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lunes, 8 de octubre de 2012
ANA ORAMAS DICE MENTIRAS
Telde (Gran Canaria), 8 de octubre de 2012 /Artículo de Opinión / Antonio Rodríguez de León
Sr. Director:
Es denigrante y vergonzoso el papel que ha hecho la parlamentaria canaria Ana Oramas, en representación de Coalición Canaria ante el Congreso de Diputados. Esta honorable nacionalista habrá mentido a la Cámara de Diputados, pero no a la ciudadanía española, especialmente a la andaluza y la gallega, que ha recibido con regocijo la defensa que ha mostrado Coalición Canaria por la defensa de los intereses del sector pesquero gallego y andaluz, mientras deja en la más pura de las miserias a los trabajadores canarios, agrupados en Cofradías y Cooperativas de Pescadores.
Ese tipo de actuaciones llenas de mentiras, vertidas en un lugar donde el rigor y respeto es fundamental, debería ser castigado con la expulsión de dicha Cámara a quienes mientan deliberadamente. Y la Señora Oramas ha mentido descaradamente, no solo con la inexistencia en puertos canarios de la flota cefalopodera, sino también mostró su defensa con la flota pelágica holandesa, argumentando que con la pérdida de dichas flotas pesqueras, Canarias perdería 3.000 puestos de trabajo, que según ella, generaba una facturación de 40 millones de euros y una pérdida de exportación de unos 115 millones de euros. Tremenda mentira Sra.
En representación de la Plataforma por el Mar Canario, le reclamo a la Señora Oramas, que haga una aclaración pública y detallada del número de barcos y trabajadores en empresas canarias afectadas por el acuerdo de pesca de la Unión Europea con Mauritania. Y por responsabilidad solidaria, exigimos a Coalición Canaria, que informe a la ciudadanía canaria, de cual es la existencia operativa de la flota cefalopodera en puertos canarios, como también que tipos de beneficios económicos genera la flota pelágica holandesa a los puertos del archipiélago. Si la exportación de la pesca en caladeros no español de la flota pelágica extranjera es considera por el Gobierno de Canarias como exportación canaria, sería otra mentira. Lo curioso de esta mentira sobre exportación pesquera canaria es que ha existido siempre.
Reclamamos al Gobierno de Canarias que informe a la ciudadanía canaria, de cuanto dinero de la Unión Europea destinado a subvencionar al sector pesquero canario, reciben los barcos expulsados del caladero mauritano. No es lógico subvencionar a una veintena de barcos congeladores españoles de cefalópodos que no operan en puertos canarios, como tampoco a empresas canarias sin barcos, cuya única misión es la de mantener en franquicia dentro del puerto, las descargas y almacenamientos en frigoríficos, de las capturas pesqueras de barcos extranjeros.
Gran Canaria (Canarias - España)
Telde, Islas Canarias, España
martes, 12 de junio de 2012
SUPREMA SENTENCIA COLONIAL
Telde (Gran Canaria), 12 de junio de 2012 / Artículo de opinión /Antonio Rodríguez de León
Sr. Director:
El Tribunal Supremo emitió Sentencia el 24 de febrero de 2004, correspondiente a las demandas de la agrupación Socialista de Lanzarote y del Cabildo de Lanzarote, solicitando la impugnación del RD1462/2001, de 21 de diciembre. En dicha Sentencia el Supremo estima en parte los Recursos interpuestos por socialistas y Cabildo de Lanzarte. Anulando el referido Real Decreto en cuanto se refiere a la autorización otorgada a las labores de investigación proyectadas, correspondientes a los años tercero a sexto de su programa. Dejando la puerta media abierta para introducir la validez total, en el momento oportuno. Ese momento llegó en abril del presente año, con la publicación del RD547/2012, que reactivan los permisos a Repsol anulados en la Sentencia de 2004.
Se anularon los trabajos sobre las perforaciones y explotación de hidrocarburos fijadas a partir del tercer año. Manteniéndose la validez sobre los permisos de trabajos del primer y segundo año, consistentes en estudios geoquímicas de evaluación de las posibles rocas madres y estudio sísmico-estratigráfico con la realización de procesados especiales y trabajos de geología y geofísica.
Estos trabajos aunque no fueran anulados, son de alto riesgo de contaminación del medio marino, ya que comprende a trabajos sísmicos en un área de 6.914 Kms2. realizables en los dos primeros años. A nadie se le esconde que al remover y extraer rocas madres a más de 2500 metros de profundidad a partir del fondo marino, puede producir un gran impacto de contaminación en los espacios marítimos afectados.
El Tribunal Supremo valoró negativamente con Fundamentos de Derechos, la demanda conejera, teniendo como base diversas leyes de competencias exclusivas españolas. El Supremo no entró en fundamentar la Ley Internacional del Mar, que según el alto Tribunal no entraba a valorar por tener poca o ninguna relación con el tema a tratar. Tampoco se hizo valer las diversas directrices aprobadas por la Directiva de la Unión Europea, que resolvió acudiendo al RD1997/1995, de 7 de diciembre, que garantizaba la biodiversidad de interés comunitario en territorio español.
El Supremo interpretó parcialmente el Ordenamiento Interno del Estado para desmontar, una a una, todas las alegaciones jurídicas de unos demandantes que no ponían en duda en la demanda, la jurisdicción territorial española sobre la zona económica exclusiva autorizada, ese fue el gran error pues el Supremo aprovechó para no salirse de Leyes españolas, nuevas o antiguas, lo que importaba es que fueran leyes de aplicación exclusivamente interna.
La Ley de Hidrocarburos de 1998, señala en su artículo 2.1, que los yacimientos de hidrocarburos en el subsuelo del mar territorial y de los fondos marinos que estén bajo soberanía del Reino de España, tendrá los efectos del artículo 132.2 de la Constitución, cuyos bienes son de dominio público estatal, y conforme a la legislación vigente y a los convenios y tratados internacionales de los que España sea parte. A esto, el Supremo validó la Ley 15/1978, de 20 de febrero para referirse a la zona económica exclusiva española adyacentes a las de Marruecos, debiendo haber aplicado la vigente Legislación Marítima Internacional que forma parte del Ordenamiento Interno del Estado.
Los demandantes se conformaron con el fallo del Supremo del 24 de febrero de 2004 con la anulación parcial, cuando tenían la obligación moral de continuar con la demanda hasta conseguir la anulación total del RD1462/2001. Nosotros creemos que el camino de la demanda no era solamente los efectos medio-ambientales y la contaminación del medio marino español. También había que haber exigido la aplicación jurídica internacional, para que el Supremo, se pronunciara sobre que zona marítima son de jurisdicción española y que otra zona marítima son de jurisdicción marroquí.
Otra oportunidad perdida fue no haber aprovechado el momento de promulgarse la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino, aprobada por imperativo de la Directiva 2008/56/CE, de 17 de junio, que establecía un marco de acción comunitaria para la política del medio marino. Pero sorprendentemente dicha Ley, vuelve a validar la vieja Ley 15/1978 de la zona económica exclusiva española, añadiendo: que no existiendo un cálculo definitivo de la superficie de las aguas jurisdiccionales españolas, entre otras cuestiones porque existen algunos espacios marinos que no han sido objeto de delimitación con los estados vecinos cuyas costas son adyacentes a las españolas o están frente a las mismas.
Si no existe delimitación marítima entre Canarias y Marruecos, ¿Porque se reactivan los permisos que autorizan los trabajos de hidrocarburos a Repsol?, en los espacios marítimos compartidos entre dos o más Estados, son los Tribunales Internacionales quienes imparten justicia imparcial. Es ahí donde los canarios debemos poner acudir, poniendo todo el empeño para tumbar y anular totalmente el Real Decreto por el cual autorizó en 2004 los permisos a Repsol.
El Ministerio de Industria, Energía y Turismo reactiva los permisos a favor de Repsol, con la publicación del RD 547/2012, de 16 de marzo, donde introduce un nuevo artículo de medidas de protección medioambientales al RD1462/2001, de 21 de diciembre. La introducción de nuevas normas establecidas en el RDL1/2008, de 11 de enero, por la que aprueba la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental, que es utilizada para desbloquear la suspensión a Repsol. ¿Abuso del Poder?
Es necesario e imprescindible, que España y Marruecos se obliguen en la internacionalización de la Delimitación Marítima, estableciendo la Mediana Fronteriza entre Canarias y el continente africano. Cuestión ésta, abortada en múltiples ocasiones en el Congreso de los Diputados por el Partido Socialista y el Partido Popular. El debate y discusión del tema de la delimitación marítima no salía de las paredes del Congreso, la opinión pública canaria sabía muy poco hasta que en el año 2002 los permisos a Repsol, provocaron el enfado a Marruecos, quien presentó ante las Naciones Unidas una demanda reclamando los derechos jurisdiccionales sobre los mismos espacios concedidos por España a Repsol, reclamando la intervención del Tribunal Internacional del Mar.
La denuncia de Marruecos ante las Naciones Unidas tuvo su respuesta por parte de España, el 17 de julio de 2003 en que el Gobierno español notifica a las Naciones Unidas la aplicación con carácter retroactivo al 19 de julio de 2002 (conflicto por la soberanía Perejil), que no acepta los procedimientos previstos en el Tratado Internacional del Mar, concernientes a la delimitación de las zona económica exclusiva.
En diciembre de 2003 se celebra la VI Reunión de Alto Nivel en Rabat, donde España y Marruecos habían reanudado las relaciones diplomáticas, acordando iniciar conversaciones de acercamiento que resolviera la delimitación marítima frente a Canarias. En abril de 2004 Zapatero prometió a Mohamed VI su apoyo en la Unión europea y que resolvería definitivamente el establecimiento de la Mediana en la fachada atlántica.
Curiosamente por las mismas fechas, se produce la Sentencia del Tribunal Supremo con la impugnación parcial del RD1462, suspendiendo de inmediato los permisos a Repsol, a continuación Marruecos congela su demanda marítima contra España en las Naciones Unidas, donde reclamaba la jurisdicción marítima desde sus costas, hasta el límite de las aguas territoriales españolas de Lanzarote y Fuerteventura. ¿Fue casualidad o acordaron un Pacto no escrito?
En septiembre de 2005 en Sevilla, con motivo de la VII Reunión de Alto Nivel, Zapatero anuncia públicamente, que en los espacios marítimos de la fachada atlántica entre Canarias y Marruecos, no se establecería frontera alguna, dichos espacios serán compartidos conjuntamente entre España y Marruecos. Aclarando que dicho acuerdo amistoso tendrá carácter provisional, así fue aceptado por los Gobiernos de España y Marruecos. Nosotros afirmamos que el acuerdo definitivo es perjudicial a los intereses de Canarias.
Este acuerdo amistoso por compartir los espacios marítimos en Canarias, sin que se establezca la Mediana fronteriza, es un riesgo peligroso para los canarios, teniendo en cuenta que Marruecos ratificó en la Naciones Unidas el 31 de de mayo de 2007 el Tratado Internacional del Mar, haciendo constar su derechos sobre la reclamación de soberanía de sus territorios e islas adyacentes ocupadas por Países extranjeros.
Si Marruecos se afirma en acudir a los Tribunales para reclamar los derechos de jurisdicción de las aguas frente a Canarias, mientras España no acepta la defensa internacional de los mismos espacios marítimos para cuando desaparezca la provisionalidad de los acuerdos amistosos. El título del presente artículo no es casual, es la interpretación que hacemos la Plataforma por el Mar Canario, en todo este asunto fronterizo con Marruecos. De lo que tenemos que tener muy en cuenta:
1º.- Marruecos como Estado soberano ha presentado ante la Autoridad Marítima Internacional, las cartas marítimas con las coordenadas de su zona económica exclusivas de 200 millas náuticas. España a la fecha actual, no ha presentado las preceptivas cartas náuticas, porque de hacerlo, Marruecos exige la interpretación del Tribunal Marítimo Internacional, del que España se ha negado aceptar a partir de la fecha de 19 de julio de 2002, y que continúa en vigor.
2º.- Marruecos tiene reconocida la jurisdicción por las Naciones Unidas sobre la delimitación de sus espacios marítimos frente a Canarias, mientras España no puede demostrar internacionalmente, la jurisdicción española sobre los mismos espacios de zona económica exclusiva.
3º.- La Comunidad Europea tiene reconocido a Marruecos desde 1995, los derechos soberanos sobre la zona económica exclusiva que se extiende hasta las 200 millas marinas de sus costas, dentro de la cual ejerce sus derechos soberanos a los efectos de La exploración, explotación, conservación y gestión de los recursos de dicha zona
4ª.- El Gobierno del Reino de Marruecos se reserva el derecho de hacer, en tiempo apropiado, declaraciones de conformidad con los artículos 287 y 298, ambos en referencia a la aceptación de Tribunal Internacional y controversia a la interpretación en las delimitaciones marítimas.
Gran Canaria (Canarias - España)
Telde, España
jueves, 3 de mayo de 2012
PAULINO RIVERO - MOHAMED VI
R.A.N. o Maquillaje del Gobierno Español y (V)
Telde, 3 de mayo de 2012 / Artículo de opinión / Antonio Rodríguez de León
Sr. Director:
Cerrado los acuerdos de la VIII RAN, que fueron favorables a Marruecos y enormemente negativo a los intereses canarios, el rey aluita quería mucho más para cuando llegara la IX RAN. Mohamed VI movió toda su diplomacia, aprovechando que Zapatero ganó las elecciones generales y andaluzas de marzo de 2008, para seguir extorsionando al gobierno español, a la vez que aumentaba sus exigencias a la Unión Europea. Sabían que durante dicho periodo del Gobierno Socialista, Zapatero ocuparía la Presidencia Europea.
La IX RAN se celebró en Madrid, nueve meses después de ganar los socialistas las elecciones, con el Convenio de Pesca en vigor hasta febrero de 2011. La espada de Damocles caía sobre Zapatero, o había aumento de mejoras en la IX RAN, o rompían el Acuerdo Pesquero en vigor. En febrero de 2011, Marruecos se niega a la renovación de dicho convenio por cuatro años, afirmaba amenazante que éste fue el último. Después de las promesas de Zapatero, Mohamed accedió a una prórroga hasta febrero de 2012. Esas son las razones de la IX RAN celebrada en Madrid, en diciembre de 2008, donde se produjo la mayor inversión directa realizada por España en un acuerdo bilateral con Marruecos.
España concedió 520 millones de euros destinados a financiar proyectos a empresas españolas-marroquíes sobre proyectos de infraestructuras y de expansión de productos españoles por toda África, desde el país magrebí entre los años 2009 y 2011. Todo un engaño para Canarias. Numerosas empresas insulares creyeron las mentiras una vez más, acudiendo a la llamada de las Cámaras de Comercio de Canarias para que invirtieran en Marruecos. El 80% de las que acudieron tuvieron que regresar desengañados por las grandes pérdidas económicas, renunciando además a lo invertido en las infraestructuras efectuadas en suelo marroquí.
Desde siempre, las inversiones de empresas canarias en Marruecos han ido de fracaso en fracaso. Las empresas mixtas canarias-marroquíes son estafadas por las administraciones del gobierno de Marruecos. Sin embargo las empresas españolas, en especial las catalanas, no han tenido los mismos problemas. Tal vez porque están instalados muchos, desde años antes, o porque ofrecen mayores y mejores garantías proteccionistas del Estado español. Alguien de Ministerios de Exteriores tendrá que aclarar el porqué de las empresas canarias para extender su comercio por toda África les obligan a obtener su base de operaciones en suelo marroquí, y a pesar de intentarlo regresan a Canarias con el rabo en el culo.
Con el saco lleno de dinero por la IX RAN, Marruecos espera por las promesas de Zapatero para la renovación del Acuerdo Pesquero, sabedores de que es el arma de extorsión que más afecta a los Gobiernos de España. En noviembre de 2011 se celebran elecciones generales en España y gana por mayoría absoluta el Partido Popular. Con ello se esfuman las promesas dadas a Mohamed VI por el ahora expresidente Zapatero.
El 14 de diciembre el Parlamento Europeo veta la ratificación del Acuerdo de Pesca, con las condiciones esperadas y negociadas por Marruecos. Los argumentos de veto de los Estados Europeos fueron: 1º) La explotación excesiva de los caladeros. 2º) La ilegal de pescar en caladeros del Sahara. Y 3º) El precio a pagar por el Convenio era insostenible. En dos de puntos Marruecos estaba dispuesto nuevamente a renegociar, pero nunca aceptaría ceder en la soberanía sobre el Sahara. Si el Parlamento Europeo no altera los derechos de Marruecos sobre los caladeros saharianos, habrá Acuerdo de Pesca antes de diciembre de 2012 fecha anunciada en enero por Rajoy para la celebración de la X RAN en Rabat.
En enero de 2012 el nuevo presidente de España realiza la tradicional visita a Marruecos, desde Rabat hace el compromiso de retomar con fuerza las Reuniones de Alto Nivel, paralizadas como consecuencia de la negativa del Parlamento Europeo a firmar un nuevo Acuerdo de Pesca. Mohamed le dice: “quinta jugada maestra”, que está dispuesto a negociarlo nuevamente y Rajoy le contesta: “vamos a intentar presionar” a la Unión Europea, para un nuevo Acuerdo de Pesca. La ficha pesquera era lo que esperaba el rey aluita que moviera España. Una vez más han caído en una nueva trampa. A su regreso, Rajoy manifestó que traía buenas sensaciones de Mohamed VI (Acuerdo de Pesca). Encomendó a su Ministro Arias Cañete, que presionara ante la Unión Europea, para que aceptara un nuevo Acuerdo de Pesca con Marruecos. En febrero de 2012 la Comisión Europea de Pesca, acuerda iniciar negociaciones en espera de respuesta de Rabat. Mohamed contesta: Sí, pero lo pensaré.… “quinta jugada maestra”.
