jueves, 17 de junio de 2010

DIAGNÓSTICO DE UN ACCIDENTE

Un taller de valoración médico-legal del daño corporal desentraña el papel esencial de los profesionales de rehabilitación a la hora de dictaminar las secuelas de un accidente casual, laboral, de tráfico o durante la práctica de un deporte.


• Tanto la persona afectada como las compañías aseguradoras solicitan a la medicina de rehabilitación una reparación que reduzca, en lo posible, el grado de discapacidad de una persona accidentada.
• El aumento de accidentes de tráfico, laborales y deportivos con secuelas que requieren ser valoradas para reparar el daño sufrido y los perjuicios correspondientes (actividades de la vida corriente, de ocio, de comunicación, laborales, etc.)
• La medicina Física y Rehabilitación tiene como finalidad eliminar o reducir al máximo las secuelas y en su caso, la valoración de las mismas para establecer las compensaciones adecuadas.

Las Palmas, 17 de junio de 2010 | Sanidad | Gabinete de Prensa.

La Ley describe la Valoración de Daño Corporal (VDC) como “una actividad médica que tiene por objetivo evaluar e informar de las lesiones, secuelas, menoscabos, perjuicios, dolores, molestias, incapacidades, invalideces que pueda tener una determinada persona, derivado tanto de accidentes (casuales, laborales, de tráfico, o en el ejercicio de un deporte) como de enfermedades producidas tanto por agentes externos como internos, con objeto de que se pueda producir una reparación adecuada”. Es, por decirlo en plata, el diagnóstico de un accidente.

Al abrigo de esta definición, Lorenzo Jiménez, jefe de Medicina Física y Rehabilitación del Hospital Ramón y Cajal de Madrid, ha organizado un taller, enmarcado en el 48º Congreso Nacional de la Sociedad Española de Rehabilitación y Medicina Física, sobre valoración medico-legal del daño corporal en el que transmitir, a las nuevas generaciones, “el papel esencial que juega la medicina de rehabilitación a la hora de de valorar los daños sufridos por una persona en un accidente y pautar la recuperación de la misma. Hoy en día, la sociedad demanda recuperaciones más completas, tendentes, sobre todo, a evitar la dependencia de la persona afectada.”

La actuación de los médicos de rehabilitación, “quienes ostentan la máxima responsabilidad en este campo, se antoja esencial”, asegura Lorenzo Jiménez, quien asegura que “el daño corporal derivado de un accidente requiere un estudio minucioso, cargado de matices. Hay que valorar el grado de afectación del paciente; el grado de recuperación de las lesiones y las secuelas que quedan y el grado de dependencia resultante de todo el proceso, una secuela extrema de la que rehuye tanto la persona afectada, que pide una rehabilitación más eficaz y completa, como las compañías aseguradoras”.

Los expertos que actúan tanto a nivel judicial (civil, penal, social), administrativo o de la Seguridad Social, en el campo de los Servicios Sociales o en el ámbito privado tanto contractual (pólizas de seguro) como extracontractual (daños a terceros o Responsabilidad Civil) han de valorar “el grado de dependencia y las consecuencias resultantes del accidente en un sinfín de campos tales como la actividad laboral, las tareas domésticas, el aseo corporal, el control de la alimentación o los desplazamientos”, tal y como afirma Lorenzo Jiménez.

El experto también considera que “el aumento de accidentes de tráfico con secuelas y la capacidad de la medicina moderna para salvar vidas comprometidas –con secuelas como hemiplejia o tetraplejia- ha aumentado la demanda de este tipo de valoraciones” y advierte que “a la hora de fijar las indemnizaciones, existe una tendencia a exagerar las consecuencias del accidente; un exceso de picaresca que ha de controlar el propio médico rehabilitador”.

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