Santa Cruz de Tenerife, 1 de septiembre de 2010 | Transportes | Gabinete de Prensa.
ATEIA, Asociación Provincial de Transitarios y Expedidores Internacionales de Tenerife, procederá a formular denuncia contra las navieras, ante la Comisión Nacional de la Competencia.
Don Juan Manuel Hernandez, Presidente de dicha Asociación, sale al paso de los comunicados remitidos por varias navieras, por las que se anuncia un incremento unilateral y desorbitado de los fletes marítimos desde los Puertos del Mediterráneo hacia Canarias
La Asociación de transitarios que preside, engloba a la práctica totalidad de las empresas Transitarias de la Provincia.
Los transitarios organizan y contratan para los importadores y exportadores, entre otros servicios, los transportes por vía marítima de las mercancías.
En este sentido, contratan el transporte marítimo por y para los importadores canarios y peninsulares, a quienes además representan ante la Administración Tributaria Canaria y ante la Agencia Estatal Tributaria.
Como operadores logísticos del transporte, los empresarios transitarios se verán gravemente perjudicados por la elevación de los fletes, toda vez que el incremento supondrá un inevitable aumento en los costes de otros servicios complementarios al transporte marítimo, perjudicando finalmente a los consumidores y usuarios.
Con más razón, el incremento desorbitado de los fletes se anuncia en una época de grave crisis económica y financiera. Debe de tomarse en consideración que la práctica totalidad de las mercancías que llegan a canarias se introducen en el mercado canario por vía marítima.
Don Pedro Martínez, asesor jurídico de la Asociación, considera que la conducta de las navieras, además de injustificada, vulnera la Ley de defensa de la Competencia, porque puede tratarse de una elevación de fletes pactada entre las navieras, además de producir una posición de dominio en el mercado prohibida por la citada normativa.
En este sentido la Asociación estudia formular denuncia ante la CNC, (Comisión Nacional de la Competencia) por lo que se consideran prácticas prohibidas por la normativa de la competencia.
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