lunes, 31 de octubre de 2011

El desahucio por impago del inquilino se acelera desde hoy

Ley de Medidas de Agilización Procesal

Madrid, 31 de octubre de 2011 | Tribunales | Gabinete de Prensa - 5 Días.

El desahucio de viviendas por impago del inquilino podrá acelerarse, a partir de hoy lunes, cuando entre en vigor la Ley de Medidas de Agilización Procesal, que permite al propietario acogerse al sistema del proceso monitorio, rápido y sencillo, para la reclamación de las rentas y desahucio. Esta norma, incluida en el plan de modernización de la Justicia del ministerio que dirige Francisco Caamaño, acomete reformas destinadas a simplificar los procesos y acortar tiempos de respuesta de los tribunales, mediante la eliminación de trámites innecesarios.

Entre otras, modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) al permitir que, una vez presentada la demanda por impago, el secretario judicial dé diez días al inquilino para que abone la cantidad adeudada, abandone la vivienda o presente las alegaciones por las que se opone al pago.

Si transcurrido dicho periodo el demandado no ha realizado ninguna de las opciones, el secretario judicial procederá a dar fecha para el lanzamiento (día en el que se hace efectivo el desalojo del inmueble), previa solicitud del propietario. Hasta ahora, tras la demanda por impago el Juzgado señalaba la fecha del juicio, en la que se reconocía al propietario el derecho a recuperar su vivienda, así como la fecha del lanzamiento, lo que alargaba los plazos meses. Con la reforma actual, el derecho a recuperar la vivienda puede ser reconocido en un plazo de diez días.

No obstante, el abogado del despacho Lusilla y Asociados, Sergio Lusilla, asegura que "la reforma será insuficiente" si no va acompañada de la implementación de personal".

Legislación

Esta modificación de la LEC completa la denominada Ley del desahucio exprés, aprobada en 2009, que redujo de dos meses a uno el plazo desde el que el arrendador puede exigir el pago de las deudas atrasadas y el momento en que presenta una demanda.

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