Ayuntamiento
SANTA LUCIA GESTIÓN Y DISCIPLINA URBANÍSTICA SECCIÓN DISCIPLINA URBANÍSTICA
MCSS/MVCH/nrl
Asunto: Precinto.
Tengo a bien comunicarle que con esta misma fecha se ha dictado por el Sr. Concejal Delegado del Área de Desarrollo Territorial de este Ayuntamiento el Decreto nº Q1c114 /2016, cuyo tenor literal es el siguiente:
"Visto que
por Decreto nº 665812015 del Concejal Delegado del Área de Desarrollo
Territorial, de fecha 28 de octubre de 2015, se resuelve, entre otros, como medida cautelar, ordenar el cierre
y precinto de la llave de corte general para suministro
del edificio
sito en la calle LEÓN Y CASTILLO,
46-48, del término municipal de Santa
Lucía así como del armario
o arqueta en el que se encuentre,
el cierre y precintó de la llave de corte de cada contador
divisionario, así como del armario
en el que se encuentren.
En
el caso de que exista local estinado di pongan de las preceptivas licencias, autorizaciones títulos habilitantes para su uso, de
~r:onformidad con la normativa técnica, urbanística y/ ~ectorial de aplicación, todo ello por imotivos de seguridad y salubridad pública, comunicando
el acto a
los
servicios
técnicos municipales y a la Policía Local, con la indicación de que practicada la notificación, podrá procederse al precintado de las citadas instalaciones.
RESULTANDO que dicho Decreto se notifica enforma a los interesados.
CONSIDERANDO que el artículo 173.1
del TRLOTENC '00, establece que la inspección para la protección del medio urbano y natural es una potestad de ejercicio inexcusable, dirigida a comprobar que los actos privados o públicos de uso de los recursos naturales o de ocupación, de edificación y uso del suelo se ajustan a la legalidad.
CONSIDERANDO que el artículo 80.1 de la Ley 3011992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
.g ~---~s1ablece que los hechos relevantes para la decisión de un procedimiento podrán acreditarse por este,
Texto _.Refundido atribuye a las administraciones con competencias en materia de
·.~V r r --',ardé~qción.'/Je los recursos naturales, territorial y urbanística.
-;·:~\~;iY~
~- ~·-1 -.:, .
--•. ~,>. CONSIDERANDO que el artículo 202.3 e) del TRLOTENC'OO, modificado por la Ley
1412014, de 26 de diciembre, de Armonización y Simplificación en materia de Protección del
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Expte.: 36/2015 d.u.
Territorio y de los Recursos Naturales, establece que es una infracción grave la obstaculización de la labor inspectora.
Vistos los preceptos indicados y de conformidad con lo previsto en la vigente Ley
711.985,
de
2 de Abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local y demás normativa
concordante de
general y
pertinente aplicación, el Concejal del Área de
Desarrollo Territorial a tenor de las competencias atribuidas por delegación de la Alcaldía-Presidencia, mediante Decreto nº 406912015, de fecha 29 de junio (BOP
de Las Palmas nº 86, de fecha 0610712015),
HA RESUELTO: PRIMERO.- Requerir a la entidad mercantil
c promotora/ propietaria de la edificación sita en la calle LEON Y CASTL L ,
omo
NUMERO 46-48, de este término municipal, para que, por sí mismo o por medio de cualquier persona autorizada, se persone el próximo día 05 de febrero de 2016, a las 9:00 horas, en la edificación sita en la calle LEÓN Y CASTILLO, Nº 46-48, de este término municipal, a fin de facilitar la entrada a los Servicios Técnicos Municipales de este Ayuntamiento y al Agente de la Policía Local, para llevar a cabo el precinto ordenado mediante Decreto nº 665812015.
Se le advierte que de no presentarse en el día y la hora indicados o en el supuesto de negarse el acceso de la Policía Local v los Servicios Técnicos Municipales. se solicitará la pertinente autorización judicial de entrada domiciliaria, sin perjuicio de la incoación de un expediente sancionador por la comisión de una infracción urbanística grave
consistente en la
obstaculización de la labor inspectora, de conformidad con el artículo 202.3 e) del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias v de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 112000.
de 8 de mayo, sancionable con multa de
1.001
a 10.000 euros, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 203
del mismo cuerpo legal
modificado por la Lev 1412014. de 26 de diciembre, de Armonización
y Simplificación en materia
de Protección del Territorio de los Recursos Naturales.
15 ,~!i?f?~_-·_<·:"-- SEGUNDO.- Requerir al Arquitecto Municipal para que, acompañado de la Policía
~ _,:_( )!:~;·,' ';Loq~4~,~'eytire visita de inspección a la edificación sita en la calle LEÓN Y CASTILLO,
8/;>· · -IJ;"(J~ER0!46-48, de este término municipal, el mismo día y a la misma hora indicados en el
ji¿::"( ,_ ~artadd"ard,erior, al objeto de que proceda a la realización del precinto, en orden a garantizar
\:_:~:~¡?: :)a,¿J:-~ctiv/¡r.iJterrupcióndel ~so de las instalaciones~ en el ~aso de que exista local destinado a
'. .
. '''!)as-znstalaqones antes mencionadas proceder al precinto de este .
. ··,· ._ '1:~;.~j~· .~':'~(!,~ ..:;·./
'< · ~J:('.(·-~.;:> TERCERO.- Dar traslado
del presente Decreto a la Policía Local, a fin de que tengan
--~,,;;:.pfe~fstos los elementos personales y materiales necesarios para llevar a cabo los trabajos, al
Técnico Municipal, así como a la entidad interesada.
Santa Lucía, a
El Concejal Delegado del Área de Desarrollo Territorial
(Decreto de Alcaldía nº 406912015de 29 dejunio
B.O.P. de Las Palmas nº 86, de 0610712015)
Ante mí,
La Secretaria General
Fdo.: FranciscoJosé GarcíaLópez Fdo.: Marta Garrido Insua"
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. Contra la presente Resolución que tiene carácter de acto administrativo de
(~mite, no cabe r~~urso
alguno, sin perjuic_io. de
que
el interesado pueda impugnar
'yULJ;l)bmento la resolución que ponga fin al procedimiento.
SantaLucía, a
·
.La:~Jefa de Sección
de-Disciplina Urbanística |
CONSTRUCCIONES DÉNIZ SÁNCHEZ, S.L. C/ SEVILLA, 40
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