El calendario de las negociaciones está pendiente de que Marruecos acepte negociar, que sin lugar a dudas, lo hará sin prisas y con trampas. El engaño y la paciencia contra los que ellos llaman “infieles”, es la mejor virtud del árabe. Una vez logrado la liberación total del libre comercio con Europa para 2013, el nuevo objetivo de Marruecos en esta X RAN será el caladero del Sahara y la promoción turística europea hacia sus nuevos y recientes complejos hoteleros en las inmensas playas frente a Canarias. Confiado Rajoy en las promesas de Mohamed VI sobre la disponibilidad marroquí para un nuevo Acuerdo de Pesca, convoca un Consejo de Ministro en el cual se reactiva las licencias concedidas a Repsol en diciembre de 2001. Rajoy que al igual que Zapatero, cayó en la “promesa-trampa” de Mohamed, aprobando un Decreto de Gobierno que reactivaría nuevamente los permisos de prospecciones petrolíferas a Repsol, obtenidos en el 2001. Rajoy muy mal asesorado en este tema, del que no esperaba la reacción contra el nuevo Decreto, como tampoco esperaba que el movimiento ecologista enfrentado a Paulino Rivero acudiera en su ayuda, organizando las protestas ciudadanas. Paulino aprovechó que los Cabildos de Fuerteventura y Lanzarote organizaran las movilizaciones contra Repsol. A la vez que amenazaba por radicalizar el nacionalismo canario. Y ante el temor de que las protestas se le fueran de las manos de Paulino y cayera en manos de organizaciones ca narias independentistas,. Rajoy concierta con el jefe del gobierno marroquí, Benkirán para que acepte una visita de Paulino Rivero a Marruecos, y facilite la recepción con el rey Mohamed VI. Las instrucciones y contenidos, que serían examinados por los Ministros de Exteriores, Benkirán y García-Margallo. Mientras, Rajoy ordena paciencia al Ministro Soria en su enfrentamiento con Paulino. Necesitaba enfriar las movilizaciones contra Repsol.
La estrategia de prospecciones petrolíferas en aguas cercanas a Canarias, de la que Marruecos reclama sus Derechos Internacionales fue paralizada, para ser reactivadas y negociadas durante la X RAN a celebrar diciembre 2012. Siempre y cuando Marruecos tenga previamente “amarradas”, y le sean concedidas sus exigentes condiciones políticas y económicas a España y a Europa.
El Ministro Soria aseguraba que existía petróleo en abundancia y de gran calidad y que Repsol tenía previsto invertir 300 millones de euros en los tres primeros años y que los trabajos de prospecciones se iniciarían en unas coordenadas junto a la Mediana Fronteriza, a 61 Kilómetros de Fuerteventura. Mientras, en un viaje acordado de antemano, Paulino regresa de Rabat y dice a la sociedad canaria que Mohamed VI le aseguró que no hay petróleo en la zona que desea España. Una mentira más de Mohamed. Soria tiene razón: “el petróleo existe”, y hablará en el momento que se lo ordene el Presidente del Gobierno.
El objetivo de Marruecos más inmediato está en que se le reconozca la soberanía del Sahara. Sería de incrédulos esperar otra respuesta diferente de quien viene. Marruecos siempre ha jugado con la mentira contra España, también con políticos y empresarios canarios, que siempre han tragado que sectores económicos de gran importancia para Canarias, sean moneda de cambio con los mismos sectores económicos de Marruecos. A cambio, siguen aceptando una tras otras falsas promesas de obtener ventajas económicas de los Gobiernos de España.
El ambiente en la sociedad canaria se fue caldeando en cada una de las islas, las manifestaciones populares convocadas por los ecologista y respaldadas por el Gobierno Canario (PSOE-CC) hacen retroceder al Gobierno de Rajoy, quien pide tiempo muerto para realizar una jugada de última hora: espera que Paulino Rivero le traiga buenos resultados de su visita en carta de recomendación a Mohamed VI, que lo recibiría en su palacete real, y le suplique al monarca aluita que ofrezca garantías a las empresas canarias para que regresen a Marruecos. Aquí se movieron hilos de gran altura diplomática con compromisos comprometedores para Canarias, que sólo conocen: Zapatero; Rajoy: Soria; y Paulino.
Según el Ministerio de Exteriores, Marruecos es por su importancia geoestratégica, por su dinamismo, el primer destino de las exportaciones e inversiones españolas en África. Eso explica el porqué España limita a la mínima expresión el comercio de exportación canaria, a favor de la peninsular. Todo lo que nos dicen que el archipiélago es la puerta del comercio canario en el continente africano, es pura mentira. Los engañados no son el pueblo canario, son los empresarios que se conforman con las migajas que sobran de ese comercio que más bien favorece a Marruecos, al que España prefiere como socio antes que a Canarias.
Los acuerdos comerciales que Paulino dice haber pactado con Mohamed VI, será Soria en su calidad de Ministro quien los lleve a la X Reunión de Alto Nivel. Esos pactos estarán condicionados a ocultar los flecos de la Mediana Fronteriza pactada en Sevilla, a la cual Paulino negoció con Zapatero por la Ley de Aguas Canarias. Los acuerdos comerciales adelantados por Rivero son cantos de sirenas,0 porque estarán condicionados a las decisiones del Gobierno Central. La verdad seguirá oculta, nadie quiere hablar de la Mediana Fronteriza “definitiva”, para cuando se acabe el petróleo. En Canarias no hay un político que nos represente aquí, en Madrid ó Bruselas, que sea capaz de ponerle al Gobierno Central de turno, el cascabel de la Mediana Fronteriza
La Ley de Aguas en su momento fue una gran conquista de Paulino al Gobierno Central, que habiéndola metido en el cajón del olvido, optó por rescatarla en su visita a Mohamed VI, bajo promesas que se desconocen por parte de Rajoy. El objetivo de Paulino en su visita al rey aluita era ofrecer falsas promesas al comercio canario y tal vez, recuperar una Ley de Aguas Canarias muerta por su ineficacia. Espera recibir Paulino Rivero de Rajoy, que le aprueben en el Parlamento español, un Reglamento con las Transferencias de Competencias, de la Ley de Aguas Canarias. Especialmente en Aguas Interiores y Costas.
El PSOE canario ha solicitado en los presupuestos del Estado, la concesión a Canarias de 520 millones de euros, mucho cuidado tendrá que tener Paulino Rivero con esa propuesta de enmienda económica. Le puede costar su salida del Gobierno de Canarias. Una nueva Reunión de Alto Nivel España-Marruecos, con movilizaciones populares que no pueda controlar Paulino Rivero, podría poner en peligro para España la firma de Mohamed para un nuevo Acuerdo de Pesca. Los canarios debemos conocer los planes políticos-comerciales entre España y Marruecos, para así conocer las consecuencias sobre el futuro de Canarias. Precisamente ahora el Gobierno de España, con un Ministro canario quien ejecutará el Plan Integrar del Mercado y Desarrollo (PIMD) que muy bien conoce los empresarios canarios. El PIMD español estará presente en la X RAN, donde se producirán cesiones millonarias a Marruecos, que superaran las del Programa de abril de 2011, curiosamente meses antes de elecciones generales en España.
Las inversiones del PIMD, tendrá que estar finalizadas antes de la X RAN, si no fuera así, Mohamed VI, aplazaría una vez más hasta la obtención de sus objetivos con España o con Europa. España tiene que cumplir con el Plan Financiero aprobado en la IX RAN con 520 millones de euros en Proyectos a ejecutar en Marruecos, el más importante es la construcción de una Central Termo-solar de 472 MW, en Ain Beni Mathar, ciudad norte-fronteriza con Argelia. Una excelente oportunidad para extorsionar a Europa con la expulsión definitivamente de Mauritania a los 17 barcos industriales con cuotas de 300.000 Toneladas para la pesca pelágica a los Países Europeos de Alemania. Lituania, Letonia, Irlanda Polonia Gran Bretaña y Francia. Para Mohamed VI fue la ocasión para extorsionar a la Unión Europea ofreciendo sus caladeros. Los 17 barcos de diferentes nacionalidades europeas, trabajan para dos empresas holandesas instaladas en Las Palmas para los transbordos, hasta agosto de 2011 en que fueron obligados a descargar en Mauritania, lo que llevó la paralización de las actividades de trabajo a una parte portuaria, en especial al negocio de los frigoríficos canarios de Spanish Pelágic, S.L. e Ibérica Canaria, S.L. La paralización del negocio de estas empresas asociadas a los holandeses, También será aprovechada por Mohamed VI, para extorsionar a España. Una parte del caladero ofrecido a los barcos europeos, son aguas canarias. La Comisión de Pesca de la Unión Europea, a propuesta del Eurodiputado Gabriel Matos, ha autorizado la pesca industrial pelágica en aguas europeas de Madeira y Canarias a los barcos expulsados de Mauritania.
Los acuerdos bilaterales cerrados en las Reuniones de Alto Nivel entre España y Marruecos, aquí relatados, son consecuencias de las desvergüenzas de bajadas de pantalones, efectuadas sistemáticamente por los Gobiernos de España desde la vergonzosa traición al pueblo del Sahara, el 14 de noviembre de 1975. Marruecos es un Estado soberano que defiende sus intereses mejor que los políticos españoles. Si negocian con astucias, amenazas y engaños, será porque se lo permiten los responsables que negocian en nombre de España. No es Marruecos culpable de la situación de Canarias, son los propios empresarios y políticos canarios que se ofrecen hacer negocios con la familia real marroquí, sin importarles la decadencia y ruina de la economía canaria. Esos políticos y empresario canarios, hacen en Canarias el paripé, en plan de víctimas, mientras con su entramado político-económico controla toda la información.
Otro tema de reciente actualidad, que dejaremos para otro momento, es la Feria Internacional de Pesca, celebrada el 27-29 de abril en Bruselas, de la que el Gobierno de Canarias una vez más, continúa potenciando ayudas y subvenciones económicas a empresas que importan e exportan productos de la mar desde puertos canarios: Una multinacional de Acuicultura con sede central en Santander, otra multinacional con sede en Vigo, más otras empresas pesqueras con sedes centrales en Galicia, País Vasco, Andalucía y Valencia. El Stand de 254 M2 fue pagado por la Comunidad Autónoma de Canarias.
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lunes, 30 de abril de 2012
PAULINO RIVERO - MOHAMED VI
Telde, 30 de abril de 2012 / Artículo de opinión / Antonio Rodríguez de León (*)
Sr. Director:
En la VII RAN de Sevilla, celebrada el 29 de septiembre de 2005, se firmaron acuerdos de cooperación de 250 millones de euros para proyectos de empresas españolas dispuestas a asociarse a empresas marroquíes, con el principal objetivo de expansión comercial al todo el continente africano. Entre ellos se firmó un convenio para la construcción de un parque eólico en Tánger en el, que España aporta 100 millones de euros. A falta de Acuerdo de Pesca, y por mediación de Zapatero, la Unión Europea aprobó conceder a Marruecos 654 millones de fondos europeos para ayudas de infraestructuras de expansión turística en Marruecos.
En la cena para celebrar el final de la VII RAN, Zapatero muy eufórico, anunció su compromiso personal con el sector pesquero español, con una referencia especial a Andalucía, diciendo que mediará ante la Unión Europea, para que antes de iniciarse la siguiente Reunión de Alto Nivel, él llevaría a Rabat un Acuerdo de Pesca aceptado por la Unión Europea. Y así sucedió: el 22 de mayo de 2006, el Consejo de la Unión Europea aprobó el Acuerdo Pesquero con Marruecos, con una duración de 4 años y por valor de 200 millones de euros. Quedaba pendiente la aceptación por parte de Marruecos para su validez. Aquí entró la astucia de chantajes históricos de Marruecos, a España y a Europa.
Confirmada la aceptación del Acuerdo de Pesca por la Unión Europea, Marruecos inició la presión de extorsión con la amenaza de aplazar o suspender la siguiente Reunión de Alto Nivel (VIII), exigiendo un acuerdo de cooperación de mayor cuantía económica. También exigió que Unión Europea incluyera a todo el sector hortofrutícola marroquí en la liberación de los intercambios comerciales, fijando para el año 2013 la liberación total.
Estas extorsiones las provocó el interés que puso Zapatero para contentar al sector pesquero español puesto que de no conseguirlo hubiese sido un fracaso que pagaría en las elecciones generales y las andaluzas, del 9 de marzo de 2008. Las promesas desesperadas y electoralista de Zapatero fueron estratégicamente aprovechadas por Mohamed VI, quien esperó para firmar el Convenio de Pesca hasta las postrimerías de iniciarse la VIII RAN que se celebraría en Rabat, los días 5 y 6 de marzo de 2007. De no haber sido así, las habría retrasado un año más, donde más le hubiese dolido a Zapatero. Las elecciones del 2008.
Zapatero tenía que acudir a Rabat y necesitaba que Mohamed VI firmara el acuerdo de Pesca. Para ello firmó 15 días antes de acudir a Rabat el mayor acuerdo de cooperación bilateral, hasta la fecha por valor de 520 Millones de euros para proyectos de empresas españolas en inversiones con empresas marroquíes, en la mayor expansión comercial con todos los países del continente africano
El 28 de febrero de 2007 Mohamed VI firmó el Acuerdo de Pesca, cinco días después comenzó la VIII RAN. Una vez más ganó el rey aluita. El resultado fue enormemente perjudicial para las exportaciones hortofrutícolas canarias. Esta vez fue la espoleta que hundiría aún más la agricultura canaria, que ya venía retrocediendo aceleradamente desde 1995. Quienes dicen que España y Europa favorecen al sector pesquero y al hortofrutícola de Canarias mienten cobardemente. El sector pesquero ya no existe y al sector hortofrutícola ya le han puesto fecha de defunción. Los acuerdos bilaterales entre España y Marruecos son la venta a plazos de Canarias, que poco a poco van arruinando los sectores estratégicos de Canarias, y lo demostramos a continuación:
El Acuerdo de Pesca permitió licencias a 119 barcos europeos. La mayor parte para España con 101 barcos. A Canarias le correspondería unas 29 embarcaciones (si de verdad existiera ese número de barcos) por lo que sólo se acogieron una docena de pequeños artesanales, 6 atuneros y 5 dedicados a la pesca de fondo. Estos pequeños barcos artesanales canarios son insignificantes en capturas de especies en comparación con los 90 barcos que le toca a la flota española. Los pequeños atuneros canarios, para faenar cerca de Canarias y a menos de 200 millas de la costa marroquí o Sahara, están obligados al pago de licencia y el embarque del 60% de tripulantes marroquíes. ¡Increíble, pero cierto!.
El coste económico que paga la Unión Europea por el Acuerdo de Pesca no afecta ni a favor ni en contra en el sector de pesca canario, sencillamente porque es residual su presencia en los tradicionales caladeros del Sahara y Mauritania. En los caladeros marroquíes, los barcos de arrastre y artesanales nunca utilizaron dichos caladeros, sólo faenaban la flota sardinal de Lanzarote hasta el año 1973, en que fueron expulsados, comenzando la ruina para el puerto de Arrecife. Quienes únicos se benefician de los Acuerdos con Marruecos ó Mauritania son la mayoría de la flota del sur de España y una parte de la flota de Galicia (gambas y merluza negra).
La patronal “canaria” Anacef, con más de un centenar de grandes congeladores, no protestó. Ya había hecho su gran negocio después de la firma del Acuerdo de 1995, creando empresas mixtas con Marruecos, cobrando ayudas por desguaces de barcos que no efectuaban, barcos que eran vendidos a empresas mixtas españolas-mauritanas. Y más ayudas a la construcción de nuevos barcos congeladores para empresas mixtas española-marroquí y así desplazar los de mayores tonelajes por todos los caladeros del mundo. Eso sí, manteniendo el puerto base de Las Palmas. Si no, ¿cómo accederían a las ayudas europeas?. No hay que olvidar que en la VII RAN de 2005, la Unión Europea aportó 654 millones de euros, para infraestructuras turísticas en Marruecos.
Han acabado con el sector de pesca de Canarias en 1999. Acabarán totalmente las exportaciones del sector hortofrutícola en el 2013. Seguirá el vía crucis para el sector turístico que empezará a notarse en el año 2015. Entonces, Europa buscará un tipo de “turismo” con el que compensar a Canarias, para que no muramos de inmediato. En la antesala de la celebración de la VIII RAN, Zapatero decía que cuando le toque coger la presidencia de la Unión Europea, convertiría a España en el mayor aliado de Marruecos ante la Unión Europea, ofreciéndose a mediar a favor del rey Mohamed VI, con mayores inversiones de la Unión Europea hacia Marruecos, además de las ayudas españolas. Ahora es Rajoy quien, con otras palabras, ha dicho lo mismo.
(*) Presidente de la Plataforma por el Mar Canario
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sábado, 31 de marzo de 2012
OCULTAN LA VERDAD SOBRE LA MEDIANA FRONTERIZA
Telde a, 31 de marzo de 2012 / Cartas al Director / Antonio Rodríguez de León
Sr. Director:
No
son casualidades, que el pasado día 4 de febrero el ministro de Exteriores
marroquí, visitara España en viaje oficial, teniendo un encuentro con su
homólogo español García Margallo, también con el Rey, y con el presidente del
gobierno Sr. Rajoy.
