viernes, 21 de octubre de 2011

LA CAMPAÑA DE IMPLANTACIÓN DEL MICROCHIP EN LOS ÉQUIDOS DE CANARIAS PROSIGUE DESARROLLÁNDOSE A BUEN RITMO

Sanciones que oscilan entre los 600 y 60.000 euros para aquellos que incumplan la nueva normativa europea que asegura la trazabilidad y fomenta la tenencia responsable.

Canarias, 21 de octubre de 2011 | Veterinaria | Gabinete de prensa.

Prosigue desarrollándose con normalidad en Canarias la implantación paulatina del nuevo sistema de identificación a través de microchip y pasaporte para caballos, burros y otros équidos de crianza y renta de las Islas, que se aplica desde el pasado mes de julio cumpliendo la normativa europea.

Merced a un convenio de colaboración suscrito hace seis meses entre la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas del Gobierno de Canarias y el Consejo de Colegios Veterinarios de Canarias, son los veterinarios acreditados en ambas provincias los responsables de recoger la información necesaria con la finalidad de registrar los animales identificados en la base de datos Zoocan, y expedir el pasaporte individual al propietario del animal, tras la implantación de un pequeño microchip en su cuello.

La demanda ha sido tal en esta primera fase de implantación del nuevo sistema, que se agotó la remesa de microchips existente en ambos colegios veterinarios. Hasta la fecha, en la sede colegial de Las Palmas han sido expedidos unos 500 microchips de identificación electrónica, y son casi 400 los animales identificados según los estándares europeos en la base Zoocan que gestiona el Consejo Regional de Colegios Veterinarios de Canarias, en permanente actualización y contacto con los registros del Ejecutivo autonómico.

Con este nuevo sistema se optimiza la trazabilidad y el control del censo canario de estos animales, con el objetivo de mejorar sus condiciones sanitarias y su bienestar, previniendo además el maltrato o el abandono, ya que permite localizar con facilidad a cualquier propietario en caso de pérdida.

Los caballos sólo se están identificando en explotaciones inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) de la Consejería, bien como explotaciones de producción, o bien como explotaciones especiales destinadas al ocio. Los équidos deben estar identificados antes del 31 de diciembre del año de nacimiento del animal o en un plazo de seis meses a partir de la fecha de nacimiento, pudiéndose elegir la fecha más tardía. En cualquier caso antes de que abandonen la explotación de nacimiento.

Los animales destinados a consumo tendrán que tener obligatoriamente el pasaporte para que la venta de su carne sea autorizada, además de la información sobre cualquier tratamiento médico veterinario a los que los animales hayan sido sometidos. De esta forma el sistema de identificación constituye un factor más de control en la cadena alimentaria.

SANCIONES

El incumplimiento de esta nueva normativa europea prevé sanciones económicas que oscilan entre los 600 y los 60.000 euros, dependiendo del número de animales que el titular tenga sin identificar. Si el propietario tiene menos del 10% de sus animales sin identificar la infracción se considera leve y acarreará una multa de 600 a 3.000 euros o apercibimiento (posibilidad de identificar al animal, si no ha habido intencionalidad y si el titular no ha sido sancionado en los 2 años anteriores). Si es mas del 10%, la multa podría ser de 3.000 a 60.000 euros, considerándose infracción grave.

¿A QUÉ ÉQUIDOS AFECTA?

A todos los animales nacidos a partir del 1 de Julio de 2009, salvajes o domesticados, de cualquiera de las especies del género Equus y sus cruces, es decir, caballos, asnos, mulas, burdéganos y cebras, tanto si son animales de razas puras, inscritos o registrados en libros genealógicos, como si no lo son (équidos de crianza y renta).


TRES ELEMENTOS

El sistema de identificación de equinos está basado en tres elementos: Un documento de identificación permanente y único de 15 dígitos que figura en todas sus páginas –pasaporte-, un transpondedor inyectable o microchip de identificación electrónica vinculado al pasaporte y al animal para garantizar su correcta identificación, y una base de datos informatizada en la que se integran los datos de los animales y sus propietarios. A través del pasaporte el caballo, burro o asno tendrá un solo numero de documento registrado en la base de datos. Este número de pasaporte le acompañará durante toda su vida constituyendo una referencia permanente aunque el animal cambie de nombre, propietario o instalaciones.

¿DÓNDE SE IMPLANTA?

La implantación del microchip se realiza entre la nuca y la cruz en medio del cuello en la zona del ligamento nucal. Este microchip o transpondedor transmite un código numérico cuando se activa mediante el lector electrónico. Son microchips de 23 dígitos, diferentes a lo que se emplean para la identificación de animales de compañías y tienen una codificación especifica asignada por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas del Gobierno de Canarias.

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