- Las solicitudes de ayudas corresponden a contrataciones celebradas entre los meses de junio y agosto de 2010
Canarias, 22 de septiembre de 2010 | Empleo | Gabinete de Prensa - Redacción.
El Programa Extraordinario de Incentivos a la Contratación ha recibido 577 solicitudes de empresarios para la contratación de 870 personas desempleadas. Las ayudas solicitadas corresponden al segundo plazo de la convocatoria, concretamente a los contratos firmados entre los meses de junio y agosto de 2010. En el primer plazo de presentación de solicitudes, que se extendió desde abril a junio de 2010, el SCE otorgó ayudas para la contratación de 277 personas desempleadas por valor de 428.000 euros.
El último plazo para solicitar las subvenciones del Programa Extraordinario de Incentivos a la Contratación finaliza el próximo 10 de diciembre y cubrirá los contratos realizados entre los meses de septiembre y noviembre. El objetivo de estas ayudas es impulsar la creación de puestos de trabajo estables y de calidad por la iniciativa privada, estableciendo incentivos que favorezcan la decisión de las empresas de incorporar a sus plantillas nuevo personal.
Este incentivo consiste en una subvención equivalente a los costes de la Seguridad Social del trabajador durante 6 mensualidades. El importe se determina dependiendo de las bases de cotización a la Seguridad Social , siendo 615 euros al mes la cuantía máxima por contrato. Son subvencionables los contratos laborales suscritos entre los meses de abril de 2010 a noviembre del mismo año.
Podrá ser beneficiaria de la subvención cualquier entidad, ya sea persona física, jurídica o comunidad de bienes con capital íntegramente privado, que desarrolle una actividad empresarial y formalice nuevos contratos laborales por un periodo mínimo de 12 meses. Los trabajadores contratados deben estar inscritos como demandantes de empleo en el SCE, con una antelación mínima de 3 meses a la fecha de la celebración del contrato, y no habrán podido mantener una relación laboral con la empresa en los 6 meses anteriores. Además, las empresas beneficiarias han de tener su domicilio social en Canarias o un establecimiento permanente en el Archipiélago.
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