sábado, 30 de julio de 2011

El Consejo de Estado señaló que la educación diferenciada no puede considerarse discriminatoria

SALT (Girona), 30 de julio de 2011 | Cartas al Director | Jesús Martínez Madrid.

Según el Consejo de Estado, el Gobierno deberá modificar la Ley orgánica de Educación (LOE) si quiere suprimir los conciertos a los centros de educación diferenciada, tal como recoge el proyecto de ‘Ley de igualdad’. El artículo 116 de la LOE dice que corresponde a las autonomías dictar las normas relativas a los conciertos educativos.

Asimismo, el organismo consultivo concluye en su informe, presentado al Gobierno, que “la educación diferenciada, como modelo pedagógico, no puede considerarse un supuesto de discriminación por razón de sexo”. Palabras parecidas se leen en una sentencia del Tribunal Supremo: “No se puede asociar la enseñanza separada con la discriminación por razón de sexo”.

El Consejo de Estado recuerda que tanto la ‘Convención contra la discriminación en la Enseñanza’, suscrita por España en 1969, como la ‘Directiva de la UE 2004/113 sobre Igualdad de Trato’ entienden que “no será considerada” como discriminación la escolarización diferenciada. Por todo ello me parece que no tienen sentido que un gobierno pretenda pasarse a la torera toda la normativa, a no ser que sus intereses no sean los mismos que los de los ciudadanos.

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