Yo
no me creo que viniera para tratar el tema pesquero, porque España delegó las
competencias a la Unión Europea ,
que por cierto Bruselas se niega a la firma de un nuevo acuerdo por razones
económicas, y no por la defensa del pueblo saharaui. Si España quiere un nuevo
acuerdo de pesca tendrá que asumir todo el coste económico del mismo, previa
autorización del Parlamento Europeo.
Cuando
se le preguntó al ministro de exteriores
marroquí por la Mediana
frente a Canarias, señaló que Marruecos y España son países respetuosos del
Derecho Internacional, invitando al gobierno español a “compartir” los recursos de las aguas canarias de la zona marítima
frente a la fachada atlántica de Marruecos. Algo parecido respondió Zapatero a
una pregunta de Paulino Rivero en el Congreso de los Diputados el 22 de junio
de 2005.
Veinte
días después, concretamente el 24 de febrero llega a Rabat Hillary Clinton, nunca
se informa del motivo real de la visita, nosotros sospechamos que el tema de
las prospecciones de petróleo en aguas en la plataforma continental de
Marruecos no pasaría desapercibido, además hablarían de las prospecciones que
España quiere realizar en los límites de una Mediana imaginaria, la cual se
trazaría dependiendo de que líneas de base recta se utilice, insular o la
archipelágica.
El
16 de marzo, el Consejo de Ministro
otorga a la multinacional Repsol, los permisos de investigación de
hidrocarburos en 9 cuadrículas, con un total de 616.060 hectáreas
que abarca desde el norte de Lanzarote al sur de Fuerteventura. Se perforarán
al menos dos pozos de 3.500
metros de profundidad, y Repsol decide que la primera
prospección se hará en la misma línea equidistante entre las islas y el
continente marroquí. El trazado de la Mediana equidistante que ha publicado Repsol, ha
provocado el recelo del ministro marroquí de Industria Sr. Abdelkader Amara,
quien pide una concertación para aclarar que las distancias para fijar la Median , que ellos aceptan
es la de líneas de base recta insular. En ningún caso aceptarán las líneas de
base recta archipelágicas, si así fuera, estarían reconociendo el concepto
archipelágico de Canarias.
Marruecos
sostiene que Canarias son islas adyacentes al territorio marroquí, por
consiguiente las islas son circunstancias pertinentes, por lo que la zona
económica exclusiva le corresponde a la plataforma del Estado continental. Esa
teoría es lo que impera en la jurisprudencia marítima internacional.
Anuncia
Repsol que en la cuadrícula nº 3 comenzarán perforar a 60 Km . de Fuerteventura. Es
verdad cuando afirma que van a perforar a distancias superiores a los 60 Km ., siendo el punto más alejado a 80 Km . al Esta de la isla La Graciosa. Esos
mismos voceros callan cuando saben perfectamente que también han autorizado perforar
a una distancia de 10 Km .
de la costa frente a Caleta de Fuste.
El
pasado 19 de marzo en Madrid, hubo un encuentro entre el Ministro de Industria
de España, Sr. José Manuel Soria y su homólogo marroquí, Sr. Abdelkader Amara.
Las declaraciones posteriores de ambos ministro, parecía que estaba todo
acordado y cerrado. Soria confirmaba que Marruecos no iba a repetir la denuncia
como así lo hizo en el año 2002 ante las Naciones Unidas que reclamaba la
soberanía de dichos espacios marítimos. Fue un gran enfado diplomático, y único
motivo de la paralización, y no como nos quieren hacer creer con la sentencia
de 2004 del Tribunal Supremo. Dicha sentencia paralizó el conflicto que iba
encaminado a los Tribunales Internacionales de Justicia.
La
empresa Repsol confiada con el resultado de la cena celebrada entre los
Ministros de Industrias de los dos países, sacó una información pública con
foto incluida, detallando una línea imaginaria de la Mediana , señalando que el
punto a perforar se encontraba a 61
Km . de Fuerteventura, lugar según Repsol existe una
profundidad de 930 metros .
Al día siguiente el ministro marroquí requiere a las autoridades españolas
pidiendo concertar una nueva reunión.
Aunque
el ministro marroquí no aclaró cual es el motivo de una concertación sobre el
tema del petróleo, desde la plataforma por el mar canario creemos acercarnos al
verdadero motivo por el cual Marruecos exige revisar las coordenadas colindantes
con la Mediana
de acuerdo siempre al derecho Marítimo Internacional...
Marruecos
quiere aclarar que la Mediana
que ellos reconocen es la equitativa, aunque acepta con carácter provisional la
línea equidistante entre las líneas de base rectas insulares y las líneas de
base rectas continentales.
Si
los 60 Km .
se fijaron desde la línea de base rectas archipelágicas, el mismo punto tendría
una distancia de 56 Km .
de Tarfaya, y eso Marruecos no lo va a permitir, todo acordado y amarrado por
los dos Países, España extrae petróleo con carácter provisional, por equis
años, y los que dicen que las 200 millas marinas de la
zona económica exclusiva de Canarias es de soberanía española, deben de saber
que esas aguas pasarán finalmente a soberanía de Marruecos, eliminándose la Mediana equidistante,
retrocediendo la soberanía española hasta las doce millas de cada isla.
Ante
la posibilidad de renuncia de la soberanía española sobre la zona económica exclusiva
alrededor de Canarias, pactada en el año 2005, al que añadimos el sospechoso silencio
interesado por parte de Marruecos, advertimos que no se debe iniciar ningún
trabajo de prospecciones marítimas cercanas a las islas, mientras no se aclare
el reconocimiento internacional de la Mediana marítima entre Canarias y Marruecos. Aquí
no cabe justificar el interés general del Estado español, porque se está
poniendo en peligro la integridad territorial de Canarias como archipiélago.
Si
España no protege a Canarias bajo el concepto jurídico de archipiélago, las islas
estarán aisladas unas de otras, por aguas de soberanía de Marruecos. La solución
la tenemos aquí cerquita, en los archipiélagos de Azores y Madeira, solo
necesitamos que tengamos un Estatuto de Autonomía bajo el amparo
Constitucional, registrarlo ante las Naciones Unidas con las cartas náuticas
correspondientes, trazando las coordenadas de las 200 millas de zona
económica exclusiva alrededor de Canarias.
Esa
y no otra, es la actuación que debería ejecutar el Gobierno de España, por la
defensa solidaria con la
Comunidad Autónoma Canaria, de la que nosotros suponemos que
se ejercería por interés general del Estado.
No llegar a un acuerdo para la firma de la Mediana definitiva, antes
de proceder a las extracciones de petróleo, se le estaría permitiendo a
Marruecos utilizar las aguas canarias, como amenaza de denuncia ante las Naciones
Unidas. Permitirlo estaría España permanentemente chantajeada. Aquí está la madre del cordero. Y
ya está bien.
(*) Presidente de la
Plataforma por el Mar Canario
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miércoles, 14 de marzo de 2012
DESIDIAS PREMEDITADAS DE ESTADO HIPOTECAN EL FUTURO DE CANARIAS
Telde, 14 de marzo de 2012 / Artículo de Opinión / Antonio Rodríguez de León
SR. DIRECTOR:
La importancia que genera el turismo para la economía canaria es de vital interés, y hace necesario e imprescindible el derecho de reclamar con suficientes garantías, a quiénes puedan producir daños irreparables y pongan en peligro la seguridad, sobre la economía en los territorios insulares de la comunidad autónoma canaria.
Cualquier extracción cercana a Canarias, sea en zona española o de soberanía marroquí, deberá cumplir los acuerdos internacionales fijados en el Derecho Marítimo, antes de iniciar cualquier trabajo de exploración y explotación petrolífera que cause la mínima posibilidad de contaminación.
Con suficientes garantías del Estado responsable, valorando las posibles pérdidas económicas, con la correspondiente póliza de seguro obligatorio a favor del territorio afectado. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.
Los Intereses Generales del Estado no pueden menoscabar los derechos constitucionales de un territorio español atendiendo la singularidad del hecho insular, por lo que la Constitución Española se obliga en defender la seguridad y la economía de Canarias. La propia Constitución, que establece cuales son Intereses Generales de Estado, reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que integran el Estado y la solidaridad entre todas ellas. Por lo que la seguridad en los espacios marítimos de Canarias, es también de Interés General para el Estado.
Los canarios debemos exigir toda la información veraz, de la legalidad jurídica internacional sobre los espacios marítimos interior y exterior del archipiélago en relación con el Derecho Marítimo Internacional y su aplicación constitucional. Por dignidad, son nuestros derechos.
Estados colindantes: España, Portugal y Marruecos, son signatarios del Estatuto Jurídico Internacional del Mar, obligándose al cumplimiento de cuantos procesos de exploración, extracción y explotación, se realicen en sus espacios marítimos y la adaptación de sus Constituciones Nacionales, al Derecho Marítimo Internacional antes de la firma de Ratificación. España y Portugal validaron la ratificación del Tratado Internacional del Mar en 1997 y Marruecos en el año 2007. Los Estados adheridos, al momento de firmar la ratificación, presentan “notas aclaratorias”, ante las posibles controversias, reafirmándose en todos los territorios bajo su soberanía.
Nota Aclaratoria de Portugal: Portugal presentó en defensa de sus intereses generales, nota aclaratoria, reafirmando los derechos emanados de su legislación interna respecto de los espacios marítimos continental y los archipiélagos e islas que forman parte de él, anunciando que su Constitución y los Estatutos Internos de sus archipiélagos, se adhieren al Tratado del Mar de 1982.
Nota Aclaratoria de Marruecos: Marruecos, por su parte en sus notas aclaratorias, se afirma en sus derechos de soberanía de Ceuta, Melilla y las islas Chafarinas y Alhucema. Declara que la ratificación de ninguna manera puede ser interpretada como el reconocimiento de aquella ocupación. Además presenta otra aclaración que afecta directamente a los intereses de Canarias: El Gobierno del Reino de Marruecos reserva el derecho de hacer, en tiempo apropiado, declaraciones de conformidad con los artículos 287 y 298, ambos en referencia a la aceptación de Tribunal Internacional y controversia a la interpretación en las delimitaciones marítimas.
Nota Aclaratoria de España: Por parte de España, se presentó nota aclaratoria de los derechos de soberanía española sobre los espacios marítimos de Gibraltar. No mencionando en absoluto los derechos de soberanía española de los espacios marítimos del interior y exterior de Canarias. Grave error no haber presentado nota aclaratoria que evitara la actual indefensión de los intereses españoles, sobre espacios marítimos de Canarias que, al estar dentro de la zona económica exclusiva de Marruecos, provocará irremediablemente una gran y preocupante controversia. Admitido en Derecho fue el precedente contrario a los intereses de Canarias, con la firma del Tratado de Pesca entre la Unión Europea y Marruecos en 1995, donde las Partes, acordaron:
La Unión Europea y Marruecos son signatarios de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y que, con arreglo a dicha Convención, Marruecos ha establecido una zona económica exclusiva que se extiende hasta las 200 millas marinas desde sus costas, dentro de la cual ejerce sus derechos soberanos a los efectos de la exploración, explotación, conservación y gestión de los recursos de dicha zona.
Al no haberse presentado denuncia “por interés general de Estado”, parte de una zona económica exclusiva del Tratado de Pesca, en que se dañaba los intereses de espacios marítimos de Canarias, será suficiente para Marruecos, en reclamar los derechos soberanos sobre los espacios marítimos canarios.
Los acuerdos bilaterales entre Estados que no hayan sido denunciados ante la autoridad Marítima en tiempo y forma, se consideran de firmeza jurídica, y admitido en Derecho. Por lo que respecta a España, el Tratado Jurídico Internacional del Mar ha pasado a formar parte del Ordenamiento Jurídico Interno Español, aunque no se informó a la Comunidad Autónoma de Canarias sobre los procedimientos constitucionales a seguir, en conformidad a lo establecido en la Constitución Española.
La inmovilidad y rigidez de la Constitución Española hace que las competencias exclusivas del Estado sobre los espacios marítimos de Canarias, produzca una contradicción Constitucional con respecto al Estatuto Jurídico del Mar, para establecer una mediana marítima equidistante, que separe las zonas marítimas entre España, Portugal y Marruecos. El Tribunal Constitucional está llamado a velar para que no existan estipulaciones constitucionales contrarias con el Tratado Internacional del Mar. En caso contrario, se estaría prevaricando contra los intereses internos de Canarias. Constitucionalmente, es una contundente insolidaridad con un territorio que es parte de la unidad indisoluble del Estado español.
En el caso de iniciarse una controversia entre España y Marruecos, la jurisprudencia Internacional ha hecho del método equitativo con circunstancias pertinentes, la norma jurídica para medir la mediana entre la costa de la plataforma continental con islas adyacentes. Se tendrá en cuenta, por el Tribunal que corresponda, de si las islas adyacentes a la plataforma continental tienen la capacidad estatutaria suficiente para adherirse al Derecho Marítimo vigente sobre los espacios marítimos y aéreos del archipiélago canario.
La Comunidad Autónoma de Canarias, al estar formada por territorios insulares, estará afectada ante cualquier actividad económica que se realice sobre los espacios marítimos próximos a sus costas, por lo que corresponde al Estado español velar por la protección y seguridad de los espacios marítimos que rodean todas las islas.
Por imperativo del Derecho Marítimo Internacional, cualquier Estado que autorice estudios de prospecciones petrolíferas, está obligado a extender un seguro obligatorio y un fondo de indemnización a favor de perjuicios a terceros.
El Gobierno Autónomo de Canarias deberá exigir garantías de posibles daños en sus costas, a los Estados de España y Marruecos, como principales responsables de autorizar a empresas privadas, las extracciones petrolíferas frente a las costas de Fuerteventura y Lanzarote.
Los derechos exclusivos de España y el Interés General de Estado, no son suficientes para aceptar su cumplimiento, sin que por quienes corresponda, sea revisado y corregido las estipulaciones constitucionales, que estén por encima del Derecho Internacional del Mar.
El Tribunal Constitucional español, ha de exponer una aclaración doctrinal sobre la aplicación del Estatuto Jurídico Internacional del Mar de Naciones Unidas de 1982, a la delimitación formal y expresa de las aguas marítimas del espacio interior y exterior del archipiélago canario, como aguas de soberanía española.
El Gobierno de España, deberá presentar a la Autoridad Marítima Internacional, una nota aclaratoria, que incluya las aguas marítimas del archipiélago canario, como zona económica exclusiva española.
El Gobierno de Marruecos, tiene la obligación de crear un seguro obligatorio y un fondo de indemnización para cubrir daños a terceros, si procede a perforar los fondos marinos cercanos a Canarias. El Parlamento de la Unión Europea, deberá dar una explicación a Canarias sobre el Tratado de Pesca, aclarando los límites cardinales de las 200 millas náuticas de la zona económicas exclusivas de Marruecos.
La Autoridad Marítima Internacional, deberá solicitar al Estado español, una aclaratoria en su solicitud por ampliar a 350 millas náuticas, la zona económica exclusiva de soberanía española en los espacios marítimos de Canarias. Y el Gobierno de Canarias, deberá realizar la reforma del Estatuto de Autonomía Canaria, en base a la Resolución 742 de la VIII Asamblea de las Naciones Unidas, y en conformidad a los artículos 46.b y 305.e del Tratado Internacional del Mar.
España aún no ha solicitado ante la Autoridad Internacional del Mar, de cual es la jurisdicción española en la zona económica exclusiva alrededor del territorio canario, en aplicación del Tratado Internacional aprobado en el Congreso de Diputados, sin el visto bueno del Tribunal Constitucional, el cual, es su obligación por mandato de la propia Constitución Española.
Para entender el porqué España no entra a trapo con la delimitación de los espacios marítimos canarios, habría que leer el documento marítimo de José Manuel Lacleta titulad “Las aguas españolas en la costa africana”, advertía en el año 2003 este Embajador de España y antiguo miembro de la Comisión de Derecho Internacional del Mar de las Naciones Unidas que, antes de emprender cualquier negociación marítima con Marruecos, sería preciso tener una idea de cuál sería la sentencia judicial o arbitral posible más favorable a España, y cuál la más desfavorable. Si fuese contraria, que lo es, ¿se aplaza indefinidamente la negociación?
En nuestra situación política-geográfica dependiente, las sentencias judiciales por los Tribunales Internacionales han sentado jurisprudencia favorable al Estado continental. Por lo que conociendo que Marruecos tiene todas las de ganar, España ha optado por sacar las mejores ventajas en su interés general de Estado, pactando una “mediana provisional” mientras exista petróleo en el lado canario. Cuando se acabe, firmará en las Naciones Unidas, la mediana definitiva, que dará a Marruecos de toda la zona económica exclusiva de los espacios marítimos que podría corresponder a Canarias con otro Status político-administrativo con España. El actual estatuto de autonomía no sirve a los efectos de su aplicación internacional.
¿Acaso no es Canarias, interés general de Estado?, o será que se lo impide el interés general de España en sus relaciones comerciales con Marruecos, de cuyos pactos bilaterales han venido hipotecando el futuro de Canarias, hundiendo todo el desarrollo económico en que se ha venido sustentando el pueblo canario. Por lo que mientras perdure esta situación de “sospechosa insidia secretísima sobre las fronteras marítimas de Canarias” ejercida por los poderes del Estado, empezando con la pérdida de los derechos históricos canarios en las pesquerías saharianas, para favorecer a más de 300 buques peninsulares, incluyéndolos en el listado con derechos de puertos bases canarios. Sus consecuencias, la desaparición total del sector pesquero.
