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lunes, 16 de noviembre de 2015

Los candidatos a presidir cuatro Audiencias Provinciales y cinco Salas de TSJ comparecen mañana en el CGPJ


Aspiran a las presidencias de las Audiencias de Álava, Ávila, Guipúzcoa y Huesca y de Salas de lo Contencioso y de lo Social de los TSJ de Andalucía, Canarias, Cantabria y La Rioja

Madrid (España), 16 de noviembre de 2015 / CGPJ informa / Gabinete de Prensa.

Los candidatos a las presidencias de cuatro Audiencias Provinciales y de cinco Salas de Tribunales Superiores de Justicia comparecerán mañana ante la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial para exponer su currículo y su proyecto.

Los comparecientes aspiran a presidir las Audiencias de Álava, Ávila, Guipúzcoa y Huesca, las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los TSJ de Andalucía (sede de Granada), Canarias (sede de Las Palmas) y Cantabria las Salas de lo Social de los TSJ de Canarias (sede de Las Palmas) y La Rioja.

Las entrevistas se desarrollarán en el siguiente orden:

Presidencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Canarias, con sede en Las Palmas (17:00 horas)

-      César José García Otero, presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Canarias (sede de Las Palmas)
-      Cristina Páez Martínez Virel, magistrada de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Canarias (sede de Las Palmas)

Presidencia de la Sala de lo Social del TSJ de Canarias, con sede en Las Palmas (17:20 horas)

-      Humberto Guadalupe Hernández, presidente de la Sala de lo Social del TSJ de Canarias (sede de Las Palmas)

Presidencia de la AP de Ávila (17:30 horas)

-      Javier García Encinar, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Ávila
-      Jesús García García, magistrado de la AP de Ávila
-      María José Rodríguez Dupla, presidenta de la AP de Ávila

Presidencia de la AP de Huesca (18:15 horas)

-      Alfonso María Martínez Areso, magistrado de la AP de Zaragoza
-      Santiago Serena Puig, presidente de la AP de Huesca

Presidencia de la Sala de lo Social del TSJ de La Rioja (18:45 horas)

-      Carlos González González, Juzgado de lo Social número 3 de Pamplona
-      Virgilio José María Labado Santiago, Juzgado de Menores número 1 de Logroño
-      María José Muñoz Hurtado, magistrada de la Sala de lo Social del TSJ de Canarias (sede de Las Palmas)

Presidencia de la AP de Álava (19:15 horas)

-      María Mercedes Guerrero Romeo, presidenta de la AP de Álava

Presidencia de la AP de Guipúzcoa (19:25 horas)

-      Ignacio José Subijana Zunzunegui, presidente de la AP de Guipúzcoa

Presidencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Andalucía, con sede en Granada (19:40 horas)

-      Rafael Toledano Cantero, presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Andalucía (sede de Granada)

Presidencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Cantabria (19:50 horas)

-      Rafael Losada Armadá, presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Cantabria

Las comparecencias son públicas y podrán seguirse en directo desde el salón de actos de la sede del Consejo General del Poder Judicial (c/Marqués de la Ensenada, 8. Madrid). Los medios audiovisuales interesados en grabar imágenes deberán traer R1 o cámara con entrada SDI.

miércoles, 28 de septiembre de 2011

NOMBRAMIENTOS DE CARGOS JUDICIALES EN ANDALUCIA, COMUNIDAD VALENCIANA, CASTILLA Y LEÓN Y GALICIA

Madrid, 28 de septiembre de 2011 | CGPJ | Gabinete de Prensa.

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su sesión de hoy, ha efectuado los siguientes nombramientos:

• Presidente de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (sede de Sevilla): Antonio Reinoso Reino, quien ha sido ratificado en el cargo con 12 votos.

• Magistrada de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, por el turno de juristas de reconocido prestigio: María Pía Calderón Cuadrado, quien ha obtenido 19 votos.

• Presidente de la Audiencia Provincial de Alicante: Vicente Magro Servet, quien ha sido reelegido para el citado cargo al obtener 18 votos.

• Presidente de la Audiencia Provincial de la Coruña: José Luís Seoane Spiegelberg, quien ha sido reelegido para el citado cargo al obtener 15 votos.

