Es el dato facilitado por el Notario de Granadilla Álvaro de San Román, que defiende la necesidad de una reforma en la Ley Hipotecaria, y que imparte hoy una conferencia a las 16.15 horas en la Cámara de Comercio de Santa Cruz de Tenerife en el marco de las II Jornadas sobre Ventas Extrajudiciales
Cuestionado por la viabilidad de la dación en pago, medida propuesta por CC OO , UGT y la Plataforma de Afectados por la Hipoteca, considera que “no es factible”
“Los Notarios, como instrumentos de control de la legalidad, evitamos que se cometan abusos”, señala
“La ejecución judicial la pagamos todos los españoles, la venta extrajudicial sólo quién acude a ella”, asevera.
Santa Cruz de Tenerife, 21 de junio de 2011 | Jornadas | Gabinete de Prensa.
El notario de Granadilla, Álvaro de San Román explica que la venta extrajudicial ante notario “es la forma más rápida y barata, además de segura, para convertir en dinero el inmueble hipotecado, dinero que sirve para pagar las deudas del propietario. Es un alivio porque se obtiene de la manera más rápida dinero para cancelar las deudas”.
San Román define al notario como “un funcionario destinado a intervenir en toda clase actos extrajudiciales, en ese sentido, la venta extrajudicial de la finca hipotecada es un medio alternativo a la ejecución judicial, que acorta notablemente la duración habitual del procedimiento de ejecución judicial en caso de impago, y que da garantías tanto al acreedor como al deudor”. “Esto –asegura- interesa tanto a la entidad acreedora (puede cobrar, antes); y al deudor porque al acortarse la duración del procedimiento, se aminoran los intereses a pagar. Además como procedimiento también es mucho más barato también beneficia a los deudores, que son quienes acaban pagando. Y por último, contribuye a evitar la saturación de los juzgados. En definitiva la ejecución judicial la pagamos todos los españoles, la venta extrajudicial sólo quién acude a ella”, asevera.
“La venta extrajudicial como procedimiento para hacer efectivos los derechos de la entidad acreedora, se pacta ya al suscribir el préstamo hipotecario como un medio más de ponerle fin en caso de impago. Y cuando el deudor incumple, es la entidad la que puede elegir este sistema frente al puramente judicial. En Canarias, ya se han completado más de 150 operaciones de esta naturaleza y con las que están ahora mismo en curso, pasarán probablemente de 200”, explica.
Su ponencia versará sobre ‘El procedimiento de venta extrajudicial ante Notario’, y en ella destacará la figura del notario como garante de la legalidad y el asesoramiento. “Los Notarios, como instrumentos de control de la legalidad, evitamos que se cometan abusos, siempre y cuando se nos permita ejercer nuestra labor de control de la legalidad y asesoramiento, lo que se llama la seguridad jurídica preventiva. Como dijo Joaquín Costa: ‘Notaría abierta, Juzgado Cerrado”, detalla.
Cuestionado por la viabilidad de la dación en pago, medida propuesta por CC OO , UGT y la Plataforma de Afectados por la Hipoteca, San Román consideró que no es factible “como supuesto obligatorio. “Los bancos prestan dinero y quieren dinero, que por otra parte no es suyo. Si prestan dinero y se les puede pagar con inmuebles. ¿Admitiríamos que cuando fuéramos a sacar dinero del cajero, el banco nos diera una participación en un piso de Alicante?
San Román anima a estudiar el tema de las valoraciones que se han hecho de los inmuebles, de los intereses de demora…”Parece que es necesaria una reforma, pero desde la moderación y sobre la base de que no estamos entre un dicotomía de acreedores malvados y deudores bondadosos, en este sentido Jerónimo Barreda, ve el asunto sólo desde una sola perspectiva, cuando es una cuestión con múltiples aristas”, advierte.
“La dación en pago, sin más, no es la solución y si se estableciera como norma general, los créditos se encarecerían y se restringirían”, argumentó el notario. “El principio esencial en esta materia de ejecución o realización económica de un bien, es como señala el artículo 6 de la Ley que regula el Mercado Hipotecario, el de que se realice el bien por un precio justo, y en esto sí coincido con Jerónimo, en el sentido de que hay que evitar enriquecimientos injustos, aunque para ello como siempre están las facultades moderadoras de Jueces y Tribunales”, concluyó.
En el contexto actual, y tratando de encontrar responsables, San Román interpreta que “cada palo tiene que aguantar su vela”, en el sentido de no haber un único responsable, sino todos, pero cada uno tiene que reponsabilizarse de los actos que realiza. En todo caso el BOE lo maneja quien lo maneja”, asevera el notario, “por lo que a nosotros, como a los jueces como a los ciudadanos, no nos queda más remedio que someternos al imperio de la Ley, y si hay que reformar o modificar la Ley, que se haga, mientras tanto tenemos que actuar con los medios a nuestro alcance, y en este sentido la venta extrajudicial ante Notario parece un sistema más seguro, barato y rápido, que la ejecución judicial”, explica.
Desde la posición de notario como mediador de este "conflicto" de intereses, San Román afirma que “Como cualquier persona sufrimos la crisis, y además se nos incide al ser muchas veces objeto de rebajas arancelarias de carácter cosmético”, concluye.
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