Los canarios no debemos permitir que se realice la prospección, la exploración y la extracción de petróleo en aguas cercanas a cualquier isla. Si hay que salir a la calle en protesta, hagámosla por las fronteras marítimas del archipiélago con el debido reconocimiento por la Autoridad Marítima Internacional. Si nosotros no actuamos, Marruecos lo hará, y como siempre España callará por interés general de Estado. El secreto está muy bien amarradito: Marruecos tendrá la titularidad de las aguas económicas archipelágicas, excepto las aguas interiores, mientras España se queda con los derechos sobre el petróleo canario, “Bienes de dominio público Estatal”. Otra sospechosa insidia del Estado con las Canarias españolas.
España entregará a Marruecos la zona económica exclusiva canaria, a cambio de que no presente denuncia ante las Naciones Unidas, como así lo hizo en el año 2001 por los permisos que España concedió a Repsol. Como tampoco denunció en su día, la Ley 44/2010 de 30 de diciembre de aguas canarias. Razón por la cual, Zapatero firmó a sabiendas de antemano que Marruecos no iba a presentar denuncia a la Ley de aguas canarias ante Naciones Unidas.
Mientras que el Gobierno Autónomo pelea en pedir a España una compensación económica o, garantías al medio ambiental marino, sin importarles otras consecuencias del día después de acabarse las existencias del petróleo, en que Marruecos pasaría a ser soberano sobre las aguas exteriores a 12 millas del archipiélago. Cuando la actuación del Gobierno Canario, ante esta desidia de Estado, le correspondería acudir ante Naciones Unidas, reclamando los Derechos del territorio canario, a la firma jurídica del Tratado Jurídico Internacional del Mar.
SR. DIRECTOR:
La importancia que genera el turismo para la economía canaria es de vital interés, y hace necesario e imprescindible el derecho de reclamar con suficientes garantías, a quiénes puedan producir daños irreparables y pongan en peligro la seguridad, sobre la economía en los territorios insulares de la comunidad autónoma canaria.
Cualquier extracción cercana a Canarias, sea en zona española o de soberanía marroquí, deberá cumplir los acuerdos internacionales fijados en el Derecho Marítimo, antes de iniciar cualquier trabajo de exploración y explotación petrolífera que cause la mínima posibilidad de contaminación.
Con suficientes garantías del Estado responsable, valorando las posibles pérdidas económicas, con la correspondiente póliza de seguro obligatorio a favor del territorio afectado. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.
Los Intereses Generales del Estado no pueden menoscabar los derechos constitucionales de un territorio español atendiendo la singularidad del hecho insular, por lo que la Constitución Española se obliga en defender la seguridad y la economía de Canarias. La propia Constitución, que establece cuales son Intereses Generales de Estado, reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que integran el Estado y la solidaridad entre todas ellas. Por lo que la seguridad en los espacios marítimos de Canarias, es también de Interés General para el Estado.
Los canarios debemos exigir toda la información veraz, de la legalidad jurídica internacional sobre los espacios marítimos interior y exterior del archipiélago en relación con el Derecho Marítimo Internacional y su aplicación constitucional. Por dignidad, son nuestros derechos.
Estados colindantes: España, Portugal y Marruecos, son signatarios del Estatuto Jurídico Internacional del Mar, obligándose al cumplimiento de cuantos procesos de exploración, extracción y explotación, se realicen en sus espacios marítimos y la adaptación de sus Constituciones Nacionales, al Derecho Marítimo Internacional antes de la firma de Ratificación. España y Portugal validaron la ratificación del Tratado Internacional del Mar en 1997 y Marruecos en el año 2007. Los Estados adheridos, al momento de firmar la ratificación, presentan “notas aclaratorias”, ante las posibles controversias, reafirmándose en todos los territorios bajo su soberanía.
Nota Aclaratoria de Portugal: Portugal presentó en defensa de sus intereses generales, nota aclaratoria, reafirmando los derechos emanados de su legislación interna respecto de los espacios marítimos continental y los archipiélagos e islas que forman parte de él, anunciando que su Constitución y los Estatutos Internos de sus archipiélagos, se adhieren al Tratado del Mar de 1982.
Nota Aclaratoria de Marruecos: Marruecos, por su parte en sus notas aclaratorias, se afirma en sus derechos de soberanía de Ceuta, Melilla y las islas Chafarinas y Alhucema. Declara que la ratificación de ninguna manera puede ser interpretada como el reconocimiento de aquella ocupación. Además presenta otra aclaración que afecta directamente a los intereses de Canarias: El Gobierno del Reino de Marruecos reserva el derecho de hacer, en tiempo apropiado, declaraciones de conformidad con los artículos 287 y 298, ambos en referencia a la aceptación de Tribunal Internacional y controversia a la interpretación en las delimitaciones marítimas.
Nota Aclaratoria de España: Por parte de España, se presentó nota aclaratoria de los derechos de soberanía española sobre los espacios marítimos de Gibraltar. No mencionando en absoluto los derechos de soberanía española de los espacios marítimos del interior y exterior de Canarias. Grave error no haber presentado nota aclaratoria que evitara la actual indefensión de los intereses españoles, sobre espacios marítimos de Canarias que, al estar dentro de la zona económica exclusiva de Marruecos, provocará irremediablemente una gran y preocupante controversia. Admitido en Derecho fue el precedente contrario a los intereses de Canarias, con la firma del Tratado de Pesca entre la Unión Europea y Marruecos en 1995, donde las Partes, acordaron:
La Unión Europea y Marruecos son signatarios de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y que, con arreglo a dicha Convención, Marruecos ha establecido una zona económica exclusiva que se extiende hasta las 200 millas marinas desde sus costas, dentro de la cual ejerce sus derechos soberanos a los efectos de la exploración, explotación, conservación y gestión de los recursos de dicha zona.
Al no haberse presentado denuncia “por interés general de Estado”, parte de una zona económica exclusiva del Tratado de Pesca, en que se dañaba los intereses de espacios marítimos de Canarias, será suficiente para Marruecos, en reclamar los derechos soberanos sobre los espacios marítimos canarios.
Los acuerdos bilaterales entre Estados que no hayan sido denunciados ante la autoridad Marítima en tiempo y forma, se consideran de firmeza jurídica, y admitido en Derecho. Por lo que respecta a España, el Tratado Jurídico Internacional del Mar ha pasado a formar parte del Ordenamiento Jurídico Interno Español, aunque no se informó a la Comunidad Autónoma de Canarias sobre los procedimientos constitucionales a seguir, en conformidad a lo establecido en la Constitución Española.
La inmovilidad y rigidez de la Constitución Española hace que las competencias exclusivas del Estado sobre los espacios marítimos de Canarias, produzca una contradicción Constitucional con respecto al Estatuto Jurídico del Mar, para establecer una mediana marítima equidistante, que separe las zonas marítimas entre España, Portugal y Marruecos. El Tribunal Constitucional está llamado a velar para que no existan estipulaciones constitucionales contrarias con el Tratado Internacional del Mar. En caso contrario, se estaría prevaricando contra los intereses internos de Canarias. Constitucionalmente, es una contundente insolidaridad con un territorio que es parte de la unidad indisoluble del Estado español.
En el caso de iniciarse una controversia entre España y Marruecos, la jurisprudencia Internacional ha hecho del método equitativo con circunstancias pertinentes, la norma jurídica para medir la mediana entre la costa de la plataforma continental con islas adyacentes. Se tendrá en cuenta, por el Tribunal que corresponda, de si las islas adyacentes a la plataforma continental tienen la capacidad estatutaria suficiente para adherirse al Derecho Marítimo vigente sobre los espacios marítimos y aéreos del archipiélago canario.
La Comunidad Autónoma de Canarias, al estar formada por territorios insulares, estará afectada ante cualquier actividad económica que se realice sobre los espacios marítimos próximos a sus costas, por lo que corresponde al Estado español velar por la protección y seguridad de los espacios marítimos que rodean todas las islas.
Por imperativo del Derecho Marítimo Internacional, cualquier Estado que autorice estudios de prospecciones petrolíferas, está obligado a extender un seguro obligatorio y un fondo de indemnización a favor de perjuicios a terceros.
El Gobierno Autónomo de Canarias deberá exigir garantías de posibles daños en sus costas, a los Estados de España y Marruecos, como principales responsables de autorizar a empresas privadas, las extracciones petrolíferas frente a las costas de Fuerteventura y Lanzarote.
Los derechos exclusivos de España y el Interés General de Estado, no son suficientes para aceptar su cumplimiento, sin que por quienes corresponda, sea revisado y corregido las estipulaciones constitucionales, que estén por encima del Derecho Internacional del Mar.
El Tribunal Constitucional español, ha de exponer una aclaración doctrinal sobre la aplicación del Estatuto Jurídico Internacional del Mar de Naciones Unidas de 1982, a la delimitación formal y expresa de las aguas marítimas del espacio interior y exterior del archipiélago canario, como aguas de soberanía española.
El Gobierno de España, deberá presentar a la Autoridad Marítima Internacional, una nota aclaratoria, que incluya las aguas marítimas del archipiélago canario, como zona económica exclusiva española.
El Gobierno de Marruecos, tiene la obligación de crear un seguro obligatorio y un fondo de indemnización para cubrir daños a terceros, si procede a perforar los fondos marinos cercanos a Canarias. El Parlamento de la Unión Europea, deberá dar una explicación a Canarias sobre el Tratado de Pesca, aclarando los límites cardinales de las 200 millas náuticas de la zona económicas exclusivas de Marruecos.
La Autoridad Marítima Internacional, deberá solicitar al Estado español, una aclaratoria en su solicitud por ampliar a 350 millas náuticas, la zona económica exclusiva de soberanía española en los espacios marítimos de Canarias. Y el Gobierno de Canarias, deberá realizar la reforma del Estatuto de Autonomía Canaria, en base a la Resolución 742 de la VIII Asamblea de las Naciones Unidas, y en conformidad a los artículos 46.b y 305.e del Tratado Internacional del Mar.
España aún no ha solicitado ante la Autoridad Internacional del Mar, de cual es la jurisdicción española en la zona económica exclusiva alrededor del territorio canario, en aplicación del Tratado Internacional aprobado en el Congreso de Diputados, sin el visto bueno del Tribunal Constitucional, el cual, es su obligación por mandato de la propia Constitución Española.
Para entender el porqué España no entra a trapo con la delimitación de los espacios marítimos canarios, habría que leer el documento marítimo de José Manuel Lacleta titulad “Las aguas españolas en la costa africana”, advertía en el año 2003 este Embajador de España y antiguo miembro de la Comisión de Derecho Internacional del Mar de las Naciones Unidas que, antes de emprender cualquier negociación marítima con Marruecos, sería preciso tener una idea de cuál sería la sentencia judicial o arbitral posible más favorable a España, y cuál la más desfavorable. Si fuese contraria, que lo es, ¿se aplaza indefinidamente la negociación?
En nuestra situación política-geográfica dependiente, las sentencias judiciales por los Tribunales Internacionales han sentado jurisprudencia favorable al Estado continental. Por lo que conociendo que Marruecos tiene todas las de ganar, España ha optado por sacar las mejores ventajas en su interés general de Estado, pactando una “mediana provisional” mientras exista petróleo en el lado canario. Cuando se acabe, firmará en las Naciones Unidas, la mediana definitiva, que dará a Marruecos de toda la zona económica exclusiva de los espacios marítimos que podría corresponder a Canarias con otro Status político-administrativo con España. El actual estatuto de autonomía no sirve a los efectos de su aplicación internacional.
¿Acaso no es Canarias, interés general de Estado?, o será que se lo impide el interés general de España en sus relaciones comerciales con Marruecos, de cuyos pactos bilaterales han venido hipotecando el futuro de Canarias, hundiendo todo el desarrollo económico en que se ha venido sustentando el pueblo canario. Por lo que mientras perdure esta situación de “sospechosa insidia secretísima sobre las fronteras marítimas de Canarias” ejercida por los poderes del Estado, empezando con la pérdida de los derechos históricos canarios en las pesquerías saharianas, para favorecer a más de 300 buques peninsulares, incluyéndolos en el listado con derechos de puertos bases canarios. Sus consecuencias, la desaparición total del sector pesquero.
Los canarios no debemos permitir que se realice la prospección, la exploración y la extracción de petróleo en aguas cercanas a cualquier isla. Si hay que salir a la calle en protesta, hagámosla por las fronteras marítimas del archipiélago con el debido reconocimiento por la Autoridad Marítima Internacional. Si nosotros no actuamos, Marruecos lo hará, y como siempre España callará por interés general de Estado. El secreto está muy bien amarradito: Marruecos tendrá la titularidad de las aguas económicas archipelágicas, excepto las aguas interiores, mientras España se queda con los derechos sobre el petróleo canario, “Bienes de dominio público Estatal”. Otra sospechosa insidia del Estado con las Canarias españolas.
España entregará a Marruecos la zona económica exclusiva canaria, a cambio de que no presente denuncia ante las Naciones Unidas, como así lo hizo en el año 2001 por los permisos que España concedió a Repsol. Como tampoco denunció en su día, la Ley 44/2010 de 30 de diciembre de aguas canarias. Razón por la cual, Zapatero firmó a sabiendas de antemano que Marruecos no iba a presentar denuncia a la Ley de aguas canarias ante Naciones Unidas.
Mientras que el Gobierno Autónomo pelea en pedir a España una compensación económica o, garantías al medio ambiental marino, sin importarles otras consecuencias del día después de acabarse las existencias del petróleo, en que Marruecos pasaría a ser soberano sobre las aguas exteriores a 12 millas del archipiélago. Cuando la actuación del Gobierno Canario, ante esta desidia de Estado, le correspondería acudir ante Naciones Unidas, reclamando los Derechos del territorio canario, a la firma jurídica del Tratado Jurídico Internacional del Mar.
sábado, 11 de febrero de 2012
ES CANARIAS INTERÉS DE ESTADO, O SON INTERESES PARA EL ESTADO
Telde, 11 de febrero de 2012 / Artículo de Opinión / Antonio Rodríguez de León (*)
SR. DIRECTOR:
Si fuera por interés de Estado, ya se habrían preocupado en dejar clarificada la Mediana con Marruecos, pero eso significaba darle a Canarias los beneficios petrolíferos. Eso no era permitido por los gobiernos centrales, fuesen del PSOE ó PP. Lo grave es que los canarios que figuran dentro de sus listas, padecen esquizofrenia bipolar. Unas veces ejercen de canarios auténticos, otras de españolistas universales. La sociedad canaria está invadida por dicha enfermedad, es de locura, pero es la locura de los colonialistas, mantenida en el tiempo por profesionales de la desinformación, única vía universal que mantiene adormecido el cerebro. El Gobierno nos dice; no pienses, ya pensaremos por ti, que todo sea por interés de Estado. La Autonomía que te damos, es la única que puedes tener. La dependencia al Estado, es fundamental para tu salud. Puedes tener una gran recaída, lo que nos obligaría a “internarte”, si nos pide cambiar la Constitución por el Derecho Internacional del Mar. Es mejor dejarlo así, que puede venir Mohamed con sus huestes, y nosotros nos entenderemos mejor con ellos. Nosotros les daremos aguas saladas y ellos nos entregarán oro negro (petróleo). Es por interés de Estado.
Tiene razón el Sr. Soria, cuando afirma que las extracciones del petróleo en Canarias, las autorizará el gobierno central, y no porque lo diga él, lo dice la Constitución Española en su artículo 132.2 “son bienes de dominio público estatal los que determine la ley, y en todo caso, la zona marítimo-terrestre, las playas, el mar territorial y los recursos naturales de la zona económica y la plataforma continental.”. Ahora bien, en lo que respecta a los recursos naturales de la zona económica y plataforma continental, no puede regularse por dicha Constitución, sino por el Estatuto Jurídico del Mar, aprobado el 10 de diciembre de 1982, en Montego Bay.
Con lo que habría que pensar el porqué no se consideró en aquel tiempo, como asunto de Estado, la protección y seguridad de los espacios marítimos y aéreos de Canarias, sobre el tráfico internacional y la zona económica exclusiva de 200 millas.
España no firmó en ese momento el documento porque dicho Tratado Internacional no permitía que las islas pudieran establecer la Mediana equidistante con otro Estado continental, en estos casos, imperaba la interpretación de la Jurisprudencia de los Tribunales Internacionales de Justicia para establecer que parte de la zona económica exclusiva le corresponde a las islas y que otra parte le corresponde al Estado continental, donde imperan Sentencias del Tribunal Internacional de Justicia, estableciendo un reparto equitativo preferente y favorable al Estado continental de la zona económica exclusiva, por considerar que las islas adyacentes y cercanas al Continente, son circunstancias especiales y pertinentes.
En cambio, si dichas islas fuesen reconocidas como archipiélago, se acogería a la Parte IV, específica para los Estados Archipelágicos, ú otros archipiélagos que estén federados a un Estado, o cuyo territorio esté dotado con un Estatuto de Plena Autonomía Interna, tal como se especifica en la 742 Resolución de la VII Asamblea General de Naciones Unidas.
Esto debería de conocerlo el Sr. Ministro canario, para no meter la pata diciendo que Canarias como comunidad autónoma, carece de competencias marítimas, porque se lo impide el Derecho Internacional.
