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lunes, 8 de abril de 2013

Puerto del Rosario, ciudadanos de primera y segunda en el servicio de recogida de basuras



·        El Ayuntamiento redacta un pliego de condiciones en el que se plantea una reducción del 25% de la plantilla actual

·        Matorral, Fabelo o Los Pozos tendrán que limpiar la basura que generan las verbenas porque no se contempla el servicio “en los días especiales”

Puerto del Rosario (Fuerteventura), 8 de abril de 2013 / Basuras - Reglamento - Política / Gabinete de Prensa.

El Partido Popular de Puerto del Rosario tilda de “surrealista” el pliego de condiciones redactado por el consistorio capitalino para dotar de servicio de limpieza y recogida de residuos al municipio.

El documento contempla que la empresa que resulte concesionaria del servicio podrá ejecutarlo desde el año 2013 hasta el 2024 por un importe superior a los 16.000.000 euros.

Los vecinos de muchos barrios dejarán de tener servicio diario de recogida de basuras, incluso dentro de la capital, ya que el pliego de condiciones sólo establece como zonas diarias “la zona centro, León y Castillo, María Estrada, Tenesor, Virgen de la Peña, Avenida Marítima y Fernández Castañeyra”. 

“En las zonas más pobladas de Puerto del Rosario como El Charco, Fabelo, Los Pozos o Majada Marcial, la basura se recogerá tres veces por semana sin especificar qué días serán”, denuncia el portavoz popular en el Ayuntamiento de Puerto del Rosario, Carlos Figueroa.

Más afectadas se verán las zonas de los pueblos cuyas rutas se han visto incrementadas con las zonas industriales y nuevos barrios de la capital como Rosa Vila o Playa Blanca.

“Sumando las zonas industriales, el Hospital y todos los pueblos, el servicio de recogida de basuras supuestamente tiene que pasar tres veces por semana. Creemos que esto es surrealista, máxime cuando el pliego de condiciones establece una reducción del 25% de la plantilla actual”, asegura Figueroa.

A esto hay que añadir los nuevos servicios que el consistorio pide a la empresa adjudicataria tales como la limpieza de playas, el valdeo de calzadas y aceras, la limpieza de las instalaciones deportivas y culturales y los cementerios municipales”.

El portavoz advierte que el pliego no se ajusta a la realidad y puede derivar en “subidas de impuestos o despidos de plantilla y, por supuesto, en un municipio con calles, barrios y pueblos más sucios”.

Los populares además denuncian que los vecinos de Los Pozos, Fabelo y Matorral tendrán que seguir limpiando la suciedad que generen sus verbenas (todas entre el mes de junio y julio) debido a que el consistorio no ha incluído en el pliego de condiciones el servicio de limpieza para los días especiales.

“Se contemplan las 90 viviendas y las fiestas de El Carmen pero, inexplicablemente, Los Pozos, Fabelo y Matorral, con mucha afluencia de público, se dejan sin servicio”.

Habitualmente, después de las verbenas, los vecinos de estos pueblos y barrios se ven obligados a limpiar sus plazas para la actividad del día siguiente. “No tiene lógica que algunas fiestas tengan limpieza y otras no”.

Eso sí, “a pesar de haber ciudadanos de primera y segunda categoría, todos deberemos pagar los 45 euros de las tasas de la basura por igual”.

jueves, 30 de agosto de 2012

El Ayuntamiento aprueba un reglamento de cesión y uso de locales municipales para asociaciones y colectivos


Teror (Gran Canaria), 30 de agosto de 2012 / Locales Sociales - Reglamento / Gabinete de Prensa.

El Pleno de la Corporación municipal aprobó hoy jueves por unanimidad el reglamento para la regulación de cesión temporal y uso de los locales municipales, con el fin de propiciar el uso compartido de los mismos entre los vecinos, asociaciones o, colectivos del municipio.

