Las Palmas de GC, 23 de septiembre de 2011 | Opinión | José Ramón Dámaso Artiles.(*)
Venimos reiterando desde hace mucho tiempo que las reformas laborales no son, ni serán, mecanismos útiles para la creación de empleo, si no van acompañadas, paralelamente, de otras medidas económicas, fiscales y financieras.
En esa línea, advertimos en su momento, a poco de su promulgación, que la última reforma laboral, realizada por el Gobierno de España en dos fases, tampoco era buena y que, consecuentemente, no iba a ser creadora de empleo, sino, más bien, todo lo contrario.
Desgraciadamente, porque nos hubiera gustado –y mucho- equivocarnos, el tiempo nos ha dado la razón. No sólo no se ha creado empleo sino que las cifras de paro han seguido incrementándose hasta los espeluznantes límites que soportamos en la actualidad, que no han desembocado en revueltas sociales de entidad por la pujanza de la economía sumergida que, pese a los fuegos artificiales en forma de campañas para luchar contra su existencia lanzados por el ejecutivo de Zapatero, sigue más viva que nunca.
Pero lo peor no es eso. Lo más grave de todo lo que ha sucedido en materia de legislación laboral en los últimos tiempos son los inexplicables e inexplicados cambios de rumbo que ha protagonizado un ejecutivo a la deriva que confirma con sus hechos, día si y día también, que actúa guiado, fundamentalmente, por la improvisación.
Así, uno de los objetivos principales de la reforma realizada por la Ley 35/2010 era terminar con la dualidad entre contratos temporales y fijos. Y, miren por donde, menos de un año después de la última modificación, el Gobierno realiza un borrado de memoria y elimina los límites del contrato temporal. Con desparpajo y sin cortarse un pelo, tirando por tierra el trabajo de los profesionales que hemos estado fomentando el contrato fijo, convenciendo a nuestros clientes de que es más barato y mejor y al grito de que “vale más un temporal que un parado”.
Insistimos en que, desde nuestra óptica, lo que subyace realmente tras estas medidas alocadas es la ineptitud y la falta de criterio de unos dirigentes que, en su cobardía, no aceptan que la única solución es coger, de una vez por todas, el toro por los cuernos y enfrentarse al debate que nadie quiere acometer: el de la indemnización por despido. El profesor Sagardoy, en un artículo de opinión en el periódico Cinco Días, lo decía claro”… para extinguir el contrato de los fijos hay que pasar un calvario procesal y pagar una indemnización muy superior a la media europea. Ese es el pensamiento de la mayoría de los empresarios y debido a ello contratan temporales y huyen de los fijos. Así de claro y así de crudo.”
Resulta evidente que la tramitación legal de la extinción de un contrato de trabajo, tal y como está regulada en la actualidad preocupa e, incluso, disuade al empresario de la intención de contratar más allá de lo muy estrictamente necesario. Pero, ¿a todos los empresarios? En nuestra opinión, esta preocupación embarga, sobre todo, al empresario que crea empleo, al pequeño empresario, a las Pymes de no más de cincuenta trabajadores.
Es cierto, y no se puede ni debe ocultar, que la preocupación afecta a todo el tejido empresarial, incluidas las grandes empresas, pero por criterios diferentes. A las grandes, lo que les preocupa es el EBITDA (indicador más utilizado para medir la rentabilidad operativa de una empresa), mientras que a las Pymes les interesa el CASH FLOW (indicador importante para medir de la liquidez de una empresa)
Entonces, y a la vista de lo expuesto, que proponemos hacer? A nuestro juicio, una buena solución sería la idea del contrato único. El contrato único consistiría, en la práctica, en la desaparición de los múltiples y variados modelos de contratación existentes en la actualidad, principalmente los de carácter temporal, y su sustitución por un único modelo que, además, estandarice la indemnización en caso de despido para todos los trabajadores. Un contrato único que conviviría con los formativos y los de interinidad, ya que estos son contratos con finalidad determinada, clara y concreta.
Desde nuestra perspectiva, la estabilidad en los puestos de trabajo es fundamental para crear riqueza, seguridad laboral y desarrollo profesional y ello creemos que se puede conseguir con el contrato único, dado que nos llevaría a disminuir la temporalidad en la contratación, creando trabajos fijos de entrada y con perspectivas de futuro. A nuestro modo de ver, crear puestos de trabajo de entrada fijos generaría de forma directa el deber para el trabajador de comprometerse con la cultura de la empresa e, indirectamente, la seguridad para el empresario de poder crear riqueza y mantenimiento de los puestos de trabajo sin la incertidumbre de que hacer cuando las cosas no vengan bien.
Para ello, la cuestión nuclear del contrato único no puede ser la indemnización, sino su régimen jurídico, la protección que se le dispensará a los trabajadores en caso de extinción del contrato de trabajo por parte del empresario, incluyendo la redefinición de las causas del despido, para que éstas no sean utilizadas de forma indiscriminada y arbitraria por el empresario, aún cuando acepte la improcedencia del despido y, en consecuencia, esté dispuesto a pagar la correspondiente indemnización.
En definitiva, que, como hemos comentado públicamente hasta la saciedad, tenemos que caminar por el sendero que nos conduzca a crear empleo y empleo de calidad. Los intentos realizados hasta ahora, en la línea de facilitar el despido y la temporalidad, se han demostrado ineficaces en la lucha contra el desempleo.
Por eso debemos hacer un esfuerzo por concretar instrumentos que, como el contrato único, parecen encaminadas en la dirección correcta. Por ello, concluimos parafraseando al Ministro de Trabajo, para sentenciar que, a nuestro juicio, “más vale un contrato único con menos indemnización que un contrato temporal”
(*) Presidente del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Gran Canaria y Fuerteventura, Presidente del Consejo Canario de Graduados Sociales.
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