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sábado, 30 de septiembre de 2017

El presidente del TS y del CGPJ reivindica los valores universales del Derecho frente a la división y el conflicto al margen de la ley



.  Carlos Lesmes inaugura en Madrid el encuentro “Construir hoy una Justicia penal internacional del siglo XXII”

Madrid (España), 30 de septiembre de 2017 / Tribunal Supremo - Consejo General del Poder Judicial / Gabinete de Prensa.

El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes, ha revindicado hoy los valores universales del Derecho y la globalización de la paz y de la solidaridad frente a la división y el conflicto al margen de la ley.

Tras recordar que en democracia, el acuerdo, el consenso de voluntades y la responsabilidad son cruciales para crecer y construir un mundo mejor, Lesmes ha dicho que “en estos momentos tan delicados para la libertad y los derechos de muchos españoles…resulta paradójico que frente a la universalización de las respuestas a dispensar por el Derecho, frente a la globalización de la paz y la solidaridad, algunos prefieran la división y el conflicto al margen de la Ley, al intentar imponer sus ideas por encima de los valores y de los principios más elementales de convivencia”.

El presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ ha inaugurado en la sede del órgano de gobierno de los juecesun encuentro jurídico internacional bajo el lema “Construir hoy la Justicia penal internacional del siglo XXII”.

En palabras del presidente del TS y del CGPJ, el desafío de las instituciones nacionales y supranacionales es “combatir eficazmente aquellos crímenes que, por su naturaleza y especial gravedad, dejan de incumbir a un Estado soberano en particular, al afectar a la comunidad internacional en su conjunto”.

Lesmes ha incidido en lo que ha denominado “responsabilidad global” a la hora de identificar y perseguir estos delitos, con el fin de evitar la impunidad de sus responsables, independientemente del lugar de su comisión.

“Al igual que ocurre –ha señalado el presidente del CGPJ- con el ideal de una Justicia universal, todo es posible desde el respeto a la Ley, a la tolerancia y desde el diálogo”.

Finalmente Carlos Lesmes se ha referido a la responsabilidad, al compromiso y a la perseverancia como elementos vertebradores para lograr una justicia penal internacional “eficaz, visible y proporcionada, pues es un imperativo humanitario, una exigencia ética y una obligación política y jurídica impostergable”.

Este foro, que organizan el CGPJ y la Embajada de Francia en España, pretende ser un encuentro de juristas de diferentes países para compartir ideas, experiencias y retos para sentar las bases de una Justicia penal internacional para el siglo XXII.

El encuentro de Madrid es continuación del que se celebró en noviembre de 2016 en la sede del Tribunal Internacional de Justicia de La Haya, donde se debatió sobre la mejora de los métodos de trabajo de una justicia penal internacional, cuyos distintos Tribunales (Tribunal Penal Internacional, Tribunal para la antigua Yugoslavia, Tribunal especial del Líbano) hacen uso en general de prácticas procesales propias del derecho común anglosajón, lentas y costosas, contrarias al objetivo fundacional de impartir justicia de forma universal, rápida y con la legitimidad de la comunidad internacional.

jueves, 3 de septiembre de 2015

SOLICITADA AL TRIBUNAL SUPREMO LA IMPUGNACIÓN Y SUSPENSIÓN DE LA TRAMITACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO

Madrid (España), 3 de septiembre de 2015 / La Unión de Oficiales de la Guardia Civil (UO) - Impugnacion de los Presupuestos Generales del Estado / Gabinete de Prensa. 

La Unión de Oficiales de la Guardia Civil (UO) ha recurrido ante al Tribunal Supremo el acuerdo del Consejo de Ministros de aprobación y remisión a las Cortes Generales de proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado, por omitir trámites preceptivos exigidos por la Ley Orgánica 11/2007 de Derechos y Deberes de los Guardias Civiles (Arts 54.1 y 2) y que afectan directamente al derecho fundamental de participación, recogido en el artículo 23 de la Constitución Española. 

