Según la Concejalía el promotor no ha respetado los condicionantes establecidos en el proyecto y en el planeamiento y la legislación sobre protecciones del patrimonio
Telde, a 14 de abril de 2011 | Urbanismo | Gabinete de Prensa.
La Concejalía de Urbanismo y Vivienda del Ayuntamiento de Telde, que dirige José Antonio Perera, ha intervenido en la demolición de una vivienda en el barrio de San Francisco. Según este área, el promotor no ha respetado los condicionantes que le han sido formalmente comunicados, y al tratarse de una intervención en un Conjunto Histórico, ha actuado la sección de Disciplina Urbanística. Urbanismo ha comunicado al promotor la orden de precinto.
Asimismo, la Concejalía aclara algunas cuestiones sobre la sentencia que permite el derribo por silencio administrativo. Este departamento asegura que se ha respondido en los plazos establecidos a la solicitud de licencia de demolición de un inmueble en el Conjunto Histórico de San Francisco, comunicándose por parte de los técnicos municipales lo que al respecto establece la legislación sobre protección del Patrimonio Histórico Artístico, el planeamiento vigente y los informes del Cabildo de Gran Canaria.
En primera instancia, los juzgados dictan sentencia dando la razón al Ayuntamiento de Telde sobre la inexistencia de silencio administrativo en relación con la licencia solicitada.
En recurso de apelación, el juzgado falla declarando que se obtuvo licencia por silencio administrativo. A continuación, el promotor comunica que va a comenzar las obras. Como no puede ser de otra manera, el Ayuntamiento acata la sentencia e indica al promotor las condiciones a las que debe atenerse la demolición. Éstas no son otras que las recogidas en el proyecto presentado en su momento, así como las establecidas en el planeamiento y la legislación sobre protección del patrimonio que es de aplicación. Sin embargo, el promotor no ha respetado los condicionantes que le han sido formalmente comunicados.
Desde la Concejalía aclaran que ni amedrentando a los técnicos municipales, profesionales que realizan su trabajo con rigor, gusten o no sus informes a quien lo solicita, ni amparándose en sentencias que no otorgan más de lo que la norma permite, puede nadie actuar con impunidad saltándose la normativa que regula el desarrollo urbanístico y la protección del Patrimonio Histórico Artístico.
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