viernes, 16 de abril de 2010

Los empresarios podrán solicitar las ayudas del SCE para incentivar la contratación

• El SCE destina 30 millones de euros a este Programa Extraordinario del Plan Canarias Emplea

Canarias, 16 de abril de 2010 |Empleo | Gabinete de Prensa del SCE.

El Servicio Canario de Empleo (SCE) ha aprobado la convocatoria pública de subvenciones para el año 2010 del Programa Extraordinario de Incentivos a la Contratación Laboral, enmarcado en el Plan Canarias Emplea y previsto en el punto b.6 del Pacto Social por la Economía y el Empleo.

El objetivo de estas ayudas, cuyo presupuesto total asciende a 30 millones de euros, es impulsar la creación de puestos de trabajo estables y de calidad por la iniciativa privada, estableciendo incentivos que favorezcan la decisión de las empresas de incorporar a sus plantillas nuevo personal.

Este incentivo consistirá en una subvención equivalente a los costes de la Seguridad Social del trabajador durante 6 mensualidades. El importe se determinará dependiendo de las bases de cotización a la Seguridad Social, siendo 615 euros al mes la cuantía máxima por contrato. Serán subvencionables los contratos laborales suscritos entre los meses de abril de 2010 a noviembre de 2010.

Podrá ser beneficiaria de la subvención cualquier entidad, ya sea persona física, jurídica o comunidad de bienes con capital íntegramente privado, que desarrolle una actividad empresarial y formalice nuevos contratos laborales por un periodo mínimo de 12 meses. Los trabajadores contratados deberán estar inscritos como demandantes de empleo en el SCE, con una antelación mínima de 3 meses a la fecha de la celebración del contrato, y no habrán podido mantener una relación laboral con la empresa en los 6 meses anteriores. Además, las empresas beneficiarias han de tener su domicilio social en Canarias o un establecimiento permanente en el Archipiélago.

Por otra parte, la empresa beneficiaria de las ayudas no podrán haber reducido su plantilla en más de un 10 por ciento en los seis meses inmediatamente anteriores a la aceptación de la subvención. En el caso de las empresas con plantillas inferiores a 10 trabajadores, será necesario que no hayan reducido su plantilla en 2 o más personas durante el periodo indicado. Cabe aclarar que no se considerarán las bajas voluntarias o por finalización de contrato y que estas condiciones no afectarán a los trabajadores autónomos con plantilla inferior a 10 trabajadores.

Para presentar las solicitudes, los interesados dispondrán de tres plazos. En el caso de los contratos laborales suscritos en el periodo de abril a mayo de 2010, el plazo para presentar la correspondiente solicitud se extenderá desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), prevista para 20 de abril, hasta el día 10 de junio de 2010. Para los contratos firmados entre junio y agosto de 2010, el plazo termina el 10 de septiembre, y si la suscripción del contrato tiene lugar entre septiembre y noviembre de 2010, el plazo finaliza el 10 de diciembre. La resolución de las subvenciones se adoptará en el plazo de un mes a contar desde la finalización del respectivo periodo de solicitudes.
El importe máximo asignado a cada convocatoria, se distribuirá entre los tres periodos mencionados a razón de 8 millones de euros para el primer plazo y 11 millones de euros para el segundo y tercer plazo.

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