lunes, 4 de junio de 2012

BASES DEL XXXVI PREMIO "FÉLIX FRANCISCO CASANOVA, 2012" INSTITUIDO POR LA EMPRESA PROPIETARIA Y EDITORA DEL PERIÓDICO “EL DÍA”, Y EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA, CON LA COLABORACIÓN DE PILAR REY.


La Palma (Tenerife), 4 de junio de 2012 / Literatura - Premios / Gabinete de Prensa.


Este premio se regirá por las siguientes:


BASES


1. Podrán participar en este premio escritores y escritoras de cualquier nacionalidad, que no
superen los VEINTICINCO AÑOS DE EDAD, excepto quienes hubieran obtenido este galardón en ediciones anteriores en la misma modalidad, y siempre que las obras presentadas sean textos escritos en lengua castellana y originales inéditos que no hayan
sido premiados anteriormente en ningún otro certamen.


2. Las modalidades convocadas en este premio son las de narrativa y de poesía, siendo el
tema de las obras libre.


3. Los concursantes podrán enviar sólo un original a cada una de las modalidades
convocadas en este Premio. El poema o grupo de poemas ha de tener, como mínimo,
DOSCIENTOS VERSOS y, como máximo, TRESCIENTOS. La narración ha de tener como mínimo CINCO FOLIOS y, como máximo, SIETE, mecanografiados a doble espacio y por una sola cara.


4. Los originales, por triplicado, se enviarán por correo certificado a la Empresa de “EL DÍA”, Avda. de Buenos Aires, 71. 38005 SANTA CRUZ DE TENERIFE, haciendo constar en el sobre: “Para el Premio Félix Francisco Casanova, 2011”, indicando la modalidad en la que concursen: POESÍA o NARRATIVA. No se firmarán los trabajos, que serán distinguidos con un lema, el cual figurará asimismo en el exterior de un sobre que ha de incluirse como plica, en cuyo interior se hará saber nombre, dirección y breve biografía del autor, adjuntando inexcusablemente fotocopia del D.N.I.


5. El Plazo de presentación de los trabajos será hasta el 31 de agosto de 2012.


6. Se establece un solo premio de MIL TRESCIENTOS EUROS para POESÍA.


7. Se otorgará otro único premio de igual cuantía para NARRATIVA.


8. Los premios serán indivisibles y no podrán declararse desiertos.


9. La participación en el certamen implica la aceptación, sin reserva alguna, de las bases del
mismo y el compromiso de los autores de no retirar sus originales antes de hacerse público
el fallo del Jurado.


10. El pago del premio implica el reconocimiento y aceptación de los autores al derecho de
publicación y venta de la obra en exclusiva por el Excmo. Cabildo Insular de La Palma por
el límite máximo contemplado por la legislación vigente sobre derechos de autor.


Igualmente el Excmo. Cabildo Insular de La Palma se reserva, por el periodo expresado,
los derechos de publicación y transformación de las obras en otros idiomas y su difusión
en cualquier otro medio, incluido el cinematográfico, la televisión o Internet, así como,
incluso su cesión a editoriales para su posible venta pública.


11. Las obras premiadas serán publicadas en un volumen por el Excmo. Cabildo Insular de La Palma, volumen que podrá admitir también aquellos trabajos distinguidos por el Jurado
con mención.


12. En ningún caso se devolverán los originales de las obras presentadas.


13. El Jurado estará compuesto por:


Presidenta: La Consejera de Cultura y Patrimonio Histórico del Excmo. Cabildo
Insular de La Palma


Vocales: 2 profesores de literatura, un representante del periódico “El Día” y, Dª Pilar Rey Actuará como secretario D.Antonio Abdo.


14. El fallo del Jurado se hará público en el mes de noviembre de 2012 y será inapelable. Para cualquier diferencia que hubiere de ser dirimida por vía judicial, las partes renuncian al
fuero propio y se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Santa Cruz de La
Palma.


15. El Excmo. Cabildo Insular de La Palma se exime de cualquier responsabilidad derivada de pérdida o deterioro de las obras presentadas en el presente certamen.


16. Los premios se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 334.640.00 del
Presupuesto de este Cabildo para el ejercicio de 2012, RC 6689/2012.


17. El incumplimiento de lo previsto en las presentes bases dará lugar al reintegro de la
cantidad percibida en concepto de premio así como de la cantidad que resulte ser el interés
legal de la misma devengado desde la fecha de percepción del premio.

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