecto a la solicitud de asilo formulada en España, lo que los sitúa en una situación de riesgo e inseguridad evidentes.
El primer obstáculo que ha de sortear un refugiado sin protección para regularizar su situación y así poder reemprender su integración en España es la exigencia de pasaporte y antecedentes penales para realizar cualquier trámite de extranjería. La forma precipitada en la que se ven obligados a salir de sus países o el hecho de que muchos se hayan visto forzados a hacerlo a través de redes de tráfico de personas hace que una gran parte de los solicitantes no tengan pasaporte de su nacionalidad. En ocasiones, son las propias embajadas las que se niegan a expedirles dicha documentación, sin contar con las dificultades en países en conflicto para la expedición de documentos oficiales. En el caso de los antecedentes penales, además de las dificultades para obtenerlos, los refugiados sin protección se tienen que enfrentar al hecho de que las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno hasta finales de 2009 no aceptaban los certificados de antecedentes penales de ciertos países, como Bangladesh, sin ofrecer ninguna alternativa a los nacionales de dichos Estados.
Una de las vías de acceso a la residencia para personas que han debido huir de su país pero que el gobierno considera que no cumplen los requisitos de la definición de refugiado es la autorización de residencia por circunstancias excepcionales. Sin embargo, dicha posibilidad está sólo en el texto del reglamento ya que la práctica habitual del gobierno durante 2009 ha sido denegar este tipo de residencias. Por otro lado, durante el año 2009, la Dirección General de Integración de los Inmigrantes decidió aprobar las prórrogas de estancia en los pisos o centros de acogida para aquellas personas que habían sido inadmitidas. Hasta entonces tenían un plazo de quince días desde la notificación de la inadmisión para abandonar el centro. Ahora este plazo se amplía a seis meses como inmigrantes vulnerables. De este modo se intenta paliar en cierta medida las consecuencias que para estas personas tiene la inadmisión a trámite, pero sin ofrecer ninguna otra solución de continuidad, posponiendo simplemente el momento de enfrentarse a la situación de vulnerabilidad a la que les arroja la inadmisión.
España violó la ley al extraditar durante 2009 a dos solicitantes de asilo cuyas solicitudes estaban en proceso. En ambos casos existían indicios de persecución en el país de origen, por lo que, con su extradición, se vulnera una de las garantías clave del derecho de asilo, el principio de no devolución, establecido en el artículo 33 de la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados, el cual dispone que “ningún Estado contratante podrá por expulsión o devolución, poner en modo alguno a un refugiado en las fronteras de territorios donde su vida o su libertad peligre por causa de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social o por sus opiniones políticas”. Ambas extradiciones podrían vulnerar también la Convención de Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, cuyo artículo 3 prohíbe la expulsión, devolución o extradición de una persona a un Estado en el que haya razones fundadas para creer que esa persona estaría en peligro de ser sometida a tortura a la vista de la existencia de violaciones de derechos humanos en ese Estado, como es en este caso la Federación Rusa.
M. Gasayev es un ciudadano de la República de Chechenia, actualmente integrada en la Federación Rusa que a consecuencia de la primera guerra de 1994, tuvo que huir para buscar protección. Regresó a Chechenia en 1997 pero, en 1999, tuvo que volver a escapar a la República de Ingusetia, donde vivió junto con sus padres en un albergue para refugiados de la ciudad de Sleptcovskaya. En la noche del 21 al 22 de junio de 2004, guerrilleros chechenos y de otras Repúblicas vecinas del norte del Cáucaso atacaron dependencias del Ministerio de Interior y de las fuerzas de seguridad rusas en las ciudades de Nazran, Karabulak y Sleptcovskaya de la Republica de Ingusetia. La noche de los ataques M. Gasayev se encontraba en su domicilio, junto con su familia. Un amigo de su padre escuchó los disparos y explosiones y llamó por teléfono a la casa de la familia. El señor Gasayev atendió al teléfono. En esa época trabajaba para una empresa encargada de la confección de pasaportes para el Ministerio de Interior y los días 21 y 22 de junio cumplió con su habitual jornada laboral. Tras los ataques, las Fuerzas de Seguridad Federales o FSB (antiguo KGB) fueron a los campos de refugiados chechenos en busca de los autores o colaboradores, desmantelando gran parte de los campamentos y albergues de refugiados, obligando a regresar a estos a Chechenia y practicando numerosas detenciones seguidas de torturas. El señor Gasayev fue detenido y trasladado a la Oficina Central del FSB de la región de Ingusetia a finales del mes de agosto de 2004. Durante tres días fue torturado. Al cuarto día fue trasladado junto con otro detenido en una furgoneta. Les dijeron que los iban a matar, aunque finalmente los abandonaron en una zona despoblada. En mayo de 2005 Gasayev tuvo conocimiento de que había sido señalado como participante en los ataques de junio de 2004 por un conocido que estaba en prisión bajo interrogatorio del FSB. Posteriormente el falso acusador se desdijo de las acusaciones. La asesinada periodista Anna Politkovskaya escribió un artículo en el periódico La Nueva Gaceta hablando de ello. La persona que denunció falsamente a M. Gasayev posteriormente hizo público, mediante una carta dirigida a la organización de derechos humanos Memorial, que durante los interrogatorios no tuvo asistencia de abogado, fue sometido a golpes, torturas con electricidad y amenazas de asesinato de sus familiares y que así fue forzado a declarar contra sí mismo y contra otros, entre los cuales mencionó al Sr. Gasayev. Afirmó también que más tarde se retractó ante el Tribunal de sus falsas declaraciones porque no reflejaban hechos reales y manifestó que conocía a Gasayev pero que éste no tomó parte en ninguna acción ilegal. Ante el temor fundado de ser nuevamente detenido y torturado, Gasayev huyó del país escondido en un camión, embarcó en un ferry que finalmente legó a España y, el 3 de junio de 2005, con asistencia letrada de CEAR, solicitó asilo ante la Jefatura Superior de Policía de Bilbao. M. Gasayev nunca ocultó la persecución de que era objeto por parte de la Federación Rusa y, cuando tuvo conocimiento por su familia de que la fiscalía rusa había cursado una orden de busca y captura contra él, hizo llegar dicho escrito a la Oficina de Asilo y Refugio. La solicitud de asilo, que llevaba en proceso de instrucción más de año y medio, fue denegada al poco tiempo de la detención del solicitante. Contra dicha resolución se formuló petición de reexamen, reiterando lo ya manifestado en la solicitud de asilo y aportando nuevos elementos probatorios. El Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) trasladó a la Oficina de Asilo y Refugio diversa información que la organización rusa Memorial había puesto a disposición de la oficina del ACNUR en Vladikavkaz relativa a las imputaciones contra M. Gasayev, obtenidas bajo tortura. El ACNUR manifestaba su convicción de que, en caso de que el solicitante de asilo fuera extraditado a Rusia, no habría una investigación con las debidas garantías y adjuntaba comunicaciones de distintas organizaciones de derechos humanos como Amnistía Internacional, la Federación Internacional de los Derechos Humanos y Human Rights Watch, solicitando a las autoridades españolas que no se extraditara al interesado a la Federación Rusa. El reexamen de la solicitud de asilo fue desestimado, por lo que se interpuso recurso contencioso-administrativo y se solicitaron medidas cautelares de suspensión de la entrega del solicitante a la Federación Rusa, las cuales también fueron finalmente denegadas. La Audiencia Nacional aprobó la solicitud de extradición, fundamentando su decisión en las garantías dadas por la fiscalía rusa respecto a que el Sr. Gasayev no sería condenado a muerte ni a cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional. La fiscalía rusa dio también garantías de que, mientras estuviera privado de libertad, podría recibir las visitas del Comité de Naciones Unidas contra la Tortura. La Asamblea General de la ONU y el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la Tortura han manifestado que tales garantías diplomáticas no eximen a los Estados de las obligaciones que tienen contraídas en virtud del derecho internacional de no enviar a ninguna persona a lugares en los que puedan estar expuestas a violaciones de los derechos humanos. Además, el Comité de Naciones Unidas contra la Tortura no realiza visitas periódicas a centros de detención y Rusia no forma parte de los instrumentos internacionales que permiten tales visitas, por lo que las garantías dadas por la Federación Rusa no resultaban dignas de crédito y en ningún caso eximían a España de su obligación de no extraditar al Sr. Gasayev a un país en el que estaría en peligro de ser sometido a torturas u otros malos tratos. La organización rusa de derechos humanos Memorial ha investigado y documentado los casos de personas que han sido declaradas culpables de diversos delitos en relación con el ataque de junio de 2004. Esta organización encontró datos que sugieren que las investigaciones llevadas a cabo fueron irregulares, que a los sospechosos se les torturó y que se les negó un juicio con las debidas garantías. Asimismo, a lo largo de los últimos años, Amnistía Internacional y otras organizaciones de derechos humanos han investigado multitud de casos en los que se han presentado cargos contra personas de origen chechenio e ingusetio por delitos relacionados con el terrorismo y por los que han sido condenados a partir de confesiones y testimonios extraídos bajo tortura. Finalmente M. Gasayev fue extraditado y entregado a las autoridades rusas el 30 de diciembre de 2008 mientras se hallaba pendiente ante la Audiencia Nacional el recurso contra la denegación de asilo. CEAR considera que la extradición a Rusia entrañaba para esta persona un grave riesgo de sufrir malos tratos y tortura a manos de las autoridades, así como que España vulneraba de ese modo el mencionado principio de no devolución. La extradición también causó grave preocupación al Relator Especial de Naciones Unidas sobre la Protección de los Derechos Humanos en la lucha contra el terrorismo, Martin Scheinin, quien recabó información sobre el caso Gasayev en su visita a España en mayo de 2008. En su informe final recalcó la existencia de un acuerdo generalizado en el sentido de que las garantías diplomáticas no funcionan con respecto al riesgo de tortura o malos tratos, protestó por la extradición llevada a cabo a pesar de sus reiteradas peticiones en contra e instó a las autoridades españolas (incluida la Audiencia Nacional) a cumplir sus obligaciones internacionales derivadas de la prohibición absoluta de la tortura.
En el otro caso de solicitante de asilo ruso extraditado, CEAR tuvo conocimiento de la ejecución de la extradición el 7 de julio de 2009, mientras estaba pendiente la aportación al expediente del relato pormenorizado de las actividades políticas en Rusia del solicitante A. Dereka y de la persecución a que éste había sido sometido por las autoridades de su país, a fin de que la Oficina de Asilo y Refugio pudiera evaluar su solicitud de asilo. La entrevista inicial de asilo se realizó el 24 de junio de 2009 en el Centro Penitenciario Madrid V de Soto del Real. En dicha solicitud el funcionario del centro se limitó a cumplimentar el formulario oficial, por lo que se solicitó al interesado un escrito de alegaciones en su idioma que pudiera traducir CEAR. Asimismo, se facilitó el nombre de la abogada del procedimiento de extradición para que le entregara la documentación sobre la persecución que alegaba por parte de las autoridades rusas. El solicitante llevaba desde el 12 de junio en huelga de hambre, decía que prefería morirse aquí a ser llevado a una cárcel rusa. Dereka, de 31 años y originario de la ciudad de Krasnodar, al sur de Rusia, se presentó como candidato a la alcaldía de dicha ciudad en las elecciones de 2005. Anteriormente había trabajado como agente del Servicio Federal de Seguridad (FSB), donde desarticuló una red de corrupción supuestamente relacionada con el gobierno regional, que motivó la persecución de las autoridades. Su familia aseguraba que la fiscalía llegó a amenazarlo de muerte como represalia y lo acusó de estafa. Se le dictó orden de busca y captura internacional en noviembre de 2005, cuando al parecer se encontraba en Ucrania. La mencionada acusación fue el motivo esgrimido por las autoridades rusas para solicitar su extradición. La fiscalía rusa, como en el caso antes expuesto, aseguró que el extraditado gozaría de los derechos de defensa y que no sería sometido a penas o tratos inhumanos, así como que el delito que se le imputaba no tiene prevista pena de muerte. Dereka fue detenido en Tarragona y trasladado a la prisión de Soto del Real en diciembre de 2008. La extradición se produjo en absoluto secreto la noche del 3 de julio de 2009, sin que hubiese sido resuelta la solicitud de asilo presentada. Unas horas después de que CEAR denunciara públicamente el caso, el ministro de Interior inadmitió a tramite la solicitud de asilo, de manera que, en violación de la propia ley, primero se procedió a extraditar a un ciudadano en peligro y cinco días más tarde se decidió sobre su solicitud de asilo. CEAR señaló que la OAR olvidó notificar a la Audiencia Nacional que este ciudadano ruso era solicitante de asilo, lo que fue rechazado por el Ministerio de Interior, que derivó las responsabilidades en el Ministerio de Justicia argumentando que este departamento tiene las competencias para paralizar dicha extradición. Tras esto, CEAR solicitó que se paralizara la entrega a las autoridades rusas si todavía se estaba a tiempo, así como que en caso contrario el gobierno español averiguara dónde se encontraba el extraditado y en qué situación. CEAR también exigió una investigación urgente para establecer responsabilidades de prácticas que violan la legalidad nacional e internacional, ponen en peligro a personas que se encuentran bajo protección y dejan muy en entredicho los discursos y declaraciones sobre protección de los derechos humanos en España. Ninguna de estas demandas ha sido atendida hasta la fecha.
