· Se trata del pago correspondiente al tercer trimestre de 2010
· Al finalizar el año, los ayuntamientos de Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife habrán recibido 3.736.584 y a 3.284.624, respectivamente
· La aportación se hace con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2010
Canarias, 15 de julio de 2010 | Economia | Gabinete de Prensa.
La Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias, a través de la Viceconsejería de Hacienda y Planificación, ha hecho efectivo el tercero de los pagos que le corresponden a cada una de las dos capitales canarias durante el ejercicio 2010, realizados en concepto de compensación de los costes derivados de la capitalidad. A través de este tercer abono, los ayuntamientos de Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife han recibido 934.146 y 821.156 euros, respectivamente.
El vicepresidente y consejero de Economía y Hacienda, José Manuel Soria, ha autorizado el pago de este importe que supone el 25% del total de las aportaciones dinerarias que recibirán a lo largo de este año y se suman así a las mismas cantidades que ya se abonaron durante los dos primeros trimestres. Por tanto, la Consejería de Economía y Hacienda ha concedido a las dos capitales el 75% del presupuesto consignado para esta finalidad en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2010, que asciende en el caso de Las Palmas de Gran Canaria a 3.736.584 euros y a 3.284.624 euros en el caso de Santa Cruz de Tenerife.
Estas aportaciones, junto a la ya concedidas por el Gobierno de Canarias en 2009, que ascendieron a dos millones de euros en total, se realizan en cumplimiento de lo establecido en la Ley 8/2007, de 13 de abril, del Estatuto de Capitalidad Compartida, que en su artículo 9, relativo al régimen de capitalidad, señala que la condición de capitalidad compartida en Canarias tendrá un apartado específico en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
Las cantidades que reciben los ayuntamientos de Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife se calculan en función de los efectos económicos y sociales derivados de la consideración de capitalidad y de acuerdo con criterios equitativos de financiación. Estas partidas económicas son propias y distintas de otros recursos económicos, como los provenientes del Fondo de Financiación Municipal.
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