Ingenio, 01 de Noviembre de 2011 | Transportes - Taxis | Gabinete de Prensa.
Con el fin de garantizar el cumplimiento de las normas que regulan la prestación del Servicio de Auto-Taxi en el Aeropuerto de Gran Canaria, el alcalde de la Villa de Ingenio, Juan José Gil, ha emitido un bando a través del cual se recuerda que, según la Ley de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias y el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes, los servicios en el aeropuerto deberán iniciarse en el término municipal al que corresponde la licencia de transporte urbano y que la iniciación de los servicios interurbanos en vehículos de turismo deberán ser dentro del municipio otorgante de la correspondiente licencia. Por ello, únicamente podrán prestar servicio en el recinto aeroportuario las Licencias de Taxi correspondientes a los municipios de Telde e Ingenio.
En este sentido, Domingo González, concejal de Transportes, ha señalado que el actual grupo de gobierno adquirió, desde un primer momento, el compromiso de atacar el intrusismo y, como aplicación a este compromiso, ha publicado este bando. El edil añadió que la Policía Local actuará, en su capacidad inspectora, para controlar el mal funcionamiento de otros taxis, preservar el derecho de los taxistas de Ingenio y Telde de cargar en exclusiva y evitar el intrusismo de minibuses y limusinas quedando, los infractores de estas leyes, expuestos a las correspondientes sanciones en caso de incumplimiento.
Por otro lado el mencionado bando recuerda que queda terminantemente prohibida la presencia de vehículos Auto-Taxi que no estén de turno en el recinto del Aeropuerto excepto para dejar pasajeros, debiendo abandonar el mismo de forma inmediata con dirección al municipio respectivo. De igual forma se recuerda que queda terminantemente prohibida la recogida de pasajeros en las paradas de guaguas, aparcamientos, túneles y similares.
Por último y con respecto a los servicios de transporte turístico realizados por Minibuses, el bando recoge que en los recorridos y excursiones turísticas deberá acompañar a los usuarios en todo momento un Guía de Turismo debidamente habilitado en los términos que establezca la normativa específica reguladora de las actividades turístico-informativas.
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