La tramitación de una solicitud de asilo en frontera es un duro trance que se caracteriza por tres circunstancias que la diferencia del procedimiento en territorio: la rapidez con la que debe desarrollarse el procedimiento, la retención de la persona en el puesto fronterizo hasta que se decide sobre la admisión a trámite de su solicitud y la devolución al país de procedencia en caso de inadmisión a trámite. Según la nueva ley, cuando se solicita protección internacional en un puesto fronterizo o centro de internamiento debe realizarse en el plazo de una semana una investigación completa del caso con todas las garantías: análisis de los hechos y documentos aportados por el solicitante, comprobación de la información disponible del país de origen, aclaración de las circunstancias dudosas (motivadas en la mayoría de las ocasiones por la situación límite que viven las personas refugiadas durante su salida y detención en la frontera), aporte del informe del ACNUR, etc., plazo que es evidente que no puede cumplirse, lo que puede dar lugar a que se actúe de acuerdo a prejuicios e ideas preconcebidas .
De manera acelerada, la persona debe relatar una historia de persecución que resulte “creíble” en un contexto adverso, desorientador y estresante como es una detención y con la constante amenaza de la devolución. El informe, después de reiterar que no hay razón para un procedimiento especial en frontera, y de analizar las solicitudes en el aeropuerto de Barajas, señala la especial preocupación por la retención durante días en espacios que no suelen cumplir con las condiciones adecuadas, y la situación emocional extremadamente frágil en la que es realizada la primera entrevista cuando una persona pide asilo en frontera, después de un viaje largo y con vivencias traumáticas, por lo que CEAR reitera en el informe la necesidad de que se evite en todos los casos que esta entrevista, que determinará la admisión o inadmisión de una solicitud, sea realizada por funcionarios sin formación especifica en técnicas de entrevista, de resolución de situaciones de crisis, o de habilidades de comunicación intercultural.
Durante el primer semestre de 2010, la política comunitaria de asilo ha estado pilotada por España desde la presidencia de la UE. No ha sido una presidencia con grandes novedades, ya que las grandes líneas políticas de actuación se establecieron en el Pacto Europeo sobre Inmigración y Asilo, acordado en octubre de 2008. Numerosas denuncias, nacionales e internacionales, se han dirigido a las autoridades griegas por su política de asilo, en la que el control de fronteras prevalece sobre el respeto de los derechos humanos hasta unos niveles que ha provocado el rechazo expreso del ACNUR. Durante 2009, el gobierno español tramitó varios procesos de extradición contra tres refugiados kurdos, a pesar de su condición de asilados en la UE, lo que, de llevarse a cabo, hubiera incumplido la prohibición de expulsión y devolución, el denominado non refoulement. Estos ejemplos, que se analizan con detalle en el informe, son una muestra de la debilidad del proyectado Sistema Europeo Común de Asilo, al ofrecer cada país miembro de la UE un tratamiento muy distinto para unos mismos hechos.
La UE acoge a un porcentaje muy pequeño de refugiados a nivel mundial. Si hablamos, por ejemplo, de reasentamiento, en 2008 hubo 120.000 solicitudes de reasentamiento en el mundo, de las cuales sólo 65.596 fueron atendidas y de ellas sólo un 6% en los Estados miembros de la UE. España, de acuerdo con la nueva Ley de Asilo y en el marco de su presidencia de la UE, ha tomado la iniciativa para la creación de un programa de reasentamiento que comenzaría en 2010 con 75 personas; este compromiso continúa siendo pequeño en relación al peso de España en la UE y en el mundo, en comparación con los programas de otros países de su entorno como Suecia, Dinamarca, Finlandia, Países Bajos, Reino Unido, Portugal, Francia, Rumania, República Checa o, mas recientemente, Alemania, Bélgica, Italia y Luxemburgo, que se han comprometido a aceptar refugiados iraquíes procedentes de Siria y Jordania.
Las políticas públicas de integración de los refugiados han estado marcadas por graves recortes de fondos económicos. En 2009, cuando el control de fronteras y la precariedad del mercado laboral han generado un descenso de la llegada de personas a nuestro país, los dispositivos de acogida de emergencia e integración se han ido desmantelando, a la vez que se han incentivado los programas de retorno en detrimento de programas orientados a la integración y lucha contra el desempleo y la discriminación. A esto hay que sumar el anunciado recorte para 2010 del Fondo de Acogida, que si bien en 2009 sumaba 200 millones de euros para las comunidades autónomas, va a disminuir alrededor de un 65%.
A través de la intervención realizada por CEAR se constatan los numerosos casos de personas que durante este año han vuelto a recurrir a la entidad para solicitar apoyo después de años de autonomía. En el informe se analiza la situación en el País Vasco, donde los usuarios y usuarias están teniendo muchas dificultades para acceder a las prestaciones sociales porque se está solicitando a las personas refugiadas que les sea expedido en su país de origen un certificado de su país de origen de los bienes que en el mismo poseen, con el riesgo y casi siempre la imposibilidad para hacerlo, ya que los solicitantes de asilo se ven en la obligación de solicitar dichos certificados a las embajadas o administraciones del país perseguidor. Se analiza también la intensificación de los controles policiales en varias comunidades autónomas contra las personas de origen extranjero. Todas ellas, incluidas las personas solicitantes y refugiadas, se sienten víctimas de una persecución constante por el hecho de ser extranjeras, lo que evidentemente hace más difícil la integración y la cohesión social.
En cuanto a la integración laboral, si bien es cierto que durante 2009 algunas comunidades autónomas han suprimido las restricciones para inscribir a los solicitantes de asilo en los servicios públicos de empleo, siguen existiendo irregularidades y un endurecimiento en los requisitos de acceso a la formación y los servicios. En el desarrollo de las acciones de intervención se han encontrado muchas dificultades para el acceso de solicitantes de asilo y refugiados a los cursos de formación ocupacional porque, a la imposibilidad de conseguir en muchos casos los títulos académicos que exigen la administración o las academias privadas que realizan
dicha formación, se unen nuevos. A pesar de la imposibilidad de tener cifras oficiales, CEAR ha constatado durante todo 2009 las dificultades que atraviesan en el actual contexto socioeconómico las personas solicitantes de asilo y refugiadas, porque en una amplia mayoría se incorporan al mercado laboral al amparo de la ley de extranjería, ya que las solicitudes de asilo son rechazadas casi en un 95%. A lo largo de 2009 se constata la falta de ofertas de empleo en sectores ocupados tradicionalmente por solicitantes de asilo y refugiados y que son los más perjudicados por la crisis (construcción, hostelería y otras áreas del sector servicios)
Mientras, los conflictos siguen produciendo refugiados. El informe 2010 se detiene en el refugio y desplazamiento forzado en América, concretamente en Honduras, Perú y Ecuador, donde las personas refugiadas colombianas ocupan un lugar central debido a la crisis humanitaria que sufre Colombia. En 2009 se consolida el incremento, ya constatado en los últimos años, del número de personas en desplazamiento forzado en el continente americano. Se imponen formas cada vez más complejas de migraciones forzadas, que alcanzan según la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) a más de 30 millones de personas en la región. Se calcula en más de 3 millones la población latinoamericana que vive en el territorio de la UE. Sin duda alguna, la realidad del conflicto armado en Colombia es la crisis humanitaria más relevante en el hemisferio, con un flujo creciente de personas desplazadas internamente (más de cuatro millones) además de las que huyen fuera del país. Según las cifras de la organización Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento —Codhes—, 300.000 personas son desplazadas anualmente, lo que muestra la persistencia del conflicto. Colombia se ha convertido en el principal país de origen de refugiados en el hemisferio americano y el de la mayoría de refugiados de la última década en España. Pero el 2009 ha supuesto también el exilio para muchos hondureño, que sufrieron un golpe de Estado tras el que las fuerzas de seguridad desataron desde ese momento una represión constante y sistemática contra líderes sociales y populares. En este contexto americano, no hay que olvidar a las refugiadas centroamericanas víctimas del feminicidio.
En Sri Lanka, en 2009 concluyó oficialmente el conflicto pero, lejos de cesar la violencia armada, Naciones Unidas ha documentado un panorama de violencia sistemática contra la población civil y diversas fuentes apuntan a un genocidio encubierto contra los tamiles. El siguiente testimonio de un solicitante de asilo en España explica la cruel situación sufrida por la población tamil:
En un puente cercano a mi pueblo habían colocado una bomba los tigres tamiles —en alusión al (LTTE)—. Las tropas del gobierno cruzaban el puente y la bomba explotó. Ante la explosión de la bomba, el gobierno mandó tropas y como represalia de la explosión mataron a 270 personas. Intentamos huir y nos ocultamos en una iglesia. El ejército colocó una bomba en la iglesia y murieron 30 personas. […] Cuando aparecieron los miembros del ACNUR y volvió la calma, reabrimos nuestra tienda. Los soldados del gobierno cogían género y decían que pagaban por la tarde, nunca pagaban. Luego los soldados tamiles (LTTE) venían a la tienda, también cogían género diciendo que ayudábamos al enemigo, nos amenazaban diciendo que o les dábamos género o les dábamos a nuestro hijo.
El informe también se detiene en la situación de los más de cinco millones de refugiados palestinos, cuya protección, hasta ahora, no se ha visto asegurada. Así, y en primer lugar, los programas de reasentamiento de la población refugiada palestina son escasos y han alcanzado a un número muy menor de individuos. En segundo lugar, los Estados donde están transitoriamente acogidos la mayor parte de los refugiados desde 1948 y en los que opera la UNRWA les han dado un trato que cabe considerar desigual y han evitado la plena integración. Y, por último, los Estados que han recibido solicitudes de asilo de refugiados palestinos en virtud de lo previsto en la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de Refugiados han interpretado de modo restrictivo la denominada cláusula de exclusión contenida en el artículo 1.D de dicha Convención.
En 2009, unas 3.000 personas solicitaron asilo en España, un 33’6% menos que en 2008 (2.999 solicitudes según boletines mensuales de la OAR, 3.005 según Eurostat). Ésta es sin duda la cifra más baja en la historia del asilo en nuestro país. Los países de origen de la mayoría de los solicitantes de asilo fueron Nigeria (459), Costa de Marfil (304), Colombia (247), Argelia (181), Guinea (130), R.D. Congo (113) y Camerún (112).
Este descenso del número de solicitudes no se corresponde con las cifras de asilo en el mundo. Según ACNUR, en los países industrializados han pedido asilo durante 2009 unas 377.000 personas, la misma cantidad que en 2008. Los 27 países de la UE registraron 260.730 solicitudes el año pasado, un 10% más que las 238.080 solicitudes de 2008. Además, el bajo número de solicitantes de asilo en España tampoco se corresponde con el de los países de nuestro entorno. Francia recibió 47.625 solicitudes, un 35% más que en 2008. Grecia tramitó 15.925 peticiones de asilo, e Italia 17.470.
¿Por qué no llegan refugiados a España? Ésta es una pregunta que las organizaciones sociales que defienden el derecho de asilo deben estudiar en profundidad, y que seguramente tiene varias respuestas. Una de ellas se desprende de manera evidente de las políticas aplicadas en los últimos años: la lucha contra la inmigración clandestina, que los Estados de la Unión Europea han convertido en prioridad y casi obsesión, tiene como una de sus víctimas al derecho de asilo.
Porque, como bien ha señalado Naciones Unidas, las personas que necesitan protección internacional huyen de la persecución mezcladas con aquellas que emigran en búsqueda de trabajo. Y juntas llegan a territorio europeo, si es que pueden llegar en medio de los crecientes controles de fronteras. Las acciones de Frontex y los convenios bilaterales que han hecho de los países de origen y tránsito de migrantes enormes cárceles donde éstos quedan atrapados, impiden que lleguen a territorio europeo inmigrantes y también solicitantes de asilo
Las consecuencias de este control de fronteras se hacen especialmente evidentes en el sur de Europa, en territorio de operaciones de Frontex, donde han descendido en un 33% las peticiones de asilo (en Italia un -42%, en España -33,5%, Grecia -20% y Turquía -40%). Según ACNUR, los refugiados “no tienen oportunidad de pedir asilo en la UE porque las patrulleras los devuelven a la costa sin preguntarles si son refugiados”.
Ante esta realidad, que se analiza en esta nueva edición del informe, CEAR y otras organizaciones piden que, independientemente de dónde y quién controle las fronteras, las prácticas de control fronterizo tengan en cuenta la identificación de personas que necesitan protección, y que se garantice la protección en los países de tránsito.
Sólo 179 personas han obtenido estatuto de refugiado durante 2009. En el mismo periodo, pedían asilo 3.005 personas. Además de esos 179 reconocimientos de estatuto, 162 personas recibían protección complementaria, y 8 protección por razones humanitarias. El ministro del Interior firmó la denegación de la protección internacional a 2.288 personas. Si se comparan estos datos con los de otros países europeos se hace evidente que España se mantiene a la cola de Europa en la protección de las personas refugiadas:
Durante 2009, Bélgica reconoció 2.425 estatutos y 480 protecciones subsidiarias.
