Con la firma de un convenio auspiciado por el consejero de Cultura y Patrimonio Histórico y Cultural del Cabildo de Gran Canaria, Larry Álvarez
Las Palmas de GC, 03 de Enero de 2012 / Cultura/ Gabinete de Prensa.
El acuerdo contempla, entre otras acciones, descuentos de un diez por ciento a los abonados de cualquiera de ambas entidades que acudan a los espectáculos programados por la otra
La Fundación Canaria de las Artes Escénicas y de la Música de Gran Canaria (FCAAEEMGC), cuyo buque insignia es el Teatro Cuyás, y la Fundación Canaria Orquesta Filarmónica de Gran Canaria (FCOFGC) acaban de firmar un convenio para aunar esfuerzos y compartir sus respectivos públicos, “impulsando así el cumplimiento de sus fines comunes, pero, sobre todo, optimizando los recursos de que disponen, mejorando sus resultados y contribuyendo al desarrollo cultural y al progreso de la Isla”, según Larry Álvarez, consejero de Cultura y Patrimonio Histórico y Cultural del Cabildo grancanario.
Para potenciar la asistencia del público a los espectáculos organizados por una y otra fundación, los Amigos del Cuyás y los abonados de la OFGC se beneficiarán, respectivamente y salvo en aquellos espectáculos que no admitan descuento, de una rebaja del diez por ciento en los conciertos de la OFGC y de los espectáculos del Teatro Cuyás y de la Sala Insular de Teatro (SIT), adscrita también a la Fundación Canaria de las Artes Escénicas y de la Música de Gran Canaria.
Ambas instituciones contribuirán asimismo a la promoción mutua “en la medida de lo posible y siempre y cuando no lleve aparejado un sobrecoste”. Para ello, cada una exhibirá material promocional de la otra en su página web (www.teatrocuyas.es y www.ofgrancanaria.com), sus perfiles en redes sociales y sus dependencias físicas (halls y taquillas).
Además, se coordinarán para evitar la programación simultánea de actividades orientadas a un mismo público, como las previstas para niños y jóvenes por los respectivos departamentos pedagógicos.
Por último, se cederán mutuamente instrumentos y material escénico “siempre que sea posible y sin coste alguno”, haciéndose cargo la solicitante de los traslados, seguros y reposición de los bienes cedidos.
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