• Presidente de la Audiencia Provincial de Málaga: Antonio Alcalá Navarro, quien ha obtenido 11 votos.

• Presidente de la Audiencia Provincial de Soria: Rafael María Carnicero Giménez de Azcárate, quien ha obtenido 15 votos.

jueves, 22 de septiembre de 2011

El CGPJ informa

Madrid, 22 de septiembre de 2011 | Justicia - CGPJ | Gabinete de Prensa.

El Consejo General del Poder Judicial quiere destacar la aprobación definitiva hoy por el Parlamento del proyecto de Ley sobre Medidas de Agilización Procesal, de la nueva Ley Concursal y de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, porque, en su conjunto, constituyen un importante paso adelante en el proceso de modernización de la administración de Justicia española.

Para la portavoz del CGPJ, Gabriela Bravo, “las reformas aprobadas, que contaron con el apoyo e impulso del órgano de gobierno del Poder Judicial, permitirán a juzgados y tribunales mejorar el servicio público que prestan a los ciudadanos”.

El CGPJ ya indicó en su preceptivo Informe que la Ley de Medidas de Agilización de la Justicia facilitará que los procesos abiertos en las jurisdicciones de lo Civil y lo Contencioso-Administrativo sean más ágiles y más rápidos, con el correspondiente ahorro de costes para las arcas públicas y sin que, en ningún caso, se mermen las garantías procesales de los usuarios de la Justicia.

Asimismo se destacaba en el citado Informe que la simplificación del sistema de recursos entre las distintas instancias judiciales no sólo reducirá el tiempo medio de espera hasta obtener una resolución firme en un proceso, sino que permitirá al Tribunal Supremo cumplir su labor específica de unificar doctrina para asegurar la igualdad de todos los ciudadanos ante la aplicación de la ley.

La nueva Ley Concursal, por su parte, ha de servir para favorecer los acuerdos previos que faciliten la viabilidad de las empresas en crisis, porque pretende conciliar la satisfacción de los acreedores con la recuperación de la solvencia empresarial, ofreciendo salidas al deudor al margen del proceso concursal y permitiendo descongestionar los juzgados de lo Mercantil.

Por último, la nueva Ley Reguladora de la Jurisdicción Social implanta una nueva Ley Procesal Laboral que pone fin a la actual dispersión legislativa. Además, atribuye a este orden jurisdiccional materias que, en la actualidad, están atribuidas al orden Contencioso-Administrativo y, en menor medida, al orden Civil, al objeto de acabar con el actual “peregrinaje de jurisdicciones” en la resolución de litigios sobre materias conexas.

La Portavoz del CGPJ manifiesta en este punto que “el Consejo ha venido reclamando que el proceso reformador de la Justicia no puede concluir aquí, sino que debe de extenderse lo más pronto posible al ámbito de la Jurisdicción penal, que congrega en torno al 75 por ciento del trabajo que pesa sobre los tribunales españoles”.

Por todo ello, Gabriela Bravo recuerda que “el Consejo viene reclamando un Pacto de Estado entre las fuerzas políticas que permita llevar a todos los órdenes jurisdiccionales el proceso de modernización de la Justicia española”.

miércoles, 13 de julio de 2011

El CGPJ ha acordado suspender cautelarmente al magistrado D. Francisco de Asis Serrano Castro

Madrid, 13 de julio de 2011 | CGPJ | Gabinete de Prensa.

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su sesión de hoy, ha acordado iniciar los trámites para suspender cautelarmente de sus funciones al magistrado D. Francisco de Asis Serrano Castro al haberse dictado auto de apertura de juicio oral contra él por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Dicha decisión se adopta en aplicación de lo dispuesto en el artículo 383.1º de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que regula la suspensión de los jueces y magistrados cuando se haya declarado haber lugar a proceder contra ellos por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones, así como lo establecido por el artículo 190 del Reglamento de la Carrera Judicial.

