El Gobierno canario pide a las administraciones implicadas que determinen las competencias que delegarán al Consorcio del Archipiélago Chinijo
• Las instituciones asumen 32 objetivos comunes y aportarán cada una de ellas medios personales y materiales específicos
Lanzarote, 10 de julio de 2010 | Medio Ambiente | Gabinete de Prnesa.
La determinación de las competencias que delegarán al Consorcio de Gestión del Archipiélago Chinijo la Comunidad Autónoma, el Estado, el Cabildo de Lanzarote y los ayuntamientos de Haría y Teguise es el objeto de la reunión que ha tenido lugar hoy en Lanzarote y que ha sido presidida por la Directora General de Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias, Sulbey González.
Las administraciones implicadas en este órgano de gestión, que determinará los usos permitidos en el espacio natural protegido de Lanzarote, deberán delegarle competencias para su puesta en funcionamiento, que se materializarán en un convenio, que es necesario para la puesta en marcha del Consorcio del Archipiélago Chinijo, y que contempla ya 32 objetivos comunes que han aceptado las instituciones públicas con representación en el órgano de gestión.
Tras el consenso de los estatutos de este organismo por las partes implicadas en la materia, es necesaria ahora la concreción de un convenio que recoja las competencias que aportarán cada una de ellas, así como los medios personales y materiales que transferirán en proporción a la representatividad que ostenten en el Consejo de Administración del Consejo Rector, y en relación a las funciones y servicios que se asignen al mismo.
La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Ejecutivo autónomo instó hoy a las administraciones participantes en el Consorcio a que perfilen, en el periodo de tiempo que se establezca, las aportaciones que realizarán, que, una vez que las aprueben, serán elevadas al Gobierno de Canarias para que dé su beneplácito y entre en vigor el Consorcio.
A la reunión de hoy, celebrada en el Cabildo de Lanzarote, asistieron, además de la directora general de Ordenación del Territorio, Sulbey González; el presidente de la Corporación Insular, Pedro San Ginés; los alcaldes de Haría y Teguise, José Manuel Torres Stinga y Juan Pedro Hernández, respectivamente; y la representante del Organismo Autónomo de Parques Nacionales, Olga Baniandrés, en representación del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.
El Consorcio gestionará de manera integral los usos permitidos del espacio natural protegido, en régimen de cooperación interadministrativa entre el Gobierno de Canarias, el Estado y las corporaciones insular y locales de Lanzarote, entre otros organismos. La constitución de este organismo da cumplimiento a uno de los objetivos trazados en el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural, que es la armonización de todos los intereses presentes en el espacio protegido, a través de un marco jurídico en el que el desarrollo social y económico de la población local y el uso público del enclave puedan aunarse en una estrategia conjunta, amparada por un conjunto de normas, directrices y criterios generales para la gestión del Parque.
En el convenio interadministrativo de colaboración, las partes implicadas ya han plasmado su firma en el apartado que recoge el compromiso de cumplimiento de 32 objetivos comunes, que abarcan desde la garantía de conservación y protección de los recursos naturales y los ecosistemas presentes en el área y la asunción de la obligación de restaurar aquellos que los precisen, manteniendo su dinámica y estructura naturales, hasta la promoción de medidas de lucha contra la erosión y la eliminación, minimización e integración, según el caso, de los impactos paisajísticos en el ámbito del Parque Natural, especialmente los derivados de las infraestructuras y equipamientos públicos.
Otros de los objetivos contemplados en el acuerdo son la regulación y promoción de los usos relacionados con el disfrute público del espacio, la educación ambiental y la investigación; la contribución a la generación de rentas complementarias vinculadas a las actividades tradicionales del Parque Natural y a otras relacionadas con el ocio y el contacto con la naturaleza.
Este convenio también recoge que las competencias del Consorcio son el manejo de los recursos y la tutela y aplicación de la normativa de usos, además de ser el responsable de toda la organización y coordinación del uso público del Parque Natural. En cuanto a sus competencias, éstas están sujetas a aquellas que le deleguen las administraciones implicadas, aunque deben ser las necesarias para que el Consorcio pueda dar cumplimiento a los objetivos incluidos en sus estatutos.
El Parque Natural del Archipiélago Chinijo se localiza en el sector septentrional de la isla de Lanzarote, incluyendo la isla de La Graciosa, los islotes de Alegranza y Montaña Clara, el Roque del Infierno y el Roque del Este, así como el ámbito marino comprendido entre los islotes y la costa norte de Lanzarote. Este espacio ocupa una superficie de 46.263 hectáreas, de las que 37.151, es decir el 80,30%, corresponden al ámbito marino. La superficie terrestre consta de 9.112 hectáreas de los municipios de Teguise y Haría.
El PRUG de esta zona tiene como finalidad la protección del Parque, atendiendo al Texto Refundido y la preservación de los recursos naturales que alberga para el disfrute público, la educación y la investigación científica, de forma compatible con su conservación.
Entre los criterios que fundamentan esta protección, se encuentra el papel desempeñado por la interacción de sus elementos naturales en el mantenimiento de procesos ecológicos esenciales.
Igualmente, también fundamenta esta protección la presencia de una muestra representativa de los sistemas naturales y de los hábitats terrestres y marinos característicos del Archipiélago, tales como las comunidades psamófilas, las representaciones de las formaciones termófilas y las comunidades rupícolas en el ámbito terrestre, así como los sebadales y las comunidades de algas pardas en el medio marino.
La existencia de poblaciones de animales y vegetales catalogados como especies amenazadas, así como de elementos endémicos que, por virtud de convenios internacionales y disposiciones específicas, requieren atención especial, también fundamenta la protección de este espacio. Entre estas poblaciones destacan las especies vegetales Atractylis arbuscula, Helianthemum gonzalezferreri, Helianthemum bramwelliorum, Helichrysum gossypinum; y las de avifauna como el Falco pelegrinoides pelegrinoides (halcón tagarote), Pandion halieatus halieatus (águila pescadora) y Chlamydotis undulata fuertaventurae (hubara).
Además, este espacio es objeto de protección debido a la contribución del Parque al mantenimiento de la biodiversidad del Archipiélago canario, siendo el centro genético más relevante de la Isla en lo que a flora terrestre se refiere, albergando el 75% de la flora endémica de Lanzarote. A estas peculiaridades también se les suma la existencia de un paisaje natural de gran belleza y valor, y el gran interés científico de sus yacimientos paleontológicos.
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