Las cesiones y usos regulados del reglamento están orientadas a facilitar la puesta en marcha de programas y actividades de carácter cultural, informativo, formativo, deportivo, educativo y lúdico que se organicen por las diferentes asociaciones. La utilización de los locales de forma compartida por el Ayuntamiento y los diferentes colectivos, supondrá una optimización de los recursos municipales disponibles, según se hace constar en el documento.

El reglamento establece diferentes locales municipales para las cesiones reguladas, como son las antiguas escuela de San Isidro, El Hornillo y Miraflor, además de la antigua sede Policía Local, la planta baja del edificio de la Plaza el Pino n° 6 y los locales disponibles en el Polideportivo Municipal y el Estadio El Pino. Sin embargo, esta lista podría ser   ampliada y/o modificada por el Ayuntamiento cuando la disponibilidad e intereses municipales así lo requieran.

La cesión de los locales se realizará preferentemente a favor de las asociaciones de ámbito municipal o aquellas de ámbito insular sin ánimo de lucro, que estando incluidas en el Registro de Asociaciones del Gobierno de Canarias, tengan su sede en Teror y cuyas finalidades tengan por objeto el bien común de los vecinos a través de sus diversas manifestaciones. 

sábado, 17 de diciembre de 2011

San Bartolomé y Mogán preparan una nueva ordenanza común para regular sus mercadillos

Los dos ayuntamientos le presentaron ayer el borrador a los cerca de 250 mercaderes que cuentan con licencia en vigor

San Bartolomé de Tirajana, 17 de diciembre de 2011 / Mercadillos - Reglamentos / Gabinete de Prensa

Los Ayuntamientos de San Bartolomé de Tirajana y Mogán, a través de sus respectivas concejalías de Mercados, han elaborado conjuntamente un borrador de ordenanza común para regular la operatividad y funcionamiento de la venta ambulante en los mercadillos de ambos municipios.

El borrador de dicha ordenanza le fue presentado este jueves a los cerca de 250 mercaderes que disponen de permiso de actuación en las dos localidades, en el transcurso de una asamblea extraordinaria celebrada en las instalaciones del Mercado Municipal de Maspalomas, y donde las administraciones públicas de San Bartolomé y Mogán estuvieron representadas por los concejales de Mercados José Carlos Álamo Ojeda y Carmen Delia Alonso Medina, respectivamente.

Los contenidos de este borrador, resultante de actualizar y adaptar la antigua ordenanza a los preceptos normativos de la directiva europea Bolkestein, sobre los servicios en el mercado interno de la Unión Europea, del Real Decreto 199/2010 y de la posterior Ley 8/2011del Parlamento de Canarias que marca las pautas en materia de venta ambulante, fueron explicados a los mercaderes por el director de Mercados de San Bartolomé, Manuel Cabrera Santos, y la directora de los mercadillos del municipio de Mogán, Emilia Ramírez Segura.

El edil José Carlos Álamo, que dio la bienvenida a la asamblea, informó que el grupo de gobierno presidido por el alcalde Marco Aurelio Pérez decidió dar a conocer el borrador de la ordenanza a los principales interesados para escuchar sus sugerencias antes de someterla al próximo pleno de la corporación municipal para su aprobación inicial.

La intención de ambos gobiernos locales es someter el borrador de esta nueva ordenanza a la deliberación y aprobación inicial de los plenos ordinarios correspondientes a este mes de diciembre, para someterla después a información pública y a posibles alegaciones por espacio de un mes, y devolverla nuevamente al pleno para su aprobación definitiva.

El director de Mercados, Manuel Cabrera, explicó que el nuevo reglamento también obedece a “la necesidad de regular todas las situaciones pendientes en el mercado y el mercadillo, y a la urgencia que nos obliga a afrontar la actualización del reglamento municipal existente y obsoleto por no cumplir con la ley para el control y conducción de los mercadillos”.

