jueves, 9 de junio de 2011

PREOCUPACIÓN Y MALESTAR ENTRE LOS MILITARES POR MEDIDAS RECOGIDAS EN LA LEY DE AGILIZACIÓN PROCESAL REMITIDA POR EL GOBIERNO ACTUALMENTE EN TRAMITACIÓN PARLAMENTARIA

Madrid, 9 de junio de 2011 | Sindical | Gabinete de Prensa.

La Asociación Unificada de Militares Españoles, AUME, quiere hacerse eco de la preocupación y malestar que se está extendiendo entre los miembros de las Fuerzas Armadas al conocer las consecuencias, severamente negativas, que pueden producirse si se aprueba la propuesta del Gobierno de imponer las costas procesales a quienes recurran decisiones de la Administración ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Efectivamente, si la reforma prospera se modificaría el actual artículo 139 de la Ley 29/1.998., de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa en el sentido de que “en primera o única instancia, el órgano jurisdiccional, al dictar sentencia o al resolver por auto los recursos o incidentes que ante el mismo se promovieren, impondrá las costas a la parte que haya visto rechazadas todas sus pretensiones, salvo que aprecie y así lo razone, que el caso presentaba serias dudas de hecho o de derecho”.-

Ahora la imposición de las costas se ligaba al sostenimiento de la acción o a la interposición de recurso con mala fe o temeridad, lo que suponía que no se impusieran las costas en los procesos contenciosos-administrativos a los que acudían los militares para la defensa de sus intereses y derechos legítimos.

Si a esta reforma legislativa se añaden el actual pago de tasas judiciales, el escenario en el que pueden quedar inmersos los miembros de las Fuerzas Armadas, por ejemplo, ante los actos de aplicación y de desarrollo de la Ley de la carrera militar que afecten negativamente a sus derechos, es muy preocupante, pues, los miles de recursos que se han interpuesto o los que pudieran interponerse se convertirán en un acto heroico, de tal manera que la Administración verá reforzada su posición privilegiada y quedará prácticamente suprimido el derecho fundamental a la obtención de tutela judicial efectiva.

Además, si no se consolidan los cambios en la Ley de Derechos y Deberes para reforzar el derecho de asociación profesional, la libertad de expresión y el derecho de reunión y manifestación, los militares no sólo no podrán ejercer el derecho de asociación profesional en plenitud; no podrán manifestar su desacuerdo a las reformas legislativas que les afecten; no podrán manifestarse en la calle para mostrar su oposición a las normas o políticas que les afecten en materias sociales, económicas y profesionales, sino que, por último, no podrán acudir a los tribunales de justicia para defender sus derechos. Es un escenario que más parece propio de países no democráticos.

AUME establecerá contactos en los próximos días con otras organizaciones que aglutinan a miembros de las Administraciones Públicas para propiciar posicionamientos conjuntos en evitación de la consagración de la indefensión más radical y absoluta frente a los actos de las Administraciones Públicas.

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