miércoles, 4 de agosto de 2010

El Cabildo concederá 1.800 euros por hectárea para superficies no cultivadas en los últimos tres años destinadas a forrajes para alimentación de ganado

El Cabildo de Gran Canaria concede subvenciones a agricultores para la recuperación de tierras abandonadas


En caso de ser el beneficiario una mujer, se incrementará en un 5 % el importe de la subvención por hectárea

Gran Canaria, 4 de agosto de 2010 | Gabinete de Prensa Cabildo Insular.

La Consejería de Vivienda y Arquitectura, Agricultura, Ganadería y Pesca y Aguas del Cabildo de Gran Canaria, tiene entre sus prioridades poner freno, en la medida de lo posible, al abandono de los diferentes cultivos en las fincas de Gran Canaria. Para ello ayudará a los agricultores con una línea de subvención destinada a la recuperación de tierras abandonadas.

Serán objeto de subvención las siguientes actividades:

1. Cultivo de forrajes en terrenos en los que no se haya cultivado en los últimos tres años.

2. Cultivo de otros que no sean forrajeros en terrenos en los que no se haya cultivado en los últimos tres años:

• Cultivo de frutales: Desbroce, labor de vertedera profunda (volteo del terreno a una profundidad de 45 cm) y plantación de 300 árboles frutales por hectárea, abriendo agujeros.

• Otros tipos de cultivos, no frutales: corte y arranque de vegetación espontánea que se ha generado en los últimos años, y posterior reutilización o retirada a centro autorizado, labor de vertedera profunda y mezcla del suelo para la distribución uniforme de las partículas de tierra y de los elementos nutritivos y de la humedad en la totalidad del volumen labrado, eliminando además las malas hierbas superficiales y mejorando la capacidad de retención de agua.

Las parcelas abandonadas -al menos tres años sin cultivar- deberán estar incluidas en el MAPA de cultivos vigente, como “Sin cultivo” o “Erial”.

La cuantía de la subvención será la siguiente:

1. Terrenos no cultivados en los últimos tres años y que se cultivarán con forrajes para la alimentación de animales: 1.800 euros por hectárea.

2. Terrenos no cultivados en los últimos tres años y que se cultivarán con cultivos no forrajeros: 1.600 euros por hectárea.

En ningún caso la cuantía individual de la subvención será superior a 6.000 euros.

En caso de ser el beneficiario una mujer, se incrementará en un 5 % el importe de la subvención por hectárea, siempre y cuando no se supere el máximo establecido en el punto anterior.

Se considerarán prioritarias las solicitudes de subvención para superficies no cultivadas en los últimos tres años y que se destinen a forrajes para alimentación de ganado y dentro de ellas se otorgará el importe completo, de mil ochocientos euros por hectárea.

Si el crédito fuese insuficiente, y con el objetivo de no dejar a ningún agricultor sin ayuda, el criterio de reparto se realizará estableciendo un máximo por solicitante de superficie subvencionada. De esta manera se rebajaría la superficie aceptada de cada una de las solicitudes que superen dicho máximo, fijado éste de manera que se otorgue 1.800 euros por hectárea cultivada, aprovechando completamente el crédito presupuestario de esta línea de subvención.

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