Francia, por su parte, concedió 3.910 permisos de residencia para personas refugiadas y 1.145 de protección subsidiaria. Italia otorgó protección a 8.440 personas (2.115 estatutos de asilo, 4.845 protecciones subsidiarias y 1.480 por razones humanitarias); Holanda protegió a 7.905 personas (695 estatutos de asilo, 3.270 protecciones subsidiarias y 3.940 por razones humanitarias); Suecia ha reconocido como refugiadas a 1.480 personas, concedido 4.970 protecciones subsidiarias y 640 por razones humanitarias; Alemania contaba con 8.155 estatutos concedidos, 405 protecciones complementarias y 1.205 por razones humanitarias; y Gran Bretaña había protegido a 8.350 personas (5.545 estatutos de asilo, 2.685 protecciones subsidiarias y 125 por razones humanitarias). Mientras, España deniega el asilo a más del 90% de las personas que lo solicitan.
Los datos muestran que el acceso al derecho de asilo sigue siendo una asignatura pendiente. No sólo por el control de fronteras, sino por la ausencia de información adecuada en el aeropuerto del Prat; por la dificultad para entrar en Melilla y contar con intérpretes cualificados en idiomas asiáticos en esta ciudad (332 personas de origen asiático llegaron a Melilla en el 2009); o por el cierre de Ceuta basado en la colaboración de Marruecos y la vigilancia. De hecho, en septiembre de 2005 se entregó a Marruecos a varias personas que intentaron entrar en España. El país les expulsó a la frontera con Argelia dejándolos a su suerte en el desierto sin agua ni comida, como ya se había hecho anteriormente. En Ceuta hay que destacar la presión ejercida por la policía en el Centro de Estancia Temporal para Inmigrantes (CETI), con redadas de madrugada para proceder a expulsiones colectivas hacía países como Eritrea, Sudán o Somalia, donde las violaciones sistemáticas de los derechos humanos tendrían que disuadir de la posibilidad de expulsar personas hacía estos países.
Al hablar de dificultades para acceder al derecho de asilo, no se puede olvidar a los polizones. En 2009 CEAR intervino en cinco casos. Continúa siendo preocupante el oscurantismo de los puertos y las dificultades para atender a polizones, tanto en Barcelona como en Valencia. La Comisión Catalana de Ayuda al Refugiado realizó gestiones para que dos polizones kurdos pudieran solicitar asilo en el puerto de Barcelona, aunque se les negó la posibilidad de bajar del barco y finalmente lo pudieron solicitar en Italia. Desde CEAR-Euskadi se presentó un recurso ante el juzgado de Pontevedra por haber denegado el derecho a asistencia letrada y de atención a dos presuntos menores de edad procedentes de Ghana que viajaban en el buque el Virana.
También en los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) debe trabajarse para garantizar el acceso al derecho de asilo. Según una investigación realizada por CEAR durante 2009, alrededor de una de cada cuatro personas internas en los CIE tendría uno o más motivos para pedir asilo, una cifra veinte veces superior a la del número de personas que lo hacen. Lo que deriva en una conclusión sin duda preocupante: frente al discurso que dice que hay abuso del derecho de asilo por los extranjeros en situación de internamiento, discurso que se plasma en el reducido número de solicitudes admitidas a trámite, la investigación demostró lo contrario: la existencia de personas que habían sufrido graves violaciones de derechos y que expresaron un riesgo potencial para su vida en el caso de una devolución o expulsión a su país de origen, pero a quienes no se había informado de la posibilidad de solicitar protección internacional.
En el 2009 solicitaron asilo ante embajadas españolas sólo 83 personas. Cada vez con mayor frecuencia nuestras representaciones en el extranjero se están convirtiendo en fortalezas, en numerosas ocasiones imposibles de franquear, especialmente en determinados países de África Subsahariana y de América del Sur. También se han dado casos en los que el propio personal de la representación desconocía el procedimiento para la tramitación de una petición de asilo. Con la aprobación de la nueva ley de asilo, el derecho de acceder al procedimiento de asilo en las embajadas desaparece para pasar a convertirse en posibilidad en manos del embajador o cónsul
En 2009 el porcentaje de solicitudes de asilo admitidas a trámite, un 49,22%, ha disminuido ligeramente con respecto al año anterior, cuando el porcentaje de admisiones a trámite fue del 49,22%. De 581 solicitudes de mujeres y hombres nigerianos, fueron admitidas 155 e inadmitidas 426, es decir, un 73,32%. De las 345 solicitudes de Costa de Marfil, 176 fueron admitidas frente a las 169 inadmitidas (48,99% de inadmisiones). Y de las 280 solicitudes de ciudadanos de Colombia, 147 fueron admitidas y 133 inadmitidas a trámite (47,5% de solicitudes inadmitidas a trámite). Las personas procedentes de Nigeria y Marruecos tuvieron más dificultades para que sus solicitudes de asilo superaran la primera fase del procedimiento con un 73,32% y 72,15%, respectivamente, de solicitudes inadmitidas a trámite; al contrario que los residentes de los Territorios Ocupados de Palestina, con un 7,14% de solicitudes inadmitidas (4 de 56).
La mayoría de las inadmisiones se producen al considerar las autoridades que el solicitante no alega ninguno de los motivos que dan lugar al reconocimiento de la condición de refugiado, o porque la solicitud se basa en hechos, datos o alegaciones inverosímiles o falsas. Ante esta realidad, la vía judicial se convierte en una importante salida. Durante el año 2009, se presentaron 779 recursos judiciales contra las resoluciones desfavorables de asilo. En 2009 se presentaron 1.036 recursos contra las resoluciones de inadmisión a trámite del Ministerio de Interior, inadmisiones que en varias ocasiones se producen en contra del criterio de ACNUR. El siguiente párrafo es un extracto de una sentencia de la Audiencia Nacional que estima el recurso de un kurdo de nacionalidad siria:
En el caso que examinamos no podemos afirmar que el relato sea manifiestamente inverosímil, y que no merezca un estudio en profundidad. En efecto el interesado relata de forma pormenorizada en el expediente su origen, su forma de vida y el hecho de haber sufrido una detención tras la celebración del año lunar; tras lo cual habría quedado en libertad a cambio de convertirse en informante de los servicios secretos kurdos. Ante el temor de ser perseguido abandonó el país, a través de Turquía con la ayuda de un traficante al que pagó una suma de dinero[…] El interesado aportó documento de identidad y un relato que no resulta manifiestamente inverosímil, dado que se corresponde con una situación real, que apoya CEAR a través de los informes que cita. En tales condiciones debemos entender que el relato no era manifiestamente inverosímil, y que consecuentemente procedía la admisión, lo que nos lleva a la estimación del recurso de apelación.
El informe analiza el divorcio que entre el discurso y la práctica se sufre respecto a la persecución por motivos de género. Si bien la nueva ley de asilo recoge la protección en este caso, subordina el reconocimiento del estatuto de refugiado a un concepto jurídico indeterminado, las “circunstancias imperantes en país de origen” (artículo 7.1.e), lo que supone no reconocer plenamente que esa persecución constituya por sí misma una violación de derechos.
¿Qué pasa con los solicitantes de asilo que se quedan sin protección? Después de haber realizado una petición de asilo reviviendo todo lo que han sufrido; de haber accedido, en una gran mayoría, a los programas de acogida de solicitantes de asilo de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes del Ministerio de Trabajo e Inmigración (centros o pisos de acogida, itinerarios de formación e inserción laboral, etc.). O, tras recibir la autorización de trabajo seis meses después de formalizar su petición de asilo, estar trabajando, haber alquilado un piso o una habitación, llevar una vida totalmente normalizada…Un día reciben la resolución del Ministerio de Interior comunicándoles que no merecen la protección que el Estado español otorga a los refugiados e instándoles a salir del país. Son los solicitantes ‘denegados’. A ellos hay que sumar las personas que ven inadmitida su solicitud tanto en territorio como en frontera. El informe analiza casos especialmente graves, como el de los solicitantes colombianos inadmitidos en el aeropuerto de Barajas, que algunos casos, según información facilitada por los propios solicitantes, a su llegada a Bogotá son entrevistados por las autoridades colombianas respecto a la solicitud de asilo formulada en España, lo que los sitúa en una situación de riesgo e inseguridad evidentes.
El primer obstáculo que ha de sortear un refugiado sin protección para regularizar su situación y así poder reemprender su integración en España es la exigencia de pasaporte y antecedentes penales para realizar cualquier trámite de extranjería. La forma precipitada en la que se ven obligados a salir de sus países o el hecho de que muchos se hayan visto forzados a hacerlo a través de redes de tráfico de personas hace que una gran parte de los solicitantes no tengan pasaporte de su nacionalidad. En ocasiones, son las propias embajadas las que se niegan a expedirles dicha documentación, sin contar con las dificultades en países en conflicto para la expedición de documentos oficiales. En el caso de los antecedentes penales, además de las dificultades para obtenerlos, los refugiados sin protección se tienen que enfrentar al hecho de que las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno hasta finales de 2009 no aceptaban los certificados de antecedentes penales de ciertos países, como Bangladesh, sin ofrecer ninguna alternativa a los nacionales de dichos Estados.
Una de las vías de acceso a la residencia para personas que han debido huir de su país pero que el gobierno considera que no cumplen los requisitos de la definición de refugiado es la autorización de residencia por circunstancias excepcionales. Sin embargo, dicha posibilidad está sólo en el texto del reglamento ya que la práctica habitual del gobierno durante 2009 ha sido denegar este tipo de residencias. Por otro lado, durante el año 2009, la Dirección General de Integración de los Inmigrantes decidió aprobar las prórrogas de estancia en los pisos o centros de acogida para aquellas personas que habían sido inadmitidas. Hasta entonces tenían un plazo de quince días desde la notificación de la inadmisión para abandonar el centro. Ahora este plazo se amplía a seis meses como inmigrantes vulnerables. De este modo se intenta paliar en cierta medida las consecuencias que para estas personas tiene la inadmisión a trámite, pero sin ofrecer ninguna otra solución de continuidad, posponiendo simplemente el momento de enfrentarse a la situación de vulnerabilidad a la que les arroja la inadmisión.
España violó la ley al extraditar durante 2009 a dos solicitantes de asilo cuyas solicitudes estaban en proceso. En ambos casos existían indicios de persecución en el país de origen, por lo que, con su extradición, se vulnera una de las garantías clave del derecho de asilo, el principio de no devolución, establecido en el artículo 33 de la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados, el cual dispone que “ningún Estado contratante podrá por expulsión o devolución, poner en modo alguno a un refugiado en las fronteras de territorios donde su vida o su libertad peligre por causa de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social o por sus opiniones políticas”. Ambas extradiciones podrían vulnerar también la Convención de Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, cuyo artículo 3 prohíbe la expulsión, devolución o extradición de una persona a un Estado en el que haya razones fundadas para creer que esa persona estaría en peligro de ser sometida a tortura a la vista de la existencia de violaciones de derechos humanos en ese Estado, como es en este caso la Federación Rusa.