Dicha Ley Orgánica obliga a que cualquier proyecto de Ley que afecte a las retribuciones, o asuntos económicos relativos a los guardias civiles, sea previamente informado por el Consejo de la Guardia Civil, trámite que no se ha cumplido. Como sabe la opinión pública, los Guardias Civiles no tienen derecho de negociación colectiva, de huelga o de manifestación por lo que no tienen otra forma de defender sus intereses económicos y profesionales que a través de sus representantes en el Consejo. 

Por este motivo, que el Gobierno ignore este trámite obligatorio no sólo es una ofensa al colectivo de guardias civiles sino que ataca de lleno al derecho fundamental de participación, privándoles de la única herramienta legal que poseen. 

Los guardias civiles tenían expectativas puestas en este trámite, en que sus representantes pudieran aportar en el informe elementos de juicio que el Gobierno o el Legislador pudieran tener en cuenta a la hora de redactar y aprobar la Ley de Presupuestos como, por ejemplo, que se incluya una dotación suficiente para proveer de material de protección (como chalecos) para todos los guardias civiles; que se corrija de una vez la despreciable clasificación retributiva de los alféreces (que siendo oficiales tienen sueldo de suboficial); que las subvenciones de los sindicatos policiales sean cuatro veces mayor que las de la Guardia Civil; una adecuada previsión presupuestaria para la dotación de plantillas…y un largo etcétera de asuntos que, como mínimo, deberían haber sido debatidos en el Consejo de la Guardia Civil pero que el Gobierno, en su tramitación, ha omitido. 

Por ello la Unión de Oficiales de la Guardia Civil (UO), en tanto se dicte Sentencia, ha solicitado al Tribunal Supremo la suspensión de la tramitación de la Ley de Presupuestos hasta tanto no se subsanen los defectos en la tramitación y se restituya el Derecho Fundamental de los miembros de la Guardia Civil. 

Lamentamos que un gobierno al que oímos a diario expresar en los medios de comunicación que las leyes están para cumplirlas y que van a exigir que la Ley se cumpla, sean los que incumplen trámites preceptivos exigidos por la Ley en un proyecto tan importante como el de presupuestos generales del Estado para el año 2016. En este sentido recordamos que el artículo 9 de la Constitución Española establece que “Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico”. 

La infracción de esta norma se viene sucediendo año tras año, desde el 2008. Ha llegado el momento de decir basta y exigir a los distintos gobiernos, a los distintos poderes públicos, que cumplan la Ley del mismo modo que se nos exige que la cumplamos a todos los ciudadanos. Ahora será el Tribunal Supremo el que nos aclare si todos estamos sujetos a la Ley o por el contrario hay quienes pueden saltársela cuando estimen conveniente.

viernes, 27 de julio de 2012

EL TRIBUNAL SUPREMO ANULA DEFINITIVAMENTE LAS LICENCIAS DE LA TDT EN CANARIAS


  • Dos Sentencias del Alto Tribunal determinan que el Gobierno de Canarias deberá volver a valorar los proyectos de TDT desde el principio.
Madrid (ESPAÑA), 27 de julio de 2012 / Licencias TDT - Medios - Sentencia / diezromeo.com

El Tras la adjudicación de las licencias de la TDT en Canarias, numerosos operadores de televisión decidieron recurrir por no estar de acuerdo con el resultado del reparto. Comenzaba así el periplo de buscar en los Tribunales la justicia que según ellos, la administración le había denegado.

Para una televisión o emisora de radio recibir no tener licencia en un concurso es algo demoledor. La desolación se torna en impotencia cuando voces interesadas le dicen que “recurrir no vale para nada” o que “tras montar la televisión o la radio, pasados 2 o 3 años, es imposible que le quiten las licencias”. Se trata así de evitar que quien tiene derecho a recurrir no lo ejerza ante los Tribunales. O de interiorizar que la toda acción judicial contra la adjudicación de licencias es un “recurso del pataleo”.