Asimismo, la Comisión Permanente ha acordado dar audiencia previa al Ministerio Fiscal, conforme ordena el artículo 384.1 de la LOPJ a los efectos de adoptar la citada medida cautelar.

jueves, 9 de junio de 2011

Conclusiones de las Jornadas de Magistrados/as de Menores “LA LEY PENAL DEL MENOR: DIEZ AÑOS DESPUÉS”

Córdoba 7, 8 y 9 de junio

Cordoba, 9 de junio de 2011 | CGPJ | Gabinete de Prensa.

1. Los jueces de menores están satisfechos con los resultados de la aplicación de la Ley Penal del Menor tras diez años de vigencia. Consideran que es un instrumento eficaz para facilitar la reinserción y la adecuada integración del menor en la sociedad.

2. Esta Ley estableció un sistema de justicia juvenil basado en el interés superior del menor y en los fines educativos de las medidas. Las sucesivas reformas han supuesto un retroceso que, en algunos casos, ha llegado a desnaturalizar la filosofía humanizadora y reeducadora de la Ley.

3. La aplicación práctica de las medidas de la Ley, tanto las cautelares como las impuestas en sentencia firme, ha puesto de manifiesto una redacción confusa e imprecisa de determinados artículos que admite distintas interpretaciones.

Los jueces de menores instan a los responsables de las administraciones públicas a que faciliten los medios materiales y personales necesarios para que la ejecución de las medidas impuestas alcance su eficacia.

Diez años después, en algunas comunidades autónomas los jueces de menores siguen afrontando los problemas derivados de la falta de medios necesarios para la ejecución de las medidas impuestas.

4. Es necesario fomentar la mediación como respuesta jurídica al menor infractor, tanto la prejudicial como en fase judicial durante la ejecución de las medidas, y siempre con la intervención de los profesionales de los equipos técnicos.

5. Los menores tienen derecho a ser protegidos por las administraciones públicas cuando se encuentren en una situación de riesgo o dificultad social que perjudique su desarrollo personal o social. La administración pública debe detectar, prevenir, valorar y neutralizar esas situaciones de riesgo que convierten en conflictivos a muchos menores.

Intervenir de forma temprana desde el ámbito de la protección es la vía adecuada para reducir el fenómeno de la delincuencia juvenil.

6. Los jueces de menores instan al legislador a que realice un pronunciamiento sobre la interrupción de la prescripción en el derecho penal del menor, dado que la reciente reforma operada por la Ley Orgánica 5/2010 no ha tenido en cuenta los principios y especialidades del procedimiento previsto en la Ley Penal del Menor.

7. Uno de los factores que ha propiciado las reformas regresivas de la Ley es el tratamiento morboso y desenfocado que algunos medios de comunicación han hecho de casos aislados. Especialmente, la explotación mediática del discurso de las víctimas presentándolo como el único justo y consagrando así la reivindicación punitivita e incluso vengativa por delante del interés educativo del menor delincuente. Tal presión mediática, favorable a la desnaturalización de la Ley, debería haber sido soportada por los responsables de las reformas, manteniendo la racionalidad e imparcialidad que debe de serles propia.

8. Los jueces de menores son contrarios al endurecimiento de las medidas previstas en la Ley Penal del Menor al igual que a la rebaja del límite de la edad penal de catorce años.

viernes, 3 de junio de 2011

El Vocal del Consejo General del Poder Judicial Manuel Torres Vela leerá una ponencia sobre la Nueva Oficina Judicial.

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de junio de 2011 | Justicia | Gabinete de Prensa.

Esta tarde, a las 17’00, en el Colegio Oficial de Graduados Sociales de Santa Cruz de Tenerife, el Vocal del Consejo General del Poder Judicial Manuel Torres Vela leerá una ponencia sobre la Nueva Oficina Judicial.

Dicha ponencia será presentada por el presidente de la Audiencia Provincial de Tenerife, José Ramón Navarro Miranda.

Previamente, a las 13’00, el vocal del CGPJ comparecerá ante los medios informativos en la Sala de Juntas de la Secretaría de Gobierno, sita en la Avenida Tres de Mayo, 3.

PRESENTACIÓN DE LA “JUSTICIA DATO A DATO”, UNA RADIOGRAFÍA DE LA SITUACIÓN DE JUZGADOS Y TRIBUNALES

Madrid, 3 de Junio de 2011 | Justicia | Gabinete de Prensa.

