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miércoles, 30 de julio de 2014

Supremo condena a Miguel Zerolo a 8 años de inhabilitación especial por un delito de prevaricación administrativa

Miguel Zerolo
Sentencia Miguel Zerolo: El Tribunal Supremo ha condenado al senador de Coalición Canaria y ex alcalde de Santa Cruz de Tenerife, Miguel Zerolo Aguilar, a 8 años de inhabilitación especial por un delito de prevaricación administrativa, en concepto de autor (el fiscal pedía 9 años). El ex teniente de alcalde y ex concejal, Guillermo Núñez Pérez, también ha sido condenado

Madrid (España), 30 de julio de 2014 / Sentencia del Tribunal Supremo / Gabinete de Prensa.

La sentencia, de la que ha sido ponente Juan Saavedra Ruiz, declara probado que los condenados adjudicaron las obras de remodelación de una sede municipal a la empresa IMES S. A. con un encargo directo sin tramitar expediente de contratación. Dicha empresa se encargaba del mantenimiento de los colegios y edificios municipales y por su objeto no podía amparar las obras a realizar en el citado inmueble. El acusado Miguel Zerolo conocía, según la sentencia, que las obras realizadas en el edificio del antiguo Instituto García Cabrera no estaban comprendidas en el objeto del contrato que unía a la empresa IMES S.A. con el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y que, en consecuencia, su realización hubiera exigido la tramitación del correspondiente expediente de contratación. 


Miguel Zerolo

Sin embargo, asegura la Sala, adopta una resolución administrativa arbitraria para levantar el reparo formulado por la Intervención de Fondo, aprueba el correspondiente documento contable y permite el pago al que la Intervención se opone con razón, "con ello, sin duda, tratándose de dinero público, se afecta a los derechos de los administradores y de la colectividad en general". 


Guillermo Núñez Pérez

Cuando así ocurre, según la sentencia, se pone de manifiesto que la autoridad o funcionario, a través de la resolución que dicta, no actúa al derecho, orientado al funcionamiento de la Administración Pública conforme a las previsiones constitucionales, sino que hace efectiva su voluntad, sin fundamento jurídico aceptable. Afirma que, en este caso, "la decisión del acusado sólo estaba dirigida a amparar una situación en la que se había prescindido del procedimiento establecido en la ley". 
  
En el caso de Guillermo Núñez Pérez, la Sala entiende que fue un cooperador necesario para la comisión del delito de prevaricación. Como Teniente de Alcalde y concejal de Santa Cruz, fue quien encargó directamente a la empresa IMES S.A. la realización de las controvertidas obras, " conociendo que dicho encargo no estaba amparado por el contrato que unía a esta entidad con el Ayuntamiento".  
  
En el caso del tercer acusado, Joaquín Castro, el tribunal estima que debe ser absuelto al considerar que de la prueba practicada no se puede concluir que actuara en connivencia con el fin delictivo de las dos primeras autoridades municipales. 

viernes, 13 de junio de 2014

El 25 de junio se inicia el Juicio por el caso García Cabrera en el Tribunal Supremo

Miguel Zerolo se sentará por primera vez en el banquillo de los acusados

Miguel Zerolo, Guillermo Núñez y Joaquín Castro-Brunetto serán juzgados por el Tribunal Supremo acusados de prevaricación continuada

Izquierda Unida actuará como Acusación Popular en defensa de los derechos de los y las santacruceras

Santa Cruz de Tenerife (Canarias), 13 de junio de 2014 / Políticas - IUC / Gabinete de Prensa.
    
El próximo 25 de junio se dará inicio a las sesiones del Juicio Oral y Público correspondiente al caso García Cabrera (Causa Especial 3/20284/2012) que se celebrará ante la Sala de Lo Penal (Sala Segunda) del Tribunal Supremo y que sentará en el banquillo de los acusados al actual senador de CC y exalcalde de Santa Cruz, Miguel Zerolo Aguilar, así como al exconcejal de CC Guillermo Núñez Pérez y al funcionario municipal vinculado a CC, Joaquín Castro Brunetto.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo acordó mediante Providencia fechada el pasado 29 de mayo el inicio del juicio el día 25, a las 10:30 horas, ordenando la citación de los acusados así como a los 11 testigos y 3 peritos que prestarán declaración a lo largo de ese día en jornada de mañana y tarde.