Pues el Tribunal Supremo ha demostrado lo contrario. Y acaba de ratificar que las licencias de la TDT en Canarias se otorgaron de forma irregular. Por eso las declara anuladas. Así el Alto Tribunal ha dejado claro que quien recurre, si le asiste la razón, puede tirar abajo licencias concedidas en el 2007. Se acabó el concepto del recurso del pataleo. Las CCAA ya saben que si incurren en ilegalidades los Tribunales les van a anular las licencias de TDT o radio, sea quien sea el beneficiario.

Los hechos se remontan a los procesos judiciales que iniciaron las emisoras que no se vieron beneficiadas por el reparto de concesiones de ámbito local, que se decidió mediante el Decreto número 377/2007, del Gobierno de Canarias, de fecha 16 de octubre de 2007.
Tras los trámites correspondientes la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias declaró, en numerosas Sentencias, la nulidad del concurso de la TDT local, insular, y autonómica

Los fragmentos de las Sentencias eran verdaderamente demoledores (Sentencia que ganó Archipiélago Televisión a la Viceconsejería de Comunicación):

El expediente para la contratación, por el procedimiento de urgencia, negociado sin publicidad de la consultora a que se alude en aquella Sentencia, se inicia por la Viceconsejería de Comunicación, el 11 de enero de 2007, mientras que la mesa hace la primera y única mención a la necesidad de solicitar un informe en su reunión de 23 de febrero de 2007 y además se señala directamente que el informe se solicita a la entidad Doxa Consulting Madrid S.L., ello a pesar de que la adjudicación del contrato a dicha entidad no se realiza hasta el día 26 de febrero. (…)

En otro fallo se señaló que el Decreto 377/2007 es nulo de pleno derecho, es decir, nunca ha existido, ya que al estar íntegramente impregnado del vicio de nulidad señalado, no hay nada en este acto susceptible de ser conservado. (Sentencia que ganó TV Local Sur a la Viceconsejería de Comunicación)

A todas las Sentencias del TSJ de Canarias se unen ahora las 2 del Tribunal Supremo, que confirman la falta de objetividad en el reparto de licencias para ejercer la libertad de información y expresión.

Estos son los 2 primeros fallos del Tribunal Supremo condenando al Gobierno de Canarias, pero se les unirá se les unirán más de una docena. Con casi 30 decisiones judiciales en su contra, la Viceconsejería de Comunicación se ha visto desbordada con las Sentencias del Tribunal Supremo contra las que no cabe recurso ordinario alguno.

En el caso de Canarias se da la paradoja de casi todos los repartos que tienen que ver con licencias de medios de comunicación han acabado anulados en los tribunales. Hay que recordar:

  • Todas las sentencias que dictó el Tribunal Superior de Justicia de Canarias anulando las licencias de la TDT local, insular y autonómica.

  • El reciente fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2, de Las Palmas de Gran Canaria, anulando la adjudicación a Videoreport Canarias en junio de 2008 de la producción de programas informativos para la Televisión Autonómica de Canarias.

  • El proceso penal abierto contra los miembros de la Mesa de Evaluación que puntuaron los proyectos de radio FM en el último concurso por un presunto delito de tráfico de influencias.

  • El reconocimiento, por la propia Canarias Difusión S.L. (7.7 radio), de la imposibilidad de hacer frente al desarrollo de las 32 licencias de FM. Su principal valedor periodístico afirmo en antena que “no hay dinero para desarrollar el proyecto”.

Ahora le toca el turno a los adjudicatarios que estudian la posibilidad de reclamar los daños y perjuicios que el ejecutivo canario les ha ocasionado:

  • Por repartir la TDT sin la objetividad obligada
  • Por intentar mantener su postura en el Tribunal Supremo a pesar de la rotundidad de las Sentencias del TSJ de Canarias.

Valencia, País Vasco, y Navarra están en fase de valoración de las ofertas de radio FM y cerca de repartir las licencias de radio FM. Seguramente extreman las cautelas para evitar que se reproduzca lo acontecido en Canarias.