M. Gasayev es un ciudadano de la República de Chechenia, actualmente integrada en la Federación Rusa que a consecuencia de la primera guerra de 1994, tuvo que huir para buscar protección. Regresó a Chechenia en 1997 pero, en 1999, tuvo que volver a escapar a la República de Ingusetia, donde vivió junto con sus padres en un albergue para refugiados de la ciudad de Sleptcovskaya. En la noche del 21 al 22 de junio de 2004, guerrilleros chechenos y de otras Repúblicas vecinas del norte del Cáucaso atacaron dependencias del Ministerio de Interior y de las fuerzas de seguridad rusas en las ciudades de Nazran, Karabulak y Sleptcovskaya de la Republica de Ingusetia. La noche de los ataques M. Gasayev se encontraba en su domicilio, junto con su familia. Un amigo de su padre escuchó los disparos y explosiones y llamó por teléfono a la casa de la familia. El señor Gasayev atendió al teléfono. En esa época trabajaba para una empresa encargada de la confección de pasaportes para el Ministerio de Interior y los días 21 y 22 de junio cumplió con su habitual jornada laboral. Tras los ataques, las Fuerzas de Seguridad Federales o FSB (antiguo KGB) fueron a los campos de refugiados chechenos en busca de los autores o colaboradores, desmantelando gran parte de los campamentos y albergues de refugiados, obligando a regresar a estos a Chechenia y practicando numerosas detenciones seguidas de torturas. El señor Gasayev fue detenido y trasladado a la Oficina Central del FSB de la región de Ingusetia a finales del mes de agosto de 2004. Durante tres días fue torturado. Al cuarto día fue trasladado junto con otro detenido en una furgoneta. Les dijeron que los iban a matar, aunque finalmente los abandonaron en una zona despoblada. En mayo de 2005 Gasayev tuvo conocimiento de que había sido señalado como participante en los ataques de junio de 2004 por un conocido que estaba en prisión bajo interrogatorio del FSB. Posteriormente el falso acusador se desdijo de las acusaciones. La asesinada periodista Anna Politkovskaya escribió un artículo en el periódico La Nueva Gaceta hablando de ello. La persona que denunció falsamente a M. Gasayev posteriormente hizo público, mediante una carta dirigida a la organización de derechos humanos Memorial, que durante los interrogatorios no tuvo asistencia de abogado, fue sometido a golpes, torturas con electricidad y amenazas de asesinato de sus familiares y que así fue forzado a declarar contra sí mismo y contra otros, entre los cuales mencionó al Sr. Gasayev. Afirmó también que más tarde se retractó ante el Tribunal de sus falsas declaraciones porque no reflejaban hechos reales y manifestó que conocía a Gasayev pero que éste no tomó parte en ninguna acción ilegal. Ante el temor fundado de ser nuevamente detenido y torturado, Gasayev huyó del país escondido en un camión, embarcó en un ferry que finalmente legó a España y, el 3 de junio de 2005, con asistencia letrada de CEAR, solicitó asilo ante la Jefatura Superior de Policía de Bilbao. M. Gasayev nunca ocultó la persecución de que era objeto por parte de la Federación Rusa y, cuando tuvo conocimiento por su familia de que la fiscalía rusa había cursado una orden de busca y captura contra él, hizo llegar dicho escrito a la Oficina de Asilo y Refugio. La solicitud de asilo, que llevaba en proceso de instrucción más de año y medio, fue denegada al poco tiempo de la detención del solicitante. Contra dicha resolución se formuló petición de reexamen, reiterando lo ya manifestado en la solicitud de asilo y aportando nuevos elementos probatorios. El Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) trasladó a la Oficina de Asilo y Refugio diversa información que la organización rusa Memorial había puesto a disposición de la oficina del ACNUR en Vladikavkaz relativa a las imputaciones contra M. Gasayev, obtenidas bajo tortura. El ACNUR manifestaba su convicción de que, en caso de que el solicitante de asilo fuera extraditado a Rusia, no habría una investigación con las debidas garantías y adjuntaba comunicaciones de distintas organizaciones de derechos humanos como Amnistía Internacional, la Federación Internacional de los Derechos Humanos y Human Rights Watch, solicitando a las autoridades españolas que no se extraditara al interesado a la Federación Rusa. El reexamen de la solicitud de asilo fue desestimado, por lo que se interpuso recurso contencioso-administrativo y se solicitaron medidas cautelares de suspensión de la entrega del solicitante a la Federación Rusa, las cuales también fueron finalmente denegadas. La Audiencia Nacional aprobó la solicitud de extradición, fundamentando su decisión en las garantías dadas por la fiscalía rusa respecto a que el Sr. Gasayev no sería condenado a muerte ni a cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional. La fiscalía rusa dio también garantías de que, mientras estuviera privado de libertad, podría recibir las visitas del Comité de Naciones Unidas contra la Tortura. La Asamblea General de la ONU y el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la Tortura han manifestado que tales garantías diplomáticas no eximen a los Estados de las obligaciones que tienen contraídas en virtud del derecho internacional de no enviar a ninguna persona a lugares en los que puedan estar expuestas a violaciones de los derechos humanos. Además, el Comité de Naciones Unidas contra la Tortura no realiza visitas periódicas a centros de detención y Rusia no forma parte de los instrumentos internacionales que permiten tales visitas, por lo que las garantías dadas por la Federación Rusa no resultaban dignas de crédito y en ningún caso eximían a España de su obligación de no extraditar al Sr. Gasayev a un país en el que estaría en peligro de ser sometido a torturas u otros malos tratos. La organización rusa de derechos humanos Memorial ha investigado y documentado los casos de personas que han sido declaradas culpables de diversos delitos en relación con el ataque de junio de 2004. Esta organización encontró datos que sugieren que las investigaciones llevadas a cabo fueron irregulares, que a los sospechosos se les torturó y que se les negó un juicio con las debidas garantías. Asimismo, a lo largo de los últimos años, Amnistía Internacional y otras organizaciones de derechos humanos han investigado multitud de casos en los que se han presentado cargos contra personas de origen chechenio e ingusetio por delitos relacionados con el terrorismo y por los que han sido condenados a partir de confesiones y testimonios extraídos bajo tortura. Finalmente M. Gasayev fue extraditado y entregado a las autoridades rusas el 30 de diciembre de 2008 mientras se hallaba pendiente ante la Audiencia Nacional el recurso contra la denegación de asilo. CEAR considera que la extradición a Rusia entrañaba para esta persona un grave riesgo de sufrir malos tratos y tortura a manos de las autoridades, así como que España vulneraba de ese modo el mencionado principio de no devolución. La extradición también causó grave preocupación al Relator Especial de Naciones Unidas sobre la Protección de los Derechos Humanos en la lucha contra el terrorismo, Martin Scheinin, quien recabó información sobre el caso Gasayev en su visita a España en mayo de 2008. En su informe final recalcó la existencia de un acuerdo generalizado en el sentido de que las garantías diplomáticas no funcionan con respecto al riesgo de tortura o malos tratos, protestó por la extradición llevada a cabo a pesar de sus reiteradas peticiones en contra e instó a las autoridades españolas (incluida la Audiencia Nacional) a cumplir sus obligaciones internacionales derivadas de la prohibición absoluta de la tortura.
En el otro caso de solicitante de asilo ruso extraditado, CEAR tuvo conocimiento de la ejecución de la extradición el 7 de julio de 2009, mientras estaba pendiente la aportación al expediente del relato pormenorizado de las actividades políticas en Rusia del solicitante A. Dereka y de la persecución a que éste había sido sometido por las autoridades de su país, a fin de que la Oficina de Asilo y Refugio pudiera evaluar su solicitud de asilo. La entrevista inicial de asilo se realizó el 24 de junio de 2009 en el Centro Penitenciario Madrid V de Soto del Real. En dicha solicitud el funcionario del centro se limitó a cumplimentar el formulario oficial, por lo que se solicitó al interesado un escrito de alegaciones en su idioma que pudiera traducir CEAR. Asimismo, se facilitó el nombre de la abogada del procedimiento de extradición para que le entregara la documentación sobre la persecución que alegaba por parte de las autoridades rusas. El solicitante llevaba desde el 12 de junio en huelga de hambre, decía que prefería morirse aquí a ser llevado a una cárcel rusa. Dereka, de 31 años y originario de la ciudad de Krasnodar, al sur de Rusia, se presentó como candidato a la alcaldía de dicha ciudad en las elecciones de 2005. Anteriormente había trabajado como agente del Servicio Federal de Seguridad (FSB), donde desarticuló una red de corrupción supuestamente relacionada con el gobierno regional, que motivó la persecución de las autoridades. Su familia aseguraba que la fiscalía llegó a amenazarlo de muerte como represalia y lo acusó de estafa. Se le dictó orden de busca y captura internacional en noviembre de 2005, cuando al parecer se encontraba en Ucrania. La mencionada acusación fue el motivo esgrimido por las autoridades rusas para solicitar su extradición. La fiscalía rusa, como en el caso antes expuesto, aseguró que el extraditado gozaría de los derechos de defensa y que no sería sometido a penas o tratos inhumanos, así como que el delito que se le imputaba no tiene prevista pena de muerte. Dereka fue detenido en Tarragona y trasladado a la prisión de Soto del Real en diciembre de 2008. La extradición se produjo en absoluto secreto la noche del 3 de julio de 2009, sin que hubiese sido resuelta la solicitud de asilo presentada. Unas horas después de que CEAR denunciara públicamente el caso, el ministro de Interior inadmitió a tramite la solicitud de asilo, de manera que, en violación de la propia ley, primero se procedió a extraditar a un ciudadano en peligro y cinco días más tarde se decidió sobre su solicitud de asilo. CEAR señaló que la OAR olvidó notificar a la Audiencia Nacional que este ciudadano ruso era solicitante de asilo, lo que fue rechazado por el Ministerio de Interior, que derivó las responsabilidades en el Ministerio de Justicia argumentando que este departamento tiene las competencias para paralizar dicha extradición. Tras esto, CEAR solicitó que se paralizara la entrega a las autoridades rusas si todavía se estaba a tiempo, así como que en caso contrario el gobierno español averiguara dónde se encontraba el extraditado y en qué situación. CEAR también exigió una investigación urgente para establecer responsabilidades de prácticas que violan la legalidad nacional e internacional, ponen en peligro a personas que se encuentran bajo protección y dejan muy en entredicho los discursos y declaraciones sobre protección de los derechos humanos en España. Ninguna de estas demandas ha sido atendida hasta la fecha.
La tramitación de una solicitud de asilo en frontera es un duro trance que se caracteriza por tres circunstancias que la diferencia del procedimiento en territorio: la rapidez con la que debe desarrollarse el procedimiento, la retención de la persona en el puesto fronterizo hasta que se decide sobre la admisión a trámite de su solicitud y la devolución al país de procedencia en caso de inadmisión a trámite. Según la nueva ley, cuando se solicita protección internacional en un puesto fronterizo o centro de internamiento debe realizarse en el plazo de una semana una investigación completa del caso con todas las garantías: análisis de los hechos y documentos aportados por el solicitante, comprobación de la información disponible del país de origen, aclaración de las circunstancias dudosas (motivadas en la mayoría de las ocasiones por la situación límite que viven las personas refugiadas durante su salida y detención en la frontera), aporte del informe del ACNUR, etc., plazo que es evidente que no puede cumplirse, lo que puede dar lugar a que se actúe de acuerdo a prejuicios e ideas preconcebidas .
De manera acelerada, la persona debe relatar una historia de persecución que resulte “creíble” en un contexto adverso, desorientador y estresante como es una detención y con la constante amenaza de la devolución. El informe, después de reiterar que no hay razón para un procedimiento especial en frontera, y de analizar las solicitudes en el aeropuerto de Barajas, señala la especial preocupación por la retención durante días en espacios que no suelen cumplir con las condiciones adecuadas, y la situación emocional extremadamente frágil en la que es realizada la primera entrevista cuando una persona pide asilo en frontera, después de un viaje largo y con vivencias traumáticas, por lo que CEAR reitera en el informe la necesidad de que se evite en todos los casos que esta entrevista, que determinará la admisión o inadmisión de una solicitud, sea realizada por funcionarios sin formación especifica en técnicas de entrevista, de resolución de situaciones de crisis, o de habilidades de comunicación intercultural.
Durante el primer semestre de 2010, la política comunitaria de asilo ha estado pilotada por España desde la presidencia de la UE. No ha sido una presidencia con grandes novedades, ya que las grandes líneas políticas de actuación se establecieron en el Pacto Europeo sobre Inmigración y Asilo, acordado en octubre de 2008. Numerosas denuncias, nacionales e internacionales, se han dirigido a las autoridades griegas por su política de asilo, en la que el control de fronteras prevalece sobre el respeto de los derechos humanos hasta unos niveles que ha provocado el rechazo expreso del ACNUR. Durante 2009, el gobierno español tramitó varios procesos de extradición contra tres refugiados kurdos, a pesar de su condición de asilados en la UE, lo que, de llevarse a cabo, hubiera incumplido la prohibición de expulsión y devolución, el denominado non refoulement. Estos ejemplos, que se analizan con detalle en el informe, son una muestra de la debilidad del proyectado Sistema Europeo Común de Asilo, al ofrecer cada país miembro de la UE un tratamiento muy distinto para unos mismos hechos.
La UE acoge a un porcentaje muy pequeño de refugiados a nivel mundial. Si hablamos, por ejemplo, de reasentamiento, en 2008 hubo 120.000 solicitudes de reasentamiento en el mundo, de las cuales sólo 65.596 fueron atendidas y de ellas sólo un 6% en los Estados miembros de la UE. España, de acuerdo con la nueva Ley de Asilo y en el marco de su presidencia de la UE, ha tomado la iniciativa para la creación de un programa de reasentamiento que comenzaría en 2010 con 75 personas; este compromiso continúa siendo pequeño en relación al peso de España en la UE y en el mundo, en comparación con los programas de otros países de su entorno como Suecia, Dinamarca, Finlandia, Países Bajos, Reino Unido, Portugal, Francia, Rumania, República Checa o, mas recientemente, Alemania, Bélgica, Italia y Luxemburgo, que se han comprometido a aceptar refugiados iraquíes procedentes de Siria y Jordania.
Las políticas públicas de integración de los refugiados han estado marcadas por graves recortes de fondos económicos. En 2009, cuando el control de fronteras y la precariedad del mercado laboral han generado un descenso de la llegada de personas a nuestro país, los dispositivos de acogida de emergencia e integración se han ido desmantelando, a la vez que se han incentivado los programas de retorno en detrimento de programas orientados a la integración y lucha contra el desempleo y la discriminación. A esto hay que sumar el anunciado recorte para 2010 del Fondo de Acogida, que si bien en 2009 sumaba 200 millones de euros para las comunidades autónomas, va a disminuir alrededor de un 65%.
