viernes, 20 de enero de 2012

Ignacio Calatayud Prats: “La Administraciónen España, salvo excepciones, incurre en morosidad”

El abogado y director de las Jornadas sobre Contratación Pública a la Luz del Nuevo Texto refundido, que se celebran el 26 y 27 de enero en Tenerife, asegura que las Administraciones tardan 162 días de media en pagar sus facturas, tan sólo seis menos que Grecia


Cree que las Administraciones “se van a ver obligadas a realizar importantes ajustes con el fin de reducir costes y poder abonar la deuda que tienen con proveedores”


Considera que la crisis ha afectado a la contratación pública y que ésta “ha dado lugar a que se presenten a concursos empresarios y profesionales que antes únicamente operaban en el sector privado”

Santa Cruz de Tenerife, 20 de enero de 2012 / Jornadas / Gabinete de Prensa.

“Debemos decir que, en general, la Administración en España es morosa. Con carácter general, las Administraciones tardan 162 días de media en pagar sus facturas, tan sólo seis menos que Grecia, mientras que las empresas llegan a los 98 días. Es decir, las Administraciones Públicas pagaron de media con un retraso de 112 días por encima del límite fijado en la nueva Ley de Morosidad. Es obvio que la morosidad de las Administraciones genera importantes perjuicios a sus proveedores de bienes y servicios”. Así lo ha asegurado el abogado Ignacio Calatayud Prats, director de las Jornadas sobre Contratación Pública a la Luz del Nuevo Texto refundido, que se celebran en el Salón de Actos de Presidencia del Gobierno de Canarias, en Tenerife, los próximos 26 y 27 de enero.

El Doctor en Derecho de la Universidad de Bolonia y profesor de Derecho Administrativo de la CUNEF, impartirá la primera ponencia de este foro bajo el título “Régimen contractual de las sociedades públicas”.

Sobre si son o no acertadas las medidas de lucha contra la morosidad existentes en el sistema español, cree que la Ley impone a la Administración la obligación de pagar las facturas en un plazo de 60 de días, pues en caso contrario se pueden reclamar elevados intereses de demora. “Como medida me parece adecuado. El problema es si las Administraciones Públicas se encuentran en condicionesde satisfacer las facturas en dicho plazo. Creo que las Administraciones se van a ver obligadas a realizar importantes ajustes con el fin de reducir costes y ello con el fin de poder abonar la deuda que tiene con proveedores”.

Calatayud cree que, con carácter general, “las Administraciones Públicas cumplen con la Ley de
Contratos de las Administraciones pues existen técnicos que velan por un adecuado cumplimiento de la Ley”.

Se ha referido a la crisis y cómo está afectando a la contratación pública: “Resulta obvio que la ha afectado a la contratación pública, en primer lugar porque hay menos contratos, al disminuir los ingresos disminuyen las obras y los servicios que se licitan. Es decir, de los presupuestos de las Administraciones públicas uno de los capítulos que más se ha reducido es el relativo a las obras y servicios. Del mismo modo, la reducción de ingresos como consecuencia de la crisis ha dado lugar a un aumento considerable de la morosidad de las Administraciones”.

“También es curioso –prosigue- que sean más los empresarios que se presentan a los concursos públicos. La crisis ha dado lugar a que se presenten a concursos empresarios y profesionales que antes únicamente operaban en el sector privado. Finalmente ha aumentado mucho los recursos e impugnaciones frente a las adjudicaciones. Al haber menos pastel hay más peleas. Indudablemente la crisis ha afectado a la contratación pública”.

En estas jornadas se debatirá sobre la nueva normativa que entró en vigor el pasado 14 de noviembre. Calatayud ha ofrecido su apreciación sobre el nuevo texto refundido, cuya mayor debilidad “es su complejidad”.

“Del mismo modo, desde mi punto de vista resulta inadmisible que el régimen jurídico de
un contrato y las prerrogativas que ostenta la Administración y, en consecuencia, el interés público se vean mermadas como consecuencia de la elección de la forma jurídica empleada por la Administración”, apunta.

“Me ha preocupado y me preocupa que no se cumplan los principios de igualdad en la contratación, la no discriminación de los licitadores y la transparencia en las adjudicaciones. Por este motivo me han preocupado la modificaciones contractuales que encubren nuevos contratos, me ha preocupado igualmente la huida que del Derecho Administrativo han tratado de llevar a cabo las Administraciones Públicas mediante la creación de sociedades mercantiles y me ha preocupado la deficiente defensa de los licitadores cuando una Administración incumple los procedimientos de licitación y las garantías de los administrados”, detalla.

“Por suerte, -asegura- estas cuestiones se están resolviendo gracias al DerechoComunitario y las modificaciones que impone al Legislador estatal, comopor ejemplo, las introducidas con las nuevas modificaciones del Texto Refundido”, asevera.

Una de las principales fórmulas para impulsar el acceso al empleo de las personas con discapacidad consiste en la inclusión de cláusulas de tipo social en los contratos de la Administración Pública. Hasta el momento dicha fórmula apenas se había utilizado en nuestro país, pero la aprobación de la Ley de Contratos del Sector Público constituye una oportunidad para ponerla en práctica. “Una de las mejoras introducidas por la Ley de Contratos es, precisamente, permitir si se introduce en los pliegos una mayor puntuación a aquellas ofertas que cumplan con cuestiones sociales y medioambientales”.

El plazo de inscripción para participar como oyente a estas Jornadas sobre Contratación Pública permanece abierto. Más información en http://leydecontratosdelsectorpublicoencanarias2012.com/.

No hay comentarios: