lunes, 23 de febrero de 2015

El Ayuntamiento pondrá en marcha un Registro municipal de Asociaciones


                           


Teror (Gran Canaria), 23 de febrero de 2015 / Asociaciones / Gabinete de Prensa.

El Ayuntamiento de Teror ha elaborado un Reglamento para poner en marcha el Registro municipal de Asociaciones de Teror, con el fin de conocer las entidades existentes en el municipio, cuáles son sus fines y su representatividad. Tras ser aprobado recientemente por el Pleno municipal, el nuevo Registro entrará en vigor próximamente después de someterse a exposición pública el Reglamento regulador.  

Podrán  inscribirse en el Registro municipal de Asociaciones todas aquellas entidades domiciliadas en el término municipal de Teror, cuyo objeto social sea la defensa, fomento o mejora de los intereses generales o sectoriales de los vecinos del municipio, y en particular, las asociaciones de vecinos, las de padres/madres de alumnos/as, las entidades culturales, deportivas, recreativas, juveniles y todas aquellas asociaciones sin ánimo de lucro.

Dentro de este Registro no se incluirán las asociaciones profesionales, religiosas, regidas por el Registro Civil o Mercantil, políticas o entidades dependientes jurídicamente de un partido o agrupación política, sindical o urbanística.

DOCUMENTACIÓN PARA ACCEDER AL REGISTRO
Para inscribirse en el Registro Municipal de Asociaciones se deberá aportar una serie de documentación, como los estatutos de la asociación, el certificado del Registro General de Asociaciones, los nombres y domicilios de las personas que ocupen cargos directivos, el NIF, el presupuesto del año en curso, el programa de actividades del curso, o la certificación de números de socios, expedida por el secretario de la Asociación con el visto bueno del presidente.

DERECHOS DE LAS ASOCIACIONES INSCRITAS
Las asociaciones inscritas en el Registro contarán con una serie de derechos establecidos en el Reglamento, como acceder al uso de los locales y de los medios de comunicación municipal; recibir subvenciones municipales, siendo la inscripción un requisito habilitante exigible por las bases reguladoras de los procedimientos municipales de adjudicación de subvenciones; recibir publicaciones que edite el Ayuntamiento de Teror relacionadas con el objeto social; participar en órganos colegiados cuya norma reguladora así lo prevea; o acceder a los expedientes administrativos en tramitación que estén relacionados con el objeto social de la entidad.

El Reglamento impulsado desde el área de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Teror, que dirige la edil Vanesa Cabrera, trata de posibilitar una correcta actuación municipal de fomento del asociacionismo vecinal.

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