• Esta nueva Sentencia declara que la adjudicación del concurso de la TDT en Canarias se encuentra al margen del Derecho por defectos en el proceso.
• Por primera vez se hace mención a la nulidad de la totalidad del reparto. Es decir a todas las concesiones de todas las demarcaciones son anuladas judicialmente en un pronunciamiento demoledor.
Madrid, 21 de abril de 2011 | Emisoras en TDT | Gabinete de Prensa.
A medida que los Tribunales van teniendo conocimiento de cómo se elaboró el proceso de adjudicación de las concesiones de la TDT, tienen más claro individualizar los defectos en la tramitación del proceso selectivo por las autoridades públicas. En el caso de Canarias, un vendaval de Sentencias han ido apagando la eficacia del reparto de licencias de TDT hasta declararlo completamente inexistente.
En este Sentido se pronuncia la Sentencia notificada el pasado martes, 19 de abril de 2011, en donde se anula, nuevamente, el Decreto 377/2007, de 16 octubre, por el que se adjudican las concesiones para la explotación de canales digitales del servicio de televisión digital terrestre, de ámbito local, con cobertura municipal o insular.
En el curso judicial de 2011, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, se ha pronunciado de forma más contundente sobre la ausencia de cobertura legal del acto adjudicador de licencias dictado en su día por el Gobierno Canario. De esta forma, deja sentada la tesis de que la adjudicación quedó teñida de nulidad por la ausente gestión de la Mesa de Contratación.
Por primera vez, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias desarrolla en el fallo que la nulidad del reparto no se circunscribe a una demarcación concreta, sino a toda la adjudicación en su conjunto. Esto es, todo el reparto está afectado por la revocación judicial.
La Asociación (ONG) Ojos Solidarios ha sido la impulsora de este procedimiento judicial número 351/2008, y a pesar de ser adjudicataria en la demarcación de Mogán, presentó el recurso judicial por entender que también debía de ser concesionaria en toda la isla de Gran Canaria, Lanzarote y Fuerteventura por ser el área de cobertura donde realiza su actividad audiovisual.
Ojos Solidarios, representada por Diez & Romeo, es la única entidad que ha obtenido 2 Sentencias favorables a la nulidad del concurso, consiguiendo así el mantenimiento de sus emisiones.
De forma reiterada a las Sentencias precedentes, el texto del fallo no puede ser más determinante en su redacción, al establecer que “La declaración de nulidad de pleno Derecho del Decreto 377/2007 supone su abrogación del mundo del Derecho, en el cual únicamente pudo revestir una mera apariencia de legalidad en tanto no resultó formalmente anulado”. Y, una vez más, se manifiesta por el Tribunal que “Es también doctrina jurisprudencial reiterada la que declara que la eliminación del acto impugnado en vía jurisdiccional da lugar a la desaparición del presupuesto necesario para la formulación de pretensiones que pudieran ser objeto de ulteriores recursos, de suerte que no resulta viable hacer pronunciamientos sobre aspectos del contenido de un acto que ha desaparecido del mundo jurídico por virtud de la sentencia anulatoria”.
Estas citas ya se están haciendo comunes en el sector audiovisual canario de modo que es más que probable que subsiguientes sentencias que faltan por salir tengan una lectura similar al respecto. Así, el Fundamento Jurídico Segundo del pronunciamiento judicial cierra el razonamiento afirmando que el acto de adjudicación anulado “produce efectos no sólo para las partes, sino también para todas las personas afectadas”.
Esta nueva anulación sitúa a todos los licitantes en el momento anterior a la valoración de los proyectos técnicos por la Mesa de contratación, con las consecuencias jurídicas de no tener por concesionarios a las empresas que ganaron las licencias televisivas en el 2007.
Varias adjudicatarias ya están preparando la reclamación al Gobierno de Canarias por los daños y perjuicios causados al repartir unas licencias que han sido, a la postre, anuladas en los Tribunales de Justicia.
Los defectos que la administración ha tenido en el expediente de contratación pública de la TDT están repercutiendo en la calidad de la oferta televisiva, puesto que las emisoras no van a invertir en programación propia y de proximidad si carecen de cobertura legal. De este modo, el espíritu del Plan Técnico de la TDT Local se ve mermado a favor de contenidos generalistas que no potencian las señas de identidad de la zona de cobertura.
Más noticias e información sobre Diez & Romeo están a su disposición en www.diezromeo.com
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jueves, 21 de julio de 2011
sábado, 19 de febrero de 2011
El 1 de marzo será necesaria la resintonización de la TDT debido a la reorganización de canales establecida por el MITYC
El cambio de frecuencias de los canales solo afectará a televisiones de ámbito nacional.
