viernes, 22 de marzo de 2013

120.000 DIVORCIOS SE TRAMITARON EN 2012 EN LOS JUZGADOS ESPAÑOLES


  • El incremento de divorcios respecto a 2011 es ligeramente superior a un 2 por ciento.
  • Aumentan un 14 por ciento los procesos consensuados de modificación de medidas, y un 24 por ciento los no consensuados
 Madrid (España), 22 de marzo de 2013 / Tribunales / Gabinete de Prensa.

En el año 2012 tuvieron entrada en los órganos judiciales españoles un total de 70.571 asuntos de divorcio consensuado, un 2,4% superior al año anterior, y 49.485 de divorcios contenciosos, un 2,5% de incremento sobre el año anterior, según los datos hechos públicos hoy por el Servicio de Estadística Judicial del Consejo General del Poder Judicial.  Asimismo se presentaron 4.738 separaciones de mutuo acuerdo y 2.404 separaciones contenciosas. También ingresaron 164 asuntos de nulidad matrimonial.

Dentro de una tendencia decreciente que se observa desde finales de 2005 tanto los divorcios contenciosos como los de mutuo acuerdo han mostrado un ligero repunte en el cuarto trimestre de 2012, con incrementos interanuales del 11,5% para los divorcios consensuados y del 7,1% para los no consensuados. El número de procedimientos de divorcio consensuado iniciados en el cuarto trimestre es el más alto desde el segundo trimestre de 2008.

Para las separaciones, especialmente para las de mutuo acuerdo,  también se observa un levísimo repunte en el cuarto trimestre. Las separaciones de mutuo acuerdo han mostrado un incremento interanual en el cuarto trimestre del 7,6%. Ello se ha producido después de bajadas desde el primer trimestre del 2010, con la única excepción del  tercero de 2011.

Comparando los datos globales de 2012 con los de 2011 se observa que en Andalucía, Cataluña y Madrid han aumentado las dos formas de divorcio, mientras que han disminuido tanto las separaciones contenciosas como las de mutuo acuerdo. En Canarias y Extremadura han aumentado todas las formas de ruptura matrimonial.

Por primera vez se incluye información sobre las modificaciones de medidas en procesos de separación y divorcio, así como sobre los procedimientos relacionados con la guardia, custodia y alimentos de hijos no matrimoniales. A efectos terminológicos, se entiende por “modificación de medidas en procesos de separación y divorcio”, el procedimiento que se incoa para solicitar una resolución judicial que modifique las medidas fijadas en sentencia de separación y/o divorcio porque se hayan modificado sustancialmente las circunstancias económicas o personales que existían en el momento en que se acordaron. En el mismo sentido, para el caso de que se trate de unidades familiares en las que no haya existido previo matrimonio,  si lo que se pretende es la modificación de medidas adoptadas respecto a hijos sujetos a patria potestad, el procedimiento judicial que se insta es el ahora identificado como “guardia, custodia y alimentos de hijos no matrimoniales”; en ambos casos, al igual que en el resto de los asuntos relativos al derecho de familia, el procedimiento puede ser de mutuo acuerdo o contencioso.

En 2012 se han iniciado 6.719 procedimientos consensuados de modificación de medidas, un 14,4% más que en 2011.  Respecto a procedimientos no consensuados de modificación de medidas se han iniciado 26.435, con un incremento interanual del 24%.

Asimismo, se iniciaron 11.607 procedimientos consensuados de guardia, custodia y alimentos de hijos no matrimoniales, un 17,3% más que en 2011, mientras que procedimientos no consensuados se iniciaron 19.885, un 12,2% más que en 2011.

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