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martes, 25 de septiembre de 2012

El nuevo escenario televisivo tras la anulación de las licencias de la TDT de Valencia y Canarias


Madrid (España), 25 de septiembre de 2012 / Telecomunicaciones - TDT - FM / Diez & Romeo

Ante los últimos acontecimientos anulación de los concursos de TDT, se hace necesario efectuar un análisis sobre los aspectos más importantes a tener en cuenta por los operadores del sector televisivo y radiofónico.

1.- Las Sentencias anulatorias.

En los últimos años hemos asistido a diversas anulaciones por los tribunales de justicia de adjudicaciones de licencias de TDT y de Radio FM en distintas CCAA. Concretamente desde 2008, se han ampliado los fallos judiciales que ponen en duda la forma que ciertas administraciones acometen la labor de valoración de proyectos. Aunque Galicia, Navarra, Madrid, Cataluña y Murcia han recibido reveses judiciales, las últimas sentencias afectan a Valencia y Canarias. El Tribunal Supremo ha anulado todas habilitaciones audiovisuales de la TDT (local y autonómica en el caso canario)
Por eso, se hace necesario analizar las particularidades de cada CCAA.

2.- Anulación de la TDT en Madrid

En noviembre de 2008 se dictaron 4 sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid decretaban la nulidad del reparto de la TDT, de cobertura local. Razón: Falta de motivación. La Mesa de Contratación no había justificado los motivos de porque unos licitadores son adjudicatarios y otros no.

El ejecutivo madrileño acató la Sentencia ya que le otorgaba un plazo de 2 meses para volver a adjudicar. Nada que ver con las anulaciones de Valencia y de Canarias, por los siguientes motivos:
 La Sentencia declara la retroacción de las actuaciones al momento anterior a la valoración.
 El fallo fijaba un plazo de 2 meses para volver a adjudicar.
 La Comunidad de Madrid asumió la sentencia
 No se interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo

Estas son las razones que permitieron que se volviera a dar las licencias a los mismos. Algo que no ha ocurrido – ni pasará- en Valencia ni en Canarias. Y en ese punto coinciden todos los profesionales del Derecho Audiovisual consultados.

3.- Anulación de la TDT en Canarias: celeridad de la anulación judicial

El caso de Canarias ha sido uno de los ejemplos de la rapidez de la justicia en este tipo de pleitos. El reparto fue dictado en febrero de 2007 y la primera sentencia que anula las licencias de TDT se promulgó a primeros de diciembre de 2008. 1 año y 9 meses.

Las claves que diferencian a Canarias son:
 El Gobierno no acató las Sentencias del Tribunal Superior de Justicia.
 Las decisiones judiciales anularon las licencias sin fijar ningún plazo para realizar un nuevo reparto.
 Canarias recurrió el fallo al Tribunal Supremo
 La decisión del Tribunal Supremo confirmó la anulación en julio de 2012.

El ejecutivo canario, al acudir al Tribunal Supremo, dilató en el tiempo la decisión final por lo que se hace difícil - cuasi-imposible- volver a repartir sin convocar un nuevo concurso debido a que:
 Han transcurrido casi 6 años desde el reparto de la TDT
 La legislación audiovisual ha cambiado sustancialmente.
 La coyuntura económica negativa ha impactado en muchos adjudicatarios.
 El escenario televisivo se ha restructurado.

Por eso, es prácticamente insostenible mantener las ofertas que hicieron los licitadores en el año 2006.

Proyectos que han quedado desfasados.

4.- Anulación de la TDT en Valencia.

Un breve análisis del caso valenciano arroja datos concretos que deben de ser correctamente individualizados. Su peculiaridad se resume en las siguientes máximas:
 Los no adjudicatarios perdieron el juicio en primera instancia, es decir ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV)
 A diferencia de Canarias, fueron las televisiones no concesionarias las que recurrieron ante el Tribunal Supremo.
 La Sentencia del Tribunal Supremo revoca el fallo del TSJCV y sus razonamientos cambian el curso del proceso: anulación de 42 licencias de TDT.

El transcurso del tiempo va a dificultar a la Generalitat Valenciana adjudicar nuevamente a los mismos cuyas licencias han sido privadas por la justicia. ¿Las razones?:
 El transcurso de casi 7 años.
 El desfase de las propuestas de TDT que datan de 2005.
 Los motivos de declarar el concurso de la FM desierto.
 El dinamismo de la innovación tecnológica y la aparición de nuevos formatos y servicios interactivos.
 El impacto de la crisis económica en los licitadores de 2005.
 Normativa autonómica no adecuada al nuevo escenario audiovisual.
 Nueva regulación aplicable a los concursos públicos audiovisuales:
o En 2005 legislación de contratación pública,
o En 2012: Ley General de Comunicación Audiovisual

5.- El escenario actual.

Adjudicatarios y no adjudicatarios se han visto afectados con las sentencias que anulan los repartos de la TDT.

La posición legal de las televisiones adjudicatarias es la siguiente:
 Autorización de TDT invalidada por haber sido anulada.
 Expuestos a sanciones por no tener licencia para emitir.
 Incertidumbre sobre la validez de los acuerdos y negocios jurídicos en base a su condición de adjudicatario de la TDT.
 Legitimidad para reclamar los daños y perjuicios derivados de la pérdida de la licencia de TDT.
 Aplicación del mismo régimen legal existente antes del reparto de licencias.

