lunes, 7 de febrero de 2011

EL REAL DECRETO SOBRE RADIO Y TDT COMUNITARIA PROTEGERÁ LAS EMISIONES EN CASO DE PASIVIDAD POR LAS ADMINISTRACIONES

• El proyecto del Real Decreto obliga a las administraciones implicadas a actuar o las TDT y Radios no podrán ser sancionadas

Madrid, lunes 7 de febrero de 2011 | Comunicaciones | Gabinete de Prensa.

A las puertas de la promulgación del Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento General de prestación de los Servicios de Comunicación Audiovisual Comunitarios, aún en fase de proyecto, se vislumbra la verdadera aplicabilidad sobre los operadores de TDT y Radio que hasta la fecha no gozan de pertrecho legal.

Son muchas las emisoras que esperan la publicación de esta nueva normativa que desarrolla el artículo 32 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual, que entró en vigor el pasado mayo de 2010. Ya desde el pasado mes de diciembre se conoció el paso de gigante que se había dado por la Comisión Permanente del Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información (CATSI) al aprobar el texto normativo que protegerá la actividad de radiodifusión sonora y televisiva.

Dificultad por las autoridades a la hora de sancionar.

El reglamento estatal quiere impedir que las administraciones dejen de realizar sus funciones públicas de obligado cumplimiento, como ya ocurriera con la televisión local que estuvo sin legislar reglamentariamente desde diciembre de 1995 hasta marzo de 2004. De ahí que establezca una disposición transitoria consistente en determinar que las entidades de radio y televisión que realicen emisiones de conformidad con la Ley 56/2007, con una antigüedad al 1 de enero de 2009, podrán seguir emitiendo en el mismo ámbito territorial de cobertura en el que lo venían haciendo.

Con esto se fuerza a que tanto el Ministerio de Industria, que habilita canales y frecuencias, como las Comunidades Autónomas, que convocan concursos públicos sobre la nueva planificación de espectro radioeléctrico, aceleren sus labores en el ejercicio de sus funciones. De lo contrario, televisiones y radios que se amparen en esta norma no podrán ser cerradas, ni Nota de Prensa Diez & Romeo Página 2 de 2 sancionadas. Lo que dará lugar a un escenario similar al vivido tras la publicación de la Ley 41/1995 de Televisiones Locales, en el que la inactividad de las autoridades dio paso a la afluencia de nuevas iniciativas televisivas hasta que se empezaron a convocar los concursos públicos.

De hecho, muchas radios y televisiones se encuentran preparando la documentación necesaria para poder formar parte de las contempladas en la legislación que viene, y obtener así la tranquilidad en el ejercicio de su actividad. Todo ello, teniendo en cuenta que ya existen emisoras que están funcionando al amparo del vacío reglamentario existente, haciendo muy dificultosa la imposición de sanciones o cierres por parte de las autoridades públicas.

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