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lunes, 22 de febrero de 2016

El Gobierno de Canarias aprueba las condiciones de las empresas de certificación de productos agroalimentarios con sellos de calidad




  • Permite que exista un mayor abanico de entidades de certificación lo que reducirá los costes de este trámite al aumentar la competencia comercial

Canarias (España), 22 de febrero de 2016 /certificación de productos agroalimentarios / Gabinete de Prensa.



El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el decreto que establece los requisitos que deben cumplir las empresas de certificación de productos agroalimentarios amparados bajo los sellos de calidad Denominación de Origen Protegida (DOP) o Indicación Geográfica Protegida (IGP) que quieran iniciar su actividad en Canarias.


La principal ventaja de este texto para los operadores que producen bajo el amparo de alguna de las figuras de calidad diferenciada de titularidad pública que existen en Canarias es que permite que exista un mayor abanico de entidades de certificación, lo que reduciría los costes de este trámite, al aumentar la competencia comercial entre ellas.


Dicho decreto permite que las entidades puedan iniciar su actividad de forma provisional, siempre y cuando cuenten con acreditación para certificar un producto con el mismo nivel de protección que el producto para el que comienza la actividad de certificación en el Archipiélago.


En la actualidad, existe un gran número de figuras que amparan productos agrarios y alimentarios en Canarias. Parte de estas, como es el caso de la producción ecológica, integrada, o las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas tanto de vinos como no vínicas, como, por ejemplo, las que distinguen a los quesos canarios, corresponden a figuras de titularidad pública, en las que el control y certificación corresponde al Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria (ICCA), organismo autónomo adscrito a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas del Gobierno de Canarias, encargado también de la tramitación de estas figuras de calidad y de la promoción de los productos que cuentan con ellas.


En el mercado existe una gran riqueza y variedad de productos, pero cuando una producción adquiere cierta reputación, es frecuente que se encuentre con imitaciones. Esta competencia desleal no solo desalienta a los productores si no que también engaña a los consumidores. Por ello, existen unos regímenes de calidad conocidos como DOP, IGP y ETG (Denominación de Origen Protegida, Indicación Geográfica Protegida y Especialidad Tradicional Garantizada) para proteger los productos agrícolas y alimenticios. Éstos se establecen para ayudar a los operadores de productos vinculados a una zona geográfica, asegurándoles una remuneración justa por las cualidades de sus productos, garantizando a los nombres de esos productos, como derechos de propiedad intelectual, una protección uniforme en todo el territorio de la Unión Europea, y proporcionando a los consumidores información clara sobre las propiedades que confieran valor añadido a dichos productos.


El incremento, tanto del número de Denominaciones de Origen Protegida e Indicaciones Geográficas Protegidas reconocidas en el Archipiélago, como de productores que desean comercializar sus productos acogidos a su protección, unido a los limitados recursos de la Administración pública, aconseja el establecimiento de un sistema que delegue las tareas de verificación del denominado pliego de condiciones que deben cumplir las producciones amparadas por dichos distintivos y su certificación en otras entidades.


Para el desarrollo de esta función certificadora estos organismos deben estar acreditados, disponer de la suficiente capacidad técnica, así como de medios materiales y humanos para realizar estos controles, garantizando su imparcialidad y que queden debidamente salvaguardados los intereses de los consumidores. Asimismo la Administración velará  porque las tareas que se delegan se realicen correctamente.


El texto aprobado por el Ejecutivo canario recoge el procedimiento y los requisitos que han de cumplir estos órganos que realicen certificación de productos agroalimentarios protegidos por cualquier figura de calidad diferenciada en el Archipiélago y crea un directorio de Entidades de Control y Certificación para que los interesados pueden conocer qué entidades realizan estas tareas y para qué productos.


Los productos canarios que cuentan con distintivos de calidad actualmente son la Cochinilla de Canarias, el Gofio canario, la Miel de Tenerife, las Papas Antiguas de Canarias, el Plátano de Canarias, el Ronmiel de Canarias, además de los vinos amparados bajo alguna de las 11 DOP -las cinco tinerfeñas y las DOP Vinos de Gran Canaria, La Gomera, Lanzarote, La Palma, El Hierro; y la de más reciente creación, la DOP Islas Canarias- que hay registradas en el Archipiélago, y los quesos, para los que existen tres Denominaciones de Origen- Queso Majorero, Queso Palmero y, Queso de Flor de Guía, Queso de Media Flor de Guía y Queso de Guía.

El empleo de indicaciones, geográficas o no, como identificativos de productos en el mercado, con referencia a los productos dotados de propiedades singulares debidas al lugar de su extracción, producción o cultivo, empezó a ser usual a partir del siglo XIX. Los beneficios de esta práctica se vieron pronto empañados por la ausencia de un adecuado sistema de protección frente a las indicaciones falsas, por lo que surgió la necesidad de crear marcos normativos que regularan esta protección y aparecen las llamadas figuras de calidad diferenciada como mecanismos de garantía de calidad colectiva en el sector agroalimentario.