Cuando la realidad es que con el actual Estatuto de Autonomía, a quien no le permiten ejercer jurisdicción sobre una zona económica exclusiva, de las islas canarias, que se interfiera o se crucen con las aguas de otro Estado continental.
Es sorprendente el cambio de actitud del Sr. Soria, que cuando fue Presidente del Cabildo de Gran Canaria con mayoría absoluta, dijo lo contrario a lo que actualmente está pregonando. Entonces el interés general era que Canarias Delimitara sus aguas de acuerdo al Derecho Internacional. Cuando se está en la oposición de Gobierno, se pide la gloria. Cuando se está en el Gobierno se da el infierno.
España en aquel entonces optó por considerar a Canarias simplemente islas, negando la posibilidad jurídica de Archipiélago. Sin embargo Portugal consideró como nuevo Estado Archipelágico, a las islas de Cabo Verde, y a las islas de Azores y Madeira, como archipiélagos con un Estatuto Jurídico Político Administrativo de Plena Autonomía Interna.
Pasaban los años ochenta y España necesitaba ingresar en la Unión Europea, y una de las condiciones que se les exigía, que debía firmar los Tratados Internacionales, en especial, el de la distribución de los espacios marítimos entre Estados.
Llega el documento Marítimo Internacional para su revisión y aprobación por las Cortes Generales, debiendo dictaminarse por el Tribunal Constitucional, si existe o no, contradicciones jurídicas en el texto Constitucional con el Tratado Internacional del Mar.
Fue aprobado por las Cortes Generales, forma parte en el Ordenamiento Jurídico Español desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de fecha de 14 de febrero de 1997. Como quiera que el gobierno del Estado español, no tomó en consideración el artículo 95.1 de la Constitución Española, que por “interés de Estado”, y ante previsibles pretensiones de terceros Países, tendrían que modificar el artículo 132.2, de la Constitución española, cediendo todos los derechos marítimos a la Comunidad Canaria, para que jurídicamente fuese reconocida internacionalmente como archipiélago dotado constitucionalmente con Estatuto de Plena Autonomía Interna. Entonces sí cabe la aplicación de una Mediana equidistante con el Estado continental.
El Derecho de Montego Bay permite la posibilidad de un acuerdo amistoso para delimitar la Mediana entre dos Estados. Esa posibilidad fue ejecutada en el año 2005, entre España y Marruecos, pactando delimitar una Mediana equidistante entre Canarias y el Continente con carácter “provisional”, y cuando llegue el momento de fijarla con carácter “definitivo”, las Partes acordaron la mediana “equitativa”, o sea que toda la zona económica exclusiva pasaría bajo jurisdicción de Marruecos. Ese pacto significa que España entregará a Marruecos 720.000 KM2 de aguas canarias, a cambio de que Marruecos permita a Repsol extraer petróleo para España.
Esos son los Intereses de Estado que pregona el Sr. Soria. El problema de fondo no es el ahora, sino que pasará el mañana cuando se acabe el petróleo.
Por interés de Estado, España se beneficia de un petróleo autorizado por Marruecos, porque así lo permite el Derecho Internacional, y vez agotadas las extracciones, Canarias se quedará como consecuencia de ese interés de Estado, sin la fuente de ingresos de un turismo del que Canarias solo se beneficia internamente en una pequeña parte, la gran tarta del turismo se queda fuera de las islas.
Los políticos canarios dentro del contexto del Estado, son como los grillos, conocemos sus airadas voces, pero desconocemos sus verdaderos escondrijos. Hace falta que en Canarias nos libremos de la personalidad bipolar que nos impone el Estado.
Si España quiere que las islas canarias sigan siendo españolas, denme la Plena Autonomía Interna. Si España quiere y ama a los canarios, deben de darnos un instrumento internacional para unir las islas con las aguas canarias. Denme la Plena Autonomía Interna.
Si el interés de Estado, es solo en beneficio de la España continental, marginando y despreciando la seguridad y los intereses de la España insular canaria, denme la independencia. Si esto va a suceder por interés de Estado, por dignidad, denme la Independencia.
Por interés de Estado, España entregó a Marruecos y Mauritania, el 14 de noviembre de 1975 el territorio del Sahara, junto con el caladero pesquero canario-sahariano. Desposeyendo de la soberanía española a los hijos del Sahara. Nosotros, la Plataforma por el Mar Canario, decimos y afirmamos, que la Mediana Equitativa con el actual Estatuto de Autonomía, España entregará a Marruecos en primer lugar, la Zona Económica Exclusiva de Canarias (720.000 Km2).
Luego vendrán por las islas. O sea, la negra y vergonzosa historia de la venta de un Territorio español al sur de Marruecos fue vendido por intereses económicos de Estado. Canarias, Territorio español que está al norte del Sahara, y frente a frente y muy cercanos a Marruecos. ¿Se repetirá la firma del 14 de noviembre de 1975, por intereses de Estado?
¿Nos quitará el Estado la nacionalidad española, al igual que a los saharauis?
¿Nos obligará España a que aceptemos la nacionalidad marroquí, al igual que a los saharauis?
Si es así, entonces quiero ser Estado. ¡DENME LA INDEPENDENCIA!
(*) Plataforma por el Mar Canario
SR. DIRECTOR:
Si fuera por interés de Estado, ya se habrían preocupado en dejar clarificada la Mediana con Marruecos, pero eso significaba darle a Canarias los beneficios petrolíferos. Eso no era permitido por los gobiernos centrales, fuesen del PSOE ó PP. Lo grave es que los canarios que figuran dentro de sus listas, padecen esquizofrenia bipolar. Unas veces ejercen de canarios auténticos, otras de españolistas universales. La sociedad canaria está invadida por dicha enfermedad, es de locura, pero es la locura de los colonialistas, mantenida en el tiempo por profesionales de la desinformación, única vía universal que mantiene adormecido el cerebro. El Gobierno nos dice; no pienses, ya pensaremos por ti, que todo sea por interés de Estado. La Autonomía que te damos, es la única que puedes tener. La dependencia al Estado, es fundamental para tu salud. Puedes tener una gran recaída, lo que nos obligaría a “internarte”, si nos pide cambiar la Constitución por el Derecho Internacional del Mar. Es mejor dejarlo así, que puede venir Mohamed con sus huestes, y nosotros nos entenderemos mejor con ellos. Nosotros les daremos aguas saladas y ellos nos entregarán oro negro (petróleo). Es por interés de Estado.
Tiene razón el Sr. Soria, cuando afirma que las extracciones del petróleo en Canarias, las autorizará el gobierno central, y no porque lo diga él, lo dice la Constitución Española en su artículo 132.2 “son bienes de dominio público estatal los que determine la ley, y en todo caso, la zona marítimo-terrestre, las playas, el mar territorial y los recursos naturales de la zona económica y la plataforma continental.”. Ahora bien, en lo que respecta a los recursos naturales de la zona económica y plataforma continental, no puede regularse por dicha Constitución, sino por el Estatuto Jurídico del Mar, aprobado el 10 de diciembre de 1982, en Montego Bay.
Con lo que habría que pensar el porqué no se consideró en aquel tiempo, como asunto de Estado, la protección y seguridad de los espacios marítimos y aéreos de Canarias, sobre el tráfico internacional y la zona económica exclusiva de 200 millas.
España no firmó en ese momento el documento porque dicho Tratado Internacional no permitía que las islas pudieran establecer la Mediana equidistante con otro Estado continental, en estos casos, imperaba la interpretación de la Jurisprudencia de los Tribunales Internacionales de Justicia para establecer que parte de la zona económica exclusiva le corresponde a las islas y que otra parte le corresponde al Estado continental, donde imperan Sentencias del Tribunal Internacional de Justicia, estableciendo un reparto equitativo preferente y favorable al Estado continental de la zona económica exclusiva, por considerar que las islas adyacentes y cercanas al Continente, son circunstancias especiales y pertinentes.
En cambio, si dichas islas fuesen reconocidas como archipiélago, se acogería a la Parte IV, específica para los Estados Archipelágicos, ú otros archipiélagos que estén federados a un Estado, o cuyo territorio esté dotado con un Estatuto de Plena Autonomía Interna, tal como se especifica en la 742 Resolución de la VII Asamblea General de Naciones Unidas.
Esto debería de conocerlo el Sr. Ministro canario, para no meter la pata diciendo que Canarias como comunidad autónoma, carece de competencias marítimas, porque se lo impide el Derecho Internacional.
Cuando la realidad es que con el actual Estatuto de Autonomía, a quien no le permiten ejercer jurisdicción sobre una zona económica exclusiva, de las islas canarias, que se interfiera o se crucen con las aguas de otro Estado continental.
Es sorprendente el cambio de actitud del Sr. Soria, que cuando fue Presidente del Cabildo de Gran Canaria con mayoría absoluta, dijo lo contrario a lo que actualmente está pregonando. Entonces el interés general era que Canarias Delimitara sus aguas de acuerdo al Derecho Internacional. Cuando se está en la oposición de Gobierno, se pide la gloria. Cuando se está en el Gobierno se da el infierno.
España en aquel entonces optó por considerar a Canarias simplemente islas, negando la posibilidad jurídica de Archipiélago. Sin embargo Portugal consideró como nuevo Estado Archipelágico, a las islas de Cabo Verde, y a las islas de Azores y Madeira, como archipiélagos con un Estatuto Jurídico Político Administrativo de Plena Autonomía Interna.
Pasaban los años ochenta y España necesitaba ingresar en la Unión Europea, y una de las condiciones que se les exigía, que debía firmar los Tratados Internacionales, en especial, el de la distribución de los espacios marítimos entre Estados.
Llega el documento Marítimo Internacional para su revisión y aprobación por las Cortes Generales, debiendo dictaminarse por el Tribunal Constitucional, si existe o no, contradicciones jurídicas en el texto Constitucional con el Tratado Internacional del Mar.
Fue aprobado por las Cortes Generales, forma parte en el Ordenamiento Jurídico Español desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de fecha de 14 de febrero de 1997. Como quiera que el gobierno del Estado español, no tomó en consideración el artículo 95.1 de la Constitución Española, que por “interés de Estado”, y ante previsibles pretensiones de terceros Países, tendrían que modificar el artículo 132.2, de la Constitución española, cediendo todos los derechos marítimos a la Comunidad Canaria, para que jurídicamente fuese reconocida internacionalmente como archipiélago dotado constitucionalmente con Estatuto de Plena Autonomía Interna. Entonces sí cabe la aplicación de una Mediana equidistante con el Estado continental.
El Derecho de Montego Bay permite la posibilidad de un acuerdo amistoso para delimitar la Mediana entre dos Estados. Esa posibilidad fue ejecutada en el año 2005, entre España y Marruecos, pactando delimitar una Mediana equidistante entre Canarias y el Continente con carácter “provisional”, y cuando llegue el momento de fijarla con carácter “definitivo”, las Partes acordaron la mediana “equitativa”, o sea que toda la zona económica exclusiva pasaría bajo jurisdicción de Marruecos. Ese pacto significa que España entregará a Marruecos 720.000 KM2 de aguas canarias, a cambio de que Marruecos permita a Repsol extraer petróleo para España.
Esos son los Intereses de Estado que pregona el Sr. Soria. El problema de fondo no es el ahora, sino que pasará el mañana cuando se acabe el petróleo.
Por interés de Estado, España se beneficia de un petróleo autorizado por Marruecos, porque así lo permite el Derecho Internacional, y vez agotadas las extracciones, Canarias se quedará como consecuencia de ese interés de Estado, sin la fuente de ingresos de un turismo del que Canarias solo se beneficia internamente en una pequeña parte, la gran tarta del turismo se queda fuera de las islas.
Los políticos canarios dentro del contexto del Estado, son como los grillos, conocemos sus airadas voces, pero desconocemos sus verdaderos escondrijos. Hace falta que en Canarias nos libremos de la personalidad bipolar que nos impone el Estado.
Si España quiere que las islas canarias sigan siendo españolas, denme la Plena Autonomía Interna. Si España quiere y ama a los canarios, deben de darnos un instrumento internacional para unir las islas con las aguas canarias. Denme la Plena Autonomía Interna.
Si el interés de Estado, es solo en beneficio de la España continental, marginando y despreciando la seguridad y los intereses de la España insular canaria, denme la independencia. Si esto va a suceder por interés de Estado, por dignidad, denme la Independencia.
Por interés de Estado, España entregó a Marruecos y Mauritania, el 14 de noviembre de 1975 el territorio del Sahara, junto con el caladero pesquero canario-sahariano. Desposeyendo de la soberanía española a los hijos del Sahara. Nosotros, la Plataforma por el Mar Canario, decimos y afirmamos, que la Mediana Equitativa con el actual Estatuto de Autonomía, España entregará a Marruecos en primer lugar, la Zona Económica Exclusiva de Canarias (720.000 Km2).
Luego vendrán por las islas. O sea, la negra y vergonzosa historia de la venta de un Territorio español al sur de Marruecos fue vendido por intereses económicos de Estado. Canarias, Territorio español que está al norte del Sahara, y frente a frente y muy cercanos a Marruecos. ¿Se repetirá la firma del 14 de noviembre de 1975, por intereses de Estado?
¿Nos quitará el Estado la nacionalidad española, al igual que a los saharauis?
¿Nos obligará España a que aceptemos la nacionalidad marroquí, al igual que a los saharauis?
Si es así, entonces quiero ser Estado. ¡DENME LA INDEPENDENCIA!
(*) Plataforma por el Mar Canario
domingo, 5 de febrero de 2012
ESPAÑA Y MARRUECOS TIENEN LA MEDIANA PACTADA
Telde, 5 de febrero de 2012 / Artículo de Opinión / Antonio Rodríguez de León
Sr. Director:
En la VII reunión de alto nivel (RAN), celebrada en septiembre de 2005 en la ciudad de Sevilla, España y Marruecos acordaron pactar la discutida Mediana al Este de Canarias. El documento no fue publicado, pero sí las declaraciones al respecto por ambas partes. En Sevilla pactaron que entre Canarias y Marruecos no existirían fronteras, que dichos espacios marítimos serían compartidos conjuntamente entre las partes.
Pactaron una Mediana por el método internacional de una línea equidistante que separaban las zonas a explorar por cada Estado, de los posibles yacimientos petrolíferos. Se pactó además, y aquí está el peligro para Canarias, que cuando se firme definitivamente la Mediana se aplicará el método equitativo. Hace unos días, ha sido ratificada por el Ministro de Exteriores marroquí, Saad Eddine el Othmani. La ha servido de puente, la prensa escrita de Canarias. Eso sí que se publica, pero no el fondo legal de la cuestión. La Mediana equidistante es la preferida por España, pero en la jurisprudencia marítima internacional prevalece la equitatividad, como añadiremos al final de este artículo.
Marruecos exigió que la línea equidistante tuviera carácter provisional y que en un futuro, la Mediana Fronteriza entre Canarias y Marruecos, se defina por la línea equitativa. Esto se interpreta que España explota el petróleo canario sin protesta por la parte marroquí, y para cuando acaben las extracciones petrolíferas, España acepta la mediana equitativa, reconociendo los derechos internacionales de Marruecos de una zona económica exclusiva sobre las islas canarias. En definitiva, España aceptó entregar a Marruecos, la zona económica exclusiva canaria, estimada aproximadamente en 720.000 KM2. Esta es la cruda verdad a la que nos quieren confundir la prensa escrita. Y de políticos canarios que conociendo esta realidad, también callan.
Algunos periodistas radiofónicos conocen la verdad, pero no se atreven hablar por miedo al despido, otros se prestan a dar información sesgada, distorsionando con falsedades para confundir a la ciudadanía canaria.
Hemos escrito muy mucho sobre este tema, sin que ninguna prensa escrita se hiciera eco de ella, por lo que tampoco este escrito será publicado en esos periódicos. Pero no podrán impedir que circulen por Internet. A pesar de ser criticada y vilipendiada la Plataforma por el Mar Canario por expertos marítimos, e incluso de grupos independentistas, que siguen con la misma estrategia de hace 40 años, encerrados en un credo nostálgico, e incapaces de zafarse del nudo interno, cuyo objetivo es la de confundir y frenar cualquier intento de nuevos proyectos que puedan conducir hacia la independencia. Por lo que España tiene miedo a un Estatuto de Plena Autonomía Interna, que aunque pueda encajar dentro de la Constitución, entiende que pueda conducir a los canarios a reclamar un referéndum de autodeterminación. Y no es precisamente la independencia que aspira un 80% de los canarios, que se sienten españoles y europeos. Pero si España actúa con una política con Canarias como lo ha hecho Portugal con Madeira y Azores, no habrá inclinación a la independencia. Siempre que se nos permitan a los canarios autogobernarnos sin imposiciones desde Madrid en temas internos y comercio exterior. La Plataforma por el Mar Canario lucha con las propias Leyes del Estado, la Constitución Española, con las Leyes Internacionales aprobadas en las Cortes Españolas, y con el
Derecho Comparado Internacional. Durante varios años, nos negaban la viabilidad de nuestra propuesta por una Plena Autonomía Interna. Cuando decíamos en el año 2004, que a partir de enero de 2005, los Estados podrían ampliar su Plataforma Continental para reservar su zona económica exclusiva hasta las 350 millas, nos decían que era una falsedad la ampliación a 350 millas.