A través de la intervención realizada por CEAR se constatan los numerosos casos de personas que durante este año han vuelto a recurrir a la entidad para solicitar apoyo después de años de autonomía. En el informe se analiza la situación en el País Vasco, donde los usuarios y usuarias están teniendo muchas dificultades para acceder a las prestaciones sociales porque se está solicitando a las personas refugiadas que les sea expedido en su país de origen un certificado de su país de origen de los bienes que en el mismo poseen, con el riesgo y casi siempre la imposibilidad para hacerlo, ya que los solicitantes de asilo se ven en la obligación de solicitar dichos certificados a las embajadas o administraciones del país perseguidor. Se analiza también la intensificación de los controles policiales en varias comunidades autónomas contra las personas de origen extranjero. Todas ellas, incluidas las personas solicitantes y refugiadas, se sienten víctimas de una persecución constante por el hecho de ser extranjeras, lo que evidentemente hace más difícil la integración y la cohesión social.
En cuanto a la integración laboral, si bien es cierto que durante 2009 algunas comunidades autónomas han suprimido las restricciones para inscribir a los solicitantes de asilo en los servicios públicos de empleo, siguen existiendo irregularidades y un endurecimiento en los requisitos de acceso a la formación y los servicios. En el desarrollo de las acciones de intervención se han encontrado muchas dificultades para el acceso de solicitantes de asilo y refugiados a los cursos de formación ocupacional porque, a la imposibilidad de conseguir en muchos casos los títulos académicos que exigen la administración o las academias privadas que realizan
dicha formación, se unen nuevos. A pesar de la imposibilidad de tener cifras oficiales, CEAR ha constatado durante todo 2009 las dificultades que atraviesan en el actual contexto socioeconómico las personas solicitantes de asilo y refugiadas, porque en una amplia mayoría se incorporan al mercado laboral al amparo de la ley de extranjería, ya que las solicitudes de asilo son rechazadas casi en un 95%. A lo largo de 2009 se constata la falta de ofertas de empleo en sectores ocupados tradicionalmente por solicitantes de asilo y refugiados y que son los más perjudicados por la crisis (construcción, hostelería y otras áreas del sector servicios)
Mientras, los conflictos siguen produciendo refugiados. El informe 2010 se detiene en el refugio y desplazamiento forzado en América, concretamente en Honduras, Perú y Ecuador, donde las personas refugiadas colombianas ocupan un lugar central debido a la crisis humanitaria que sufre Colombia. En 2009 se consolida el incremento, ya constatado en los últimos años, del número de personas en desplazamiento forzado en el continente americano. Se imponen formas cada vez más complejas de migraciones forzadas, que alcanzan según la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) a más de 30 millones de personas en la región. Se calcula en más de 3 millones la población latinoamericana que vive en el territorio de la UE. Sin duda alguna, la realidad del conflicto armado en Colombia es la crisis humanitaria más relevante en el hemisferio, con un flujo creciente de personas desplazadas internamente (más de cuatro millones) además de las que huyen fuera del país. Según las cifras de la organización Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento —Codhes—, 300.000 personas son desplazadas anualmente, lo que muestra la persistencia del conflicto. Colombia se ha convertido en el principal país de origen de refugiados en el hemisferio americano y el de la mayoría de refugiados de la última década en España. Pero el 2009 ha supuesto también el exilio para muchos hondureño, que sufrieron un golpe de Estado tras el que las fuerzas de seguridad desataron desde ese momento una represión constante y sistemática contra líderes sociales y populares. En este contexto americano, no hay que olvidar a las refugiadas centroamericanas víctimas del feminicidio.
En Sri Lanka, en 2009 concluyó oficialmente el conflicto pero, lejos de cesar la violencia armada, Naciones Unidas ha documentado un panorama de violencia sistemática contra la población civil y diversas fuentes apuntan a un genocidio encubierto contra los tamiles. El siguiente testimonio de un solicitante de asilo en España explica la cruel situación sufrida por la población tamil:
En un puente cercano a mi pueblo habían colocado una bomba los tigres tamiles —en alusión al (LTTE)—. Las tropas del gobierno cruzaban el puente y la bomba explotó. Ante la explosión de la bomba, el gobierno mandó tropas y como represalia de la explosión mataron a 270 personas. Intentamos huir y nos ocultamos en una iglesia. El ejército colocó una bomba en la iglesia y murieron 30 personas. […] Cuando aparecieron los miembros del ACNUR y volvió la calma, reabrimos nuestra tienda. Los soldados del gobierno cogían género y decían que pagaban por la tarde, nunca pagaban. Luego los soldados tamiles (LTTE) venían a la tienda, también cogían género diciendo que ayudábamos al enemigo, nos amenazaban diciendo que o les dábamos género o les dábamos a nuestro hijo.
El informe también se detiene en la situación de los más de cinco millones de refugiados palestinos, cuya protección, hasta ahora, no se ha visto asegurada. Así, y en primer lugar, los programas de reasentamiento de la población refugiada palestina son escasos y han alcanzado a un número muy menor de individuos. En segundo lugar, los Estados donde están transitoriamente acogidos la mayor parte de los refugiados desde 1948 y en los que opera la UNRWA les han dado un trato que cabe considerar desigual y han evitado la plena integración. Y, por último, los Estados que han recibido solicitudes de asilo de refugiados palestinos en virtud de lo previsto en la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de Refugiados han interpretado de modo restrictivo la denominada cláusula de exclusión contenida en el artículo 1.D de dicha Convención.
VEINTICINCO PROPUESTAS PARA EL REGLAMENTO DE ASILO
Las Palmas de GC, 17 de junio de 2010 | Sociedad | Gabinete de Prensa.
1.- DERECHO A LA ASISTENCIA JURÍDICA Y A INTÉRPRETE EN TODOS LOS PROCEDIMIENTOS. Que garantice, en cualquier momento del procedimiento, el acceso del abogado a la información que obre en el expediente del solicitante y a obtener copia del mismo. Que se establezca un procedimiento de representación legal mediante apoderamiento apud acta. El derecho a intérprete debe contemplarse desde la experiencia práctica de las solicitudes de asilo y referirse a una lengua en la que puedan expresar su situación de persecución. El intérprete debe reunir, además, los requisitos necesarios en cuanto a formación y especialización en la materia.
2. ACCESO A LAS DEPENDENCIAS FRONTERIZAS Y CENTROS DE INTERNAMIENTO. La ley establece el derecho de los solicitantes de protección internacional a entrevistarse con un abogado en las dependencias fronterizas y los CIE; en sede parlamentaria se adoptó el término “abogado” en sustitución de “representantes legales”, que es más correcto y evitará prácticas restrictivas. Debería establecerse la obligatoriedad de motivar suficientemente cualquier restricción al acceso a los abogados. Sólo se podrá limitar la posibilidad de visitar a los solicitantes en los recintos cerrados cuando sea objetivamente necesario para la seguridad, el orden público o la gestión del recinto, o para garantizar un examen eficiente de la solicitud, siempre y cuando no se vea seriamente limitado o imposibilitado el acceso del abogado y, con ello, el ejercicio del derecho a la asistencia letrada. En este último supuesto, la entrevista debe poder realizarse en otro lugar. El reglamento debe determinar el órgano competente para elaborar el folleto informativo que se debe entregar a los solicitantes y estar disponible en los lugares de entrada de extranjeros, así como concretar el proceso para elaborarlo y su contenido esencial; debe garantizarse su presencia en el interior de las dependencias fronterizas y centros de internamiento, su publicación en tablones y otros lugares visibles, y garantizar que los solicitantes lo comprenden. Debe establecerse también un mecanismo de información a las personas analfabetas. Se debe reglamentar el trato a los polizones, para que tengan derecho a asistencia letrada y derecho a intérprete desde la primera entrevista y no, como en la actualidad, desde que manifiestan su deseo de solicitar protección internacional. Igualmente deben existir folletos informativos y que estén a disposición de los extranjeros en las embajadas y consulados españoles.
3. PLAZOS DE LAS SOLICITUDES EN FRONTERA Y CIE. Se debe mantener el plazo de 72 horas para la resolución en las solicitudes iniciales en puesto fronterizo. En los años de aplicación de este plazo se ha demostrado que no genera grandes dificultades ni a la administración ni a las demás partes, además de suponer una limitación del tiempo de detención de los solicitantes de protección. Su modificación no tiene más justificación que la comodidad de los funcionarios, máxime si tenemos en cuenta la falta de instalaciones adecuadas (restricciones a la movilidad, ausencia de luz natural, inexistencia de espacios específicos para menores…) Hay que tener en cuenta que los días de detención se alargan al contar el plazo del reexamen en días. Aunque se habló de incluir los días inhábiles en el cómputo, en la práctica no se ha cumplido y el reglamento es una oportunidad para corregirlo. Debe ser obligatorio comunicar al solicitante la ampliación del plazo y otorgarle la posibilidad de presentar alegaciones y documentación en su defensa frente a la posible denegación de su solicitud.
4. PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES (OBLIGACIONES DEL SOLICITANTE). La directiva 2005/85 establece expresamente que los Estados miembros “garantizarán que las solicitudes de asilo no se rechacen ni excluyan del examen por el único motivo de no haberse presentado tan pronto como era posible”. El reglamento debe especificar esta consideración respecto al plazo de presentación, matizando que la comparecencia deberá producirse con la mayor prontitud posible desde la entrada en España o desde que se hayan producido los acontecimientos que justifiquen el temor fundado de persecución o de daños graves, salvo que existan circunstancias personales que justifiquen la demora.
5. PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES (GARANTÍAS DEL SOLICITANTE). Para evitar dilaciones por causas imputables a la administración, debería establecerse un plazo máximo para la formalización de la solicitud de asilo una vez expresada la voluntad de hacerlo. Este plazo limitaría la excesiva privación de libertad en puesto fronterizo y el riesgo de devolución. Se debe precisar el tipo de documentación provisional que acredite la voluntad de solicitar asilo. La solicitud deberá formalizarse en el plazo más breve posible desde que el extranjero manifieste dicha intención, debiendo quedar convenientemente acreditada dicha circunstancia; si la petición se presentara en territorio, la cita para la formalización deberá materializarse en un plazo de setenta y dos horas, reduciéndose a veinticuatro horas en puesto fronterizo. A partir de este plazo, empezarían a contar los plazos para la admisión a trámite de las solicitudes.
6. FORMALIZACIÓN DE LAS SOLICITUDES. Se deben establecer las condiciones para formalizar las peticiones, las situaciones en las que se debe producir un consentimiento del solicitante (por ejemplo, la renuncia a la asistencia letrada en las solicitudes en territorio), y la obligatoriedad de que el contenido de las entrevistas le sea leído tanto al solicitante como a su abogado, para que pueda dar su conformidad o disconformidad. Debe recogerse la obligatoriedad de que se entregue copia completa al solicitante del escrito de formalización y de las entrevistas que con él se mantengan a lo largo del procedimiento. La ley recoge la necesidad de entrevista personal e individual a los solicitantes y establece que, de forma excepcional, podrá requerirse la presencia de otros miembros de la familia de los solicitantes en el momento de la solicitud. El reglamento debe recoger que esta decisión debe ser motivada, para evitar arbitrariedades o automatismos que puedan retrasar el procedimiento. Es necesario desarrollar los requisitos que deben cumplir las entrevistas que se realicen a los solicitantes, tanto en la forma de realizarse y las condiciones en que se produzcan, como en la forma de reflejar su contenido en los formularios de solicitud.
7. SOLICITUDES DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL EN EMBAJADAS
Y CONSULADOS. La nueva regulación no debería convertirse en una actuación discrecional de los funcionarios diplomáticos en la decisión del traslado a España. Se debe mantener la posibilidad del traslado urgente a España a propuesta del ACNUR, en aquellos casos en los que refugiados se encuentren en situación de alto riesgo o desprotección en un tercer país. Se deben establecer las condiciones de acceso de las personas que manifiesten su intención de solicitar la protección internacional, tanto en los controles de entrada como en los puestos de información de las embajadas y consulados, estableciendo la obligatoriedad de darles un acceso preferente. De debe determinar personal específico encargado de la recepción y tramitación de las solicitudes, que deberá recibir la formación adecuada. La negativa por parte de la embajada del traslado urgente a España o de proporcionar visado de entrada, debe estar motivada y se debe poder recurrir.
8. ANÁLISIS DE LOS EXPEDIENTES DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL. La entrevista inicial no puede en ningún caso suplir a la audiencia personal. La entrevista al solicitante de asilo en fase de instrucción es imprescindible para la adecuada evaluación de las solicitudes de protección internacional, ya que en la actualidad la mayoría de los expedientes son resueltos sólo con la entrevista inicial. Hay que desarrollar el reconocimiento del papel de las organizaciones especializadas en la protección a refugiados, con explícita referencia a la incorporación en los expedientes de sus informes relativos a los casos, ya sean de naturaleza jurídica, psicosocial u otra. El gobierno, en el proceso de elaboración de la ley, se comprometió a crear un órgano de participación y colaboración con las organizaciones sociales; CEAR propone que sea un mecanismo que permita la audiencia de éstas en el estudio de los casos sometidos a estudio en la CIAR.
