El Gobierno de Canarias garantizará la protección de las ZEC marinas y marino-terrestres de Canarias sin renunciar a sus competencias
• El responsable del departamento autonómico recordó que el Estado aún no ha remitido el Convenio de Colaboración que se había acordado
Canarias, 11 de marzo de 2010 |Medio Ambiente | Redacción - Gabinete de Prensa.
El titular de Medio Ambiente respondió hoy en el Parlamento a una cuestión sobre la posible complementariedad entre la Orden del Ministerio de medio ambiente y medio rural y marino de 23 de diciembre de 2009 y el Decreto autonómico 172/2009, de 29 de diciembre relativos a las Zonas Especiales de Conservación marinos y marino-terrestres de Canarias. Tanto la Orden del Ministerio como el Decreto del Gobierno de Canarias declaran Zonas Especiales de Conservación a los 22 Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) de ámbito marino y 3 LIC marítimo terrestre existentes en nuestro territorio.
Berriel aclaró a este respecto que el Decreto 172/2009, también, y en mayor medida, declaró ZEC a los LICs terrestres de Canarias, que coinciden en un 89% con los Espacios Naturales Protegidos, figuras ambas que persiguen idénticos objetivos, por lo que los planes y normas de conservación de los espacios naturales canarios ya establecen normas de conservación de las Zonas de Especial Conservación en las que existe esa coincidencia.
El titular de Medio Ambiente matizó que el Gobierno de Canarias, sin renunciar a la competencia sobre nuestro mar, pero siendo consciente de que no se podía esperar a la resolución del Tribunal Constitucional en relación con el recurso de inconstitucionalidad formulado por esta Comunidad Autónoma frente a la restricción de nuestras competencias en los espacios naturales marinos operada por la Ley 42/2007, para cumplir las previsiones de la Directiva 92/43/CEE del Consejo relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, acordó con el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, que para los LICs marinos, el Estado redactara los instrumentos de protección de dichas zonas, en coordinación con esta Comunidad Autónoma, lo cual se materializaría en un Convenio de Colaboración entre ambas Administraciones, convenio, que como puntualizó el Consejero, no se ha recibido todavía. No obstante, el Gobierno central solicitó que en el Decreto del Gobierno de Canarias se hiciera constar la salvedad que se dictaba en el marco de nuestras competencias “sin perjuicio de las competencias que pudieran corresponder al estado en virtud de la normativa vigente en la materia”, y así consta en el mismo.
Berriel terminó declarando que “respecto a las ZECs marítimo-terrestre, aunque el Estado haya declarado estas zonas, evidentemente en el ámbito terrestre la competencia es indubitablemente de esta Comunidad y en aplicación de la regla de la continuidad ecológica con espacios protegidos terrestres prevista en la Ley 42/2007, también en las zonas mixtas terrestre marina, dado que existe esa continuidad ecológica, la competencia recaería en esta Comunidad.”
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