La Vocal Portavoz del Consejo General del Poder Judicial, Gabriela Bravo, y los vocales delegados del CGPJ para la estadística judicial, Miguel Carmona y Antonio Dorado, presentarán a los medios de comunicación el próximo lunes, día 6 de junio, a las 12,30 horas, el documento LA JUSTICIA DATO A DATO.

El acto se desarrollará en el Salón de Actos del Consejo General del Poder Judicial, en la calle Marqués de la Ensenada, 8.

El objetivo de “La Justicia dato a dato”, en su séptimo año de publicación, es ofrecer las cifras clave que radiografían nuestro sistema judicial y la actividad de la Administración de Justicia en España.

Para completar y actualizar esta visión panorámica de la Justicia en nuestro país, en este mismo acto se ofrecerá una síntesis de aquellos indicadores clave que miden la realidad de nuestra Administración de Justicia y se presentarán los datos del primer trimestre de 2011, derivados del efecto de la crisis en los órganos judiciales españoles, así como una proyección de datos globales de la actividad judicial prevista para el año en curso.

jueves, 17 de marzo de 2011

ENCUENTRO ENTRE EL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL Y LOS GRADUADOS SOCIALES

Madrid, 17 de marzo de 2011 | Tribunales | Gabinete de Prensa.

Los días 9 y 10 de mayo tendrá lugar unas Jornadas sobre “La Reforma del Derecho del Trabajo” donde Magistrados de lo Social y Graduados Sociales podrán analizar y profundizar sobre diferentes aspectos de la Reforma Laboral.


Este encuentro que se realizará en Madrid, es la continuación del convenio suscrito con el Consejo General del Poder Judicial que desde el año 2001 se viene desarrollando con éxito.

En esta ocasión, se ha determinado un carácter restringido respecto a su convocatoria, donde solamente podrán asistir un grupo reducido de Presidentes de Colegios y de Magistrados.

Tanto el Consejo General de Graduados Sociales y del Poder Judicial considera que estos encuentros son de gran interés para ambas profesiones, pues ofrecen la oportunidad de debatir temas que se están viviendo en nuestro quehacer diario.

Con este nuevo acto, se confirma las excelentes relaciones que mantiene nuestra Corporación con el máximo órgano representativo de la Judicatura y desde aquí queremos agradecer la disponibilidad del Consejo General del Poder Judicial para que año tras año se pueda organizar estos interesantes encuentros.

Para ver el programa, pincha aquí:

miércoles, 2 de febrero de 2011

Convenio en el CGPJ y la Universidad de La Laguna sobre el Área de Empleo de la Fundación Empresa de la Universidad de La Laguna..

Santa Cruz de Tenerife, 2 de febrero de 2011 | Empleo | Gabinete de Prensa.

Gabriela Bravo Sanestanislao, portavoz del Consejo General del Poder Judicial, y Eduardo Doménech, Rector de la Universidad de La Laguna, firmarán el Convenio Marco de Colaboración con el Área de Empleo de la Fundación Empresa de la Universidad de La Laguna.

La firma se llevará a cabo en el salón de actos de la Facultad de Ciencias de la Información mañana jueves 3 de febrero a las 11’00. Este convenio tiene como objetivo incentivar la colaboración entre empresas, instituciones como el Consejo General del Poder Judicial y la Universidad.

Posteriormente, en la misma aula, a las 12’30, la portavoz del Consejo pronunciará una conferencia titulada “Medios de comunicación y democracia: una reflexión desde el Derecho”.

martes, 18 de enero de 2011

BASES PARA LOS FUTUROS PROCESOS DE SELECCIÓN DE JUECES

Madrid, 18 de enero de 2011 | Judicial | Gabinete de Prensa.

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de hoy, ha aprobado los acuerdos que para general conocimiento se transcriben a continuación. Desde el Consejo General del Poder Judicial, se promoverá la participación de los órganos de gobierno interno del Poder Judicial, así como de las Asociaciones Judiciales y de los miembros de la Carrera Judicial, en los trabajos necesarios para el desarrollo de las Bases aprobadas por el Pleno, garantizando la máxima transparencia, y procurando la más amplia aportación y consenso.