También nos decían que la Comunidad Autónoma de Canarias no podría firmar el Tratado Internacional del Mar de Montego Bay, con un Estatuto de Plena Autonomía Interna, y que solo era posible a través de la independencia. Una verdad a medias, pregonadas por españolistas e independentistas. Y las medias verdades solo favorecen a quienes se mueven para sus propios intereses económicos y personales, e impidiendo los verdaderos intereses colectivo del pueblo canario.
España tampoco está por la labor de dotar a Canarias con un Status Político de aceptación internacional, con el cual se podría delimitar los espacios marítimos y aéreos alrededor de Canarias. Desde el año 2003 reclamamos para la Comunidad Autónoma de Canarias, un Estatuto de Plena Autonomía Interna, para poder acogernos al Tratado Marítimo de Montego Bay. Decíamos que el Derecho Internacional del Mar establece, que la titularidad sobre aguas interiores entre islas y su zona económica exclusiva, depende del concepto jurídico que se le dé a territorios formados por un grupo de islas.
En estos casos, la interpretación dada por la jurisprudencia en los Tribunales Internacionales, dice textualmente : “que cuando una isla o grupo de islas esté lo suficientemente aislado del Estado ribereño, tiene derecho a un área separada de la plataforma continental; aunque el hecho de saber cuál parte de la plataforma es equitativa, varía respecto a que todas las circunstancias geográficas y otros factores relevantes; añadiendo: “si en la prolongación natural del territorio de un Estado (plataforma continental), se encuentran un conjunto de islas con soberanía de otro Estado, sé aplicaría la delimitación entre dichos territorios, de forma equitativa, reduciendo la mínima parte de espacio marítimo; del que le corresponde a la plataforma del Estado ribereño”.
Añadiendo; el establecimiento de la delimitación fronteriza entre Estados, se aplicará con criterios equitativos de acuerdo con la configuración geográfica del espacio marítimo en disputa, y de otras circunstancias inherentes al caso concreto. Estos principios de la jurisprudencia internacional dejan al conjunto de las islas, totalmente indefensas en las aguas entre islas, (aguas interiores archipelágicas) por la no consideración del concepto jurídico de “archipiélago”, como asimismo, la delimitación de la zona económica exclusiva, para fijar la Mediana como límite fronterizo entre el archipiélago y el Continente, es la consecuencia negativa de Canarias. “Que no es un territorio dotado con plena autonomía interna”.
Otra interpretación de la jurisprudencia internacional, también textualmente: los principios equitativos, prevalece ante los principios de las equidistancias, que dice: el principio vecino de no solapamiento de una parte sobre la prolongación natural de la otra, y que no es sino la expresión negativa de la regla positiva, según la cual, el Estado costero goza de derechos soberanos sobre la Plataforma Continental que bordea sus costas en toda la extensión que autoriza el derecho internacional, de conformidad con las circunstancias pertinentes. Esta otra; los derechos del Estado ribereño sobre su Plataforma Continental son derechos soberanos, exclusivos e incondicionales en el sentido siguiente: si el Estado no ocupa o explota su Plataforma Continental, ningún otro Estado puede emprender dicha explotación, sin su expreso consentimiento.
España no puede extraer petróleo por fuera de las doce millas, sin autorización de Marruecos. Conociendo las aspiraciones expansionistas de los vecinos, con el Pacto de Sevilla del 2005, podemos afirmar que España ha hipotecado el futuro de la zona económica exclusiva canaria por el pronto pago de un petróleo ahora marroquí, pero con un cambio de Estatuto, podría ser canario, y de la que España también podría beneficiarse, siempre condicionado a la fiscalización y control por parte de un Gobierno Canario Pleno.
Firmado:También nos decían que la Comunidad Autónoma de Canarias no podría firmar el Tratado
Internacional del Mar de Montego Bay, con un Estatuto de Plena Autonomía Interna, y que solo
era posible a través de la independencia. Una verdad a medias, pregonadas por españolistas e
independentistas. Y las medias verdades solo favorecen a quienes se mueven para sus propios intereses
económicos y personales, e impidiendo los verdaderos intereses colectivo del pueblo canario.
Sr. Director:
En la VII reunión de alto nivel (RAN), celebrada en septiembre de 2005 en la ciudad de Sevilla, España y Marruecos acordaron pactar la discutida Mediana al Este de Canarias. El documento no fue publicado, pero sí las declaraciones al respecto por ambas partes. En Sevilla pactaron que entre Canarias y Marruecos no existirían fronteras, que dichos espacios marítimos serían compartidos conjuntamente entre las partes.
Pactaron una Mediana por el método internacional de una línea equidistante que separaban las zonas a explorar por cada Estado, de los posibles yacimientos petrolíferos. Se pactó además, y aquí está el peligro para Canarias, que cuando se firme definitivamente la Mediana se aplicará el método equitativo. Hace unos días, ha sido ratificada por el Ministro de Exteriores marroquí, Saad Eddine el Othmani. La ha servido de puente, la prensa escrita de Canarias. Eso sí que se publica, pero no el fondo legal de la cuestión. La Mediana equidistante es la preferida por España, pero en la jurisprudencia marítima internacional prevalece la equitatividad, como añadiremos al final de este artículo.
Marruecos exigió que la línea equidistante tuviera carácter provisional y que en un futuro, la Mediana Fronteriza entre Canarias y Marruecos, se defina por la línea equitativa. Esto se interpreta que España explota el petróleo canario sin protesta por la parte marroquí, y para cuando acaben las extracciones petrolíferas, España acepta la mediana equitativa, reconociendo los derechos internacionales de Marruecos de una zona económica exclusiva sobre las islas canarias. En definitiva, España aceptó entregar a Marruecos, la zona económica exclusiva canaria, estimada aproximadamente en 720.000 KM2. Esta es la cruda verdad a la que nos quieren confundir la prensa escrita. Y de políticos canarios que conociendo esta realidad, también callan.
Algunos periodistas radiofónicos conocen la verdad, pero no se atreven hablar por miedo al despido, otros se prestan a dar información sesgada, distorsionando con falsedades para confundir a la ciudadanía canaria.
Hemos escrito muy mucho sobre este tema, sin que ninguna prensa escrita se hiciera eco de ella, por lo que tampoco este escrito será publicado en esos periódicos. Pero no podrán impedir que circulen por Internet. A pesar de ser criticada y vilipendiada la Plataforma por el Mar Canario por expertos marítimos, e incluso de grupos independentistas, que siguen con la misma estrategia de hace 40 años, encerrados en un credo nostálgico, e incapaces de zafarse del nudo interno, cuyo objetivo es la de confundir y frenar cualquier intento de nuevos proyectos que puedan conducir hacia la independencia. Por lo que España tiene miedo a un Estatuto de Plena Autonomía Interna, que aunque pueda encajar dentro de la Constitución, entiende que pueda conducir a los canarios a reclamar un referéndum de autodeterminación. Y no es precisamente la independencia que aspira un 80% de los canarios, que se sienten españoles y europeos. Pero si España actúa con una política con Canarias como lo ha hecho Portugal con Madeira y Azores, no habrá inclinación a la independencia. Siempre que se nos permitan a los canarios autogobernarnos sin imposiciones desde Madrid en temas internos y comercio exterior. La Plataforma por el Mar Canario lucha con las propias Leyes del Estado, la Constitución Española, con las Leyes Internacionales aprobadas en las Cortes Españolas, y con el
Derecho Comparado Internacional. Durante varios años, nos negaban la viabilidad de nuestra propuesta por una Plena Autonomía Interna. Cuando decíamos en el año 2004, que a partir de enero de 2005, los Estados podrían ampliar su Plataforma Continental para reservar su zona económica exclusiva hasta las 350 millas, nos decían que era una falsedad la ampliación a 350 millas.
También nos decían que la Comunidad Autónoma de Canarias no podría firmar el Tratado Internacional del Mar de Montego Bay, con un Estatuto de Plena Autonomía Interna, y que solo era posible a través de la independencia. Una verdad a medias, pregonadas por españolistas e independentistas. Y las medias verdades solo favorecen a quienes se mueven para sus propios intereses económicos y personales, e impidiendo los verdaderos intereses colectivo del pueblo canario.
España tampoco está por la labor de dotar a Canarias con un Status Político de aceptación internacional, con el cual se podría delimitar los espacios marítimos y aéreos alrededor de Canarias. Desde el año 2003 reclamamos para la Comunidad Autónoma de Canarias, un Estatuto de Plena Autonomía Interna, para poder acogernos al Tratado Marítimo de Montego Bay. Decíamos que el Derecho Internacional del Mar establece, que la titularidad sobre aguas interiores entre islas y su zona económica exclusiva, depende del concepto jurídico que se le dé a territorios formados por un grupo de islas.
En estos casos, la interpretación dada por la jurisprudencia en los Tribunales Internacionales, dice textualmente : “que cuando una isla o grupo de islas esté lo suficientemente aislado del Estado ribereño, tiene derecho a un área separada de la plataforma continental; aunque el hecho de saber cuál parte de la plataforma es equitativa, varía respecto a que todas las circunstancias geográficas y otros factores relevantes; añadiendo: “si en la prolongación natural del territorio de un Estado (plataforma continental), se encuentran un conjunto de islas con soberanía de otro Estado, sé aplicaría la delimitación entre dichos territorios, de forma equitativa, reduciendo la mínima parte de espacio marítimo; del que le corresponde a la plataforma del Estado ribereño”.
Añadiendo; el establecimiento de la delimitación fronteriza entre Estados, se aplicará con criterios equitativos de acuerdo con la configuración geográfica del espacio marítimo en disputa, y de otras circunstancias inherentes al caso concreto. Estos principios de la jurisprudencia internacional dejan al conjunto de las islas, totalmente indefensas en las aguas entre islas, (aguas interiores archipelágicas) por la no consideración del concepto jurídico de “archipiélago”, como asimismo, la delimitación de la zona económica exclusiva, para fijar la Mediana como límite fronterizo entre el archipiélago y el Continente, es la consecuencia negativa de Canarias. “Que no es un territorio dotado con plena autonomía interna”.
Otra interpretación de la jurisprudencia internacional, también textualmente: los principios equitativos, prevalece ante los principios de las equidistancias, que dice: el principio vecino de no solapamiento de una parte sobre la prolongación natural de la otra, y que no es sino la expresión negativa de la regla positiva, según la cual, el Estado costero goza de derechos soberanos sobre la Plataforma Continental que bordea sus costas en toda la extensión que autoriza el derecho internacional, de conformidad con las circunstancias pertinentes. Esta otra; los derechos del Estado ribereño sobre su Plataforma Continental son derechos soberanos, exclusivos e incondicionales en el sentido siguiente: si el Estado no ocupa o explota su Plataforma Continental, ningún otro Estado puede emprender dicha explotación, sin su expreso consentimiento.
España no puede extraer petróleo por fuera de las doce millas, sin autorización de Marruecos. Conociendo las aspiraciones expansionistas de los vecinos, con el Pacto de Sevilla del 2005, podemos afirmar que España ha hipotecado el futuro de la zona económica exclusiva canaria por el pronto pago de un petróleo ahora marroquí, pero con un cambio de Estatuto, podría ser canario, y de la que España también podría beneficiarse, siempre condicionado a la fiscalización y control por parte de un Gobierno Canario Pleno.
Firmado:También nos decían que la Comunidad Autónoma de Canarias no podría firmar el Tratado
Internacional del Mar de Montego Bay, con un Estatuto de Plena Autonomía Interna, y que solo
era posible a través de la independencia. Una verdad a medias, pregonadas por españolistas e
independentistas. Y las medias verdades solo favorecen a quienes se mueven para sus propios intereses
económicos y personales, e impidiendo los verdaderos intereses colectivo del pueblo canario.
viernes, 30 de diciembre de 2011
D. JOSÉ MANUEL SORIA LÓPEZ
Telde, 30 de diciembre de 2011 | Cartas al Director | Antonio Rodríguez de León.
Me dirijo a Ud. en su calidad de Ministro de industria, Energía y Turismo del Gobierno de España. En primer lugar, felicitarle por alcanzar tan alto grado de responsabilidad, de la que espero y es mi deseo, el llenar de razones las decisiones Plenarias aprobadas por la inmensa mayoría de Ayuntamientos y Cabildos de todas las islas canarias. Esa voluntad popular, refrendada por sus representantes legales en los diferentes municipios, espera de Ud. que, desde la posición que ocupa, presente ante un Consejo de Ministros, una iniciativa legislativa relacionada a clarificar la controversia sobre la aplicación del Derecho Marítimo Internacional, con alguna estipulación Constitucional, que pudiera invalidar su aplicación a los intereses marítimos españoles sobre los espacios marítimos alrededor del archipiélago canario.
Esta aspiración sobre las aguas españolas en Canarias, institucionalmente fue iniciada el 30 de septiembre de 2004, durante la celebración de un Pleno del Cabildo de Gran Canaria, donde el Grupo Popular presentó una Moción relacionada con lo anteriormente expuesto, y que textualmente dice: Solicitar del Gobierno de Canarias que, en el proyecto de reforma de la Ley 10/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Canarias, que incluya la delimitación formal de las aguas marítimas del espacio interior y exterior del archipiélago canario, y pedir al Gobierno de la Nación que requiera del Tribunal Constitucional, conforme a lo establecido en el artículo 95.2 de la Constitución Española, una aclaración doctrinal sobre la aplicación del Estatuto Jurídico Internacional del Mar de Naciones Unidas de 1982. Llevada a votación, fue aprobada por 22 votos a favor (15 del Grupo Popular y 7 de Coalición Canaria), y 6 abstenciones del Grupo Socialista, sin ningún voto en contra.
Por esas fechas, Ud. se mostró muy sensible y tomó de forma positiva, la clarificación del espacio marítimo interior y exterior que, siendo de soberanía española y por interés nacional, usted mismo pide adoptar una decisión estratégica para la defensa y la seguridad jurídica, así como una garantía de que la existencia de los recursos naturales de las aguas de la Comunidad Autónoma de Canarias, que reviertan en interés de Canarias y de España.
El Grupo Popular del Cabildo de Gran Canaria fue el primero en aprobar esta iniciativa popular. A partir de ahí, se adhirieron la inmensa mayoría de los Ayuntamientos del Archipiélago, con una ratificación final de la Federación de Municipios por unanimidad. También se adhirieron otros Cabildos.
Una vez reconocido su mérito en este tema marítimo de máximo interés para Canarias, como asimismo debiera ser interés preferente de todos los españoles, hago una mención especial también al Cabildo de la isla de El Hierro, en la persona del que fue su presidente, D. Tomás Padrón, quien se presentó públicamente en diferentes medios de comunicación por la defensa del texto de la mencionada moción popular.
Por tal motivo, y ahora que D. Tomás está jubilado, sin cargos institucionales, y lejos de acceso a cargos políticos, la Plataforma por el Mar Canario, ha organizado un merecido homenaje para el próximo día 21 de enero de 2012, junto a los vecinos y la Cofradía de Pescadores Virgen de los Reyes de la Restinga. Homenaje al que Ud. queda invitado, aunque comprenderíamos su no asistencia por sus nuevos compromisos de Estado. No podría ni voy a olvidar que fue Ud. el primero en iniciar esta cadena de apoyos institucionales por todas las islas del Archipiélago Canario. Cuando le llegue la hora de decidir desde su Ministerio sobre la existencia de recursos naturales en las aguas de la Comunidad Autónoma de Canarias, no olvide garantizar lo que prometió, que revertirá en interés preferente de Canarias y por supuesto también de España. Y que prevalezca la voluntad soberana del pueblo canario en la decisión final a tomar.
Por su condición de Ministro con responsabilidad de Estado, se encuentra en una posición política ideal para que la iniciativa popular aprobada por todas las instituciones canarias, sea canalizada de acuerdo con el artículo 87 de la Constitución Española. Es por lo que la Plataforma por el Mar Canario vuelve a solicitar que presente ante un próximo Consejo de Ministros, el segundo punto de la Moción Popular ( ahora como una iniciativa legislativa del Gobierno de España), y que es el siguiente: Pedir al Gobierno de la Nación que requiera del Tribunal Constitucional, conforme a lo establecido en el artículo 95.2 de la Constitución Española, una aclaración doctrinal sobre la aplicación del Estatuto Jurídico Internacional del Mar de Naciones Unidas de 1982 a la delimitación formal y expresa de las aguas marítimas del espacio interior y exterior del Archipiélago Canario como aguas de soberanía española.
Con la no aclaración jurídica sobre este tema por parte del Tribunal Constitucional de España, seguiríamos dentro de una ambigüedad interpretativa de leyes marítimas, que solo beneficiaría a nuestros vecinos, que sí tienen su aclaratoria constitucional y refrendada por las Naciones Unidas. Esta cuestión pone permanentemente en peligro la seguridad del litoral canario, y con ello la posible pérdida del turismo, por la falta de las líneas de la Mediana fronteriza con reconocimiento internacional. Líneas de fronteras que distinguen y separan las aguas del Archipiélago Canario de soberanía española, con otros espacios marítimos de vecinos y terceros Estados.
El garantizar con anterioridad y ante Naciones Unidas el establecimiento de las líneas que separan las parcelas marítimas que pueda corresponder a España, diferenciándolas de otras parcelas de jurisdicción internacional de terceros Países, podría evitar los graves efectos negativos que tendría para Canarias las extracciones de petróleo frente a la costa Oeste de las islas orientales, así como del tráfico marítimo internacional de buques con cargas peligrosas que transitan por las aguas interiores del archipiélago. De su decisión podría depender si Canarias con petróleo obtendrían beneficios directos, o no. Depende de cuál será la reforma de Estatuto que finalmente se haga, donde espero que sea en la línea de la comentada Moción Popular, la cual fue apoyada inicialmente por su grupo político, el 30 de septiembre de 2004. Hoy con el poder absoluto del Estado está en sus manos la solución, tal y como se dice en el texto de la moción, que Canarias disponga de un Estatuto de Plena Autonomía Interna, reconocida formalmente en la Constitución Española.