9. INFORMACIÓN SOBRE PAÍS DE ORIGEN. Que se cree una comisión de expertos, con funcionamiento permanente, encuadrada en el Plan Nacional de Derechos Humanos y con un carácter paritario entre los candidatos presentados por los representantes de los distintos ministerios con competencias en la materia y los que promuevan organizaciones de la sociedad civil (centros de derechos humanos de las universidades, asociaciones de defensa y promoción de los derechos humanos…). Esta comisión de expertos elaboraría informes periódicos sobre distintos países en aplicación de las normas sobre COI y los dictámenes sobre materias o casos específicos que fueran sometidos a su estudio por las partes.
10. TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE ASILO CON CRITERIOS DE GÉNERO. Se debe incluir el enfoque de género u orientación sexual en el reglamento, y desarrollar su contenido de acuerdo con las “Directrices sobre protección internacional: La persecución por motivos de género en el contexto del artículo 1A(2) de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados, y/o su Protocolo de 1967”, así como la “Guía para la protección internacional de las personas perseguidas por motivos de género” editada por France terre d’asile, Consiglio Italiano per i Refugiati y CEAR.
11. RECURSO DE REVISIÓN. Debe mantenerse la especificidad del reexamen en territorio de la solicitud de asilo. Debe contemplarse, en concreto, la no limitación de plazo para formular la revisión de las resoluciones de asilo. Además, debería considerarse un plazo con silencio positivo para su admisión a trámite y, si esta se produce, que el solicitante sea de nuevo documentado como “admitido a trámite”. Los casos sometidos a revisión deben ser estudiados en la CIAR e informados por el ACNUR.
12. DERECHOS SOCIALES. Deben trasponerse todos los contenidos de la directiva 2003/9, como son el derecho de los solicitantes a recibir información sobre las condiciones de acogida, unidad familiar, escolarización y/o educación de menores y el empleo y/o la formación profesional. Se deben determinar los derechos a los servicios sociales y de acogida, y limitarse los reembolsos al Estado con una alusión al mantenimiento del “nivel de vida adecuado que les permita subsistir” que debiera operar como límite en la interpretación de los casos. Se debe incluir el acceso a la información sobre los recursos sociales específicos para el colectivo, así como sobre las diferentes organizaciones de atención especializada a personas solicitantes de asilo.
13. ACOGIDA DE LOS SOLICITANTES DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL. La acogida deberá estar disponible desde la presentación de la solicitud, y deberá mantenerse en tanto no se den las mínimas condiciones (conocimiento del idioma, autorización de trabajo, etc.) que garanticen la dignidad y autonomía personal y del mantenimiento de un nivel de vida adecuado que permita subsistir a los solicitantes de asilo, con referencia específica a personas con necesidades especiales. Todas las personas que en virtud de los procedimientos sean devueltos a España, deberían contar con la atención social y jurídica necesaria.
14. AUTORIZACIÓN DE TRABAJO SOLICITANTES PROTECCIÓN INTERNACIONAL. Debe mantenerse la concesión automática de la autorización de trabajo a los seis meses de formalizada la solicitud de asilo que ya estaba vigente en la anterior ley de asilo.
15. CONDICIONES DE LOS SOLICITANTES DE ASILO EN FRONTERA. Se deben regular las condiciones mínimas de las dependencias en las que se encuentran los solicitantes de asilo y garantizar que cumplen al menos con la normativa de centros que prestan atención residencial en las Comunidades Autónomas en las que se ubican. Toda persona retenida debe poder comunicarse con las personas que desee y recibir visitas, y debe tener acceso a asistencia jurídica, social, médica, psicológica y de intérprete gratuita y eficaz. Debería existir un sistema oficial de inspección y control de las dependencias en puestos fronterizos, que pudiera canalizarse a través de la Oficina del Defensor de Pueblo ante el especial riesgo en este tipo de situaciones. El reglamento debe contemplar que todos los aeropuertos internacionales, puertos y fronteras terrestres del Estado deberían contar con un protocolo de atención básico que garantizara los derechos de las personas que llegan a frontera y soliciten asilo.
16. EFECTOS DE LAS CONCESIONES DE PROTECCIÓN. Se debe establecer un plazo máximo de diez días para la documentación de los beneficiarios de protección internacional, así como la especificación de los organismos competentes para su tramitación. Asimismo, es necesario establecer el tipo de documentación que se va a entregar a los beneficiarios de la protección subsidiaria, entendiendo que la misma debería equipararse a la entregada a los refugiados; se debe explicitar la exención de solicitar y obtener cédula de inscripción para aquellas personas que carezcan de pasaporte; también debería quedar excluida la obligatoriedad de presentación de antecedentes penales de forma expresa, pues la mayoría no puede obtener dicha certificación.
17. EFECTOS DE LAS RESOLUCIONES DENEGATORIAS (RAZONES HUMANITARIAS). Al regular los efectos de las denegaciones de protección, la ley introduce la posibilidad de permanencia en España por razones humanitarias “determinadas en la normativa vigente”. Entendemos incluida en la “normativa vigente” otras normas aparte de la específica de protección internacional, pero sería conveniente hacer una especificación al respecto. Debería darse acceso directo a residencia en España sin un procedimiento administrativo distinto al amparo de la normativa de extranjería. Se debe facilitar la regularización de solicitantes de asilo denegados en los supuestos de arraigo social y laboral, en cuanto colectivo afectado por particularidades específicas.
18. MANTENIMIENTO DE LA UNIDAD FAMILIAR. El reglamento no debe excluir la consideración como solicitantes de asilo de los familiares amparados por la extensión familiar que se encuentren en España en tanto familiares dependientes del solicitante de asilo principal.
19. PRUEBAS MÉDICAS EN LA EXTENSIÓN FAMILIAR. Las pruebas médicas para establecer los vínculos familiares deben ser realizadas sólo cuando existan
dudas razonables del parentesco sanguíneo. Hay que tener en cuenta que este tipo de pruebas son muy difíciles de realizar en determinados países, por lo que el reglamento debe contemplar que estas pruebas podrán realizarse en España en caso de ser imposible su realización en el país de origen.
20. MENORES. Deben garantizarse la defensa jurídica y la asistencia letrada de los menores no acompañados. Se deben concretar los criterios para determinar la edad. Se debe establecer el régimen jurídico aplicable a las solicitudes de asilo de menores de edad no acompañados, tanto en las cuestiones precedentes como en otras como el principio de interés superior del menor o la necesidad de tener en cuenta sus circunstancias de edad durante la entrevista y el desarrollo del procedimiento. Se debe precisar en qué casos un menor no acompañado puede formalizar la solicitud de asilo por sí mismo y en qué casos no.
21. OTRAS PERSONAS VULNERABLES. Debería trasponerse y ampliarse el artículo 20 de la directiva 2003/9 que considera que las víctimas de la tortura u otros actos graves de violencia deben recibir el tratamiento preciso para reparar los daños producidos por tales actos así como establece la responsabilidad de los Estados por velar y procurar su rehabilitación.
22. REASENTAMIENTO. La selección de los casos debería realizarse a partir de los informes preparados por ACNUR y misiones de selección, en coordinación con las misiones diplomáticas españolas. La CIAR sería el órgano de decisión de los casos de reasentamiento, en sesiones especiales, aplicando los criterios establecidos por ACNUR y la legislación internacional sobre refugiados. Las organizaciones sociales deben participar como observadoras en las sesiones de la CIAR sobre reasentamiento. El reglamento debe establecer procedimientos especiales para los casos de urgencia, en situaciones en que los refugiados tengan problemas de protección o problemas médicos que pongan en peligro sus vidas y que demanden evacuación urgente. Se debe especificar la colaboración con las organizaciones sociales en el proceso de selección, acogida y apoyo en el proceso de integración de los refugiados reasentados.
23. FORMACIÓN PARA LOS FUNCIONARIOS. Debe ser obligatoria una formación mínima para el trabajo en este ámbito, reforzada en el caso de los menores y grupos vulnerables, así como hay que prever cursos para formación de personal en todos los organismos responsables en este ámbito. Es necesario desarrollar los aspectos relativos a la formación de los funcionarios que participan en el procedimiento, tanto los que formalizan las entrevistas iniciales, como los que instruyen los expedientes, de forma que se fije un currículum mínimo para los mismos. Por otro lado, la tramitación de las solicitudes de asilo con criterios de género requiere de criterios de actuación claros y una formación específica.
24. COOPERACIÓN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Debería crearse un mecanismo de coordinación entre las distintas administraciones que permita un dialogo fluido y coordine con eficacia el conjunto de las actuaciones, que podría ser un consejo similar al existente en el ámbito de la extranjería con participación de los agentes sociales.
25. DESARROLLAR LA PROTECCIÓN A LOS APÁTRIDAS. Debería modificarse el reglamento específico de la apatridia. Se debe reconocer la autorización para trabajar y acceso a ayudas sociales de los solicitantes de apatridia, sobre todo teniendo en cuenta la demora en la resolución de estas solicitudes. Es necesario equiparar las prestaciones sociales dirigidas a la integración de los apátridas con estatuto concedido. Por otra parte, es imprescindible introducir un procedimiento de reagrupación familiar con respecto a los apátridas reconocidos que contemple la peculiaridad de este colectivo, ya que, por ejemplo, los familiares ni tienen, ni pueden obtener, un título de viaje en muchos casos. Debido a la complejidad del asunto y a las situaciones tan diversas en que se encuentran, en ciertos casos se les debería expedir, por parte de las autoridades diplomáticas españolas en el país de origen, un título de viaje y un visado de residencia. Una vez en España, se les documentaría con un permiso de residencia por circunstancias excepcionales, sin perjuicio de que puedan, una vez aquí, solicitar el reconocimiento del estatuto de apatridia.
1.- DERECHO A LA ASISTENCIA JURÍDICA Y A INTÉRPRETE EN TODOS LOS PROCEDIMIENTOS. Que garantice, en cualquier momento del procedimiento, el acceso del abogado a la información que obre en el expediente del solicitante y a obtener copia del mismo. Que se establezca un procedimiento de representación legal mediante apoderamiento apud acta. El derecho a intérprete debe contemplarse desde la experiencia práctica de las solicitudes de asilo y referirse a una lengua en la que puedan expresar su situación de persecución. El intérprete debe reunir, además, los requisitos necesarios en cuanto a formación y especialización en la materia.
2. ACCESO A LAS DEPENDENCIAS FRONTERIZAS Y CENTROS DE INTERNAMIENTO. La ley establece el derecho de los solicitantes de protección internacional a entrevistarse con un abogado en las dependencias fronterizas y los CIE; en sede parlamentaria se adoptó el término “abogado” en sustitución de “representantes legales”, que es más correcto y evitará prácticas restrictivas. Debería establecerse la obligatoriedad de motivar suficientemente cualquier restricción al acceso a los abogados. Sólo se podrá limitar la posibilidad de visitar a los solicitantes en los recintos cerrados cuando sea objetivamente necesario para la seguridad, el orden público o la gestión del recinto, o para garantizar un examen eficiente de la solicitud, siempre y cuando no se vea seriamente limitado o imposibilitado el acceso del abogado y, con ello, el ejercicio del derecho a la asistencia letrada. En este último supuesto, la entrevista debe poder realizarse en otro lugar. El reglamento debe determinar el órgano competente para elaborar el folleto informativo que se debe entregar a los solicitantes y estar disponible en los lugares de entrada de extranjeros, así como concretar el proceso para elaborarlo y su contenido esencial; debe garantizarse su presencia en el interior de las dependencias fronterizas y centros de internamiento, su publicación en tablones y otros lugares visibles, y garantizar que los solicitantes lo comprenden. Debe establecerse también un mecanismo de información a las personas analfabetas. Se debe reglamentar el trato a los polizones, para que tengan derecho a asistencia letrada y derecho a intérprete desde la primera entrevista y no, como en la actualidad, desde que manifiestan su deseo de solicitar protección internacional. Igualmente deben existir folletos informativos y que estén a disposición de los extranjeros en las embajadas y consulados españoles.
3. PLAZOS DE LAS SOLICITUDES EN FRONTERA Y CIE. Se debe mantener el plazo de 72 horas para la resolución en las solicitudes iniciales en puesto fronterizo. En los años de aplicación de este plazo se ha demostrado que no genera grandes dificultades ni a la administración ni a las demás partes, además de suponer una limitación del tiempo de detención de los solicitantes de protección. Su modificación no tiene más justificación que la comodidad de los funcionarios, máxime si tenemos en cuenta la falta de instalaciones adecuadas (restricciones a la movilidad, ausencia de luz natural, inexistencia de espacios específicos para menores…) Hay que tener en cuenta que los días de detención se alargan al contar el plazo del reexamen en días. Aunque se habló de incluir los días inhábiles en el cómputo, en la práctica no se ha cumplido y el reglamento es una oportunidad para corregirlo. Debe ser obligatorio comunicar al solicitante la ampliación del plazo y otorgarle la posibilidad de presentar alegaciones y documentación en su defensa frente a la posible denegación de su solicitud.
4. PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES (OBLIGACIONES DEL SOLICITANTE). La directiva 2005/85 establece expresamente que los Estados miembros “garantizarán que las solicitudes de asilo no se rechacen ni excluyan del examen por el único motivo de no haberse presentado tan pronto como era posible”. El reglamento debe especificar esta consideración respecto al plazo de presentación, matizando que la comparecencia deberá producirse con la mayor prontitud posible desde la entrada en España o desde que se hayan producido los acontecimientos que justifiquen el temor fundado de persecución o de daños graves, salvo que existan circunstancias personales que justifiquen la demora.
5. PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES (GARANTÍAS DEL SOLICITANTE). Para evitar dilaciones por causas imputables a la administración, debería establecerse un plazo máximo para la formalización de la solicitud de asilo una vez expresada la voluntad de hacerlo. Este plazo limitaría la excesiva privación de libertad en puesto fronterizo y el riesgo de devolución. Se debe precisar el tipo de documentación provisional que acredite la voluntad de solicitar asilo. La solicitud deberá formalizarse en el plazo más breve posible desde que el extranjero manifieste dicha intención, debiendo quedar convenientemente acreditada dicha circunstancia; si la petición se presentara en territorio, la cita para la formalización deberá materializarse en un plazo de setenta y dos horas, reduciéndose a veinticuatro horas en puesto fronterizo. A partir de este plazo, empezarían a contar los plazos para la admisión a trámite de las solicitudes.
6. FORMALIZACIÓN DE LAS SOLICITUDES. Se deben establecer las condiciones para formalizar las peticiones, las situaciones en las que se debe producir un consentimiento del solicitante (por ejemplo, la renuncia a la asistencia letrada en las solicitudes en territorio), y la obligatoriedad de que el contenido de las entrevistas le sea leído tanto al solicitante como a su abogado, para que pueda dar su conformidad o disconformidad. Debe recogerse la obligatoriedad de que se entregue copia completa al solicitante del escrito de formalización y de las entrevistas que con él se mantengan a lo largo del procedimiento. La ley recoge la necesidad de entrevista personal e individual a los solicitantes y establece que, de forma excepcional, podrá requerirse la presencia de otros miembros de la familia de los solicitantes en el momento de la solicitud. El reglamento debe recoger que esta decisión debe ser motivada, para evitar arbitrariedades o automatismos que puedan retrasar el procedimiento. Es necesario desarrollar los requisitos que deben cumplir las entrevistas que se realicen a los solicitantes, tanto en la forma de realizarse y las condiciones en que se produzcan, como en la forma de reflejar su contenido en los formularios de solicitud.
7. SOLICITUDES DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL EN EMBAJADAS
Y CONSULADOS. La nueva regulación no debería convertirse en una actuación discrecional de los funcionarios diplomáticos en la decisión del traslado a España. Se debe mantener la posibilidad del traslado urgente a España a propuesta del ACNUR, en aquellos casos en los que refugiados se encuentren en situación de alto riesgo o desprotección en un tercer país. Se deben establecer las condiciones de acceso de las personas que manifiesten su intención de solicitar la protección internacional, tanto en los controles de entrada como en los puestos de información de las embajadas y consulados, estableciendo la obligatoriedad de darles un acceso preferente. De debe determinar personal específico encargado de la recepción y tramitación de las solicitudes, que deberá recibir la formación adecuada. La negativa por parte de la embajada del traslado urgente a España o de proporcionar visado de entrada, debe estar motivada y se debe poder recurrir.
8. ANÁLISIS DE LOS EXPEDIENTES DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL. La entrevista inicial no puede en ningún caso suplir a la audiencia personal. La entrevista al solicitante de asilo en fase de instrucción es imprescindible para la adecuada evaluación de las solicitudes de protección internacional, ya que en la actualidad la mayoría de los expedientes son resueltos sólo con la entrevista inicial. Hay que desarrollar el reconocimiento del papel de las organizaciones especializadas en la protección a refugiados, con explícita referencia a la incorporación en los expedientes de sus informes relativos a los casos, ya sean de naturaleza jurídica, psicosocial u otra. El gobierno, en el proceso de elaboración de la ley, se comprometió a crear un órgano de participación y colaboración con las organizaciones sociales; CEAR propone que sea un mecanismo que permita la audiencia de éstas en el estudio de los casos sometidos a estudio en la CIAR.
9. INFORMACIÓN SOBRE PAÍS DE ORIGEN. Que se cree una comisión de expertos, con funcionamiento permanente, encuadrada en el Plan Nacional de Derechos Humanos y con un carácter paritario entre los candidatos presentados por los representantes de los distintos ministerios con competencias en la materia y los que promuevan organizaciones de la sociedad civil (centros de derechos humanos de las universidades, asociaciones de defensa y promoción de los derechos humanos…). Esta comisión de expertos elaboraría informes periódicos sobre distintos países en aplicación de las normas sobre COI y los dictámenes sobre materias o casos específicos que fueran sometidos a su estudio por las partes.
10. TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE ASILO CON CRITERIOS DE GÉNERO. Se debe incluir el enfoque de género u orientación sexual en el reglamento, y desarrollar su contenido de acuerdo con las “Directrices sobre protección internacional: La persecución por motivos de género en el contexto del artículo 1A(2) de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados, y/o su Protocolo de 1967”, así como la “Guía para la protección internacional de las personas perseguidas por motivos de género” editada por France terre d’asile, Consiglio Italiano per i Refugiati y CEAR.
11. RECURSO DE REVISIÓN. Debe mantenerse la especificidad del reexamen en territorio de la solicitud de asilo. Debe contemplarse, en concreto, la no limitación de plazo para formular la revisión de las resoluciones de asilo. Además, debería considerarse un plazo con silencio positivo para su admisión a trámite y, si esta se produce, que el solicitante sea de nuevo documentado como “admitido a trámite”. Los casos sometidos a revisión deben ser estudiados en la CIAR e informados por el ACNUR.
12. DERECHOS SOCIALES. Deben trasponerse todos los contenidos de la directiva 2003/9, como son el derecho de los solicitantes a recibir información sobre las condiciones de acogida, unidad familiar, escolarización y/o educación de menores y el empleo y/o la formación profesional. Se deben determinar los derechos a los servicios sociales y de acogida, y limitarse los reembolsos al Estado con una alusión al mantenimiento del “nivel de vida adecuado que les permita subsistir” que debiera operar como límite en la interpretación de los casos. Se debe incluir el acceso a la información sobre los recursos sociales específicos para el colectivo, así como sobre las diferentes organizaciones de atención especializada a personas solicitantes de asilo.
13. ACOGIDA DE LOS SOLICITANTES DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL. La acogida deberá estar disponible desde la presentación de la solicitud, y deberá mantenerse en tanto no se den las mínimas condiciones (conocimiento del idioma, autorización de trabajo, etc.) que garanticen la dignidad y autonomía personal y del mantenimiento de un nivel de vida adecuado que permita subsistir a los solicitantes de asilo, con referencia específica a personas con necesidades especiales. Todas las personas que en virtud de los procedimientos sean devueltos a España, deberían contar con la atención social y jurídica necesaria.
14. AUTORIZACIÓN DE TRABAJO SOLICITANTES PROTECCIÓN INTERNACIONAL. Debe mantenerse la concesión automática de la autorización de trabajo a los seis meses de formalizada la solicitud de asilo que ya estaba vigente en la anterior ley de asilo.
15. CONDICIONES DE LOS SOLICITANTES DE ASILO EN FRONTERA. Se deben regular las condiciones mínimas de las dependencias en las que se encuentran los solicitantes de asilo y garantizar que cumplen al menos con la normativa de centros que prestan atención residencial en las Comunidades Autónomas en las que se ubican. Toda persona retenida debe poder comunicarse con las personas que desee y recibir visitas, y debe tener acceso a asistencia jurídica, social, médica, psicológica y de intérprete gratuita y eficaz. Debería existir un sistema oficial de inspección y control de las dependencias en puestos fronterizos, que pudiera canalizarse a través de la Oficina del Defensor de Pueblo ante el especial riesgo en este tipo de situaciones. El reglamento debe contemplar que todos los aeropuertos internacionales, puertos y fronteras terrestres del Estado deberían contar con un protocolo de atención básico que garantizara los derechos de las personas que llegan a frontera y soliciten asilo.
16. EFECTOS DE LAS CONCESIONES DE PROTECCIÓN. Se debe establecer un plazo máximo de diez días para la documentación de los beneficiarios de protección internacional, así como la especificación de los organismos competentes para su tramitación. Asimismo, es necesario establecer el tipo de documentación que se va a entregar a los beneficiarios de la protección subsidiaria, entendiendo que la misma debería equipararse a la entregada a los refugiados; se debe explicitar la exención de solicitar y obtener cédula de inscripción para aquellas personas que carezcan de pasaporte; también debería quedar excluida la obligatoriedad de presentación de antecedentes penales de forma expresa, pues la mayoría no puede obtener dicha certificación.
17. EFECTOS DE LAS RESOLUCIONES DENEGATORIAS (RAZONES HUMANITARIAS). Al regular los efectos de las denegaciones de protección, la ley introduce la posibilidad de permanencia en España por razones humanitarias “determinadas en la normativa vigente”. Entendemos incluida en la “normativa vigente” otras normas aparte de la específica de protección internacional, pero sería conveniente hacer una especificación al respecto. Debería darse acceso directo a residencia en España sin un procedimiento administrativo distinto al amparo de la normativa de extranjería. Se debe facilitar la regularización de solicitantes de asilo denegados en los supuestos de arraigo social y laboral, en cuanto colectivo afectado por particularidades específicas.
18. MANTENIMIENTO DE LA UNIDAD FAMILIAR. El reglamento no debe excluir la consideración como solicitantes de asilo de los familiares amparados por la extensión familiar que se encuentren en España en tanto familiares dependientes del solicitante de asilo principal.
19. PRUEBAS MÉDICAS EN LA EXTENSIÓN FAMILIAR. Las pruebas médicas para establecer los vínculos familiares deben ser realizadas sólo cuando existan
dudas razonables del parentesco sanguíneo. Hay que tener en cuenta que este tipo de pruebas son muy difíciles de realizar en determinados países, por lo que el reglamento debe contemplar que estas pruebas podrán realizarse en España en caso de ser imposible su realización en el país de origen.
20. MENORES. Deben garantizarse la defensa jurídica y la asistencia letrada de los menores no acompañados. Se deben concretar los criterios para determinar la edad. Se debe establecer el régimen jurídico aplicable a las solicitudes de asilo de menores de edad no acompañados, tanto en las cuestiones precedentes como en otras como el principio de interés superior del menor o la necesidad de tener en cuenta sus circunstancias de edad durante la entrevista y el desarrollo del procedimiento. Se debe precisar en qué casos un menor no acompañado puede formalizar la solicitud de asilo por sí mismo y en qué casos no.
21. OTRAS PERSONAS VULNERABLES. Debería trasponerse y ampliarse el artículo 20 de la directiva 2003/9 que considera que las víctimas de la tortura u otros actos graves de violencia deben recibir el tratamiento preciso para reparar los daños producidos por tales actos así como establece la responsabilidad de los Estados por velar y procurar su rehabilitación.
22. REASENTAMIENTO. La selección de los casos debería realizarse a partir de los informes preparados por ACNUR y misiones de selección, en coordinación con las misiones diplomáticas españolas. La CIAR sería el órgano de decisión de los casos de reasentamiento, en sesiones especiales, aplicando los criterios establecidos por ACNUR y la legislación internacional sobre refugiados. Las organizaciones sociales deben participar como observadoras en las sesiones de la CIAR sobre reasentamiento. El reglamento debe establecer procedimientos especiales para los casos de urgencia, en situaciones en que los refugiados tengan problemas de protección o problemas médicos que pongan en peligro sus vidas y que demanden evacuación urgente. Se debe especificar la colaboración con las organizaciones sociales en el proceso de selección, acogida y apoyo en el proceso de integración de los refugiados reasentados.
23. FORMACIÓN PARA LOS FUNCIONARIOS. Debe ser obligatoria una formación mínima para el trabajo en este ámbito, reforzada en el caso de los menores y grupos vulnerables, así como hay que prever cursos para formación de personal en todos los organismos responsables en este ámbito. Es necesario desarrollar los aspectos relativos a la formación de los funcionarios que participan en el procedimiento, tanto los que formalizan las entrevistas iniciales, como los que instruyen los expedientes, de forma que se fije un currículum mínimo para los mismos. Por otro lado, la tramitación de las solicitudes de asilo con criterios de género requiere de criterios de actuación claros y una formación específica.
24. COOPERACIÓN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Debería crearse un mecanismo de coordinación entre las distintas administraciones que permita un dialogo fluido y coordine con eficacia el conjunto de las actuaciones, que podría ser un consejo similar al existente en el ámbito de la extranjería con participación de los agentes sociales.