UNO.- El Pleno del Consejo General del Poder Judicial, reunido en sesión extraordinaria el día 18 de enero de 2011, ha tomado conocimiento del informe del Grupo de Estudios sobre los modelos de acceso a la Carrera Judicial. Tras la oportuna reflexión ha considerado la conveniencia de tener en cuenta las siguientes bases con respecto a los futuros procesos de selección de jueces:

1.- A la vista de la posible evolución de la legislación sobre el Espacio Europeo de Educación Superior y de las leyes de acceso a las profesiones jurídicas, podrá ser necesario reformar la legislación vigente en el sentido de permitir la participación en las pruebas de acceso a la Escuela Judicial a quienes se hallen en posesión de un Grado y un Máster de contenidos esencialmente jurídicos, con intervención del Consejo General del Poder Judicial.

2.- Deben adoptarse las medidas oportunas para racionalizar el tiempo de preparación para las pruebas de acceso, y que esta preparación permita el acceso a otras profesiones jurídicas a quienes, por decisión propia o por otras circunstancias, no culminen con éxito el proceso de selección.

3.- Las pruebas de acceso deben verificar la adquisición, o en su caso, la posibilidad de adquisición de las competencias técnicas, analíticas, relacionales y personales. Para ello, se desarrollarán en tres fases: una primera consistente en un ejercicio test, una segunda fase escrita y una tercera oral.

4.- Periódicamente, se realizará una previsión a medio plazo de las plazas a convocar.

5.- El Tribunal de evaluación de las pruebas debe ser único y sus miembros deben ser seleccionados en función de su preparación y especialidad; puede ser necesario reformar la legislación vigente para modificar su composición y prever su funcionamiento conjunto o por comisiones.

6.- El temario de los ejercicios debe ser racionalizado y acomodado a las exigencias prácticas de jueces en sus primeros destinos.

7.- La Escuela Judicial debe seguir siendo selectiva de forma efectiva y el período de prácticas podrá incluir el ejercicio de jurisdicción.

Dos.- El Consejo General del Poder Judicial considera que cualquier modificación legislativa o reglamentaria del modelo de acceso derivada de las bases anteriores debería contemplar un período transitorio.

Tres.- El Pleno agradece expresamente el esfuerzo desarrollado por el Grupo de Trabajo que ha elaborado los estudios que han servido para el desarrollo del debate mantenido, y reconoce sinceramente la profundidad de sus consideraciones.

lunes, 17 de enero de 2011

Los asesinos de mujeres cumplen casi 18 años de cárcel y pagan una media de 217.500 euros de indemnización

Según un estudio realizado por el Grupo de Expert@s del CGPJ sobre 45 sentencias por homicidio y/o asesinato en 2009

Madrid, 17 de enero de 2011 | CGPJ | Gabinete de Prensa.

Los hombres que asesinan a sus parejas, o ex parejas, cumplen una media de 18 años de prisión y deben hacer frente a una responsabilidad civil que supone como media 217.150 euros, según se desprende del estudio sobre las 45 sentencias dictadas por los Tribunales del Jurado y las Audiencias Provinciales de toda España a lo largo de 2009 .

Este estudio, realizado por el Grupo de Expertos/as en Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), y en el que ha colaborado Miguel Lorente, analiza las sentencias dictadas en casos de homicidios y/o asesinatos consumados en el ámbito de la pareja o ex pareja de los que son autores hombres o mujeres. En este sentido, según se ha podido constatar, 43 de las 45 sentencias fueron condenatorias –el 95,5 por ciento-. En las dos restantes –el 4,5 por ciento- se estimó que concurría una circunstancia eximente completa de la responsabilidad criminal del acusado, que derivó en internamientos psiquiátricos.

Según se ha comprobado, en 41 de las 45 sentencias analizadas –el 91 por ciento- los autores fueron varones, y en las 4 restantes –el 9 por ciento-, mujeres. Por ello, se puede concluir, una vez más, que la gran mayoría de los homicidios y/o asesinatos ejecutados en el ámbito de la pareja o ex pareja son, en lo fundamental, violencia de género (hombre contra mujer), y el resto, una minoría, violencia doméstica (mujer contra hombre).

