miércoles, 21 de septiembre de 2011

AUGC SOLICITA A LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS QUE NO CONVALIDEN EL REAL DECRETO –LEY 14/2.011., DE 16 DE SEPTIEMBRE, DE MEDIDAS COMPLEMENTARIAS EN MATERIA DE POLÍTICAS DE EMPLEO Y DE REGULACIÓN DEL RÉGIMEN DE ACTIVIDAD DE LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO.

Madrid, 21 de septiembre de 2011 | Sindical | Gabinete de Prensa.

La Asociación Unificada de Guardias Civiles, AUGC, ante la votación que se producirá en el día de mañana en el Congreso de los Diputados para la aprobación o derogación del Real Decreto-Ley 14/2.011., de 16 de septiembre, de medidas complementarias en materia de políticas de empleo y de regulación del régimen de actividad de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, quiere ma-nifestar que pide a los grupos parlamentarios que voten en contra de la convalidación del citado Real Decreto-Ley en lo relativo a aquellos aspectos que afectan a los guardias civiles.

Efectivamente, la citada norma, además de no haber sido informada, como es preceptivo, por el Consejo de la Guardia Civil, no es más que un apresurado remiendo a la falta radical de tratamiento global de las políticas de personal del Ministerio del Interior, en relación con los hombres y mujeres que conforman la Institución. Además, pone de relieve la falta de planificación de las necesidades de plantillas para el eficaz cumplimiento de las misiones que el artículo 104 de la Constitución Española encomienda a la Guardia Civil.

Por otra parte, supone, una vez más, situar a los guardias civiles en una posición de desigualdad y de trato discriminatorio, incluso en relación con los componentes del Cuerpo Nacional de Policía. Esta afirmación se desprende de la lectura de los artículos 4 y 5 del citado Real Decreto-Ley. El artículo 4 – que se refiere a los funcionarios (a todos) del Cuerpo Nacional de Policía – establece que aquellos podrán permanecer en servicio activo hasta los sesenta y cinco años “siempre que reúnan las adecuadas condiciones para el desempeño de las funciones atribuidas”. Sin embargo, en el artículo 5 se manifiesta que la posibilidad de continuar en activo en el Cuerpo de la Guardia Civil hasta los sesenta y cinco años, es sólo para los componentes de la Escala de Cabos y Guardias, sin que exista referencia o mención alguna a “que reúnan las adecuadas condiciones para el desempeño de las funciones atribuidas”.

Es decir, se está fomentando en la Guardia Civil el envejecimiento de la plantilla y la prestación de servicio, al margen de reunir o no las condiciones psico-físicas y pro-fesionales, que si le son exigibles a los policías.

Todo ello supone la constatación de la ausencia de planificación en las políticas de personal del Cuerpo de la Guardia Civil, la incapacidad manifiesta de abordar una nueva ley de la carrera profe-sional del guardia civil, que no puede remendarse de esta forma, tan inconsistente como inmotivada.

Por ello, pedimos a los grupos parlamentarios que no convaliden la citada norma en los aspectos que se refieren a Guardia Civil, pues, de hacerlo se consagrará una situación de palmaria ilegalidad y de desigualdad manifiesta.

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