Aprobado definitivamente el Plan Especial del Paisaje Protegido de Tafira, en Gran Canaria
· El documento aprobado contribuye a garantizar la protección y conservación de los valores ecológicos, paisajísticos, productivos y culturales del territorio
· Se establecen cinco zonas de uso: restringido, moderado, tradicional, general y de exclusión o acceso prohibido
Canarias, 7 de abril de 2010 |Medio Ambiente |Gabinete de Prensa.
La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias, que dirige Domingo Berriel, ha publicado hoy, 7 de abril de 2010, en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), el acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (COTMAC), que aprueba definitivamente de manera parcial el Plan Especial del Paisaje Protegido de Tafira, en Gran Canaria. El BOC de hoy publica concretamente la Resolución de 22 de marzo de 2010, por la que se hace público el acuerdo de la COTMAC.
La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 29 de junio de 2009, adoptó, entre otros, el acuerdo de aprobar definitivamente de manera parcial y de conformidad con el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias y el artículo 45 del Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias, el Plan Especial del Paisaje Protegido de Tafira, en Gran Canaria. En virtud de este acuerdo, la COTMAC resolvió las alegaciones e informes presentados en los mismos términos en que se propuso en un informe técnico del Servicio de Ordenación de Espacios Naturales Protegidos y, de manera paralela, aprobó la Memoria Ambiental del citado Plan Especial.
La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en el acuerdo adoptado, supedita la publicación de este Plan Especial a la elaboración e incorporación de un plano y las fichas correspondientes a las viviendas en régimen de fuera de ordenación. Igualmente, la COTMAC aprueba definitivamente de manera parcial el citado Plan Especial, suspendiendo las determinaciones relativas a los asentamientos rurales de Los Hoyos y El Lianillo -El Bolico- Monte Quemado y en parte de la urbanización “El Arco”, por haberse introducido modificaciones de carácter sustancial con posterioridad a la aprobación inicial.
El Paisaje Protegido de Tafira ocupa 1.413,6 hectáreas de los municipios de Las Palmas de Gran Canaria, Santa Brígida y Telde. Se trata de un área que posee gran valor paisajístico al contener elementos tan singulares como una alineación de conos volcánicos donde destaca por sus particulares características el edificio central de pico Bandama, siendo también de interés la chimenea volcánica de Jinámar, una de las más profundas del Archipiélago. Entre la vegetación existente destacan endemismos como palmeras o dragos que llegan a caracterizar el paisaje vegetal en ciertas zonas y, en otros sectores, existe un paisaje rural de interés cultural donde alternan viviendas y áreas de cultivo tradicional.
Este espacio fue declarado por la Ley de Declaración de Espacios Naturales de Canarias como Parque Natural de Tafira y reclasificado por la Ley de Espacios Naturales de Canarias, como Paisaje Protegido.
Fundamenta la protección de esta zona su gran belleza y valor cultural, el conjunto paisajístico armónico de carácter rural; el paisaje agrícola tradicional que prevalece en el espacio con predominancia de cultivos vitivinícolas; y la presencia de elementos naturales que sobresalen por su gran interés geológico como la Caldera de Bandama: una de las mejores muestras del Archipiélago de edificio volcánico.
El Paisaje Protegido de Tafira desempeña un papel importante por la vegetación y el cultivo tradicional de la vid en la conservación del suelo y el manto de lapilli, que también justifica la protección del espacio, junto con la vegetación natural en general, y en particular, los reductos de vegetación termófila (acebuchales y lentiscales), que constituyen elementos testimoniales del desaparecido bosque de Monte Lentiscal.
Además, esta zona acoge una gran diversidad biológica, especies de la flora y de la fauna, cuya conservación y grado de amenaza exige de la protección del espacio y especies de flora endémica de la isla de Gran Canaria en peligro de extinción.
El Plan Especial de este espacio natural protegido contribuye a garantizar la protección y conservación de los valores ecológicos, paisajísticos, productivos y culturales del territorio, así como la restauración de aquellos que lo precisen, manteniendo su dinámica y estructura funcional. Igualmente este documento garantiza la protección de la flora y de la fauna del Paisaje Protegido, conserva la calidad paisajística que caracteriza este espacio, facilita las medidas adecuadas para la mejora paulatina de las características de la zona, procura el mantenimiento en actividad de aquellos elementos y usos del suelo que han definido históricamente el paisaje; facilita y promueve la investigación científica y el estudio de los recursos del Paisaje Protegido; evita el incremento de la dispersión edificatoria, limitando las nuevas y regulando las preexistentes en el suelo rústico; conservar el patrimonio cultural existente, tanto arqueológico, etnográfico como histórico; y ordena y promueve los usos relacionados con el disfrute público del espacio, la educación ambiental y la investigación.
Respecto a la zonificación, el documento establece cinco zonas de uso: zona de exclusión o de acceso prohibido y zonas de uso restringido, moderado, tradicional y general. La primera de ellas, constituida por aquella superficie con mayor calidad biológica o que contenga en su interior los elementos bióticos o abióticos más frágiles, amenazados o representativos, se corresponde con parte de los escarpes de la Caldera de Bandama debido a la fragilidad e inestabilidad de los mismos.
La zona de uso restringido, que es aquella superficie con alta calidad biológica o elementos frágiles o representativos, en las que su conservación admita un reducido uso público, utilizando medios pedestres y sin que sean admisibles infraestructuras tecnológicas modernas, contempla determinadas áreas de gran valor natural o paisajístico o aquellas en que el estado de sucesión vegetal se encuentre próximo a su estado óptimo como las áreas de La Caldera de Bandama – La Matanza, Pico de Bandama, El Tablero, El Roque, Montaña de La Matanza y entorno de la zona denominada La Sima de Jinámar.
Respecto al área de uso moderado, cabe destacar que, constituida por aquella superficie que permite la compatibilidad de su conservación con actividades educativo ambientales y recreativas, estas zonas se caracterizan por ser áreas de desarrollo potencial del bosque termófilo propio del espacio. Este entorno contiene las zonas del Tablero de Piletas y Las Patrocinias, las inmediaciones entre las Casas de La Caldera y el Campo de Golf, La Caldereta, vertientes del Barranco de Las Goteras, sur de los barrancos de La Majadilla y de Las Rochas, El Cabezo, Finca de Las Magnolias y Montaña de Tafira, y laderas de la vertiente noreste de Montaña de Cha María Miranda.
La zona de uso tradicional, formada por aquella superficie en donde se desarrollan usos tradicionales que sean compatibles con su conservación, contempla las áreas El Mocanal – Hoya de Parrado – El Mondalón, el Bolico – Monte Quemado – El Llanillo, Barranco de Las Goteras – La Matanza, Hoya Trasera, Las Goteras – El Lomo – La Umbría, La Majadilla – El Roquete – Las Rochas, Los Siete Lagares y las parcelas Finca Los Frailes y Finca Las Magnolias.
La de uso general, que contiene aquellas superficies que, por su menor calidad relativa dentro del espacio natural protegido o por admitir una mayor afluencia de visitantes puedan servir para el emplazamiento de instalaciones, actividades y servicios que redunden en beneficio de las comunidades locales intregradas o próxima al espacio natural, abarca, entre otros, los siguientes ámbitos: Mirador del Pico de Bandama, Mirador de Las Casas de La Caldera. Campo de Golf – Club hípico – Mirador, Hotel Los Frailes, Zona Hospitalaria (Dermatológico – Psiquiátrico) y Mirador Montaña Chanrai.
No hay comentarios:
Publicar un comentario