Miguel Zerolo, Guillermo Núñez y Joaquín Castro-Brunetto serán juzgados por el Tribunal Supremo por un grave delito de prevaricación administrativa continuada por el que han sido acusados por la Fiscalía del Estado e Izquierda Unida personada como Acusación Popular. El juicio se desarrollará ante el Tribunal Supremo dada la condición de aforado que el acusado Miguel Zerolo tiene como Senador designado en representación de la Comunidad Autónoma de Canarias.

El caso García Cabrera se ha centrado en las gravísimas ilegalidades incurridas en el proceso de ejecución de las obras de rehabilitación del antiguo instituto de Ofra Hermanos García Cabrera para su acondicionamiento como oficinas municipales.

La ejecución de dichas obras se hizo mediante contratatación verbal, lo cual es manifiestamente ilegal, y por tanto, sin expediente de contratación vulnerando gravemente los principios de competencia y buena administración. Las obras se ejecutaron sin proyecto previo ni estudos técnicos que permitieran razonablemente hacer una evaluación de su coste a efectos de contratación. Las obras fueron ejecutadas “a dedo” por la empresa IMES-API, encargada en aquella época del mantenimiento de los edificios municipales, siendo así que la Intervención Municipal de Fondos reparó todos los pagos que se hacían a la misma, reparos que eran “levantados” de forma conscientemente ilegal por Decreto del entonces Alcalde Miguel Zerolo, previo informe del funcionario también acusado, Joaquín Castro-Brunetto.

Tal fue así, que unas obras que se consieraron incialmente como “obras menores” o “reformitas” en palabras de Zerolo, acabaron costando a las ciudadanas y ciudadanos de Santa Cruz más de 7 millones de euros (esto es, más de mil millones de las antiguas pesetas).

Para Marina Delgado Delgado, portavoz de Izquierda Unida en Santa Cruz “las santacruceras y los santacruceros no nos merecemos responsables políticos que se vulneran sistemáticamente la legalidad, el caso García Cabrera es el mejor ejemplo de cómo se hacían las cosas en el Ayuntamiento de Santa Cruz durante el ‘zerolismo’”.

Por su parte, Ramón Trujillo, coordinador de IUC señala que “el día 25 de junio se sentará en el banquillo de los acusados, ante el Tribunal Supremo, uno de los tres Senadores que representan a la Comunidad Autónoma de Canarias, es lamentable, Canarias no merece estar representado por un individuo acusado de prevaricación y con graves imputaciones por el caso de Las Teresitas y el caso Forum”, añadiendo que “PP, PSOE y CC eligieron a Miguel Zerolo como Senador en representación de Canarias cuando ya estaba imputado por graves delitos, les exigimos que rectifiquen y si les queda algo de vergüenza que reprueben políticamente a Zerolo antes de ese día”. 

Para José M. Pérez Ventura, denunciante del caso y abogado de IU “el caso García Cabrera se suma al caso Las Teresitas y al caso Forum en la trayectoria política de Miguel Zerolo, confíamos en que se haga justicia y se dicte una sentencia condenatoria”, añadiendo que “Izquierda Unida está personada como acusación popular en defensa del interés general, es triste que el Ayuntamiento de Santa Cruz no se haya personado como acusación cuando se trata de delitos cometidos en su ámbito en contra del interés general; ya va siendo hora de que el Ayuntamiento se persone como acusación en el caso Las Teresitas y en el caso Forum”.

Cabe recordar que el caso García Cabrera se inicia en el año 2008 por la denuncia que interpusiera en la Fiscalía el Abogado José M. Pérez Ventura en nombre de la Asociación Justicia y Sociedad partiendo de la documentación facilitada por la entonces concejal de Ciudadanos de Santa Cruz, Odalys Padrón. Tras la larga investigación preliminar realizada, la Fiscalía General del Estado interpuso querella criminal por prevaricación contra Zerolo, Núñez y Castro-Brunetto en el año 2012 cuya instrucción y tramitación conducirá a la celebración del juicio señalado para el día 25.