sábado, 30 de julio de 2011

ATENTADO DE PALMANOVA

Madrid, 30 de julio de 2011 | Sildical- Seguridad | Gabinete de Prensa.

La Unión de Oficiales de la Guardia Civil (UO) quiere hacer público que, tras tener conocimiento de lo publicado en el diario 20minutos, en su edición del viernes 29 de agosto de 2011, en relación a la seguridad en los acuartelamientos de la Guardia Civil, ha encargado a sus servicios jurídicos el análisis de las responsabilidades que pudieran concurrir en las autoridades de la Guardia Civil y del Ministerio del Interior y el ejercicio de las acciones penales que en su caso procedan.

Informa 20minutos que tras los atentados de Burgos y Palmanova (el último costó la vida a dos ciudadanos- miembros del Cuerpo) en julio de 2009, la Dirección General de la Guardia Civil solicitó información a cada acuartelamiento sobre los medios de seguridad con los que contaban, como circuitos de videovigilancia (CCTV), a efectos de confeccionar una base de datos fiable y actualizada.

¿Cómo podía el Ministerio o la Dirección General valorar si los medios de seguridad son o no adecuados si ni tan siquiera sabían con certeza con qué medios de protección se contaba? ¿Esa es la verdadera preocupación del Ministerio del Interior por los guardias civiles?.

Resulta incomprensible y de una irresponsabilidad difícil de describir que, pese a número de víctimas y atentados que acumula la Guardia Civil, el Ministerio y la Dirección General, en pleno 2009, no tuviese un exacto, minucioso y detallado conocimiento de los medios de seguridad con los que contaba cada acuartelamiento.

Que la Dirección General y el Ministerio desconociesen los medios y, en consecuencia, las necesidades en materia de seguridad de cada acuartelamiento es una irresponsabilidad de tal calibre que debería provocar de inmediato dimisiones o destituciones en el seno del Ministerio del Interior.

La normativa de prevención de riesgos laborales es aplicable a la Guardia Civil, en concreto la Ley 31/1995 desarrollada mediante Real Decreto 179/2005, de 18 de febrero, sobre prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil.

Entre los principios de la prevención se encuentra la de evitar los riesgos y reducir aquellos que no se pueden evitar. Para esa reducción de riegos la normativa aplicable obliga a evaluar los puestos de trabajo y, en función del resultado obtenido, adoptar medidas que eliminen o reduzcan el riesgo.

El artículo 14 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece el derecho de todos los trabajadores a una protección eficaz, en materia de seguridad, que se convierte en deber para empresarios y Administraciones Públicas con respecto a los trabajadores a su servicio. En su apartado segundo, establece que “En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a s u servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo.”

El apartado séptimo, del artículo cuarto de la Ley de Prevención establece que se entenderá como condición de trabajo cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador. Quedan específicamente incluidas en esta definición:

a) Las características generales de los locales, instalaciones, equipos, productos y demás útiles existentes en el centro de trabajo.

El RD 486/97, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo establece en el artículo 3 que el empresario [Administración] deberá adoptar las medidas necesarias para que la utilización de los lugares de trabajo no origine riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores o, si ello no fuera posible, para que tales riesgos se reduzcan al mínimo, entendiéndose por lugar de trabajo, según el artículo segundo, las áreas del centro de trabajo, edificadas o no, en las que los trabajadores deban permanecer o a las que puedan acceder en razón de su trabajo así como las instalaciones de servicio o protección anejas a los lugares de trabajo se considerarán como parte integrante de los mismos.

El Real Decreto 179/2005, de 18 de febrero, sobre prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil, establece en su artículo primero que tiene por objeto promover la seguridad y salud del personal de la Guardia Civil y adaptar las medidas de la Directiva 89/391 CEE del Consejo y por la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales a las peculiaridades de la Guardia Civil. Establece dicho artículo que a tal efecto, su contenido se inspira en los principios relativos a:

a) La planificación de la prevención,

b) la eliminación o disminución de los factores de riesgo.

Unión de Oficiales (UO) no pretende desvirtuar la responsabilidad de los asesinos de ETA que colocan las bombas. Los terroristas son los que matan, pero eso no impide exigir otro tipo de responsabilidades.

El Ministerio del Interior y la Dirección General de la Guardia Civil tenían y tienen la obligación de evaluar los riesgos existentes para los guardias civiles –los atentados son un riesgo más que evidente- y adoptar medidas que eviten o reduzcan ese riesgo.

Sin embargo, al parecer, las autoridades responsables han hecho dejación absoluta de sus responsabilidades, hasta el límite de desconocer con qué medios de seguridad cuenta cada acuartelamiento, como ha publicado 20minutos.

Los hechos relatados podrían dar lugar a un delito contra la seguridad de los trabajadores sin perjuicio del resultado final: la muerte de dos ciudadanos- miembros del Cuerpo, ante lo que la Unión de Oficiales (UO) planteará las actuaciones judiciales oportunas contra los presuntos responsables.

Por último, Unión de Oficiales (UO) quiere recordar que, tras los atentados de julio de 2009, planteó al Ministerio del Interior la creación de un “Observatorio” encargado de la valoración de la calidad en la implantación y aplicación de planes, sistemas y protocolos de seguridad en el ámbito interior de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Dicha propuesta, a día de la fecha, no ha sido atendida por el Ministerio del Interior.

Sin duda, con un organismo de análisis y control como el propuesto por la Unión de Oficiales (UO) se evitarían situaciones tan esperpénticas y deleznables como que quienes deben dotarnos de medios, en nuestro servicio a los ciudadanos, ni tan siquiera sepan con qué medidas de seguridad cuenta cada acuartelamiento de la Guardia Civil y, en consecuencia, cuáles son las necesidades de seguridad.

UNIÓN DE OFICIALES GUARDIA CIVIL PROFESIONAL

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