Firmado: (*) Presidente de la Plataforma por el Mar Canario
Me dirijo a Ud. en su calidad de Ministro de industria, Energía y Turismo del Gobierno de España. En primer lugar, felicitarle por alcanzar tan alto grado de responsabilidad, de la que espero y es mi deseo, el llenar de razones las decisiones Plenarias aprobadas por la inmensa mayoría de Ayuntamientos y Cabildos de todas las islas canarias. Esa voluntad popular, refrendada por sus representantes legales en los diferentes municipios, espera de Ud. que, desde la posición que ocupa, presente ante un Consejo de Ministros, una iniciativa legislativa relacionada a clarificar la controversia sobre la aplicación del Derecho Marítimo Internacional, con alguna estipulación Constitucional, que pudiera invalidar su aplicación a los intereses marítimos españoles sobre los espacios marítimos alrededor del archipiélago canario.
Esta aspiración sobre las aguas españolas en Canarias, institucionalmente fue iniciada el 30 de septiembre de 2004, durante la celebración de un Pleno del Cabildo de Gran Canaria, donde el Grupo Popular presentó una Moción relacionada con lo anteriormente expuesto, y que textualmente dice: Solicitar del Gobierno de Canarias que, en el proyecto de reforma de la Ley 10/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Canarias, que incluya la delimitación formal de las aguas marítimas del espacio interior y exterior del archipiélago canario, y pedir al Gobierno de la Nación que requiera del Tribunal Constitucional, conforme a lo establecido en el artículo 95.2 de la Constitución Española, una aclaración doctrinal sobre la aplicación del Estatuto Jurídico Internacional del Mar de Naciones Unidas de 1982. Llevada a votación, fue aprobada por 22 votos a favor (15 del Grupo Popular y 7 de Coalición Canaria), y 6 abstenciones del Grupo Socialista, sin ningún voto en contra.
Por esas fechas, Ud. se mostró muy sensible y tomó de forma positiva, la clarificación del espacio marítimo interior y exterior que, siendo de soberanía española y por interés nacional, usted mismo pide adoptar una decisión estratégica para la defensa y la seguridad jurídica, así como una garantía de que la existencia de los recursos naturales de las aguas de la Comunidad Autónoma de Canarias, que reviertan en interés de Canarias y de España.
El Grupo Popular del Cabildo de Gran Canaria fue el primero en aprobar esta iniciativa popular. A partir de ahí, se adhirieron la inmensa mayoría de los Ayuntamientos del Archipiélago, con una ratificación final de la Federación de Municipios por unanimidad. También se adhirieron otros Cabildos.
Una vez reconocido su mérito en este tema marítimo de máximo interés para Canarias, como asimismo debiera ser interés preferente de todos los españoles, hago una mención especial también al Cabildo de la isla de El Hierro, en la persona del que fue su presidente, D. Tomás Padrón, quien se presentó públicamente en diferentes medios de comunicación por la defensa del texto de la mencionada moción popular.
Por tal motivo, y ahora que D. Tomás está jubilado, sin cargos institucionales, y lejos de acceso a cargos políticos, la Plataforma por el Mar Canario, ha organizado un merecido homenaje para el próximo día 21 de enero de 2012, junto a los vecinos y la Cofradía de Pescadores Virgen de los Reyes de la Restinga. Homenaje al que Ud. queda invitado, aunque comprenderíamos su no asistencia por sus nuevos compromisos de Estado. No podría ni voy a olvidar que fue Ud. el primero en iniciar esta cadena de apoyos institucionales por todas las islas del Archipiélago Canario. Cuando le llegue la hora de decidir desde su Ministerio sobre la existencia de recursos naturales en las aguas de la Comunidad Autónoma de Canarias, no olvide garantizar lo que prometió, que revertirá en interés preferente de Canarias y por supuesto también de España. Y que prevalezca la voluntad soberana del pueblo canario en la decisión final a tomar.
Por su condición de Ministro con responsabilidad de Estado, se encuentra en una posición política ideal para que la iniciativa popular aprobada por todas las instituciones canarias, sea canalizada de acuerdo con el artículo 87 de la Constitución Española. Es por lo que la Plataforma por el Mar Canario vuelve a solicitar que presente ante un próximo Consejo de Ministros, el segundo punto de la Moción Popular ( ahora como una iniciativa legislativa del Gobierno de España), y que es el siguiente: Pedir al Gobierno de la Nación que requiera del Tribunal Constitucional, conforme a lo establecido en el artículo 95.2 de la Constitución Española, una aclaración doctrinal sobre la aplicación del Estatuto Jurídico Internacional del Mar de Naciones Unidas de 1982 a la delimitación formal y expresa de las aguas marítimas del espacio interior y exterior del Archipiélago Canario como aguas de soberanía española.
Con la no aclaración jurídica sobre este tema por parte del Tribunal Constitucional de España, seguiríamos dentro de una ambigüedad interpretativa de leyes marítimas, que solo beneficiaría a nuestros vecinos, que sí tienen su aclaratoria constitucional y refrendada por las Naciones Unidas. Esta cuestión pone permanentemente en peligro la seguridad del litoral canario, y con ello la posible pérdida del turismo, por la falta de las líneas de la Mediana fronteriza con reconocimiento internacional. Líneas de fronteras que distinguen y separan las aguas del Archipiélago Canario de soberanía española, con otros espacios marítimos de vecinos y terceros Estados.
El garantizar con anterioridad y ante Naciones Unidas el establecimiento de las líneas que separan las parcelas marítimas que pueda corresponder a España, diferenciándolas de otras parcelas de jurisdicción internacional de terceros Países, podría evitar los graves efectos negativos que tendría para Canarias las extracciones de petróleo frente a la costa Oeste de las islas orientales, así como del tráfico marítimo internacional de buques con cargas peligrosas que transitan por las aguas interiores del archipiélago. De su decisión podría depender si Canarias con petróleo obtendrían beneficios directos, o no. Depende de cuál será la reforma de Estatuto que finalmente se haga, donde espero que sea en la línea de la comentada Moción Popular, la cual fue apoyada inicialmente por su grupo político, el 30 de septiembre de 2004. Hoy con el poder absoluto del Estado está en sus manos la solución, tal y como se dice en el texto de la moción, que Canarias disponga de un Estatuto de Plena Autonomía Interna, reconocida formalmente en la Constitución Española.
Firmado: (*) Presidente de la Plataforma por el Mar Canario
domingo, 6 de noviembre de 2011
LOS NACIONALISTAS DE CC-NC RENUNCIAN A LA ZONA ECONOMICA EXCLUSIVA DE CANARIAS
Telde a, 6 de noviembre de 2011 | Opinión | Antonio Rodríguez de León.
SR. DIRECTOR:
Escribí en 2010 que la Ley de Aguas Canarias, sería el camino que nos conduciría a un verdadero autogobierno: “De momento es un primer paso adelante. El siguiente paso será su redacción en el Estatuto de Autonomía y el tercer y definitivo paso, lograr que el futuro Estatuto de Autonomía de Canarias, el Mar Canario figure en la Constitución Española sin contradicciones jurídicas con el Derecho Internacional del Mar”.
Faltaba por lograr incluir la Ley de Aguas Canarias, en un nuevo Estatuto de Autonomía que le daría rango de Ley Orgánica, produciendo de inmediato, su adaptación a la Constitución Española. Este proceso favorable a Canarias, conllevaría a un pronunciamiento de la Organización Marítima Internacional, quien dictaminaría cuales serían las condiciones que deben de reunirse para darle rango internacional a la Ley de aguas Canarias. Marruecos ejerce jurisdicción sobre la zona económica exclusiva canaria, con carácter interno, con reconocimiento de la Unión Europea, y aceptado por España, en sus Acuerdos Pesqueros desde el año 1995 hasta la fecha.
El programa electoral de Coalición Canaria, ha volatilizado la posibilidad su redacción en el próximo Estatuto de Autonomía. La unión CC-NC se ha cargado la Ley de Aguas Canarias. Primero se cargaron a su valedor, D. Fernando Ríos, quien estaba llamado a dar el siguiente paso en las Cortes españolas, exigiendo la aplicación del Derecho Marítimo Internacional sobre todos los espacios marítimos y aéreos de Canarias.
El poder fáctico que aún posee ATI en Coalición Canaria, logró que Ríos no figurase candidato. Ese poder fáctico que impide crecer a un auténtico y genuino nacionalismo canario, lo representan entre otros, Ana Oramas y Ricardo Melchor por Tenerife, junto a Pedro Quevedo y Aureliano Santiago por Las Palmas.
El Parlamento y Senado español tienen lo que España quiere de Canarias: representantes sumisos y obedientes, siempre serviles a anteponer los intereses españoles, sobre los perjuicios a intereses canarios. CC-NC ahora entrega a Marruecos la zona económica exclusiva que un día pudiera obtener Canarias. ¿Qué entregarán la próxima vez? Cínicamente hablan de autogobierno, cuando en realidad a lo que aspiran es gobernar únicamente sobre la administración económica del territorio ultraperiférico, y si fuese preciso por interés de Estado, ponerse a los servicios del Sultán de Marruecos.
Lo que propone CC-NC en su programa electoral, es indecoroso y jurídicamente incorrecto, lo saben perfectamente. No se puede reclamar el principio archipelágico, aplicando el criterio de líneas de bases rectas con el objetivo de pretender confundir las aguas interiores de un archipiélago, con el concepto no jurídico de aguas interinsulares, por esas fechas también escribí que una parte de las llamadas aguas canarias interinsulares, son de titularidad y jurisdicción marroquí (Tratado Pesquero UE-Marruecos 1995), y la parte restante, también será marroquí, el día en que Marruecos obtenga la ampliación de su Plataforma Continental hasta las 350 millas náuticas.
En su día publiqué que si Marruecos no denuncia ante la Organización Marítima Internacional, la Ley de Aguas Canarias, sería por connivencia mutua y pactada de antemano entre España y Marruecos con el beneplácito del Gobierno de Canarias, para repartirse el Mar Canario: Por una parte Marruecos dejaría a favor de España, las aguas interiores del archipiélago. Mientras por parte de España, que dejaría en favor de Marruecos, todas las aguas exteriores a partir de las doce millas náuticas, o sea, la zona económica exclusiva de 200-350 millas, alrededor de la línea de base recta del principio archipelágico. Una parte del Mar Canario por el silencio marroquí.
Coalición Canaria aceptó la Ley de Aguas Canarias, pensando que su aplicación interna pudiera extenderse a su internacionalización a través de la Constitución Española. En aquel momento se podía pensar que así fuese, pero sustituyeron al idealista destinado a defender en Madrid, las aspiraciones de un nuevo status político con España. Y visto el programa electoral de CC-NC y sus elegidos, las intenciones de este descafeinado nacionalismo canario son otras, éstos aceptan que España entregue a Marruecos, 650.000 Km2 de espacios marítimos que corresponde a la zona económica exclusiva que pudiera obtener Canarias con un nuevo status político de reconocimiento internacional, CC-NC se han conformado con las aguas “interinsulares”, y con el mismo status colonial.
Con ésta fórmula, contentarían además, a los Estados de cuyos buques tienen necesidad del tráfico marítimo internacional que atraviesan los espacios que separan las islas. Por otra parte, si Coalición Canaria no hubiese renunciado a la zona económica exclusiva, la hoy inutilizada Ley de Aguas Canarias, serviría para lograr ese status político especial, que en el Derecho Marítimo Internacional se le denomina Plena Autonomía Interna. La propia Coalición Canaria decapitó la posibilidad de alcanzar un verdadero autogobierno. CC-NC nos ofrece un programa electoral dependiente, todo lo contrario de un autogobierno, es simplemente un compendio de súplicas pedigüeñas de inversiones controladas por el gobierno central sobre su territorio de ultramar. En Bruselas nos etiquetaron de “ultraperiféricos”, en el mundo mundial a estos territorios de la ultra mar europea, se les reconocen simplemente como territorios coloniales, territorios carentes de propio gobierno pleno, bajo soberanía de un Estado europeo, y con una estricta gobernanza bajo el control y disciplina del Parlamento Europeo.
Los territorios ultraperiféricos están revestidos con trajes diseñados a la medida, con la obligación de usarlos los originarios del territorio, usos simples para monas de circo. Trajes impuestos por los estados dueños de la ultraperiferia, para que Europa pague los presupuestos que les presentan los políticos ultraperiféricos designados por Madrid, también por los políticos elegidos en partidos canarios cuya única aspiración es administrar las vestimentas necesarias de la mona ultraperiférica. Se autodenominan nacionalistas autóctonos, pero son simplemente marionetas de distracción. Su finalidad es impedir el desarrollo de pensamiento a los originarios de la ultraperiferia, para que éstos, nunca memoricen los colores que en cada momento les visten con el mismo disfraz.
Madrid tiene claro a quienes eligen en Canarias, y sin rechistar. Y en Canarias los que más posibilidades de salir elegidos son CC-NC, a sabiendas que en primera línea de salida colocan a los que mejores se adaptan a estas características de disfraz diseñado por el Estado. Y por mucho que los Estados y la Unión Europea disfracen a la mona (colonia), mona se queda.
SR. DIRECTOR:
Escribí en 2010 que la Ley de Aguas Canarias, sería el camino que nos conduciría a un verdadero autogobierno: “De momento es un primer paso adelante. El siguiente paso será su redacción en el Estatuto de Autonomía y el tercer y definitivo paso, lograr que el futuro Estatuto de Autonomía de Canarias, el Mar Canario figure en la Constitución Española sin contradicciones jurídicas con el Derecho Internacional del Mar”.
Faltaba por lograr incluir la Ley de Aguas Canarias, en un nuevo Estatuto de Autonomía que le daría rango de Ley Orgánica, produciendo de inmediato, su adaptación a la Constitución Española. Este proceso favorable a Canarias, conllevaría a un pronunciamiento de la Organización Marítima Internacional, quien dictaminaría cuales serían las condiciones que deben de reunirse para darle rango internacional a la Ley de aguas Canarias. Marruecos ejerce jurisdicción sobre la zona económica exclusiva canaria, con carácter interno, con reconocimiento de la Unión Europea, y aceptado por España, en sus Acuerdos Pesqueros desde el año 1995 hasta la fecha.
El programa electoral de Coalición Canaria, ha volatilizado la posibilidad su redacción en el próximo Estatuto de Autonomía. La unión CC-NC se ha cargado la Ley de Aguas Canarias. Primero se cargaron a su valedor, D. Fernando Ríos, quien estaba llamado a dar el siguiente paso en las Cortes españolas, exigiendo la aplicación del Derecho Marítimo Internacional sobre todos los espacios marítimos y aéreos de Canarias.
El poder fáctico que aún posee ATI en Coalición Canaria, logró que Ríos no figurase candidato. Ese poder fáctico que impide crecer a un auténtico y genuino nacionalismo canario, lo representan entre otros, Ana Oramas y Ricardo Melchor por Tenerife, junto a Pedro Quevedo y Aureliano Santiago por Las Palmas.
El Parlamento y Senado español tienen lo que España quiere de Canarias: representantes sumisos y obedientes, siempre serviles a anteponer los intereses españoles, sobre los perjuicios a intereses canarios. CC-NC ahora entrega a Marruecos la zona económica exclusiva que un día pudiera obtener Canarias. ¿Qué entregarán la próxima vez? Cínicamente hablan de autogobierno, cuando en realidad a lo que aspiran es gobernar únicamente sobre la administración económica del territorio ultraperiférico, y si fuese preciso por interés de Estado, ponerse a los servicios del Sultán de Marruecos.
Lo que propone CC-NC en su programa electoral, es indecoroso y jurídicamente incorrecto, lo saben perfectamente. No se puede reclamar el principio archipelágico, aplicando el criterio de líneas de bases rectas con el objetivo de pretender confundir las aguas interiores de un archipiélago, con el concepto no jurídico de aguas interinsulares, por esas fechas también escribí que una parte de las llamadas aguas canarias interinsulares, son de titularidad y jurisdicción marroquí (Tratado Pesquero UE-Marruecos 1995), y la parte restante, también será marroquí, el día en que Marruecos obtenga la ampliación de su Plataforma Continental hasta las 350 millas náuticas.
En su día publiqué que si Marruecos no denuncia ante la Organización Marítima Internacional, la Ley de Aguas Canarias, sería por connivencia mutua y pactada de antemano entre España y Marruecos con el beneplácito del Gobierno de Canarias, para repartirse el Mar Canario: Por una parte Marruecos dejaría a favor de España, las aguas interiores del archipiélago. Mientras por parte de España, que dejaría en favor de Marruecos, todas las aguas exteriores a partir de las doce millas náuticas, o sea, la zona económica exclusiva de 200-350 millas, alrededor de la línea de base recta del principio archipelágico. Una parte del Mar Canario por el silencio marroquí.