Pequeñas modificaciones

La nueva ordenanza recoge en su disposición transitoria que las autorizaciones para el ejercicio de la venta ambulante anteriores a la entrada en vigor de la Ley 1/2010 quedan prorrogadas automáticamente por un plazo de 8 años, prorrogables a su término por otros ocho.

También recoge los contenidos de la anterior en cuanto a régimen de operatividad y funcionamiento interno de los mercadillos, pero introduce pequeñas modificaciones, como la inclusión del comercio de artículos de segunda mano o rastro en la modalidad de venta, o la estipulación de que son los ayuntamientos los que tienen la competencia para determinar las superficies y lugares para celebrar esas ventas reservándose hasta un 10% del suelo con libre disposición para fines sociales o necesidades de la administración.

La nueva ordenanza no afecta al régimen económico de las autorizaciones, pero sí introduce que éstas podrán transmitirse no sólo de padres a hijos sino también entre familiares de primer grado y a empleados con una antigüedad mínima de 2 años que acrediten el cumplimiento de la ley de contratos de trabajo. Dichas transmisiones no interrumpen la vigencia de la autorización por el período de los 8 años iniciales y los otros 8 de prórroga.

Las autorizaciones

Para la concesión de las autorizaciones los requisitos siguen siendo los mismos, salvo que ahora se exige también la tenencia de un seguro de responsabilidad civil que cubra a terceros y tener hojas de reclamaciones a disposición del público o clientes.

Ahora el procedimiento para la concesión de las autorizaciones es por concurso público, y ya no conlleva la prevalencia de la antigüedad o la obligatoriedad de que los solicitantes sean residentes en el municipio. Entre los nuevos criterios de valoración y baremación para la concesión de las autorizaciones destacan la calidad y distinción de los productos de artesanía autóctona de producción propia; la exclusividad o variedad del producto de venta, la inversión que se realice para el desarrollo de la actividad, las dificultades del solicitante para acceder al mercado y vida laboral, el estar en posesión de distintivos de calidad, la tenencia de carnet profesional de comerciante, la disponibilidad de instalaciones desmontables adecuadas, y el no haber incurrido en infracciones administrativas por incumplimiento de las normas del comercio ambulante.

La presentación de las solicitudes también cambia. Antes se podían presentar en cualquier momento y día del año. Ahora se presentarán en los 30 días siguientes a la publicación de las convocatorias de plazas, adjuntándose una declaración jurada sobre la posesión de la documental obligatoria. En cualquier caso las autorizaciones podrán ser revocadas por los ayuntamientos por la comisión de infracciones muy graves.

Los vendedores están ahora obligados a disponer de una placas acreditativas tamaño Din-A colocadas en lugares visibles durante las jornadas de trabajo, haciendo constar el nombre del titular, los metros autorizados, la mercancía autorizada para la venta y el período de autorización.

El régimen de condiciones higiénico sanitarias sigue siendo el mismo para la venta de productos alimenticios, aunque ahora se recoge que los distintos a frutas y verduras deben estar protegidos por mamparas, y las hierbas se venderán envasadas y con registro sanitario. Los titulares sólo podrán comercializar los productos para los que reciben autorización, aunque una vez al año pueden solicitar un cambio en el artículo de venta.

Normas de comportamiento

El nuevo reglamento también incluye normas éticas de comportamiento que prohíben el consumo de alcohol y obligan a los mercaderes a vestir correctamente durante el horario de venta en cualquier época del año. También quedan prohibidas las prácticas del acoso y reclamo a los compradores y usuarios mediante el contacto físico (agarrones) o el voceo y los gritos en mitad de los pasillos.

Los ayuntamientos entregarán las autorizaciones acreditativas una vez que la ordenanza sea aprobada definitivamente por los plenos.

El concejal José Carlos Álamo cerró la asamblea felicitando la Navidad a los asistentes, y pidiéndoles “confianza, porque estamos luchando por el interés general y por ustedes, los mercaderes, que son una parte muy importante del tejido económico, social, comercial y de promoción turística de los dos municipios”.