Luis Shaw: “A veces la empresa pone trabas a que el trabajador pueda ir a desempleo produciéndose situaciones sangrantes para el empleado”
Melonera (Maspalomas - S.Bartolomé de Tjana), 15 de julio |Congreso - Jornadas | Gabinete de Prensa.
El Magistrado del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Jaén, con competencias en lo Mercantil, quien impartió en la mañana de hoy una ponencia acerca de la ‘Incidencia de la relación laboral en el concurso’ en el marco del IV Congreso de Derecho Mercantil y Concursal de Canarias, explica que “el trabajador intenta huir del expediente de regulación de empleo colectivo e intenta encontrar el incumplimiento del pagador, buscando la indemnización de 45 días a través del Juzgado de lo Social, lo que ocasiona conflicto de competencias entre los Jugados de lo Mercantil y de lo Social”
TAMBIÉN HAN DICHO HOY…
- Humberto Guadalupe Hernández, Presidente de la Sala de lo Social del TSJ de Canarias, sede Las Palmas: “Por favor, Jueces de lo Mercantil, tramiten rápido los recursos de apelación”. (Indicó que suelen tardar en tramitarse entre 15 y 18 meses) [Impartió una ponencia sobre la “Incidencia de la relación laboral en el concurso”]
- Elena Corral Losada, Magistrada de la Audiencia Provincial de Las Palmas, sección nº4, con competencias de lo Mercantil: “Los jueces ya no tienen poder ni para organizar al personal de la oficina judicial ni para ordenar nada”. [Impartió una ponencia ayer por la tarde acerca de “Concurso de acreedores y registro de la propiedad”]
- Teresa Vázquez Pizarro, Magistrada de la Audiencia Provincia de Cáceres, sección nº1, con Competencias en lo Mercantil: “Tras el acuerdo entre deudor y acreedor, se ha de realizar la nueva prestación pactada. Si no se produce esta nueva prestación no existe dación en pago”. [Impartió hoy una ponencia sobre “La dación en pago en el concurso”]
“El empleado queda como en todas las situaciones de crisis de una empresa, en las que se van a producir expedientes de regulación de empleo, con lo cual la indemnización que se da es inferior que si fuera un despido improcedente. En lugar de 45 días, se van a dar 20 días por año, hasta un total de 12 meses. Lo que ocurre es que el trabajador intenta huir del Expediente de Regulación de Empleo colectivo e intenta encontrar el incumplimiento del pagador y busca la indemnización de 45 días a través del Juzgado de lo Social, lo que ocasiona conflicto de competencias entre los Jugados de lo Mercantil y de lo Social, por si se regula a través de un expediente colectivo o bien se hace la demanda de tipo individual”, según explica Luis Shaw
“Lo que pasa es que todas las empresas hacen Expedientes de Regulación de Empleo despidiendo a la mayoría de los trabajadores. Lo más llamativo que te puedes encontrar es que la empresa entorpece incluso la intención de los trabajadores de estar en situación de desempleo. Los trabajadores lo prefieren, y hay veces que la Sociedad pone trabas a que el trabajador pueda ir a desempleo produciéndose situaciones sangrantes para el trabajador, que no puede cobrar, que recibe salario ni nada. Te encuentras que mientras que se tramita el despido, el trabajador continúa trabajando –o no, porque no hay trabajo- dado de alta en la empresa sin cobrar sueldo”, puntualiza.
Shaw considera que habría que “establecer competencias claras” entre el Juzgado de lo Social y lo Mercantil. Recordó que hay una reforma en marcha que aclara estas competencias. “Los ERE por lo general no suelen ser lentos. Los concursos bajaron el año pasado. Pero el trimestre anterior ha sido superior a lo previsto. La previsión es que sigan subiendo el número de concursos y por ende, los trabajadores afectados por la concursal”.
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