Coalición Canaria aceptó la Ley de Aguas Canarias, pensando que su aplicación interna pudiera extenderse a su internacionalización a través de la Constitución Española. En aquel momento se podía pensar que así fuese, pero sustituyeron al idealista destinado a defender en Madrid, las aspiraciones de un nuevo status político con España. Y visto el programa electoral de CC-NC y sus elegidos, las intenciones de este descafeinado nacionalismo canario son otras, éstos aceptan que España entregue a Marruecos, 650.000 Km2 de espacios marítimos que corresponde a la zona económica exclusiva que pudiera obtener Canarias con un nuevo status político de reconocimiento internacional, CC-NC se han conformado con las aguas “interinsulares”, y con el mismo status colonial.
Con ésta fórmula, contentarían además, a los Estados de cuyos buques tienen necesidad del tráfico marítimo internacional que atraviesan los espacios que separan las islas. Por otra parte, si Coalición Canaria no hubiese renunciado a la zona económica exclusiva, la hoy inutilizada Ley de Aguas Canarias, serviría para lograr ese status político especial, que en el Derecho Marítimo Internacional se le denomina Plena Autonomía Interna. La propia Coalición Canaria decapitó la posibilidad de alcanzar un verdadero autogobierno. CC-NC nos ofrece un programa electoral dependiente, todo lo contrario de un autogobierno, es simplemente un compendio de súplicas pedigüeñas de inversiones controladas por el gobierno central sobre su territorio de ultramar. En Bruselas nos etiquetaron de “ultraperiféricos”, en el mundo mundial a estos territorios de la ultra mar europea, se les reconocen simplemente como territorios coloniales, territorios carentes de propio gobierno pleno, bajo soberanía de un Estado europeo, y con una estricta gobernanza bajo el control y disciplina del Parlamento Europeo.
Los territorios ultraperiféricos están revestidos con trajes diseñados a la medida, con la obligación de usarlos los originarios del territorio, usos simples para monas de circo. Trajes impuestos por los estados dueños de la ultraperiferia, para que Europa pague los presupuestos que les presentan los políticos ultraperiféricos designados por Madrid, también por los políticos elegidos en partidos canarios cuya única aspiración es administrar las vestimentas necesarias de la mona ultraperiférica. Se autodenominan nacionalistas autóctonos, pero son simplemente marionetas de distracción. Su finalidad es impedir el desarrollo de pensamiento a los originarios de la ultraperiferia, para que éstos, nunca memoricen los colores que en cada momento les visten con el mismo disfraz.
Madrid tiene claro a quienes eligen en Canarias, y sin rechistar. Y en Canarias los que más posibilidades de salir elegidos son CC-NC, a sabiendas que en primera línea de salida colocan a los que mejores se adaptan a estas características de disfraz diseñado por el Estado. Y por mucho que los Estados y la Unión Europea disfracen a la mona (colonia), mona se queda.
jueves, 20 de octubre de 2011
MOTIVOS POR LOS QUE LA HUÍDA DE LA FLOTA PELÁGICA AFECTA AL NUEVO CONVENIO PESQUERO UE-MAURITANIA
Telde, 20 de octubre de 2011 | Cartas al Director | Antonio Rodríguez de León
Sr. Director:
La Comisión Europea reunida el 24 de mayo de 2011, presidida por María Damanaki, ha establecido un programa específico de control e inspección de las pesquerías pelásgicas en las aguas occidentales del Atlántico Nororiental.
ÁMBITO DE APLICACIÓN:
Artículo 1 Objeto:
La presente decisión establece un programa específico de control e inspección cuyo fin es garantizar la aplicación uniforme y eficaz de las medidas de conservación y control aplicables a las pesquerías pelágicas en las aguas occidentales.
Artículo 2 ámbito de aplicación:
1º. El programa específico de control e inspección comprende:
a) todas las actividades pesqueras, incluidos desembarques y transbordos, de los buques de pesca que capturan especies pelágicas en las aguas occidentales.
b) todas las actividades posteriores al desembarque, incluidos el pesaje, la comercialización, la congelación, la transformación, el almacenamiento, la recogida, el transporte, la importación y la exportación de especies pelágicas capturadas en las aguas occidentales.
2º El programa específico de control e inspección será aplicable desde su entrada en vigor hasta el 31 de diciembre de 2012.
3º El programa específico de control e inspección será ejecutado por Dinamarca, Alemania, Estonia, Irlanda, España, Francia, Letonia, Lituania, Países Bajos, Polonia, Portugal y Reino Unido.
Artículo 3 Definiciones a efectos de la presente Decisión se entenderá:0
Especies pelágicas, pesquerías pelágicas, aguas occidentales, importación e exportación, todas las Disposiciones y Reglamentos aprobados por la Comisión de la U.E.
ANEXO I
El objetivo general del programa específico de control e inspección será verificar el cumplimiento de la normativa aplicable en materia de restricciones cuantitativamente de capturas y demás condiciones específicas asociadas.
a) la documentación exigida.
b) métodos desembarque y pesaje.
c) transbordos.
d) prohibiciones de selección cualitativa previstas en los Reglamentos de la U.E.
ESTRATEGIA:
Los Estados miembros deberán llevar a cabo el control y la inspección de la pesca y de todas las actividades afines ejercidas por los buques de pesca y otros agentes económicos a lo largo de toda la cadena sobre la base de la gestión de riesgos tal como se define en el Reglamento nº 1224/2009 de la C.E.
TAREAS DE SEGUIMIENTOS:
Todas las mareas efectuadas por buques pesqueros autorizados equipados con un SLB serán controladas en tiempo real y objeto de un control cruzado con la documentación de desembarque, transbordo, ventas y declaraciones de recogida, así como con cualquier informe de inspección y vigilancia.
PARÁMETROS DE REFERENCIA EN MATERIA DE INSPECCIÓN:
A más tardar un mes después de la entrada en vigor de la presente Decisión, con respecto a 2011, y antes del 1 de enero de 2012, con respecto a 2012, los Estados miembros deberán definir, cuando proceda, parámetros de referencia adicionales en materia de inspección y programar las inspecciones sobre la base de la gestión de riesgos definida en el reglamento nº 1224/2009 del Consejo, sobre inspecciones: en el mar; desembarques; transbordos; primera venta; completa y vigilancia aérea.
PROCEDIMIENTOS GENERALES:
Los inspectores deberán comprobar y hacer constar en su informe la información siguiente:
1. a) identificación completa de las personas responsables participantes en las actividades inspeccionadas.
b) las licencias y autorizaciones de pesca.
c) toda la documentación pertinente.
d) verificación detallada de las especies y cantidades capturadas en cumplimiento de la normativa aplicable de la UE.
2. Tareas específicas de vigilancia aérea.
3. Tareas específicas de inspección en el mar.
4. Tareas específicas de inspección en los desembarques. Se comprobará estén autorizados a faenar en la pesquería pelágica pertinente; que se ha enviado la notificación previa de llegada para desembarque y que los datos de las capturas llevadas a bordo que figuraban en ella eran los correctos: que el desembarque de especies pelágicas ha sido autorizado por las autoridades competentes, según proceda a que estén equipados con: equipado de un SLB y un ERS operativos; un cuaderno diario de pesca; Llevar a bordo de toda la documentación pertinente debidamente documentada sobre las especies y las cantidades físicas de especies pelágicas a bordo, las obligaciones de pesaje según proceda, que las artes de pesca a bordo corresponde a la autorización de pesca y cumplen las medidas técnicas aplicables y tareas específicas de inspección en los transbordos.
Post Data:
¿Fueron conocedores los Europarlamentarios españoles de este Documente aprobado por la Comisión de la Unión Europea, especialmente los representantes canarios Sr. Gabriel Matos y López Aguilar?
(*) Patrón de barcos en el banco pesquero canario-sahariano
ANEXO Al Documento anterior.
PARLEVILIET – CORNELIUS VROLIJK & SEMPSA, S.A.
Empresas Pesqueras de Holanda Empresa Canaria receptora
IBÉRICA PELAGIC e SPANISH PELÁGIC
Nuevas Empresas creadas a efectos de negocios Holandés-Español
ARMADOR: PARLEVILIET: Fundada en 1949 DELEGACIONES
Sede Central: Kotterkade, 4 Alemania – Reino Unido
1976 BX IJMUIDEN HOLANDA y Lituania
Empresa canaria asociada: Spanish Pelágic S.L. - canalizadora a las ayudas europeas
Domicilio: Explanada Tomás Quevedo Edificio Frisu - Puerto de la Luz
LISTADOS DE BUQUES
Nombre Buque T i p o Nacionalidad I M O Eslora
Atlántic Peace Pesquero Alemana 8704999 57 M
Jean Marie Carguero Inglés 34 “
Farnella Pesquero Inglés 9211808 36 “
Marbella Pesquero Inglés 8705008 68 “
Arctic Warrior Pesquero Inglés 8709834 55 “
Margiris Pesquero Venezolana 8301187 142 “
Nida Pesquero Venezolana 8707745 56 “
Anne Hillina Pesquero Alemán 8028412 85 “
Dirk Diederik Pesquero Holandesa 8918318 110 “
Annelies Ilena Carguero Holandesa 9204556 144 “
Tronderbas Pesquero Noruego 9184639 68 “
Maartje Theodor Carguero Alemán 9182801 141 “
Dirk Dirk Carguero Holandés 8918318 110 “
Helen Mary Carguero Alemán 9126364 116 “
Gerda Maria Pesquero Alemán 8716928 81 “
ARMADOR: CORNELIUS VROLIJK: Fundada en 1880
Domicilio: Makreelkade, 9 Otro domicilio: Postbus, 54
1976 DK IJMUIDEN HOLANDA 1970 AB IJMUIDEN HOLANDA
Empresa canaria asociada: Ibérica Canaria, S. L. canalizadora a las ayudas europeas
Domicilio: Juan Rejón, 45-7ºB Las Palmas de Gran Canaria
LISTADOS DE BUQUES
Nombre Buque T i p o Nacionalidad I M O Eslora T R B
Carolien Carguero Holandés 9162655 126 M.
Frank Bonefaas Carguero Holandés 9074951 113 “
Cornelius Vrolijk Pesquero Inglés 8707537 115 “
Atlántic Princess Carguero Inglés 8404501 98 “
Westella Carguero Inglés 8024454 86 “
Prins Bernhard Pesquero Alemán 9018608 40 “
Scombrus Pesquero Noruego 20 “
Afrika Pesquero Holandés 9175834 126 “
Sr. Director:
La Comisión Europea reunida el 24 de mayo de 2011, presidida por María Damanaki, ha establecido un programa específico de control e inspección de las pesquerías pelásgicas en las aguas occidentales del Atlántico Nororiental.
ÁMBITO DE APLICACIÓN:
Artículo 1 Objeto:
La presente decisión establece un programa específico de control e inspección cuyo fin es garantizar la aplicación uniforme y eficaz de las medidas de conservación y control aplicables a las pesquerías pelágicas en las aguas occidentales.
Artículo 2 ámbito de aplicación:
1º. El programa específico de control e inspección comprende:
a) todas las actividades pesqueras, incluidos desembarques y transbordos, de los buques de pesca que capturan especies pelágicas en las aguas occidentales.
b) todas las actividades posteriores al desembarque, incluidos el pesaje, la comercialización, la congelación, la transformación, el almacenamiento, la recogida, el transporte, la importación y la exportación de especies pelágicas capturadas en las aguas occidentales.
2º El programa específico de control e inspección será aplicable desde su entrada en vigor hasta el 31 de diciembre de 2012.
3º El programa específico de control e inspección será ejecutado por Dinamarca, Alemania, Estonia, Irlanda, España, Francia, Letonia, Lituania, Países Bajos, Polonia, Portugal y Reino Unido.
Artículo 3 Definiciones a efectos de la presente Decisión se entenderá:0
Especies pelágicas, pesquerías pelágicas, aguas occidentales, importación e exportación, todas las Disposiciones y Reglamentos aprobados por la Comisión de la U.E.
ANEXO I
El objetivo general del programa específico de control e inspección será verificar el cumplimiento de la normativa aplicable en materia de restricciones cuantitativamente de capturas y demás condiciones específicas asociadas.
a) la documentación exigida.
b) métodos desembarque y pesaje.
c) transbordos.
d) prohibiciones de selección cualitativa previstas en los Reglamentos de la U.E.
ESTRATEGIA:
Los Estados miembros deberán llevar a cabo el control y la inspección de la pesca y de todas las actividades afines ejercidas por los buques de pesca y otros agentes económicos a lo largo de toda la cadena sobre la base de la gestión de riesgos tal como se define en el Reglamento nº 1224/2009 de la C.E.
TAREAS DE SEGUIMIENTOS:
Todas las mareas efectuadas por buques pesqueros autorizados equipados con un SLB serán controladas en tiempo real y objeto de un control cruzado con la documentación de desembarque, transbordo, ventas y declaraciones de recogida, así como con cualquier informe de inspección y vigilancia.
PARÁMETROS DE REFERENCIA EN MATERIA DE INSPECCIÓN:
A más tardar un mes después de la entrada en vigor de la presente Decisión, con respecto a 2011, y antes del 1 de enero de 2012, con respecto a 2012, los Estados miembros deberán definir, cuando proceda, parámetros de referencia adicionales en materia de inspección y programar las inspecciones sobre la base de la gestión de riesgos definida en el reglamento nº 1224/2009 del Consejo, sobre inspecciones: en el mar; desembarques; transbordos; primera venta; completa y vigilancia aérea.
PROCEDIMIENTOS GENERALES:
Los inspectores deberán comprobar y hacer constar en su informe la información siguiente:
1. a) identificación completa de las personas responsables participantes en las actividades inspeccionadas.
b) las licencias y autorizaciones de pesca.
c) toda la documentación pertinente.
d) verificación detallada de las especies y cantidades capturadas en cumplimiento de la normativa aplicable de la UE.
2. Tareas específicas de vigilancia aérea.
3. Tareas específicas de inspección en el mar.
4. Tareas específicas de inspección en los desembarques. Se comprobará estén autorizados a faenar en la pesquería pelágica pertinente; que se ha enviado la notificación previa de llegada para desembarque y que los datos de las capturas llevadas a bordo que figuraban en ella eran los correctos: que el desembarque de especies pelágicas ha sido autorizado por las autoridades competentes, según proceda a que estén equipados con: equipado de un SLB y un ERS operativos; un cuaderno diario de pesca; Llevar a bordo de toda la documentación pertinente debidamente documentada sobre las especies y las cantidades físicas de especies pelágicas a bordo, las obligaciones de pesaje según proceda, que las artes de pesca a bordo corresponde a la autorización de pesca y cumplen las medidas técnicas aplicables y tareas específicas de inspección en los transbordos.
Post Data:
¿Fueron conocedores los Europarlamentarios españoles de este Documente aprobado por la Comisión de la Unión Europea, especialmente los representantes canarios Sr. Gabriel Matos y López Aguilar?
(*) Patrón de barcos en el banco pesquero canario-sahariano
ANEXO Al Documento anterior.
PARLEVILIET – CORNELIUS VROLIJK & SEMPSA, S.A.
Empresas Pesqueras de Holanda Empresa Canaria receptora
IBÉRICA PELAGIC e SPANISH PELÁGIC
Nuevas Empresas creadas a efectos de negocios Holandés-Español
ARMADOR: PARLEVILIET: Fundada en 1949 DELEGACIONES
Sede Central: Kotterkade, 4 Alemania – Reino Unido
1976 BX IJMUIDEN HOLANDA y Lituania
Empresa canaria asociada: Spanish Pelágic S.L. - canalizadora a las ayudas europeas
Domicilio: Explanada Tomás Quevedo Edificio Frisu - Puerto de la Luz
LISTADOS DE BUQUES
Nombre Buque T i p o Nacionalidad I M O Eslora
Atlántic Peace Pesquero Alemana 8704999 57 M
Jean Marie Carguero Inglés 34 “
Farnella Pesquero Inglés 9211808 36 “
Marbella Pesquero Inglés 8705008 68 “
Arctic Warrior Pesquero Inglés 8709834 55 “
Margiris Pesquero Venezolana 8301187 142 “
Nida Pesquero Venezolana 8707745 56 “
Anne Hillina Pesquero Alemán 8028412 85 “
Dirk Diederik Pesquero Holandesa 8918318 110 “
Annelies Ilena Carguero Holandesa 9204556 144 “
Tronderbas Pesquero Noruego 9184639 68 “
Maartje Theodor Carguero Alemán 9182801 141 “
Dirk Dirk Carguero Holandés 8918318 110 “
Helen Mary Carguero Alemán 9126364 116 “
Gerda Maria Pesquero Alemán 8716928 81 “
ARMADOR: CORNELIUS VROLIJK: Fundada en 1880
Domicilio: Makreelkade, 9 Otro domicilio: Postbus, 54
1976 DK IJMUIDEN HOLANDA 1970 AB IJMUIDEN HOLANDA
Empresa canaria asociada: Ibérica Canaria, S. L. canalizadora a las ayudas europeas
Domicilio: Juan Rejón, 45-7ºB Las Palmas de Gran Canaria
LISTADOS DE BUQUES
Nombre Buque T i p o Nacionalidad I M O Eslora T R B
Carolien Carguero Holandés 9162655 126 M.
Frank Bonefaas Carguero Holandés 9074951 113 “
Cornelius Vrolijk Pesquero Inglés 8707537 115 “
Atlántic Princess Carguero Inglés 8404501 98 “
Westella Carguero Inglés 8024454 86 “
Prins Bernhard Pesquero Alemán 9018608 40 “
Scombrus Pesquero Noruego 20 “
Afrika Pesquero Holandés 9175834 126 “
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