· La reordenación de los canales de TDT responde al proceso de liberalización del dividendo digital
· Canarias, 19 de febrero de 2011 | TDT | Gabinete de Prensa.
El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (MITYC) ha fijado para el próximo martes 1 de marzo la reordenación de los actuales canales de Televisión Digital Terrestre (TDT), lo que podría ocasionar la pérdida de los canales en los dispositivos de los usuarios finales.
Por ello, el Gobierno de Canarias quiere informar de que dicha reordenación de canales TDT, en función del tipo de decodificador de que se disponga, puede requerir la resintonización de la TDT, por lo que recomienda a todos los usuarios que, a partir de la fecha indicada, resintonicen sus receptores para poder ver todos los canales en sus nuevas ubicaciones.
La reordenación de frecuencias forma parte del proceso de liberación digital del espacio radioeléctrico que se recoge en el proceso que ha establecido el Gobierno de España para la regulación y ordenación del espectro radioeléctrico expuesto en el Real Decreto 365/2010, de 26 de marzo y que consta de dos fases.
Esta primera fase está dividida en dos etapas, y durante la transición entre éstas, algunos canales deberán abandonar los múltiples que ocupan actualmente para pasar a otros. La mudanza de frecuencias será ejecutada el 1 de marzo, según lo contemplado en la orden ministerial ITC/99/2011, de 28 de enero, publicada en el BOE, y obligará a resintonizar los equipos receptores de TDT para captar todos los canales de televisión en sus nuevas ubicaciones.
En los dispositivos más actuales, es posible que esta resintonización se realice de manera automática y, por tanto, pase desapercibido para el usuario este cambio de múltiples. Sin embargo, en la mayoría de los casos, la resintonización deberá ser efectuada manualmente por el usuario al comprobar la no recepción de canales de televisión de ámbito nacional habituales.
Para más información, puede dirigirse a:
· Teléfono de consulta del MITYC: 901 2010 04.
lunes, 7 de febrero de 2011
EL REAL DECRETO SOBRE RADIO Y TDT COMUNITARIA PROTEGERÁ LAS EMISIONES EN CASO DE PASIVIDAD POR LAS ADMINISTRACIONES
• El proyecto del Real Decreto obliga a las administraciones implicadas a actuar o las TDT y Radios no podrán ser sancionadas
Madrid, lunes 7 de febrero de 2011 | Comunicaciones | Gabinete de Prensa.
A las puertas de la promulgación del Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento General de prestación de los Servicios de Comunicación Audiovisual Comunitarios, aún en fase de proyecto, se vislumbra la verdadera aplicabilidad sobre los operadores de TDT y Radio que hasta la fecha no gozan de pertrecho legal.
Son muchas las emisoras que esperan la publicación de esta nueva normativa que desarrolla el artículo 32 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual, que entró en vigor el pasado mayo de 2010. Ya desde el pasado mes de diciembre se conoció el paso de gigante que se había dado por la Comisión Permanente del Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información (CATSI) al aprobar el texto normativo que protegerá la actividad de radiodifusión sonora y televisiva.
Dificultad por las autoridades a la hora de sancionar.
El reglamento estatal quiere impedir que las administraciones dejen de realizar sus funciones públicas de obligado cumplimiento, como ya ocurriera con la televisión local que estuvo sin legislar reglamentariamente desde diciembre de 1995 hasta marzo de 2004. De ahí que establezca una disposición transitoria consistente en determinar que las entidades de radio y televisión que realicen emisiones de conformidad con la Ley 56/2007, con una antigüedad al 1 de enero de 2009, podrán seguir emitiendo en el mismo ámbito territorial de cobertura en el que lo venían haciendo.
Con esto se fuerza a que tanto el Ministerio de Industria, que habilita canales y frecuencias, como las Comunidades Autónomas, que convocan concursos públicos sobre la nueva planificación de espectro radioeléctrico, aceleren sus labores en el ejercicio de sus funciones. De lo contrario, televisiones y radios que se amparen en esta norma no podrán ser cerradas, ni Nota de Prensa Diez & Romeo Página 2 de 2 sancionadas. Lo que dará lugar a un escenario similar al vivido tras la publicación de la Ley 41/1995 de Televisiones Locales, en el que la inactividad de las autoridades dio paso a la afluencia de nuevas iniciativas televisivas hasta que se empezaron a convocar los concursos públicos.
