domingo, 22 de enero de 2012

COMUNICADO DE PRESIDENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS

Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de enero de 2012 / Comunicado / ASSOPRESS.

Ante las noticias que han aparecido en los últimos días en algunos medios de comunicación, propiciadas por las declaraciones del Magistrado D. Salvador Alba Mesa, portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura en Canarias, esta Presidencia quiere hacer las siguientes puntualizaciones:

1º) Los llamamientos de los Jueces sustitutos para actuar en un Juzgado determinado, cuando las necesidades lo requieren, se han realizado siempre con arreglo a unos criterios en que se tiene en cuenta la jurisdicción en la que ha actuado con mayor asiduidad, así como la antigüedad en su toma de posesión como Juez sustituto, respetando, por tanto, la experiencia en el orden jurisdiccional y la experiencia general, sin intervención arbitraria por ninguna autoridad judicial.

2º) A raíz de la publicación del nuevo Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, se inició el trámite de plasmación por escrito de los citados criterios de llamamientos de los Magistrados suplentes y Jueces sustitutos, que ya han sido objeto de debate en dos Plenos de dicha Sala

3º) En la actualidad, cuando surge la necesidad del llamamiento de un Juez sustituto, se realiza de forma inmediata, siguiendo los criterios a que se hace referencia en el apartado 1º y, si se trata de una baja o vacante de larga duración, se oferta la plaza a los Jueces y Magistrados Titulares en comisión de servicios sin relevación de funciones, que se publica en le extranet del Consejo General del Poder Judicial. Este sistema es indispensable para prestar el servicio público de la Administración de Justicia, y no cerrar los Juzgados ante situaciones de bajas por enfermedad, licencias por estudios, y otras incidencias que afecten a los titulares.

4º) Es absolutamente falso que los escritos que se han presentado por D. Salvador Alba Mesa a la Sala de Gobierno no hayan recibido respuesta, lo que le consta al citado Magistrado.

5º) La división en dos Secciones de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia con sede en Las Palmas de Gran Canaria no ha sido posible por no contar con número suficiente de Magistrados; hasta el 5 de enero del presenta año, la Sala estaba formada por cinco Magistrados, estando vacante desde hace varios años la plaza de Magistrado especialista. En la actualidad, y por jubilación de uno de los que la componían, la Sala cuenta sólo con cuatro Magistrados, sin que parezca posible la oferta de comisión de servicios sin relevación de funciones a un Magistrado especialista, al no existir en nuestro territorio ninguno, sin que resulte operativo el que se oferte a alguno destinado en el resto del territorio nacional, por razones obvias.

6º) El caso de la Juez sustituta, a que se refiere uno de los medios de comunicación, esposa de un Fiscal, que interviene en asuntos, dictando sentencias, en casos en el que su marido haya podido elaborar un escrito de calificación provisional en una fase previa y ante otro Juzgado, ya fue resuelto por la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial, archivando la información previa (incoadas por queja o denuncia del Sr. Alba Mesa), por Acuerdo de 16 de mayo de 2011.

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