La situación jurídica de las emisoras que no obtuvieron concesión de TDT es la siguiente:
 Se mantienen sin licencia de TDT y se unen a la situación de las televisiones que fueron adjudicatarias.
 Se aplica el mismo régimen legal existente antes de la adjudicación.
 La exposición a sanciones cobra la misma intensidad que la exposición a las televisiones con licencia de TDT.

viernes, 27 de julio de 2012

EL TRIBUNAL SUPREMO ANULA DEFINITIVAMENTE LAS LICENCIAS DE LA TDT EN CANARIAS


  • Dos Sentencias del Alto Tribunal determinan que el Gobierno de Canarias deberá volver a valorar los proyectos de TDT desde el principio.
Madrid (ESPAÑA), 27 de julio de 2012 / Licencias TDT - Medios - Sentencia / diezromeo.com

El Tras la adjudicación de las licencias de la TDT en Canarias, numerosos operadores de televisión decidieron recurrir por no estar de acuerdo con el resultado del reparto. Comenzaba así el periplo de buscar en los Tribunales la justicia que según ellos, la administración le había denegado.

Para una televisión o emisora de radio recibir no tener licencia en un concurso es algo demoledor. La desolación se torna en impotencia cuando voces interesadas le dicen que “recurrir no vale para nada” o que “tras montar la televisión o la radio, pasados 2 o 3 años, es imposible que le quiten las licencias”. Se trata así de evitar que quien tiene derecho a recurrir no lo ejerza ante los Tribunales. O de interiorizar que la toda acción judicial contra la adjudicación de licencias es un “recurso del pataleo”.

Pues el Tribunal Supremo ha demostrado lo contrario. Y acaba de ratificar que las licencias de la TDT en Canarias se otorgaron de forma irregular. Por eso las declara anuladas. Así el Alto Tribunal ha dejado claro que quien recurre, si le asiste la razón, puede tirar abajo licencias concedidas en el 2007. Se acabó el concepto del recurso del pataleo. Las CCAA ya saben que si incurren en ilegalidades los Tribunales les van a anular las licencias de TDT o radio, sea quien sea el beneficiario.

Los hechos se remontan a los procesos judiciales que iniciaron las emisoras que no se vieron beneficiadas por el reparto de concesiones de ámbito local, que se decidió mediante el Decreto número 377/2007, del Gobierno de Canarias, de fecha 16 de octubre de 2007.
Tras los trámites correspondientes la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias declaró, en numerosas Sentencias, la nulidad del concurso de la TDT local, insular, y autonómica

Los fragmentos de las Sentencias eran verdaderamente demoledores (Sentencia que ganó Archipiélago Televisión a la Viceconsejería de Comunicación):

El expediente para la contratación, por el procedimiento de urgencia, negociado sin publicidad de la consultora a que se alude en aquella Sentencia, se inicia por la Viceconsejería de Comunicación, el 11 de enero de 2007, mientras que la mesa hace la primera y única mención a la necesidad de solicitar un informe en su reunión de 23 de febrero de 2007 y además se señala directamente que el informe se solicita a la entidad Doxa Consulting Madrid S.L., ello a pesar de que la adjudicación del contrato a dicha entidad no se realiza hasta el día 26 de febrero. (…)

En otro fallo se señaló que el Decreto 377/2007 es nulo de pleno derecho, es decir, nunca ha existido, ya que al estar íntegramente impregnado del vicio de nulidad señalado, no hay nada en este acto susceptible de ser conservado. (Sentencia que ganó TV Local Sur a la Viceconsejería de Comunicación)

A todas las Sentencias del TSJ de Canarias se unen ahora las 2 del Tribunal Supremo, que confirman la falta de objetividad en el reparto de licencias para ejercer la libertad de información y expresión.

Estos son los 2 primeros fallos del Tribunal Supremo condenando al Gobierno de Canarias, pero se les unirá se les unirán más de una docena. Con casi 30 decisiones judiciales en su contra, la Viceconsejería de Comunicación se ha visto desbordada con las Sentencias del Tribunal Supremo contra las que no cabe recurso ordinario alguno.

En el caso de Canarias se da la paradoja de casi todos los repartos que tienen que ver con licencias de medios de comunicación han acabado anulados en los tribunales. Hay que recordar:

  • Todas las sentencias que dictó el Tribunal Superior de Justicia de Canarias anulando las licencias de la TDT local, insular y autonómica.

  • El reciente fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2, de Las Palmas de Gran Canaria, anulando la adjudicación a Videoreport Canarias en junio de 2008 de la producción de programas informativos para la Televisión Autonómica de Canarias.

  • El proceso penal abierto contra los miembros de la Mesa de Evaluación que puntuaron los proyectos de radio FM en el último concurso por un presunto delito de tráfico de influencias.

  • El reconocimiento, por la propia Canarias Difusión S.L. (7.7 radio), de la imposibilidad de hacer frente al desarrollo de las 32 licencias de FM. Su principal valedor periodístico afirmo en antena que “no hay dinero para desarrollar el proyecto”.

Ahora le toca el turno a los adjudicatarios que estudian la posibilidad de reclamar los daños y perjuicios que el ejecutivo canario les ha ocasionado:

  • Por repartir la TDT sin la objetividad obligada
  • Por intentar mantener su postura en el Tribunal Supremo a pesar de la rotundidad de las Sentencias del TSJ de Canarias.

Valencia, País Vasco, y Navarra están en fase de valoración de las ofertas de radio FM y cerca de repartir las licencias de radio FM. Seguramente extreman las cautelas para evitar que se reproduzca lo acontecido en Canarias.