PENAS IMPUESTAS. La de prisión es la pena principal impuesta en todos los casos, con una media de 18 años de pena privativa de libertad en los casos de asesinato, y de 12, en los casos de homicidio.

En cuanto a las penas accesorias, se observa un incremento generalizado de las mismas, salvo las de inhabilitación absoluta y la de inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad. Esta última se ha impuesto en dos casos. La de suspensión del régimen de visitas con los menores se ha impuesto en un solo caso. Sólo se había acordado otra vez en 2006.

NACIONALIDAD DE LOS AUTORES. En 25 de las 44 sentencias que reflejan este extremo, el autor es de nacionalidad española –el 57 por ciento-. En las 19 sentencias restantes –el 43 por ciento- el autor es extranjero. Los datos relativos a la nacionalidad del autor reflejan un descenso de 15,5 puntos en el porcentaje de autores españoles.

En lo referente a la nacionalidad de las víctimas -40 de las 45 sentencias reflejan este detalle, la mayoría son españolas -27, un 67,5 por ciento- mientras que el resto -13, un 32,5 por ciento- son extranjeras. También en este apartado se puede apreciar un descenso de 4,5 puntos en el porcentaje de víctimas nacionales.

MECANISMOS DE MUERTE UTILIZADOS. En cuanto a los mecanismos de muerte empleados por los agresores, pueden distinguirse seis: el arma blanca (en el 46,3 por ciento de los casos -38,9 puntos menos que en 2008), la estrangulación (un 4,8 por ciento, 2,1 por ciento más que el año previo) en sus dos variantes, a mano y a lazo, el arma de fuego (7,3 por ciento, 0,8 por ciento menos que en el periodo anterior), los traumatismos dirigidos a la región craneal (9,7 por ciento), la precipitación (7,3 por ciento) y el fuego (4,9 por ciento).

En cuanto a los mecanismos mixtos utilizados para acabar con las vidas de las mujeres, el estudio muestra que se han utilizado un total de 5 combinaciones de diferentes mecanismos simples, siendo los utilizados con más frecuencia la agresión por traumatismos (en un 37,5 por ciento) y la estrangulación (otro 37,5 por ciento).

En los cuatro casos de violencia doméstica, los mecanismos empleados fueron de naturaleza simple (100 por ciento): arma blanca.

CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES. En las sentencias estudiadas se han apreciado seis circunstancias modificativas que han atenuado la responsabilidad criminal del autor: la de confesión (en 14 sentencias, el 31 por ciento), la de actuar a causa de la adicción al alcohol o a las drogas (4 sentencias, un 9 por ciento), la de reparación del daño (2 resoluciones, un 4 por ciento del total), así como las de arrebato, dilaciones indebidas y la de haber actuado concurriendo problemas con el control de la ira, estas tres últimas apreciadas en una sola sentencia (el 2 por ciento del total).

Nuevamente se constata la falsedad del mito de que los asesinos de mujeres actúan, en su gran mayoría, bajo el influjo del alcohol y de las drogas, confirmando que la violencia de género es un atentado sin justificación de los derechos humanos de las víctimas.

CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES. El estudio señala que se han apreciado tres circunstancias agravantes. Las de parentesco, en un 82 por ciento de los casos, la de abuso de superioridad, en un 7 por ciento de casos, y la de reincidencia, en un solo caso.

VÍNCULO MATRIMONIAL. En el 31 por ciento -14- del total de las 45 sentencias analizadas, el estudio ha podido constatar que existía un vínculo matrimonial. Un porcentaje inferior a los casos en los que la relación afectiva era de convivencia de hecho -20 casos; el 44 por ciento-.

En un 16 por ciento de las sentencias -7 casos- la relación era de noviazgo. En 3 de los casos –un 7 por ciento- se había producido separación conyugal; en uno de ellos 10 años antes de la sentencia y en otro el día anterior a los hechos.

En un último caso, la relación era extramatrimonial, habiendo estado casados ambos con terceras personas.

El informe refleja, por ello, un descenso en 22 puntos de los supuestos en que existía matrimonio con respecto al anterior estudio.

DENUNCIAS PREVIAS. En 14 de las 45 sentencias analizadas existían denuncias previas (un 31 por ciento, 6 puntos más que en 2008).

