Olot (Girona), 15 de marzo de 2012 / Cartas al Director / JD Mez Madrid
Parece importante la sentencia dictada por el Tribunal Europeo de Derechos humanos, que refrenda la ley de Austria que prohíbe la fecundación in vitro heteróloga. La ha dictado la Gran Sala del Tribunal de Estrasburgo, que revoca lo decidido en primera instancia en abril de 2010 en una de las salas del mismo tribunal.
Como recordaran, el caso se refería a dos parejas de Austria que deseaban concebir un hijo a través de fecundación in vitro, pero una necesitaba donación de esperma ajeno, y la otra, de óvulo. El derecho austriaco prohíbe la donación de esperma en el ámbito de la FIVET, así como la de óvulos en general. Los demandantes acudieron a Estrasburgo en 2000: alegaron que la ley violaba su derecho a formar una familia y les discriminaba respecto de otras parejas que utilizaban esa técnica.
El Tribunal considera que existe una tendencia en los países europeos a autorizar la donación de gametos para la fertilización in vitro, pero los criterios de fondo están aún en evolución y no se basan en principios establecidos desde hace tiempo. Acepta el criterio del legislador austriaco, que pretendía evitar que dos mujeres puedan disputarse la maternidad biológica de un mismo hijo. Abordó, por tanto, con prudencia un asunto controvertido que encierra cuestiones éticas numerosas y complejas. Y es que el derecho humano a la procreación no es ilimitado.
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