De hecho, muchas radios y televisiones se encuentran preparando la documentación necesaria para poder formar parte de las contempladas en la legislación que viene, y obtener así la tranquilidad en el ejercicio de su actividad. Todo ello, teniendo en cuenta que ya existen emisoras que están funcionando al amparo del vacío reglamentario existente, haciendo muy dificultosa la imposición de sanciones o cierres por parte de las autoridades públicas.
Madrid, lunes 7 de febrero de 2011 | Comunicaciones | Gabinete de Prensa.
A las puertas de la promulgación del Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento General de prestación de los Servicios de Comunicación Audiovisual Comunitarios, aún en fase de proyecto, se vislumbra la verdadera aplicabilidad sobre los operadores de TDT y Radio que hasta la fecha no gozan de pertrecho legal.
Son muchas las emisoras que esperan la publicación de esta nueva normativa que desarrolla el artículo 32 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual, que entró en vigor el pasado mayo de 2010. Ya desde el pasado mes de diciembre se conoció el paso de gigante que se había dado por la Comisión Permanente del Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información (CATSI) al aprobar el texto normativo que protegerá la actividad de radiodifusión sonora y televisiva.
Dificultad por las autoridades a la hora de sancionar.
El reglamento estatal quiere impedir que las administraciones dejen de realizar sus funciones públicas de obligado cumplimiento, como ya ocurriera con la televisión local que estuvo sin legislar reglamentariamente desde diciembre de 1995 hasta marzo de 2004. De ahí que establezca una disposición transitoria consistente en determinar que las entidades de radio y televisión que realicen emisiones de conformidad con la Ley 56/2007, con una antigüedad al 1 de enero de 2009, podrán seguir emitiendo en el mismo ámbito territorial de cobertura en el que lo venían haciendo.
Con esto se fuerza a que tanto el Ministerio de Industria, que habilita canales y frecuencias, como las Comunidades Autónomas, que convocan concursos públicos sobre la nueva planificación de espectro radioeléctrico, aceleren sus labores en el ejercicio de sus funciones. De lo contrario, televisiones y radios que se amparen en esta norma no podrán ser cerradas, ni Nota de Prensa Diez & Romeo Página 2 de 2 sancionadas. Lo que dará lugar a un escenario similar al vivido tras la publicación de la Ley 41/1995 de Televisiones Locales, en el que la inactividad de las autoridades dio paso a la afluencia de nuevas iniciativas televisivas hasta que se empezaron a convocar los concursos públicos.
De hecho, muchas radios y televisiones se encuentran preparando la documentación necesaria para poder formar parte de las contempladas en la legislación que viene, y obtener así la tranquilidad en el ejercicio de su actividad. Todo ello, teniendo en cuenta que ya existen emisoras que están funcionando al amparo del vacío reglamentario existente, haciendo muy dificultosa la imposición de sanciones o cierres por parte de las autoridades públicas.
sábado, 29 de enero de 2011
El Ayuntamiento remodela el repetidor municipal para adaptarlo a la tecnología TDT
Vega de San Mateo, 29 de enero de 2011 | TDT | Gabinete de Prensa.
El Ayuntamiento de Vega de San Mateo remodela el repetidor municipal ubicado en La Morisca para adaptarlo a la tecnología TDT.
Con una inversión de 23.304 euros, la corporación local ha procedido a la remodelación de un repetidor de propiedad municipal que había quedado fuera del mapa del plan nacional de transición a la TDT.
Los barrios de Utiaca, La Yedra, Aríñez, Lomo Carbonero y La Solana entre otros, se verán beneficiados de esta cobertura de la nueva tecnología. Alrededor de 1000 vecinos y vecinas podrán recibir en sus domicilios la señal TDT con calidad una vez hayan finalizado las actuaciones.
La inversión para lograr esta remodelación se ha realizado a través de la Asociación Canaria de la Investigación, Innovación y Sociedad de la Información.
El Ayuntamiento de Vega de San Mateo remodela el repetidor municipal ubicado en La Morisca para adaptarlo a la tecnología TDT.
Con una inversión de 23.304 euros, la corporación local ha procedido a la remodelación de un repetidor de propiedad municipal que había quedado fuera del mapa del plan nacional de transición a la TDT.
Los barrios de Utiaca, La Yedra, Aríñez, Lomo Carbonero y La Solana entre otros, se verán beneficiados de esta cobertura de la nueva tecnología. Alrededor de 1000 vecinos y vecinas podrán recibir en sus domicilios la señal TDT con calidad una vez hayan finalizado las actuaciones.
La inversión para lograr esta remodelación se ha realizado a través de la Asociación Canaria de la Investigación, Innovación y Sociedad de la Información.
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