Sin embargo, en 19 sentencias refieren la existencia de agresiones o amenazas previas –un 42 por ciento del total-, lo que supone un incremento de 7 puntos en relación al anterior trabajo de campo.

Esto evidencia, otra vez, que buena parte de la violencia contra las mujeres continúa sin ser denunciada.

EL LUGAR DEL CRIMEN. El domicilio común, el de la víctima o el autor, continúa siendo el principal escenario de la agresión. Un escenario contemplado en 34 resoluciones –un 77 por ciento de las 44 sentencias que reflejan este dato-, lo que supone un incremento de 5 puntos respecto a las sentencias dictadas en 2008.

De un modo específico, en el 50 por ciento de los casos estudiados -22 sentencias-, el domicilio común fue el lugar de la agresión mortal. El domicilio de la víctima se convirtió en el lugar del crimen en 9 casos –un 20 por ciento de las sentencias-; el domicilio del autor lo fue en 3 casos –un 7 por ciento-.

Valoración de Inmaculada Montalbán, Vocal del CGPJ y Presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género.

Para Montalbán, los datos del estudio evidencian, una vez más, que la mayoría de las víctimas mortales son mujeres que tienen o han tenido una relación de pareja con su agresor. “La cifra es muy similar a la de años anteriores; reflejando que en el 91 por ciento de los casos analizados nos encontramos con casos de violencia de género, y el resto, una minoría, el 9 por ciento, son casos de violencia doméstica”.

“En el estudio también se aprecia un incremento del número de agresores/victimas de nacionalidad extranjera, con el consiguiente descenso de casos entre parejas de nacionalidad española, algo que venimos observando de forma sistemática desde que iniciamos este tipo de estudios”, puntualizó Montalbán.

Añade la Presidenta que “gracias a este tipo de estudios se puede constatar la aplicación de la Ley, cómo se está desarrollando el fenómeno de la violencia de género e intentar actuar en el ámbito de la prevención.

Además, sirven como elementos de valoración para otros operadores como legisladores, trabajadores sociales, policías, etc…”

viernes, 17 de septiembre de 2010

LA COMISIÓN DE ESTUDIOS DEL CGPJ, INFORMA FAVORABLEMENTE LA REFORMA DEL REGLAMENTO PENITENCIARIO, AUNQUE DETECTA EXCESIVA INDETERMINACIÓN EN ALGUNOS ASPECTOS.

Madrid, 17 de septiembre de 2010 | Justicia | Gabinete de Prensa del CGPJ.

La Comisión de Estudios e Informes, en su reunión del pasado 16 de septiembre aprobó por unanimidad el informe sobre la propuesta de Real Decreto de modificación del Reglamento Penitenciario, remitida por el Ministerio de Justicia.

 La reforma tiene por objeto principal, dotar de cobertura jurídica adecuada al llamado sistema FIES, esto es, a los Ficheros de Internos de Especial Seguimiento, previsto para reclusos especialmente conflictivos o inadaptados, dando con ello cumplimiento a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que consideró insuficiente la regulación de los mismos a través de una Instrucción de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias.

El informe considera adecuada la regulación de la materia a través de una norma de rango reglamentario, si bien pone de manifiesto la excesiva indeterminación de los “perfiles” de los internos que pueden ser incluidos en estos ficheros, así como la también excesiva vaguedad e indeterminación respecto de la medidas que pueden ser aplicadas a los mismos, que únicamente se definen por su “intensidad”, señalándose en ambos casos la necesidad de una mayor precisión de la regulación, en garantía de los  principios de seguridad jurídica y de adecuada protección de los derechos de estos reclusos.

Se valora muy positivamente el hecho de que la norma reglamentaria garantice de forma expresa y contundente que, en ningún caso, la inclusión en estos Ficheros determinará por sí misma un régimen de vida distinto del que reglamentariamente corresponda a estos internos, lo que permite garantizar que la inclusión en estos ficheros no prejuzga ni la clasificación de los internos, ni su derecho al tratamiento, ni, en consecuencia afecta a los derechos que la propia Ley Orgánica General Penitenciaria les reconoce.