25. DESARROLLAR LA PROTECCIÓN A LOS APÁTRIDAS. Debería modificarse el reglamento específico de la apatridia. Se debe reconocer la autorización para trabajar y acceso a ayudas sociales de los solicitantes de apatridia, sobre todo teniendo en cuenta la demora en la resolución de estas solicitudes. Es necesario equiparar las prestaciones sociales dirigidas a la integración de los apátridas con estatuto concedido. Por otra parte, es imprescindible introducir un procedimiento de reagrupación familiar con respecto a los apátridas reconocidos que contemple la peculiaridad de este colectivo, ya que, por ejemplo, los familiares ni tienen, ni pueden obtener, un título de viaje en muchos casos. Debido a la complejidad del asunto y a las situaciones tan diversas en que se encuentran, en ciertos casos se les debería expedir, por parte de las autoridades diplomáticas españolas en el país de origen, un título de viaje y un visado de residencia. Una vez en España, se les documentaría con un permiso de residencia por circunstancias excepcionales, sin perjuicio de que puedan, una vez aquí, solicitar el reconocimiento del estatuto de apatridia.
Figuras y rostros famosos en la publicidad
Madrid, 17 de junio de 2010 |Opinión |Clemente Ferrer .
La popularidad y el éxito de la persona célebre es utilizada de forma reiterada para vender productos y promocionar servicios. Los creadores de mensajes intentan conseguir un único objetivo; dar un mayor renombre al producto anunciado.
Los vemos todos los días y a todas las horas. En las pantallas de las televisiones, las páginas de las revistas y periódicos, las ondas radiofónicas y las vallas publicitarias. Nos hablan caras y voces famosas.
La tentadora y millonaria oferta lleva a que los personajes más conocidos del mundo saluden al público desde el escaparate publicitario para dar consejos de las excelentes cualidades de los más diversos productos.
El equipo de natación sincronizada, liderado por Gemma Mengual, repite el spot de las burbujas navideñas para una prestigiosa marca de cava. La presentadora estadounidense Oprah Winfrey, prescriptora de varios productos, abandonará en 2011 su popular “talk-show”. También la empresa líder mundial de productos de belleza ha rubricado un contrato para exhibir el rostro, en sus campañas publicitarias, de Penélope Cruz, la canadiense Linda Evangelista, la estadounidense Jane Fonda, Andie MacDowell nacida en Gaffney, un pueblecito del estado de Carolina del Sur, la modelo y actriz francesa Laetitia Casta, el irlandés Pierce Brosnan y el estadounidense Matthew Fox. También el famoso diseñador de moda Tommy Hilfiger es el prescriptor de unos grandes almacenes. Y el piloto, siete veces campeón de Fórmula 1, Michael Schumacher será el que ceda su rostro a un fabricante de bebidas etílicas. Aconsejará no mezclar alcohol y conducción.
Si el comportamiento privado de un popular es incorrecto, cuando su ética y moral quedan en entredicho, es posible que su imagen quede dañada. Por ello, es muy probable que, también, la imagen del producto quede perjudicada.
Todas las decisiones promocionales que no se orienten al respeto de las personas y a la veracidad del mensaje son un fracaso, a la larga. Hacer un uso continuo de los famosos en la publicidad no es lo más deseable. Y no hay que olvidar que la publicidad anuncia bienes y servicios, no figuras ni rostros.
(*) Presidente del Instituto Europeo de Marketing
La popularidad y el éxito de la persona célebre es utilizada de forma reiterada para vender productos y promocionar servicios. Los creadores de mensajes intentan conseguir un único objetivo; dar un mayor renombre al producto anunciado.
Los vemos todos los días y a todas las horas. En las pantallas de las televisiones, las páginas de las revistas y periódicos, las ondas radiofónicas y las vallas publicitarias. Nos hablan caras y voces famosas.
La tentadora y millonaria oferta lleva a que los personajes más conocidos del mundo saluden al público desde el escaparate publicitario para dar consejos de las excelentes cualidades de los más diversos productos.
El equipo de natación sincronizada, liderado por Gemma Mengual, repite el spot de las burbujas navideñas para una prestigiosa marca de cava. La presentadora estadounidense Oprah Winfrey, prescriptora de varios productos, abandonará en 2011 su popular “talk-show”. También la empresa líder mundial de productos de belleza ha rubricado un contrato para exhibir el rostro, en sus campañas publicitarias, de Penélope Cruz, la canadiense Linda Evangelista, la estadounidense Jane Fonda, Andie MacDowell nacida en Gaffney, un pueblecito del estado de Carolina del Sur, la modelo y actriz francesa Laetitia Casta, el irlandés Pierce Brosnan y el estadounidense Matthew Fox. También el famoso diseñador de moda Tommy Hilfiger es el prescriptor de unos grandes almacenes. Y el piloto, siete veces campeón de Fórmula 1, Michael Schumacher será el que ceda su rostro a un fabricante de bebidas etílicas. Aconsejará no mezclar alcohol y conducción.
Si el comportamiento privado de un popular es incorrecto, cuando su ética y moral quedan en entredicho, es posible que su imagen quede dañada. Por ello, es muy probable que, también, la imagen del producto quede perjudicada.
Todas las decisiones promocionales que no se orienten al respeto de las personas y a la veracidad del mensaje son un fracaso, a la larga. Hacer un uso continuo de los famosos en la publicidad no es lo más deseable. Y no hay que olvidar que la publicidad anuncia bienes y servicios, no figuras ni rostros.
(*) Presidente del Instituto Europeo de Marketing
El eurodiputado del PP Gabriel Mato muestra su satisfacción por la disposición de Karel De Gucht a incluir en la negociación el aumento de la ficha financiera del POSEI para el plátano
El comisario europeo de Comercio se compromete a crear un grupo de trabajo para buscar soluciones a las demandas de las regiones ultraperiféricas
Bruselas, 17 de junio de 2010 | Politica |Gabinete de prensa del PP.
El comisario europeo de Comercio, el belga Karel De Gucht, ha aceptado hoy en una reunión con los eurodiputados de las regiones ultraperiféricas crear un grupo de trabajo con el fin de estudiar y buscar soluciones a los principales problemas que afectan a las regiones ultraperiféricas en distintos ámbitos, como puede ser el aumento de la ficha financiera del POSEI para compensar a los productores comunitarios de plátano por la entrada en vigor de los nuevos acuerdos arancelarios.
El comisario ha hecho este anuncio en el transcurso de una reunión en la que ha participado el eurodiputado canario del PP Gabriel Mato, así como el resto de representantes de las regiones ultraperiféricas en el Parlamento Europeo: Luís Paulo Alves, Elie Hoarau, Maria do Céu Patrao Neves, Maurice Ponga, Nuno Teixeira y Patrice Tirolien.
Este grupo de trabajo celebrará su primera reunión previsiblemente el próximo día 7 de julio en Estrasburgo, y De Gucht se ha comprometido a que también participen otros comisarios que están relacionados con esta materia como son los de Agricultura (Dacian Ciolos), Desarrollo (Andris Piebals) y Desarrollo Regional (Johannes Hahn), junto a todos los eurodiputados de las RUP. A partir de esta toma de contacto, se seguirá trabajando ya a un nivel más técnico con los responsables de las direcciones generales involucradas.
Gabriel Mato ha mostrado su satisfacción por la receptividad del responsable comunitario de Comercio a las demandas planteadas por estos territorios, que tienen reconocido un estatutos especial en la Unión Europea para atender sus especiales dificultades derivadas de la lejanía y la insularidad y que requieren de políticas específicas por parte de las autoridades comunitarias para poder afrontar su desarrollo.
Karel De Gucht ha atendido las distintas cuestiones planteadas por los eurodiputados y ha mostrado su disposición a estudiarles, pero al tratarse de materias que requieren de la decisión de varios departamentos de la Comisión Europea ha propuesto crear este grupo de trabajo, con el fin de canalizar todo el proceso.
Gabriel Mato considera que este paso es especialmente importante en un momento en el que se está empezando a negociar ya el nuevo marco financiero de la UE a partir de 2013 y en el que se ha pedido que nuevamente se tenga un cuidado especial hacia los territorios ultraperiféricos, entre los que se encuentra Canarias.
Para el eurodiputado canario, también es importante que se vaya a incluir en este proceso la negociación referida al plátano, y está esperanzado en que finalmente desde la Comisión Europea se puedan atender las demandas que están realizando los productores canarios y del resto de regiones ultraperiféricas para asegurar la supervivencia del cultivo con un aumento de la ficha financiera del POSEI tras los acuerdos de libre comercio alcanzados.
En este sentido, durante la reunión de esta mañana ha recordado a De Gutch que cada vez el plátano está perdiendo más cuota de mercado con respecto a la banana, y que esa tendencia es posible que se acentúe con las rebajas arancelarias aprobadas, por lo que se plantea un “futuro incierto” para un sector clave para Canarias y otras regiones europeas.
Gabriel Mato considera que la posición mostrada por el comisario es una noticia muy positiva frente a sus anteriores posiciones más reacias a hablar del asunto, como cuando afirmó públicamente que el plátano es el producto más subvencionado de la UE.
El eurodiputado del PP en que son indispensables las medidas compensatorias y también que se pongan en marcha las ayudas al transporte por parte del Gobierno español, como se viene pidiendo desde hace meses sin que el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino hayan mostrado la más mínima sensibilidad.
En el encuentro con el comisario de Comercio, los eurodiputados han planteado también otras demandas de estas regiones, como la que se refiere a pedir la exención fiscal para el ron y otros licores.
Bruselas, 17 de junio de 2010 | Politica |Gabinete de prensa del PP.
El comisario europeo de Comercio, el belga Karel De Gucht, ha aceptado hoy en una reunión con los eurodiputados de las regiones ultraperiféricas crear un grupo de trabajo con el fin de estudiar y buscar soluciones a los principales problemas que afectan a las regiones ultraperiféricas en distintos ámbitos, como puede ser el aumento de la ficha financiera del POSEI para compensar a los productores comunitarios de plátano por la entrada en vigor de los nuevos acuerdos arancelarios.
El comisario ha hecho este anuncio en el transcurso de una reunión en la que ha participado el eurodiputado canario del PP Gabriel Mato, así como el resto de representantes de las regiones ultraperiféricas en el Parlamento Europeo: Luís Paulo Alves, Elie Hoarau, Maria do Céu Patrao Neves, Maurice Ponga, Nuno Teixeira y Patrice Tirolien.
Este grupo de trabajo celebrará su primera reunión previsiblemente el próximo día 7 de julio en Estrasburgo, y De Gucht se ha comprometido a que también participen otros comisarios que están relacionados con esta materia como son los de Agricultura (Dacian Ciolos), Desarrollo (Andris Piebals) y Desarrollo Regional (Johannes Hahn), junto a todos los eurodiputados de las RUP. A partir de esta toma de contacto, se seguirá trabajando ya a un nivel más técnico con los responsables de las direcciones generales involucradas.
Gabriel Mato ha mostrado su satisfacción por la receptividad del responsable comunitario de Comercio a las demandas planteadas por estos territorios, que tienen reconocido un estatutos especial en la Unión Europea para atender sus especiales dificultades derivadas de la lejanía y la insularidad y que requieren de políticas específicas por parte de las autoridades comunitarias para poder afrontar su desarrollo.
Karel De Gucht ha atendido las distintas cuestiones planteadas por los eurodiputados y ha mostrado su disposición a estudiarles, pero al tratarse de materias que requieren de la decisión de varios departamentos de la Comisión Europea ha propuesto crear este grupo de trabajo, con el fin de canalizar todo el proceso.
Gabriel Mato considera que este paso es especialmente importante en un momento en el que se está empezando a negociar ya el nuevo marco financiero de la UE a partir de 2013 y en el que se ha pedido que nuevamente se tenga un cuidado especial hacia los territorios ultraperiféricos, entre los que se encuentra Canarias.
Para el eurodiputado canario, también es importante que se vaya a incluir en este proceso la negociación referida al plátano, y está esperanzado en que finalmente desde la Comisión Europea se puedan atender las demandas que están realizando los productores canarios y del resto de regiones ultraperiféricas para asegurar la supervivencia del cultivo con un aumento de la ficha financiera del POSEI tras los acuerdos de libre comercio alcanzados.
En este sentido, durante la reunión de esta mañana ha recordado a De Gutch que cada vez el plátano está perdiendo más cuota de mercado con respecto a la banana, y que esa tendencia es posible que se acentúe con las rebajas arancelarias aprobadas, por lo que se plantea un “futuro incierto” para un sector clave para Canarias y otras regiones europeas.
Gabriel Mato considera que la posición mostrada por el comisario es una noticia muy positiva frente a sus anteriores posiciones más reacias a hablar del asunto, como cuando afirmó públicamente que el plátano es el producto más subvencionado de la UE.
El eurodiputado del PP en que son indispensables las medidas compensatorias y también que se pongan en marcha las ayudas al transporte por parte del Gobierno español, como se viene pidiendo desde hace meses sin que el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino hayan mostrado la más mínima sensibilidad.
En el encuentro con el comisario de Comercio, los eurodiputados han planteado también otras demandas de estas regiones, como la que se refiere a pedir la exención fiscal para el ron y otros licores.
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